Lo que nadie te dice sobre la papelería para la devolución de impuestos en México ¡No pierdas tu dinero!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La devolución de impuestos en México para personas físicas es el proceso mediante el cual el Servicio de Administración Tributaria (SAT) regresa a los contribuyentes el monto que pagaron en exceso de impuestos. Esto ocurre cuando el resultado del cálculo del impuesto a pagar es un saldo a favor.

De acuerdo con la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, las personas que declaran ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tienen derecho a recibir la devolución de impuestos en caso de tener saldo a favor.

La devolución de impuestos tiene un impacto positivo porque devuelve a los contribuyentes el excedente de ISR de lo que pagaron o les retuvieron, y esto puede ser un alivio financiero para muchos. No solo esto es positivo, ya que la devolución termina estimulando la economía al darle a las personas dinero que pueden invertir en otros bienes y servicios.

¿Cómo solicitar la devolución de impuestos?

Si deseas saber si puedes solicitar una devolución de impuestos, completa tu declaración de impuestos.

  1. Ingresa a la página del SAT (con tu RFC y contraseña o e.firma).
  2. Busca la sección de trámites.
  3. Una vez enviado el formulario, guarda o imprime tu comprobante.

También puedes solicitar la devolución de impuestos de años anteriores.

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Como buen trámite burocrático, solicitar la devolución de impuestos es una actividad tediosa, pero un tanto sencilla de realizar. En este artículo te vamos a decir cómo hacerlo.

Devolución automática vs. Devolución manual

En algunas ocasiones, el SAT realiza la devolución de forma automática. Esto sucede cuando la autoridad acepta toda la información que presentaste en tu declaración anual, junto con los datos de la cuenta en la cual ha de depositar la devolución. Cuando esto no sucede, será necesario que rectifiques tus datos y hagas una solicitud de devolución de impuestos manual.

Pasos para solicitar la devolución de impuestos de forma manual

Lo primero que tuviste que hacer antes de solicitar la devolución es, aunque suene obvio, haber presentado tu Declaración Anual en tiempo para el periodo correspondiente. Tus solicitudes pueden incluir declaraciones anteriores a la más reciente, hasta cinco años previos. La condición es que se haya presentado la declaración del año del que se quiere obtener la devolución, previo a realizar la solicitud.

Una vez aclarado lo anterior, adentrémonos al tema en curso. La solicitud se puede hacer de manera presencial o en línea. A continuación, te diremos los pasos para cada opción.

Solicitud presencial

Para hacerlo de manera presencial es necesario proseguir así:

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  1. Agendar una cita y acudir a la oficina del SAT que te corresponda con la documentación del trámite.
  2. Entregar la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
  3. Recibir y conservar la forma oficial sellada, como acuse de recibo.
Solicitud en línea

Para solicitar la devolución en línea, se hace de la siguiente manera:

  1. Ingresar a la siguiente liga del SAT.
  2. Hacer clic en el botón “Iniciar”.
  3. Ingresar con e-firma o RFC y contraseña.
  4. Llenar el formato electrónico.
  5. Ingresar los archivos del trámite escaneados.
  6. Cargar todos los recibos de nómina en una carpeta comprimida.
  7. Firmar y enviar el trámite usando la firma electrónica.
  8. Guardar en formato PDF o imprimir el acuse de recibo electrónico.
  9. Dar seguimiento a la devolución en el botón “Consulta tu devolución automática”.

Documentación necesaria para la solicitud

Ahora bien, la documentación que necesitas presentar es la siguiente:

  • La declaración del ejercicio fiscal del que se solicita la devolución.
  • La declaración complementaria (en caso de haberla presentado).
  • Estado de cuenta bancario no mayor a 2 meses al que quieres se deposite la devolución.
  • Todos los CFDI de Ingresos, Egresos y Deducciones Personales.

Es valioso hacer hincapié en el hecho de que ciertos bancos (por ejemplo, BANAMEX y Banco Azteca) solicitan que desbloquees el estado de cuenta a la que te hacen llegar el dinero. Este proceso deberías realizarlo antes de iniciar el de solicitud de devolución. Asimismo, te recordamos la importancia de que realices el trámite desde una computadora donde tengas acceso a todos los documentos de la lista anterior. Esto con la finalidad de que realices la operación de la manera más eficiente posible.

Antes era necesario que los contribuyentes asalariados solicitaran a su empleador la Constancia de Percepciones y Retenciones en papel, también conocido como el Formato 37-A. Este documento lo tenía que requerir el empleado año con año para realizar la solicitud de devolución de impuestos. Hoy en día, la autoridad considera suficiente que los patrones realicen el Timbrado de Nómina para comprobar cuánto se retuvo de ISR en el año y cuánto se percibió en el mismo periodo de tiempo.

