El Impuesto al Valor Agregado (IVA) es uno de los impuestos más relevantes en México y, sin duda, un tema central en el día a día de cualquier contador. Cuando hacemos cualquier tipo de compra, por lo general nos entregan un ticket donde siempre veremos un concepto que tiene por nombre IVA y que es cobrado al momento de pagar, en realidad es aplicado en diferentes circunstancias y hay una gran variedad de estos, pero realmente ¿Sabe a qué se refiere?; ¿Por qué se cobra o cómo lo calculan?
En este contenido resolveremos todas tus dudas y sabrás por qué es tan importante el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y más si es proveedor de un producto o servicio. La Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), publicada en 1978, es la que regula el IVA en nuestro país. La LIVA está dividida en nueve capítulos en los cuales se agrupan 43 artículos.
¿Qué es el IVA o Impuesto de valor añadido?
El IVA como su nombre lo dice es un impuesto aplicado al consumo que todos los contribuyentes sean personas morales o físicas en territorio nacional lo pagan, lo que quiere decir es que es un valor agregado a los servicios y productos que compramos por el simple hecho de que pasó por un proceso productivo obteniendo como resultado un producto final y esto es lo que le da un valor agregado. El IVA no viene incluido en el costo de los productos, es completamente aparte y que corresponde a una tasa del 16% sobre el costo total consumido.
Es clasificado como un impuesto indirecto ya que no es aplicado de manera directa a la renta de los diferentes contribuyentes, sino que se paga conforme al consumo de cada persona. Es aplicable para bienes y servicios domésticos, desde comprar ropa, comida preparada, ir al cine o a un restaurante, en el momento que se lleva a cabo una transacción es cobrado y este impuesto es el que grava el consumo, que en términos económicos lo que quiere decir es que se establece un tributo o impuesto a un producto o servicio con el fin de obtener ingresos para el financiamiento del gasto público, o sea para el Estado.
¿Cuál es la función del IVA?
La principal función del cobro de este impuesto es que el estado obtenga ingresos mediante gravar las actividades de enajenación de bienes, servicios, arrendamiento de bienes, así como también la importación de bienes y servicios. Esto de manera más sencilla lo que quiere decir es que cuando existe un intercambio de servicios el cual implica dar o recibir dinero en ese momento es aplicado el IVA.
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¿Cómo surgió el Impuesto de Valor Añadido?
El primer país que adopta el IVA fue Francia en el año de 1954, es creado con el fin de combatir la crisis económica causada por la segunda guerra mundial, y para el año de 1967 ya se había implementado en la economía europea, así como en países latinoamericanos, pero no fue hasta el año de 1968 cuando México lo integra para la sustitución del Impuesto Sobre Ingresos Mercantiles el cual fracasó pues no se estaba preparado para llevar la transición de un impuesto a otro.
No fue hasta el 1ro de enero de 1980 cuando entró en vigor el Impuesto al Valor Agregado, adaptando este nuevo sistema a la economía del país, en ese entonces la tasa del IVA era del 10%, el 0% en todos los alimentos y el 6% para las zonas fronterizas.
Tipos de IVA
Si hablamos de que hay diferentes tipos de IVA de inmediato pensaríamos en el impuesto mexicano que es del 16% y el de frontera norte que es el 8%, así como el IVA trasladado que es el que se recibe después de la operación de venta de un producto una vez que se transfirió al consumidor; luego tenemos el impuesto acreditable que es el transferido al consumidor y que es el precio final de los productos o servicios.
Sin embargo, también se dividen en tres distintos tipos que depende del servicio que se ofrezca y que son los siguientes:
- Tipo general: Este tiene una tasa del 16% y es aplicado por defecto a la mayoría de los servicios y productos, como la ropa, hotelería, electrodomésticos por mencionar algunos.
- Tipo reducido: Actualmente es del 10% y por lo general se aplica aquellos productos marcados por la ley y que son considerados de primera necesidad, como medicamentos, alimentos, servicios deportivos, el agua, entre otros.
- Tipo superreducido: Aquí también entran ciertos artículos de primera necesidad, pero con un Impuesto al valor Agregado del 4%, entre estos podemos destacar tratamientos médicos, prótesis, implantes o medicamentos, alimentos básicos como leche, pan, arroz, frijol, etc.
¿Quién interviene en el IVA?
