Los complementos de pago son documentos digitales que complementan una factura por pagar. Un complemento de pago, también conocido como Recibo Electrónico de Pagos (REP) o factura de recepción de pago, es un documento fiscal digital que se emite cuando el pago de una factura no se realiza en una sola exhibición. Los complementos de pago son una extensión de la factura por pagar que ayuda a mantener el sistema fiscal mexicano alineado con las mejores prácticas.
Emitir este documento permite informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre los detalles de cada pago recibido. El complemento de pago funciona como un comprobante de que el pago fue realizado y se encuentra vinculado directamente con la factura original. En este tipo de CFDI se especifica el método de pago de una factura, así como el monto correspondiente. El complemento para recepción de pagos debe realizarse cuando la transacción comercial no es pagada al momento en su totalidad.
Los complementos de pago son un concepto relativamente nuevo en la legislación fiscal mexicana, introducido como parte de la evolución de la facturación electrónica. La implementación del complemento de pago se formalizó con la entrada en vigor de la versión CFDI 3.3, publicada el 1 de julio de 2017. Sin embargo, su uso obligatorio se postergó hasta septiembre de 2018, dando a las empresas y contribuyentes un periodo de adaptación.
¿Cuándo se utiliza el Complemento de Pago?
El Complemento de Pago debe emitirse en situaciones específicas donde el pago de una factura no se realiza de forma inmediata o completa en el momento de la emisión de la misma:
- El complemento de pago se utiliza cuando el pago no se realiza de forma inmediata, sino en partes o en una fecha posterior.
- Cuando el monto total de la factura se cubre en varias transacciones, es decir, en pagos fraccionados.
- Cuando el pago se realiza en una fecha posterior a la emisión del CFDI. Esto es común en acuerdos comerciales donde se emite una factura con condiciones de pago a crédito o bajo términos específicos.
- Es posible que un cliente realice un solo pago para cubrir múltiples facturas emitidas previamente.
¿Cuándo no aplica el Complemento de Pago?
Es igualmente importante saber cuándo no aplica:
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- La factura original se emite con Método de Pago “PUE” (Pago en una sola exhibición) y el pago se recibe en ese mismo instante.
- Se trata de la facturación de anticipos.
¿Por qué es relevante el Complemento de Pago?
- Vincular el Pago con la Factura Original: A través del UUID (folio fiscal) de la factura de ingreso emitida previamente, el REP establece una conexión directa e inequívoca. Esto indica claramente qué factura o facturas están siendo liquidadas con ese pago, evitando confusiones y duplicidades.
- Permitir el Correcto Acreditamiento del IVA para tu cliente: Este es un punto crítico para tus clientes. De acuerdo con el Artículo 5, fracción II de la Ley del IVA, para que el Impuesto al Valor Agregado que te trasladaron sea acreditable, el pago correspondiente debe estar efectivamente realizado y debidamente documentado.
- Respaldar la Deducibilidad del Gasto para el Pagador: Para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR), el Recibo Electrónico de Pago es el comprobante que demuestra que una factura emitida con método PPD ha sido efectivamente liquidada.
- El REP permite llevar un registro detallado y preciso de lo que ha sido cobrado.
- Permite mejorar la conciliación de facturas emitidas contra los pagos recibidos.
¿Cómo se relaciona el Complemento de Pago con el CFDI?
El complemento de pago es un tipo de CFDI que sirve para complementar una factura previa. El complemento de recepción de pago documenta ante el SAT la recepción de uno o varios pagos que liquidan un CFDI. Los complementos de CFDI sirven para ampliar la información de la factura electrónica que se genera por una operación determinada. Una factura electrónica debe llevar un complemento cuando la actividad o sector del contribuyente lo establezca como obligatorio. Todo complemento de factura que se vaya a emitir deberá ir relacionado a través del número de folio fiscal del CFDI al que hace referencia la operación.
¿Quiénes están obligados a emitir el Complemento de Pago?
Los contribuyentes que realizan ventas y permiten los pagos diferidos tienen la obligación de emitir el complemento de pagos en parcialidades. Emitir este complemento no es opcional: es una obligación fiscal cuando se utiliza el método de pago PPD (Pago en Parcialidades o Diferido).
¿Qué información debe contener el Complemento de Pago?
Los complementos de pago deben contener información detallada para que sean válidos ante el SAT.
- Detalles del pago: como la fecha, la forma de pago, el monto, la moneda y el tipo de cambio en aquellos casos donde el pago no sea en moneda mexicana.
- Si se trata de pagos en un método que no sea efectivo también hay que registrar el número de operación, de cheque, de autorización, de referencia, línea de captura, clave de rastreo o la identificación análoga que permita hacer una identificación de la operación.
- Forma de pago utilizada.
Algunos datos que mencionamos son opcionales, sin embargo entre mayor información agregues a los complementos de pago, podrás llevar una mejor administración de ellos.
Estructura del Complemento de Pago
Este proceso se divide en dos partes: el CFDI “cascarón” de tipo Pago y el Complemento en sí, anidado dentro. Este es el CFDI principal que contendrá el Complemento de Pago:
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- Moneda (a nivel comprobante): Se registra la clave XXX (“Los códigos asignados para las transacciones en que intervenga ninguna moneda”).
