La temporada para hacer la declaración de impuestos está por finalizar. Las personas físicas tienen hasta el 30 de abril para presentar su obligación fiscal y, si tienen suerte, recibir una devolución por su saldo a favor.
Muchos contribuyentes mexicanos están a la espera del depósito de los impuestos que pagaron de más; en redes sociales han expresado su desesperación e inconformidad por la tardanza en recibir el dinero en sus cuentas bancarias. La presidenta Claudia Sheinbaum dijo en su conferencia matutina que la institución devolverá el saldo a favor en el plazo fijado, por lo que los mexicanos que hayan declarado no tienen por qué temer.
“Son los tiempos de ley, no hay ningún problema en la devolución de aquellos que les corresponde”, zanjó la mandataria.
Plazo del SAT para Realizar la Devolución
El Código Fiscal de la Federación estipula que la fecha de devolución tiene un plazo de 40 días. Según el artículo 22, al solicitar la devolución el contribuyente debe presentar los datos correctos y completos, como el número de cuenta o clabe interbancaria para la transferencia electrónica. El mismo código menciona que en un periodo de no más de 20 días el SAT también puede solicitar datos, informes y documentos adicionales para verificar la devolución.
Cómo Solicitar la Devolución del Saldo a Favor
Una vez que se revise que cuadren todos los ingresos del año, los impuestos que se declararon -ya sea por cuenta propia o por el patrón- y las deducciones que aplican en cada caso, el sistema arrojará un apartado en el que el usuario podrá seleccionar si desea que se le devuelva el saldo a favor o se le compense.
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Con la compensación se podrá pagar el ISR que se adeude en el siguiente ejercicio fiscal. La devolución se depositará en el banco que otorgue el contribuyente. Para solicitar la devolución se añade la CLABE interbancaria y el nombre del banco al momento de realizar la declaración.
Cómo Consultar el Estatus de la Devolución
Para ver el proceso de la devolución, el contribuyente debe entrar al portal del SAT, www.sat.gob.mx/, dar clic en el menú de la parte superior Trámites y servicios, deslizar hacia abajo y seleccionar la opción Más trámites y servicios. Después debe entrar en la parte de Constancias, devoluciones y notificaciones y elegir el apartado Estado de tu devolución. El usuario debe tener a la mano su RFC y contraseña, ya que la página lo redirigirá al buzón tributario, donde se indicará el estado de la devolución.
Una vez dentro, seleccionará la pestaña que dice devolución automática del ISR del ejercicio 2024 y el sistema arrojará si se ha negado y la razón por la que se negó, si está en proceso de validación o se ha aceptado.
Inconsistencias en la Cuenta CLABE
Las inconsistencias en la clabe interbancaria es uno de los problemas más comunes al devolver el dinero al contribuyente. Para solucionarlo, el solicitante deberá adjuntar un estado de cuenta que avale su cuenta. En este paso, es necesario tener a la mano la firma electrónica y adjuntarla.
De acuerdo con la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, las personas que declaran ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tienen derecho a recibir la devolución de impuestos en caso de tener saldo a favor.
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¿Cómo solicitar la devolución de impuestos?
- Si deseas saber si puedes solicitar una devolución de impuestos, completa tu declaración de impuestos.
- Ingresa a la página del SAT (con tu RFC y contraseña o e.firma).
- Busca la sección de trámites.
- Una vez enviado el formulario, guarda o imprime tu comprobante.
También puedes solicitar la devolución de impuestos de años anteriores. Los impuestos estatales son aquellos que varían según el estado y pagas al gobierno en función de tus ingresos. Si necesitas ayuda para el pago de tus impuestos, puedes hacerlo a través de la Banca por Internet BBVA. Conoce paso a paso cómo hacer la declaración de impuestos.
Como buen trámite burocrático, solicitar la devolución de impuestos es una actividad tediosa, pero un tanto sencilla de realizar. En este artículo te vamos a decir cómo hacerlo.
La devolución de impuestos en México para personas físicas es el proceso mediante el cual el Servicio de Administración Tributaria (SAT) regresa a los contribuyentes el monto que pagaron en exceso de impuestos. Esto ocurre cuando el resultado del cálculo del impuesto a pagar es un saldo a favor.