Todas las personas pagamos el IVA por algún servicio o producto, son pocas las actividades que no cuentan con este. Tanto personas morales y físicas que estén registradas ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y que realicen alguna actividad económica o comercial deben cobrar y pagar por este impuesto, menos las actividades que estén exentas del mismo. Estas son aquellas que sí se encuentran obligadas a realizar el cobro del impuesto:
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- Enajenen bienes.
- Presten servicios independientes.
- Otorguen el uso o goce temporal de bienes.
- Importen bienes o servicios.
¿Cómo declarar el IVA?
Es importante que declare, ya que al ser contribuyente ante la Secretaría de Hacienda de Crédito Público (SHCP) se es responsable de pagar impuestos, en este caso el IVA, reportando ante hacienda el cobro del impuesto por producto o servicio ofrecido. Es importante que sepa que ese impuesto al valor agregado es del 16% y no se lo tiene que quedar usted, ya que le pertenece al estado y tendrá que pagarlo de manera directa en hacienda para que sea reintegrado, por ello es muy importante que lleve la contabilidad de manera correcta y no tenga ningún inconveniente al momento de realizar su declaración, que se realiza en conjunto con la declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Lo primero es estar inscrito en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) así como contar con su firma electrónica vigente. Esta declaración se realiza ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en su página oficial. Posteriormente confirme que tenga todas sus facturas electrónicas por concepto y que se encuentren inscritas todas aquellas ventas y compras que son consideradas como una actividad económica.
También le solicitarán los pagos previos sobre el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que se hayan suscitado durante todo el año y contar con toda la información de los montos de ingresos, deducciones, coeficiente de su utilidad, impuestos retenidos y pagos provisionales para que toda esta información sea posteriormente enviada al SAT.
Recordemos que la última persona en realizar el pago de este impuesto son los consumidores de su producto y que por lógica ese impuesto llega a su empresa, por lo que es muy importante que tenga todas las facturas de sus ventas, para que lo declare y haga el pago, ya que es un dinero que no le pertenece a su compañía sino al Estado.
Ahora bien, si cuenta con proveedores mediante los cuales adquiere un producto, usted también paga un IVA, por consiguiente, podrá restar el IVA que cobró a sus consumidores, con el impuesto cobrado por sus proveedores y ante hacienda sólo pagar la diferencia, y en el caso de que pague más del IVA que cobró generará saldo a favor para futuros pagos de los impuestos.
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Actividades exentas del impuesto de valor añadido
Se debe saber que hay actividades que se encuentran exentas al cobro del IVA, estas son alguna de las actividades que no se encuentran obligadas al pago de este:
- Servicios educativos.
- Arrendamiento y venta de inmuebles.
- Transporte aéreo.
- Servicios gratis.
- Suelos destinados a construcción (menos hotelería).
- Operaciones quirúrgicas.
- Actividades sin fin de lucro.
- Actividades financieras.
Estos son algunos de los productos que cuentan con un IVA del 0%:
- Venta de animales y vegetales que no estén industrializados.
- Periódicos, libros y revistas.
- Medicinas con patente.
- Joyería.
- Invernaderos dedicados al cultivo.
- Fertilizante.
- La venta de agua no gaseosa menor a los 10 litros y hielos.
- Alimentos procesados para mascotas.
¿Cómo se calcula el IVA?
Calcularlo es bastante sencillo si ofrece un servicio o adquiere algún producto, pero tenga presente los porcentajes que se aplican y que en ocasiones los precios no lo incluyen:
- El 8% para la línea fronteriza de México con Estados Unidos.
- Del 16% para el resto del país.
Por ejemplo, si va a comprar varios productos que necesite, una vez sepa el total a pagar y que no tengan IVA, lo único que tendrá que hacer es multiplicar esa cantidad por 0.16 y el resultado que obtenga es el Impuesto al Valor Agregado.
En esta ocasión explicaremos un poco sobre el IVA, este impuesto que en todo momento suena cada vez que compramos algo, pero te has preguntado ¿por qué?
Quizá ya lo sabías, pero IVA es el acrónimo de Impuesto al Valor Agregado, lo que significa que es un impuesto que se aplica al consumo de cualquier bien y servicio que se ofrezca en el mercado (con algunas excepciones) y por lo tanto, se cobra a aquel que consuma un bien o servicio.
