En el ámbito fiscal de México, comprender a fondo los conceptos de "Pago en una sola exhibición" (PUE) y "Pago en parcialidades o diferido" (PPD) resulta fundamental para el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias. Estos términos, establecidos en el Código Fiscal de la Federación (CFF), han experimentado importantes modificaciones a lo largo del tiempo, afectando la manera en que las empresas gestionan sus transacciones financieras.
En este artículo, exploraremos en detalle la evolución y el actual significado de ambos conceptos, así como las implicaciones fiscales que conlleva su utilización adecuada o inadecuada. Además, proporcionaremos orientaciones clave para que el personal encargado de emitir comprobantes fiscales tenga una comprensión precisa y actualizada de estos importantes elementos del sistema tributario mexicano.
¿Qué es método de pago?
En el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México, el "método de pago" se refiere a la forma en que se liquida una transacción o un adeudo fiscal. Este método indica cómo se efectúa el pago, ya sea PUE (Pago en una sola exhibición) o PPD (Pago en parcialidades o diferido). La correcta designación en el CFDI es crucial para evitar errores fiscales que podrían generar sanciones de las autoridades fiscales.
PUE y PPD: Pago en Una Sola Exhibición vs. Pago en Parcialidades o Diferido
Desde el 2012 se agregó al Código Fiscal de la Federación (CFF) la obligación de expedir un comprobante fiscal por el total de la operación y comprobantes adicionales por las parcialidades recibidas correspondientes a esa operación. Con esto se establecieron los conceptos de “Pago en una sola exhibición” y “Pago en parcialidades” (PUE y PDD). Esta disposición obliga al contribuyente a indicar cuándo la operación se liquida en una sola exhibición y cuándo en parcialidades.
Este es un cambio importante en la operación de las empresas. Por eso en Microsip recomendamos que todo el personal encargado de emitir el CFDI o facturas mediante los módulos de Ventas o Punto de Venta tenga muy claro el uso y diferenciación de estos conceptos. Si se hace un empleo equivocado de ellos puede llevar a la no deducibilidad de una erogación.
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Anteriormente el concepto de “pago en una sola exhibición” se había manejado en los casos en los cuales se acordaba que la operación se llevaría a cabo en un sólo pago. Esto era independientemente de que el monto se liquidara en ese momento o posteriormente. Por lo tanto, los contribuyentes estaban acostumbrados a utilizar el concepto de “pago en una sola exhibición” tanto para los pagos de contado como para los de crédito, siempre que no fueran en parcialidades.
Cambio con la versión 3.3 del CFDI
Con la versión 3.3 del CDFI, el significado de este concepto cambia totalmente. Ahora el “Pago en una sola exhibición” equivale única y exclusivamente a los pagos de contado. Es decir, la aplicación de esta leyenda queda solo reservada para cuando la operación tenga una liquidación completa en el preciso momento de la expedición de la factura.
Cuando la operación amparada en el comprobante se liquide posteriormente, en un sólo pago, se deberá utilizar el concepto de “Pago en parcialidades o diferido” (PPD), entendiéndose que el pago se llevará a cabo de forma diferida.
Método de pago PPD: Significado
El pago en parcialidades o diferido en México es una modalidad de pago que permite a los contribuyentes dividir el costo de un bien o servicio en varias cuotas o pagos postergados en el tiempo.
¿Cuándo utilizar la clave PUE?
De acuerdo a la “Guía de llenado de los comprobantes fiscales digitales por Internet”, se deberá de registrar la clave “PUE” (Pago en una sola exhibición o método de pago PUE) cuando se realice dicho pago al momento de emitir el comprobante. Por el contrario, se deberá de registrar la clave “PPD” (Pago en parcialidades o diferido) cuando se emita el comprobante de la operación y con posterioridad se vaya a liquidar en un solo pago el saldo total o en varias parcialidades.
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En caso de que al momento de la operación se realice el pago de la primera parcialidad, se deberá emitir el comprobante por el monto total de la operación y un segundo comprobante con el complemento para recepción de pago por la parcialidad.
Por lo tanto, si el contribuyente utiliza el concepto de “Pago en una sola exhibición”, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dará por hecho que la operación ya ha sido liquidada, con las siguientes consecuencias:
- El CFDI que ampara la operación deberá contener los datos de pago.
- Los efectos fiscales de la operación ya se han generado: Causación/Acreditamiento del IVA, acumulación de ingreso para regímenes de flujo de efectivo.
