En México, el arrendamiento se considera una actividad civil, por lo cual es legislada por el Código Civil Federal. Este conjunto de normas legales es unitario, sistematizado y ordenado sobre el Derecho Privado, regulando las relaciones civiles entre las personas, ya sean morales o físicas. Por lo tanto, el Código Civil Federal contiene toda la información necesaria sobre la ley de arrendamiento en México, abarcando desde el artículo 2398 hasta el artículo 2490.
El arrendatario es la persona que por medio de un contrato de arrendamiento, toma el control y puede usar y disfrutar un bien. Ser arrendatario es un estatuto jurídico que cuenta con ciertos derechos y obligaciones. Por su parte, el arrendador es el propietario del bien inmueble que concede su uso o goce temporal a otra persona mediante un contrato de arrendamiento, a cambio del pago de la renta de un monto mensual previamente acordado.
Reglas generales y disposiciones del contrato
El contrato de arrendamiento debe realizarse por escrito y el contrato no se invalida por la muerte del arrendador ni del arrendatario. Si durante la validez del contrato la propiedad se ve afectada por una trasmisión de dominio, es decir, cambia de dueño, el contrato seguirá en vigor. Asimismo, el arrendador deberá registrar el contrato de arrendamiento ante la autoridad competente y entregar una copia al arrendatario.
Limitaciones y condiciones de duración
La ley de arrendamiento establece plazos específicos para la vigencia de los contratos:
- Fincas destinadas a habitación: El arrendamiento no puede exceder de diez años.
- Fincas destinadas al comercio o industria: El arrendamiento no puede exceder de veinte años.
Aspectos relevantes sobre el inmueble y los pagos
A continuación, se resumen algunas de las normas fundamentales que rigen estos contratos según la ley:
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- Todos los bienes inmuebles que puedan usarse se pueden arrendar.
- La renta o el valor normalmente es una suma de dinero o cualquiera otra cosa equivalente, siempre y cuando esté establecida previamente.
- La renta se paga desde el día en que el arrendatario hace posesión del inmueble y deberá estipularse en moneda nacional.
- Un copropietario no puede realizar un contrato de arrendamiento sin consentimiento de los otros copropietarios.
- El arrendador debe conservar el inmueble y responder por cualquier daño ocasionado en su tiempo de estadía.
- El arrendatario está en la obligación de poner en conocimiento del arrendador cualquier anomalía que se presente.
Notificaciones y terminación del contrato
En caso de que el contrato esté a punto de finalizar y como propietario requieras tu vivienda, deberás avisar con 3 meses de anticipación. El arrendatario deberá ser notificado con tres meses de antelación que su contrato no será renovado, de ahí surge el plazo de tres meses que tiene el inquilino para desocupar. Es importante destacar que, aunque el contrato de arrendamiento de locales comerciales está sujeto a las reglas del Código Civil, también se contemplan aspectos en el Código de Comercio para proteger la inversión económica del comerciante.
Obligaciones fiscales del arrendador
Desde 2020, es requisito indispensable que el propietario del inmueble presente los comprobantes fiscales emitidos por concepto de renta cuando quiera llevar ante el juez a un inquilino moroso. La omisión en las declaraciones de ingresos implica contravenir los principios recaudatorios del SAT. Si las escrituras se encuentran a nombre de una persona física que está obteniendo un ingreso por el arrendamiento, el CFDI lo deberá expedir dicha persona física que aparece como titular en el contrato.
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