La Ley del IVA señala que es un impuesto trasladado, pues alguien lo cobra a un cliente, pero tiene que devolverlo a la autoridad fiscal. Es por ello, que cada negocio deberá realizar su declaración de IVA de forma parcial o total, cada mes, dependiendo de las obligaciones fiscales que tenga.
¿Cuánto se paga de IVA?
El monto que se deberá cobrar será del 16% sobre el precio del producto, para el caso del todo el país, pero en las zonas fronterizas del norte del país existe un estímulo fiscal en donde el porcentaje es del 8%, con intención de competir con los precios de Estados Unidos, pues allá el IVA es de la misma cantidad 8%. Digamos que las declaraciones son un balance de cuánto IVA que se pagó y cuánto se retuvo, porque es como si cada uno de nosotros fuera un pequeño recaudador que al final debemos ir a hacer cuentas con Hacienda y darles el IVA que retuvimos, pero descontando el que nos cobraron en otros productos o servicios.
¿Cómo se calcula el IVA en México?
Pese a que suena un cálculo complejo, el calcular el IVA es muy sencillo y a continuación te decimos cómo hacerlo:
Para obtener el IVA solo necesitas multiplicar el importe gravado por la tasa actual de IVA (16%).
Por ejemplo:
Importe gravado: 1,800
Tasa de IVA (%): 0.16
Importe IVA: 288
Por lo que, para obtener el Importe Total debemos sumar el Importe Gravado más el Importe de IVA, es decir:
Importe gravado: 1,800
Importe IVA: 288
Importe total:2,088
¿Quién tiene que pagar IVA?
- Consumidores: Los consumidores son, en última instancia, quienes pagan el IVA en México. Este impuesto se incluye en el precio de los bienes y servicios y es pagado por el consumidor final al momento de realizar una compra.
- Empresas y comerciantes: Aunque los consumidores finales son quienes pagan el IVA, son las empresas y comerciantes quienes tienen la responsabilidad de recolectar y remitir al gobierno.
- Importadores: Los importadores también tienen la responsabilidad de pagar el IVA en México. Al importar bienes, deben pagar el IVA correspondiente en la aduana.
El IVA se paga a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el impuesto. El contribuyente debe pagar la diferencia entre el IVA por él retenido y trasladado (el que él cobró) y el IVA que él pagó al adquirir bienes y servicios necesarios para el desarrollo de su actividad.
De acuerdo a la ley, todas las personas físicas y morales que, en territorio nacional, realicen la enajenación de bienes, presten servicios independientes, otorguen el uso o goce temporal de bienes e importen bienes y servicios.
¿Quiénes están exentos de pagar IVA?
Pero también hay excepciones del pago de este impuesto, así lo marca el artículo 2 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, que enumera con tasa cero a los animales y vegetales que no estén industrializados, excepto el hule, perros, gatos y pequeñas especies, utilizadas como mascotas en el hogar.
También exenta los alimentos y medicinas, a excepción de las leches de un origen distinto al animal, jugos, néctares y concentrados de frutas o verduras; los jarabes para preparar refrescos; el caviar, salmón ahumado y angulas; los saborizantes, microencapsulados y aditivos alimenticios. También pagan IVA los chicles y la comida para mascotas.
Tampoco pagan IVA el hielo y agua no gaseosa ni compuesta; el ixtle, palma y lechuguilla y los tractores para accionar implementos agrícolas; este último no aplica con los de oruga, las llantas para dichos tractores, motocultores para superficies reducidas; arados; rastras para desterronar la tierra arada; cultivadoras para esparcir y desyerbar; cosechadoras. No pagarán IVA las aspersoras y espolvoreadoras para rociar o esparcir fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas; el equipo mecánico, eléctrico o hidráulico para riego agrícola; sembradoras; ensiladoras, cortadoras y empacadoras de forraje; desgranadoras; abonadoras y fertilizadoras de terrenos de cultivo; aviones fumigadores; motosierras manuales de cadena, así como embarcaciones para pesca comercial, siempre que se reúnan los requisitos y condiciones que señale el Reglamento.
Exentan de este impuesto fertilizantes, plaguicidas, herbicidas y fungicidas, siempre que estén destinados para ser utilizados en la agricultura o ganadería; los Invernaderos hiropónicos y equipos integrados a ellos para producir temperatura y humedad controladas o para proteger los cultivos de elementos naturales, así como equipos de irrigación.
Queda fuera el oro, joyería, orfebrería, piezas artísticas u ornamentales y lingotes, cuyo contenido mínimo de dicho material sea del 80%, siempre que su enajenación no se efectúe en ventas al menudeo con el público en general.
