Descubre Cómo la Causación en Derecho Impacta tus Casos: Guía Esencial sobre el Nexo Causalpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

El término "causación" se emplea en diversos campos, adquiriendo matices específicos en el ámbito contable y, de manera fundamental, en el ámbito jurídico. Mientras que en contabilidad se refiere al reconocimiento de hechos económicos, en derecho, la causación es sinónimo de nexo causal, un concepto indispensable para establecer responsabilidades y determinar efectos jurídicos.

Causación en el Ámbito Contable

En contabilidad, la causación está estrechamente ligada al principio del devengo. El devengo, o base de acumulación, es el término oficial adoptado por las NIIF. Se refiere a la base contable que obliga a registrar las transacciones cuando ocurren, no cuando se mueve el efectivo. La causación se considera un término análogo a «devengo» y describe la misma acción: reconocer los hechos económicos en el período en que se realizan.

El abono en cuenta es un concepto más específico. Se refiere a la acción de asentar en la contabilidad una obligación a favor de un tercero o de la empresa para su pago futuro. Es decir, es el registro contable (crédito a una cuenta por cobrar o débito a una por pagar) que materializa la causación. Su principal función es proporcionar estados financieros que reflejen una imagen fiel de la situación de la empresa.

Ejemplos de Causación Contable:

  • Si la empresa que asesoras vende un producto a crédito en marzo, el ingreso se registra en marzo, aunque el pago llegue en abril.
  • Una consultoría prestada en junio se causa en junio, aunque la factura se pague en julio.
  • Supongamos que una empresa realiza una venta de mercancía a crédito el día 15 de mayo por un valor de $5.000.000 + IVA (19%). En esta fecha se reconoce el ingreso y la cuenta por cobrar, aunque no se haya recibido dinero.

El Nexo Causal en el Derecho

En el contexto jurídico, el nexo causal es la relación que permite unir una acción con un daño. Sin una relación que relacione ambos elementos, no puede imputarse a un sujeto la causa de un daño. Por tanto, el nexo causal se erige en uno de los elementos fundamentales de la responsabilidad civil y es esencial en diversas ramas del derecho, incluyendo el derecho civil, penal y administrativo. Es habitual encontrar este término en casos de responsabilidad civil entre particulares y también en el ámbito de los seguros. La existencia de este nexo va a determinar la existencia del derecho de resarcimiento.

La causalidad es esencial en responsabilidad jurídica. En principio, nadie puede ser considerado jurídicamente responsable por un hecho que no ha causado. Este vínculo no es un concepto jurídico ni científico, sino filosófico, sobre el cual no existe unidad en la filosofía. Existen tesis optimistas y escépticas.

Lea también: Definición: Cuenta Bancaria Empresarial

La postura de Locke, en su Ensayo sobre el entendimiento humano, es un paradigma del optimismo. Según Locke, es posible establecer mediante leyes empíricas que ciertos eventos son causa de otros. Antagónica es la tesis escéptica de David Hume, quien concibe a la causalidad como una relación intelectual que el observador establece, solo en su mente, entre dos eventos. El optimismo frente a la causalidad es fundamento de la diferencia entre causalidad e imputación; así, mientras la causalidad es un asunto de hecho, la imputación lo es de derecho. Por el contrario, desde la perspectiva escéptica, no puede distinguirse entre causalidad e imputación, ya que ambos conceptos expresan una relación normativa entre un resultado y un agente al que se atribuye.

Elementos Fundamentales del Nexo Causal

Analizando la profundidad del concepto de nexo causal, destacan tres aspectos fundamentales que le dan forma en el ámbito jurídico:

  • Relación Directa: Es fundamental demostrar que el daño se produjo como consecuencia de la acción o evento en cuestión. Para ello, se debe establecer una relación directa entre la causa y el efecto. Los daños evaluados podrán ser físicos, económicos o morales.
  • Previsibilidad del Evento: Este criterio establece que la causa debe ser un evento previsible que una persona razonable habría podido anticipar. Para ello, se tomará en cuenta el contexto y las circunstancias en las que se produce cada caso.
  • Adecuación Causal: A la hora de evaluar un nexo causal, otro de los factores fundamentales es la adecuación causal. Esto implica que toda causa debe ser adecuada para producir un efecto. En definitiva, se analiza si la causa es, efectivamente, capaz de generar el daño en cuestión.

La Doble Naturaleza del Nexo Causal: Fáctica y Jurídica

El nexo causal tiene dos características fundamentales que requieren su estudio y argumentación:

  1. Cuestión Fáctica (quaestio facti): Requiere acreditar una relación causa-efecto entre acción y daño. Con independencia de que a la acción se le atribuya causalidad jurídica, tiene que existir una conexión real. Esta vertiente del nexo de causalidad es la que requiere de mayor actividad probatoria.
  2. Cuestión Jurídica (quaestio iuris): Es la vertiente del nexo causal que imputa un daño a una acción. Una vez establecida la cuestión fáctica, este punto permite señalar qué causa-efecto es la correcta. Dicho de otro modo, señala qué comportamiento ha conducido al daño y debe estudiarse. Si no existiese este apartado en el nexo de causalidad, se podrían llegar a conclusiones injustas, aunque no en todos los casos es sencillo identificar la cuestión jurídica. Doctrinalmente se han desarrollado criterios llamados de desimputación objetiva, como el riesgo general de la vida (no puede haber imputación jurídica si el daño es por hechos propios de la vida cotidiana) o la prohibición de regreso (si hay comportamiento doloso, no se podrá retroceder en la cadena temporal de eventos).