La devolución de impuestos tiene un impacto positivo porque devuelve a los contribuyentes el excedente de ISR de lo que pagaron o les retuvieron, y esto puede ser un alivio financiero para muchos. No solo esto es positivo, ya que la devolución termina estimulando la economía al darle a las personas dinero que pueden invertir en otros bienes y servicios.
En algunas ocasiones, el SAT realiza la devolución de forma automática. Esto sucede cuando la autoridad acepta toda la información que presentaste en tu declaración anual, junto con los datos de la cuenta en la cual ha de depositar la devolución. Cuando esto no sucede, será necesario que rectifiques tus datos y hagas una solicitud de devolución de impuestos manual.
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Lo primero que tuviste que hacer antes de solicitar la devolución es, aunque suene obvio, haber presentado tu Declaración Anual en tiempo para el periodo correspondiente. Tus solicitudes pueden incluir declaraciones anteriores a la más reciente, hasta cinco años previos. La condición es que se haya presentado la declaración del año del que se quiere obtener la devolución, previo a realizar la solicitud.
Solicitud de Devolución: Presencial vs. En Línea
La solicitud se puede hacer de manera presencial o en línea. A continuación, te diremos los pasos para cada opción.
De Manera Presencial:
- Agendar una cita y acudir a la oficina del SAT que te corresponda con la documentación del trámite.
- Entregar la documentación a la autoridad fiscal que atenderá tu trámite.
- Recibir y conservar la forma oficial sellada, como acuse de recibo.
Para Solicitar la Devolución en Línea:
- Ingresar a la siguiente liga del SAT.
- Hacer clic en el botón “Iniciar”.
- Ingresar con e-firma o RFC y contraseña.
- Llenar el formato electrónico.
- Ingresar los archivos del trámite escaneados.
- Cargar todos los recibos de nómina en una carpeta comprimida.
- Firmar y enviar el trámite usando la firma electrónica.
- Guardar en formato PDF o imprimir el acuse de recibo electrónico.
- Dar seguimiento a la devolución en el botón “Consulta tu devolución automática”.
Documentación Necesaria
La documentación que necesitas presentar es la siguiente:
- La declaración del ejercicio fiscal del que se solicita la devolución.
- La declaración complementaria (en caso de haberla presentado).
- Estado de cuenta bancario no mayor a 2 meses al que quieres se deposite la devolución.
- Todos los CFDI de Ingresos, Egresos y Deducciones Personales.
Es valioso hacer hincapié en el hecho de que ciertos bancos (por ejemplo, BANAMEX y Banco Azteca) solicitan que desbloquees el estado de cuenta a la que te hacen llegar el dinero. Este proceso deberías realizarlo antes de iniciar el de solicitud de devolución.
Asimismo, te recordamos la importancia de que realices el trámite desde una computadora donde tengas acceso a todos los documentos de la lista anterior. Esto con la finalidad de que realices la operación de la manera más eficiente posible.
Antes era necesario que los contribuyentes asalariados solicitaran a su empleador la Constancia de Percepciones y Retenciones en papel, también conocido como el Formato 37-A. Este documento lo tenía que requerir el empleado año con año para realizar la solicitud de devolución de impuestos. Hoy en día, la autoridad considera suficiente que los patrones realicen el Timbrado de Nómina para comprobar cuánto se retuvo de ISR en el año y cuánto se percibió en el mismo periodo de tiempo.
¿Qué Podemos Deducir para que nos Devuelvan Impuestos?
Para poder solicitar la devolución de impuestos es indispensable haber deducido ciertos bienes o servicios adquiridos a lo largo del año. No todo gasto es gravable y debemos conocer bien cuáles son los que la autoridad permite. Para empezar, debemos aclarar que esto depende del régimen o regímenes bajo los que el contribuyente esté inscrito en el SAT.
A continuación, incluimos una lista con los regímenes disponibles para registro de personas físicas:
- Sueldos y Salarios.
- Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
- Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
- Actividad Empresarial.
- Intereses.