¿Qué Podemos Deducir para que nos Devuelvan Impuestos?

Para poder solicitar la devolución de impuestos es indispensable haber deducido ciertos bienes o servicios adquiridos a lo largo del año. No todo gasto es gravable y debemos conocer bien cuáles son los que la autoridad permite.

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Para empezar, debemos aclarar que esto depende del régimen o regímenes bajo los que el contribuyente esté inscrito en el SAT. A continuación, incluimos una lista con los regímenes disponibles para registro de personas físicas:

  • Sueldos y Salarios.
  • Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
  • Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
  • Actividad Empresarial.
  • Intereses.
  • Dividendos.
  • Arrendamiento.
  • Plataformas Digitales.

Ahora bien, es necesario aclarar que hay dos tipos de gastos que pueden deducirse:

  • Gastos Personales
  • Gastos Generales

Gastos Personales

  • Educación: Colegiaturas de instituciones privadas topadas (preescolar $14,200; primaria $12,900; secundaria $19,900; profesional técnico $17,100; y bachillerato 24,500) y servicios de transporte escolar. En este gasto es necesario que revises que la factura emitida por la escuela tenga el “complemento concepto de instituciones educativas” que debe llevar los siguientes datos: Nombre del alumno, CURP del alumno, Nivel educativo que cursa el alumno, Clave del centro de trabajo o reconocimiento de validez oficial de estudios, RFC de quien realiza el pago cuando sea diferente a quien recibe el servicio.
  • Vivienda: Intereses por crédito hipotecario.
  • Salud: Seguro de gastos médicos, análisis y estudios clínicos, compra o alquiler de aparatos de rehabilitación, prótesis, lentes graduados, honorarios médicos y de enfermería, gastos hospitalarios, gastos por incapacidad o discapacidad, psicológicos, dentales, fisiológicos y de nutrición.
  • Otros: Gastos funerarios, seguros de vida (retiro), aportaciones complementarias de retiro, cuentas para el ahorro y donativos.

Gastos Generales

  • Servicios: Teléfono, agua, luz, internet, papelería, gasolina.
  • Sueldos: De servicios de secretariado, asistencia personal, asistencia médica, asistencia dental, personal de limpieza, personal de contabilidad.
  • Materiales: Uniformes, medicamentos, equipo ligero, insumos.
  • Mano de Obra: De trabajos de albañilería, herrería, plomería, electricidad, mantenimiento.
  • Mobiliario: Renta de local/consultorio, equipo pesado, muebles, aparadores, equipo computacional, equipo de comunicación.

Para que se puedan deducir estos gastos, es necesario que el pago de dicho servicio se haya efectuado por medio de transferencia bancaria, cheque o pago con tarjeta de débito/crédito. El SAT requiere que los pagos sean por alguno de estos medios para asegurarse de que hay un registro bancario que sustente la compra/venta. Esto evita la presunción de actividades comerciales con fines de lavado de dinero, lo que evita que el contribuyente sea sujeto a auditorías u otras medidas.

De acuerdo con la autoridad, el monto a deducir no puede exceder cinco UMAS anuales ($158,469), o el 15% de los ingresos anuales. Este límite no aplica a gastos médicos por incapacidad, discapacidad, donativos, aportaciones complementarias de retiro, depósito en cuentas especiales para el ahorro ni colegiaturas.

Una vez aclarado esto, te presentamos dos listas con el tipo de gasto sujeto a deducibilidad dependiendo del régimen al que pertenezcamos:

  • Gastos Personales (educación, vivienda, salud, otros)
    • Sueldos y Salarios.
    • Actividad Empresarial.
    • Intereses.
    • Dividendos.
    • Arrendamiento.
  • Gastos Generales (servicios, sueldos, materiales, mano de obra, mobiliario)
    • RIF.
    • RESICO.
    • Actividad Empresarial.
    • Plataformas Digitales.

Herramientas tecnológicas para la solicitud de devolución

Como es evidente, en todo el proceso de la solicitud de la devolución de impuestos se involucran directamente los CFDI, por lo tanto, obtenerlos, revisarlos, imprimirlos y analizarlos es de suma importancia. De esto se desprende la necesidad de contar con herramientas tecnológicas que te apoyen a determinar si tus comprobantes cumplen con requisitos fiscales, tales como: la forma de pago, el complemento concepto para escuelas, el CFDI de recepción de pago en caso de facturas PPD para validar que están efectivamente pagadas, entre otros requisitos.