Tipos de Nexo Causal

El nexo de causalidad puede ser de muchos tipos, en función de la influencia que haya tenido en el daño. La clasificación de los tipos de nexos causales viene marcada por la inmediatez de la acción respecto al daño y el momento en que se causa:

  • Nexo Causal Directo: Se da cuando la acción es inmediatamente antecesora del resultado dañino.
  • Nexo Causal Indirecto: Se habla de nexos causales indirectos cuando la acción se difumina por la lejanía temporal o la intervención de terceros. En este sentido, resulta más difícil atribuir a una acción un daño por su lejanía temporal. Si bien es posible imputar responsabilidad mediante esta tipología de nexos causales, su dificultad en ocasiones es patente.
  • Nexo Causal Múltiple: Esta circunstancia se da cuando concurren varias causas en la provocación de un daño. En este tipo de casos deben llevarse a cabo dos exámenes conjuntos: por un lado, si efectivamente dos acciones tienen nexos de causalidad con el daño; y, por otro lado, tendrá que ponderarse la influencia de cada uno en el daño causado.

Interrupción del Nexo Causal y Causalidad Concurrente

Existen situaciones en las que el nexo causal puede ser interrumpido por un caso fortuito o de fuerza mayor. Un caso fortuito se refiere a eventos imprevisibles e inevitables que no pueden ser atribuidos a la conducta de ninguna de las partes involucradas. Por ejemplo, un terremoto o una inundación pueden interrumpir el nexo causal entre la conducta de un individuo y los daños sufridos por otra persona.

Lea también: Guía completa sobre el IVA a Favor

Además, en algunos casos, puede existir más de una causa que contribuya al mismo resultado. En tales situaciones, se aplica el principio de causalidad concurrente, que establece que cada causa independiente y suficiente para producir el resultado dañoso es considerada como una causa del daño.

Aplicaciones del Nexo Causal en la Práctica Jurídica

La determinación del nexo causal es compleja e implica examinar si la conducta del causante del daño fue la causa directa e inmediata de los daños sufridos por la víctima. Los tribunales suelen considerar varios factores, como la proximidad temporal y espacial entre la acción y el daño, la relación de causalidad directa entre ambos y la ausencia de intervenciones externas que puedan haber contribuido al resultado. En numerosas situaciones cotidianas pueden encontrarse posibles reclamaciones de responsabilidad civil, y para determinar si existen nexos de causalidad en situaciones reales, hay que examinar las causas que pueden romperlo.

Casos Comunes:

  • Accidentes de Tráfico: En un accidente de tráfico es habitual que el nexo causal pueda deducirse con facilidad en ocasiones. Sin embargo, hay situaciones en las que esto no siempre es tan sencillo. Por ejemplo, un coche que golpea a otro estando en circulación ambos es a priori un nexo causal claro. Ello no obsta para que haya que realizar un examen jurídico del nexo de causalidad. En caso de que la carretera estuviera en mal estado, puede llegar a concluirse que no existiese nexo causal. Aun existiendo relación material o fáctica, jurídicamente no puede concluirse que el conductor sea responsable. Otra situación que puede darse es que la conducta de un tercero provocase el accidente. En este último supuesto habría que comprobar si existe nexo causal con ambas acciones o solo con una de ellas. Además de lo anterior, también deberá comprobarse la diligencia de todos los intervinientes en el accidente.
  • Responsabilidad Médica: En la actividad médica, es habitual encontrarse con reclamaciones por responsabilidad civil. Para ello, resulta necesario acreditar el nexo de causalidad. Es importante destacar que no es lo mismo la vertiente jurídica del nexo de causalidad que la negligencia; el primero es simplemente la conexión entre acción y daño. Para los casos de negligencia médica, la acreditación del nexo de causalidad resulta en ocasiones complicado. Al intervenir varios sujetos, hay que concluir a quién o quiénes se les atribuye la causalidad. Por ejemplo, en una operación quirúrgica, pueden sucederse varias acciones distintas. Si se produce un daño, hay que determinar la acción que tiene relación con el daño. Hay acciones en las que se aplica la máxima de res ipsa loquitur (el hecho habla por sí solo); esto determina que solo con observar el hecho se deducen todos los elementos: hay una acción, que es negligente, y que ha causado un daño. Sin embargo, si no se sabe qué acción ha sido, no puede establecerse nexo causal.
  • Establecimientos Comerciales: En los establecimientos comerciales en que se produzcan accidentes también debe acreditarse el nexo causal del empresario. Este caso es particular porque el empresario va a responder por la acción de un dependiente.