Los libros, periódicos y revistas, que editen los propios contribuyentes. Y explica que el libro es toda publicación, unitaria, no periódica, impresa en cualquier soporte, cuya edición se haga en un volumen o en varios volúmenes. Dentro del concepto de libros, no quedan comprendidas aquellas publicaciones periódicas amparadas bajo el mismo título o denominación y con diferente contenido entre una publicación y otra.
Igualmente se considera que forman parte de los libros, los materiales complementarios que se acompañen a ellos, cuando no sean susceptibles de comercializarse separadamente. Se entiende que no tienen la característica de complementarios cuando los materiales pueden comercializarse independientemente del libro.
IVA acreditable
El IVA acreditable es un mecanismo que permite a las compañías recuperar parte del impuesto pagado al Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante sus operaciones. El IVA solo puede acreditarse cuando se ha pagado efectivamente. La gestión eficiente del IVA acreditable contribuye a optimizar la carga fiscal de las empresas.
Hay que aclarar que este Solo hay que tener claro que se divide en dos: IVA acreditable e IVA por acreditar. Se trata del IVA que efectivamente se abona. Se trata de aquel que cobramos a nuestros clientes. En forma más simple: al llegar al final de cada periodo, tienes que hacer un ejercicio contable que te ayude a diferenciar entre el dinero que entra a tu empresa por la venta de productos o servicios y el que cobraste por el IVA.
Cuando B compre en la tienda de A, tendrá que pagar el impuesto acreditable de lo que adquiera. No se trata de que el IVA sea de A o B, sino que se paga al gobierno por medio de la declaración mensual que se hace. B debe pagar $2,000 más el IVA de $320. Los $320 suponen el IVA acreditable para B, mientras que para A equivalen al IVA trasladado. Lo primero que debes tener en cuenta es que el IVA no distingue tamaños, es decir, tanto grandes empresas como pequeñas empresas, pueden recibir este beneficio.
El IVA acreditable, además de todo esto, ofrece diferentes beneficios para las empresas, ayudando a mejorar su situación financiera y competitividad. Registre el monto del IVA acreditable en las cuentas contables correspondientes.
Hacer el cálculo para el pago de este impuesto es muy sencillo. Conforme a la Ley del IVA, este impuesto se causa, en términos generales, a la tasa del 16%, con algunos supuestos de tasas diferenciadas al 0% y 8%, y sobre una base de flujo de efectivo. Es el porcentaje que se le aplica a la base sobre la cual se calculará el impuesto. Es el monto sobre el cual se aplica el porcentaje establecido, para determinar el impuesto.
En este apartado de la LIVA se regulan aspectos tales como la enajenación, un concepto que, para los efectos de esta ley, se entiende como el “faltante de bienes en los inventarios de las empresas». Pero, ¿cómo calcular el impuesto tratándose de prestación de servicios? Inmuebles destinados o utilizados exclusivamente para casa habitación. Si un inmueble tuviere varios destinos o usos, no se pagará el impuesto por la parte destinada o utilizada para casa habitación.
Este capítulo se denomina “De la exportación de bienes o servicios” y comprende de los artículos 29 al 31 de este ordenamiento legal. Aquí se especifica que la exportación goza de un régimen de tasa de 0% del IVA.
De conformidad con las Normas de Información Financiera (NIF), el reconocimiento inicial de las Cuentas por Cobrar y de las Cuentas por Pagar a Proveedores debe hacerse al devengarse la operación (acto o actividad) que la origina. De tal manera que, con las Cuentas por Cobrar, se genera también el registro del IVA por pagar en una cuenta de Pasivo, convirtiéndose exigible al momento del cobro. Del mismo modo, con las Cuentas por Pagar, se debe generar el registro del IVA por acreditar en una cuenta de Activo, convirtiéndose en acreditable al momento en que se paguen.
Por lo anterior, los registros contables de las Cuentas por Pagar y por Cobrar deben incluir desde el reconocimiento inicial, además del valor de los activos o servicios adquiridos y productos vendidos o servicios prestados, el importe del IVA correspondiente. Además, debe existir una cuenta en el Balance General de IVA por pagar o por cobrar, según se trate, que debe afectarse al momento del pago o cobro; de otra forma no se detonaría un IVA por pagar o por cobrar en la entidad.