- UsoCFDI: Este campo debe ser CP01 (“Pagos”).
- ObjetoImp: 01 (“No objeto de impuesto”).
Este es el corazón del Recibo Electrónico de Pago (REP) y se anida dentro del CFDI tipo “P”:
- FechaPago: La fecha y hora exactas en que recibiste el pago.
- FormaDePagoP: La clave de la forma en que se recibió el pago, según el catálogo del SAT (ej. 03 para Transferencia Electrónica, 01 para Efectivo). ¡Importante!
- TipoCambioP: Si la MonedaP es diferente de MXN, aquí va el tipo de cambio de esa moneda a pesos mexicanos a la fecha del pago.
- Monto: El importe exacto del pago recibido, expresado en la MonedaP.
- TipoCadPago, CertPago, CadPago, SelloPago: Estos campos son para pagos con SPEI y son opcionales si decides no usar TipoCadPago.
- IdDocumento: El UUID (folio fiscal de 36 caracteres) de la factura de ingreso original que se está liquidando con este pago.
- EquivalenciaDR: (Requerido si MonedaDR es diferente de MonedaP) Es el tipo de cambio que convierte la moneda del documento relacionado (MonedaDR) a la moneda del pago (MonedaP). Se calcula como el número de unidades de MonedaDR que equivalen a una unidad de MonedaP. Si ambas monedas son iguales, este valor es 1.
- NumParcialidad: El número de parcialidad que se está pagando (ej.
- ImpSaldoAnt: El monto del saldo que tenía la factura antes de aplicar este pago.
- Nodo ImpuestosDR (Dentro de DoctoRelacionado): Aquí se desglosan los impuestos (IVA, IEPS, tanto trasladados como retenidos si los hubo en la factura original) que corresponden a la porción del ImpPagado de esta factura.
- Nodo ImpuestosP (Dentro del Pago, después de todos los DoctoRelacionado): Este nodo final resume los impuestos del Pago actual, pero expresados en la MonedaP (la moneda en que se recibió el pago).
Consecuencias de No Emitir el Complemento de Pago
No emitir el Complemento de Pago en los casos en que es obligatorio puede tener repercusiones significativas para las empresas, tanto en términos de sanciones como en su situación fiscal.
- Cumplir con el complemento de pago es muy importante ya que el SAT interpone multas tanto por incumplimiento como por generar incorrectamente los comprobantes.
- Puedes ser sancionado y tener problemas para acreditar el IVA. Además, tus clientes pueden rechazar los pagos si no hay constancia oficial.
- Al no emitir el Complemento de Pago, el receptor del pago podría ver comprometida su capacidad de deducir el gasto o acreditar el IVA.
- Multas y Sanciones por parte del SAT: La autoridad fiscal es clara.
- Discrepancias en tus ingresos y contabilidad: Si no documentas los cobros de tus facturas PPD con un Recibo Electrónico de Pago, tus registros contables de ingresos podrían no cuadrar con tus depósitos bancarios o con lo que el SAT espera ver.
- Imposibilidad de Deducir el Gasto: Este es un punto crítico para la deducibilidad.
- Imposibilidad de Acreditar el IVA: De manera similar, para que tu cliente pueda acreditar el IVA que le trasladaron en la factura original, es indispensable que el pago esté efectuado y debidamente documentado con el Complemento de Pago.
Fundamento Legal del Complemento de Pago
La obligación de emitir el Complemento de Pago en México está respaldada por varias disposiciones legales que buscan regular la correcta emisión de comprobantes fiscales y la transparencia en las transacciones:
- Artículo 29: Este artículo establece la obligación de los contribuyentes de emitir comprobantes fiscales digitales (CFDI) cada vez que realicen una transacción.
- Artículo 29-A: Aquí se detallan los requisitos que deben cumplir los comprobantes fiscales para que sean considerados válidos.
- Regla 2.7.1.35: La RMF en esta regla específica establece los lineamientos técnicos para la emisión del Complemento de Pago, incluyendo el momento en que debe emitirse y los elementos que deben integrarse en el comprobante.
¿Cómo corregir un Complemento de Pago?
Primero, debes generar un nuevo complemento de recepción de Pago. Una vez que esté perfectamente llenado, timbra este nuevo complemento de pago. Con el nuevo complemento corregido y timbrado, debes a solicitar la cancelación del Complemento para Recepción de Pagos que tenía el error. Al solicitar la cancelación, el sistema te pedirá un motivo de cancelación. Además, el sistema te solicitará que ingreses el folio fiscal (UUID) del CFDI que sustituye al cancelado. Es importante que monitorees el estado de tu solicitud.
Recomendaciones Finales
Dominar la emisión de complementos de pago no solo asegura el cumplimiento fiscal, sino que también simplifica la gestión financiera. Cumplir con esta obligación fiscal no solo garantiza la transparencia en las operaciones comerciales, sino que también facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales y evita posibles sanciones por parte del SAT.
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