La Prueba del Nexo Causal en un Procedimiento Judicial

El nexo de causalidad no puede plantearse en un juicio como meras conjeturas. Debe ser objeto de actividad probatoria, ya que de no acreditarse podría no prosperar la reclamación. Para acreditar un nexo causal en un procedimiento judicial se podrá utilizar cualquier medio probatorio. No obstante, en función del tipo de caso, algunos serán más eficaces que otros.

Medios de Prueba:

  • Prueba Documental: Esencialmente podrá servir para aportar reconocimiento de hechos por la parte contraria. Si en correos electrónicos, servicios de mensajería instantánea o burofax se reconocían hechos concretos, este medio de prueba resultaría útil.
  • Testimonios de Testigos: Resultan un medio de prueba poco eficaz a la hora de determinar el nexo causal. Al ser el nexo causal un elemento más jurídico que fáctico, la aportación de testigos puede ser muy limitada. Sin embargo, en asuntos en que la acreditación de una acción también acredita el nexo causal, este medio probatorio podría resultar útil. Por tanto, cuanta mayor inmediatez haya en el nexo de causalidad, mayor valor adquiere este medio de prueba. En este caso, el testigo puede acreditar la acción, y de ello se deduce el nexo causal; por ello, no es que acredite jurídicamente el nexo causal, sino que la inmediatez permite deducir la otra.
  • Informes Periciales: Son el medio de prueba más eficaz, especialmente en algunas materias. Para acreditar el nexo causal, muchas veces es necesario contar con conocimientos en ciertas materias específicas. Un ejemplo de ello sería acreditar el nexo de causalidad en los daños provocados por filtraciones de agua. En este tipo de casos, el conocimiento experto a la hora de interpretar planos, realizar catas y otras cuestiones resulta esencial. Sin un informe pericial, muchas veces la acreditación de un nexo causal se reduce a meras conjeturas.

La Causalidad en el Derecho Penal

En el derecho penal, el nexo causal es relevante para establecer si la acción del acusado fue la causa directa del daño o del delito cometido. La relación de causalidad es palpable en los delitos del Código Penal, más concretamente en los delitos de resultado y, por tanto, en el delito de lesiones. Las respuestas dadas a la pregunta ¿cuándo existe relación causal entre una conducta y un resultado? han sido diversas. Estas teorías, denominadas teorías individualizadoras, establecen una diferencia entre causa y condiciones.

Se destaca la teoría de la causa eficiente, seguida por nuestro Tribunal Supremo, y la de la causalidad adecuada (cuando el resultado se derive normalmente de la acción existirá relación de causalidad), si bien plantean problemas de imprecisión. Nuestro más Alto Tribunal, en sentencia de 18-12-1991, señala que a partir de la STS de 20-5-1981 se abandona la teoría de la equivalencia de las condiciones para inspirarse en criterios de causación adecuada, causalidad eficiente, típica, relevante, condensando estas doctrinas en la exigencia de que el resultado sea la consecuencia natural, lógica, del comportamiento del agente, sin interferencias de accidentes extraños por intervención de terceros en el curso causal, por la malevolencia del perjudicado o errores notorios en el tratamiento de la lesión.

Lea también: Aspectos Clave de la PTU

La determinación de la relación causal es difícil en el supuesto concreto, sobre todo en el ámbito de las faltas, debido a una falta de signos objetivos de dichas lesiones y a una imposibilidad de alcanzar, en base a los partes médicos, la convicción precisa para dictar un fallo condenatorio. En otras ocasiones existe una duda razonable sobre la relación de causalidad y el hecho imputado conllevando sentencia absolutoria, pues otro fallo podría conllevar la infracción del principio de presunción de inocencia.

Derecho Comparado: El Caso Italiano

Un estudio de la relación de causalidad en las lesiones no quedaría completo sin una breve mención al derecho comparado. La legislación italiana, a diferencia de la legislación española, hace mención expresa a la relación de causalidad en el art. 41 del Codice Penale, cuyo tenor literal es el siguiente: "El concurso de causas preexistentes o simultáneas o sobrevenidas, independientes de la acción u omisión del culpable, no excluyen la relación de causalidad entre la acción y la omisión y el evento. Las causas sobrevenidas excluyen la relación de causalidad cuando solas han sido suficientes para determinar el evento. En tal caso, si la acción u omisión precedentemente cometida constituye por sí un delito, se aplica la pena por esta responsabilidad. Las disposiciones precedentes se aplican también cuando la causa precedente o simultánea o sobrevenida consiste en otro hecho ilícito."

Basándose en los artículos 41 y 62.5 del Codice Penale, la jurisprudencia italiana mantiene el nexo causal atendiendo a pautas como que no valen para interrumpir la relación etiológica entre la acción del imputado y el daño (más grave del querido), ni la preexistente debilidad del sujeto pasivo, ni la actuación del tercero o de la misma víctima determinados por el estado de necesidad o también de culpa, negligencia o impericia del sanitario.

tags: #que #significa #causacion #en #derecho