- No deberá existir un comprobante posterior con complemento para pagos. Si llega a existir, se podría considerar una doble causación de impuestos por la misma operación.
Por ello, si la operación se liquida después de la emisión de la factura, en un pago único, se deberá utilizar el concepto de “Pago en parcialidades o diferido” . Además se deberá de expedir un CFDI con el complemento para pagos cuando se realice el pago. Si la operación se paga en parcialidades, se deberá expedir un CFDI con el complemento para pagos, cada vez que se reciba un pago y por el monto de cada pago.
El problema del PUE
Hay contribuyentes que tienen diferencias con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) debido al uso de la modalidad de pago PUE en los CFDI.
A través del video ‘El problema del PUE’, el asesor y catedrático expuso, entre otros, los siguientes supuestos que podrían generar diferencias o problemas con el SAT:
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Generar el CFDI y recibir el pago en un mes distinto
Beltrán explicó que el problema del PUE es que hay contribuyentes que expiden la factura en los últimos días del mes, pero el cliente paga hasta los primeros días del mes siguiente.
En este caso, el SAT registra el ingreso presuntamente percibido en un mes, gracias al CFDI. Pero el contribuyente declarará el ingreso cobrado hasta el mes siguiente. Esto, genera diferencias entre la información que tiene el SAT y lo que reporta el contribuyente.
Registrar una forma de pago y que se pague con otra
El especialista explicó que hay clientes que en los primeros días del mes piden el CFDI con método de pago PUE, pero pagan una o dos semanas después.
En este caso, el especialista dijo que no hay problema mientras que el cliente no se exceda del mes. Esto se debe a que es una facilidad que ofrece el SAT, pero con la condición de que se pague dentro del mes y con la forma de pago que se especificó en el comprobante.
“Si en el CFDI se manifestó la modalidad ‘PUE’ y como forma de pago ‘03 Transferencia’, y el cliente paga dentro del mes, pero con cheque, se debe cancelar el comprobante y expedir uno nuevo con forma de pago ‘02’”, expresó.
Registrar PUE en el comprobante pero recibir parcialidades
Otro problema surge cuando generamos un CFDI, lo registramos como PUE, el cliente paga dentro del mes, pero lo hace con tres o cuatro transferencias.
Beltrán dijo que dicha operación no sirve, porque complica todo, y lo mejor sería cancelar el CFDI.
Recomendaciones
En este contexto, el especialista expuso las siguientes recomendaciones:
- Antes de expedir el CFDI, el emisor se debe asegurar si sí se trata de un PUE o no. Si el cliente pagó, se manifiesta método de pago PUE, porque hay certeza de que se tiene el dinero, para no estar esperando a ver cuando se realiza la operación.
- En caso de que se vaya a expedir el CFDI y no haya dinero en la cuenta bancaria, lo recomendable es que se explica con el método ‘Pago Parcial o Diferido’ (PPD).
El Complemento de Pago: Un Componente Esencial
El complemento de pago es un documento fiscal digital que acompaña a los CFDI de ingreso cuando el pago de la factura no se realiza en una sola exhibición. Este documento es fundamental para cumplir con las disposiciones del SAT en materia de facturación electrónica y para efectos fiscales relacionados con el IVA trasladado y acreditable.
- El complemento de pago es un recibo electrónico de pago que se expide cuando un CFDI de ingreso se emite con el método de pago PPD (Pago en Parcialidades o Diferido) y el pago se recibe posteriormente.
- La correcta asociación de los pagos con los CFDI originales es esencial para evitar errores en auditorías fiscales.
- El complemento de pago también es útil en operaciones internacionales donde el pago se recibe en moneda extranjera.
- Para quienes operan en industrias altamente reguladas, como el sector financiero o de telecomunicaciones, la correcta emisión del complemento de pago puede ser un diferenciador en auditorías de calidad o certificaciones.
- Puedes ser sancionado y tener problemas para acreditar el IVA. Además, tus clientes pueden rechazar los pagos si no hay constancia oficial.
PPD si el pago no se realiza en el momento de la factura.
PUE si el pago es inmediato y total.
La que corresponda al pago recibido: 03 transferencia, 02 cheque, 01 efectivo, etc.
No, es un documento adicional que se vincula al CFDI original.
Sí, uno por cada pago recibido.
Sí, solo es necesario en CFDI emitidos con método de pago PPD.
Emitir CFDI y complementos de pago ya no tiene por qué ser un proceso manual, complejo o riesgoso. Simplifica tu facturación, mejora tu cumplimiento y dedícate a hacer crecer tu negocio.
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