- Dividendos.
- Arrendamiento.
- Plataformas Digitales.
Ahora bien, es necesario aclarar que hay dos tipos de gastos que pueden deducirse:
Gastos Personales
- Educación: Colegiaturas de instituciones privadas topadas (preescolar $14,200; primaria $12,900; secundaria $19,900; profesional técnico $17,100; y bachillerato 24,500) y servicios de transporte escolar.
- Vivienda: Intereses por crédito hipotecario.
- Salud: Seguro de gastos médicos, análisis y estudios clínicos, compra o alquiler de aparatos de rehabilitación, prótesis, lentes graduados, honorarios médicos y de enfermería, gastos hospitalarios, gastos por incapacidad o discapacidad, psicológicos, dentales, fisiológicos y de nutrición.
- Otros: Gastos funerarios, seguros de vida (retiro), aportaciones complementarias de retiro, cuentas para el ahorro y donativos.
Gastos Generales
- Servicios: Teléfono, agua, luz, internet, papelería, gasolina.
- Sueldos: De servicios de secretariado, asistencia personal, asistencia médica, asistencia dental, personal de limpieza, personal de contabilidad.
- Materiales: Uniformes, medicamentos, equipo ligero, insumos.
- Mano de Obra: De trabajos de albañilería, herrería, plomería, electricidad, mantenimiento.
- Mobiliario: Renta de local/consultorio, equipo pesado, muebles, aparadores, equipo computacional, equipo de comunicación.
Para que se puedan deducir estos gastos, es necesario que el pago de dicho servicio se haya efectuado por medio de transferencia bancaria, cheque o pago con tarjeta de débito/crédito. El SAT requiere que los pagos sean por alguno de estos medios para asegurarse de que hay un registro bancario que sustente la compra/venta. Esto evita la presunción de actividades comerciales con fines de lavado de dinero, lo que evita que el contribuyente sea sujeto a auditorías u otras medidas.
De acuerdo con la autoridad, el monto a deducir no puede exceder cinco UMAS anuales ($158,469), o el 15% de los ingresos anuales. Este límite no aplica a gastos médicos por incapacidad, discapacidad, donativos, aportaciones complementarias de retiro, depósito en cuentas especiales para el ahorro ni colegiaturas.
Una vez aclarado esto, te presentamos dos listas con el tipo de gasto sujeto a deducibilidad dependiendo del régimen al que pertenezcamos:
Gastos Personales (educación, vivienda, salud, otros)
- Sueldos y Salarios.
- Actividad Empresarial.
- Intereses.
- Dividendos.
- Arrendamiento.
Gastos Generales (servicios, sueldos, materiales, mano de obra, mobiliario)
- RIF.
- RESICO.
- Actividad Empresarial.
- Plataformas Digitales.
Como es evidente, en todo el proceso de la solicitud de la devolución de impuestos se involucran directamente los CFDI, por lo tanto, obtenerlos, revisarlos, imprimirlos y analizarlos es de suma importancia. De esto se desprende la necesidad de contar con herramientas tecnológicas que te apoyen a determinar si tus comprobantes cumplen con requisitos fiscales, tales como: la forma de pago, el complemento concepto para escuelas, el CFDI de recepción de pago en caso de facturas PPD para validar que están efectivamente pagadas, entre otros requisitos.
Se podrá solicitar la devolución automática cuando se presente la declaración anual, normal o complementaria del ejercicio fiscal en curso y cuando:
- Se presente la declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable
- Tratándose de saldos a favor igual o menor de 10,000 pesos, con contraseña
- Si el saldo a favor es mayor a 10,000 pesos y hasta 50,000 pesos con contraseña y cuenta CLABE a 18 dígitos precargada.
De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación se tendrá por no presentada la solicitud de devolución cuando:
- El contribuyente se tenga como o localizado
- El domicilio fiscal manifestado por el contribuyente ante el RFC se tenga como no localizado.
Nota aclaratoria: Los supuestos previstos tratándose de la devolución de saldos a favor son diversos y su configuración en la realidad puede variar y por ende dar lugar a consecuencias jurídicas distintas.
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