I. Introducción
La cuestión a discutir siempre ha sido ¿en qué medida debe contribuir cada uno? Pero, ¿Cómo se logra la contribución justa? El sistema fiscal es un elemento clave para disminuir la desigualdad.
II. La Contribución de los Asalariados y las Deducciones
Los ingresos gravados permiten ciertas deducciones, conocidas como deducciones autorizadas, haciendo la carga fiscal más llevadera. Adicionalmente, estas deducciones tienen limitantes en monto y en porcentaje.
III. El Principio del Mínimo Vital
El principio del mínimo vital se relaciona con los principios de proporcionalidad y equidad. Este principio busca asegurar que los contribuyentes, así como su familia, mantengan una vida decorosa. Los proyectos declararon infundado el argumento. Este mínimo debe ser identificado como un mínimo existencial, cubriendo todas las necesidades de la población de forma óptima.
IV. Deducciones Fiscales en España: Un Derecho Comparado
El principio de capacidad económica en España establece un límite para el legislador tributario, reflejando una interpretación no confiscatoria. En España, la renta se clasifica en general y del ahorro (artículo 6o., Ley IRPF).
1. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un pilar fundamental de la recaudación para ese país, tan sólo por debajo de las contribuciones de seguridad social. Se calcula el IRPF con la tarifa general y la autonómica. Este impuesto considera situaciones personales y familiares del contribuyente.
Lea también: Datos asociados al RFC
2. Deducciones y Reducciones en el IRPF
La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, (en adelante LIRPF), permite que el resultado no pueda ser inferior en beneficio del contribuyente. Los gastos que se pueden deducir son: gastos médicos, gastos funerarios, donativos y colegiaturas. Además, existen deducciones por minusvalía y otras situaciones personales.
3. Deducciones Personales
Las deducciones personales requieren que el contribuyente cuente con la factura de cada servicio adquirido, o bien, haber efectuado el pago mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o cheque nominativo. Asimismo, el monto total de deducciones personales autorizadas por el SAT no puede exceder las cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales equivalentes a 198.031,80 pesos, o bien, al 15% del total del ingreso del contribuyente, lo que resulte menor. Este aspecto no aplica para gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias para el retiro, depósitos para el ahorro y colegiaturas, pues cada uno tiene sus propios topes deducibles y se describen a continuación. Los montos máximos deducibles por cada uno de los hijos no deben exceder los siguientes límites anuales:
- Nivel preescolar: 14.200 pesos
- Primaria: 12.900 pesos
- Secundaria: 19.900 pesos
- Profesional técnico: 17.100 pesos
- Bachillerato o su equivalente: 24.500 pesos
Las cuotas por inscripción o reinscripción no pueden deducirse. Esta deducción únicamente se aplica cuando el transporte escolar sea obligatorio o cuando se incluya dicho gasto en la colegiatura. De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), se conoce como deducciones personales a los gastos que los contribuyentes tienen derecho a disminuir de sus ingresos acumulables en la declaración anual del ejercicio. Cuando se realicen pagos en un mismo ejercicio fiscal, por una misma persona, por servicios de enseñanza correspondientes a dos niveles educativos, el límite anual de deducción que se puede disminuir es el que corresponde al monto mayor de los dos niveles, independientemente de que se trate del nivel que concluyó o el que inició. Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles.
4. Deducciones Específicas
Dentro de las deducciones específicas se encuentran: Gastos médicos, como consultas con el dentista, psicólogo, nutriólogo, servicios de enfermería, tratamientos médicos o gastos por incapacidad o discapacidad. Asimismo, el SAT permite deducir gastos hospitalarios, análisis clínicos, compra o alquiler de aparatos de rehabilitación, prótesis, lentes ópticos graduados hasta por un monto de 2.500 pesos, y medicamentos incluidos en la hospitalización -no comprobantes de farmacias-. Los gastos funerarios son deducibles ante el SAT siempre y cuando no excedan una Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual del ejercicio a declarar. En el caso del ejercicio 2024, la UMA anual fue de 39.606,36 pesos. El servicio de gastos funerarios puede ser para el contribuyente, su cónyuge o concubina(o), así como para sus padres, hijos, abuelos o nietos. Este rubro incluye los donativos que se otorguen a instituciones autorizadas para tal fin, y a la Federación. El límite es de hasta el 7% de los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior para los otorgados a donatarias autorizadas y hasta del 4% para los otorgados a la Federación. El rubro toma en cuenta las aportaciones complementarias o voluntarias realizadas directamente a la subcuenta del contribuyente.
5. Comparación con México
El sistema de personas físicas en España es muy superior a los que se reciben en México. Una persona en España siente que los impuestos que está contribuyendo son bien retribuidos. Al no reconocer la situación personal de los mexicanos al momento de tributar, se paga sobre una renta bruta. En contraste, se plantea determinar un mínimo vital que proteja más por la importancia social que tiene en la estabilidad del país.
Lea también: Pasos para Activar tu Buzón Tributario
V. Propuesta para Mejorar la Aptitud Contributiva
Para fortalecer a la clase media, se propone considerar: Gastos de arrendamiento de vivienda, un porcentaje de gastos de alimentos, un porcentaje de gastos de vestido, vestido, transporte, por mencionar algunos. Esto mejoraría la aptitud tributaria, considerando el nivel económico de sus trabajadores.
Lea también: RFC duplicado: ¿cómo identificarlo?
tags: #deducciones #impuestos #asalariados #España