Es por ello que en dSoft brindamos la oportunidad a las personas físicas de descargar la versión de eComprobante free, el cual es un sistema para la descarga masiva de CFDI desde el portal del SAT y por “Web Service”. Este sistema incluye herramientas gratuitas para la obtención y validación automática de comprobantes, así como para el análisis y revisión de datos con fines fiscales y de auditoría, con el cual podrás revisar a detalle todo lo necesario para poder presentar la solicitud de devolución de impuestos en tiempo y forma, así como también validar si tus CFDI cumplen con los requisitos indispensables para ser aceptados por el SAT.

Por otro lado, si tu caso es la presentación de la declaración anual o la realización del cierre fiscal de una persona moral, tenemos eCierre, el cual es un complemento COM de Microsoft Office que permiten determinar los pagos provisionales mensuales al mismo tiempo que calcula los resultados fiscales mensuales permitiendo adelantar el cierre anual, generando el llenado automático de las declaraciones en Excel.

¿Cómo hacer devolución manual si no recibes automática?

Si como persona física rechazaron tu solicitud de devolución automática, puedes tramitar la manual del saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR) al Servicio de Administración Tributaria (SAT) entrando al portal oficial y sólo necesitas tu e.fima, contraseña y cuenta CLABE.

Debes tener a la mano un estado de cuenta bancario reciente en el que se realizará la devolución y que sea asociado a la misma cuenta que se indicó al presentar la declaración anual y deberás tener disponibles los comprobantes de deducciones personales y las facturas emitidas con el reporte de las retenciones efectuadas.

Pasos para el trámite de devolución manual

  1. Ingresa a la página sat.gob.mx, luego da clic en “devoluciones y compensaciones” y luego en “solicita tu devolución”. Ingresa tu e.fima y tu contraseña y da clic en “enviar”.
  2. Ingresa tu efirma-Te aparecerá una pantalla donde aparecerán los datos del contribuyente como el RFC, apellidos, nombres, domicilio fiscal y datos de contacto. Llénalos y dar clic en “siguiente”.
  3. Llena tus datos: De nuevo, aparecerán los datos del trámite. En origen de la devolución elige “saldo a favor”; en tipo de trámite, escoge “115 ISR Personas físicas”; en el suborigen del saldo, escoge “Otros”, y en información adicional, se debe explicar la razón por la que se tiene el saldo a favor. Da clic en “siguiente”.
  4. Luego, debes capturar los datos del impuesto, concepto, periodo y ejercicio. En tipo de periodo elige “del ejercicio”, en periodo escoge “del ejercicio” y en “ejercicio” selecciona el año (2022) al que corresponda la declaración anual en la que se manifestó el saldo a favor. Posteriormente, da clic en “siguiente”.
  5. Si no te aparecen los datos de la declaración, se desplegará la ventana con el mensaje “La declaración por la cual solicitas la devolución no se encuentra disponible en el sistema ¿Deseas capturar la información de la declaración?” y elige “si”.
  6. Posteriormente, se solicita la información de la cuenta bancaria en donde se efectuará el depósito de la devolución. Deberás ingresar nombre del banco y número de cuenta CLABE y luego dar clic en “siguiente”. El sistema solicitará adjuntar el archivo adjunto (Zip, Doc, Xlsx, JPG o PDF) con el estado de cuenta de la institución financiera que no tenga una antigüedad de más de dos meses. Elige “sí” para adjuntarlo.
  7. Luego da clic en el recuadro derecho con una flecha para adjuntar el estado de cuenta. Se desplegará una ventana en donde darás clic en “examinar” para ubicar el archivo en tu computadora y da clic en “cargar”. Te aparecera una protesta de decir verdad que eres titular de la cuenta CLABE. Da clic en “sí”
  8. Te mandará al apartado de “documentos adjuntos de la solicitud de devolución”, donde deberás adjuntar en formato ZIP la documentación necesaria para solventar el motivo del rechazo total o parcial que el SAT indicó en la devolución automática. Cuando termines todos los archivos adjuntados deberán visualizarse en el sistema, da clic en “siguiente” y revisa todos los apartados. Al final viene la pregunta “¿Todos los datos son correctos?”. Si es así da clic en “sí” y luego en “enviar”. Finalmente, ingresa los datos de tu firma electrónica y tu contraseña.

Te aparecerá el acuse de recibo de la solicitud manual de devolución de impuestos. Podrás descargarlo en tu computadora. El SAT tiene un periodo de 40 días hábiles para dar respuesta a tu solicitud.

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