El reparto de utilidades, también conocido como PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades), es un derecho constitucional de las personas trabajadoras en México. Este derecho se encuentra respaldado por el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 120 de la LFT. La Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) es un derecho laboral en México que garantiza a los empleados una parte de las ganancias generadas por una empresa o patrón. De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo (LFT), todo empleador está obligado a otorgar a sus colaboradores la prestación del reparto de utilidades.
Este derecho implica que los trabajadores reciban una parte de las ganancias que obtiene una empresa o patrón como resultado de su actividad productiva o los servicios que ofrece. El reparto de utilidades o PTU en México debe pagarse cada año dentro de los plazos establecidos por la Ley Federal del Trabajo. Este es un derecho laboral que busca reconocer la participación de las personas trabajadoras en los resultados de la empresa.
¿Quiénes tienen derecho a recibir PTU?
En términos generales, todos los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días durante el año en una empresa tienen derecho a recibir PTU. Se consideran elegibles aquellos que:
- Quienes hayan trabajado por lo menos 60 días en la empresa, sin importar si son de planta o si trabajaron de forma eventual.
- Trabajadores de planta, es decir, aquellos que permanezcan en la empresa por tiempo indeterminado.
- Extrabajadores de planta: no importa si renunciaron o fueron despedidos, siempre y cuando cumplan con los requisitos de haber laborado al menos 60 días en la empresa.
- Trabajadores y extrabajadores por obra o tiempo determinado. En caso de ser extrabajadores, también deberán cumplir con haber laborado al menos 60 días en la empresa.
- Madres trabajadoras que hayan tenido una relación laboral durante los períodos pre y postnatal, así como aquellos empleados, víctimas de algún riesgo de trabajo que hayan mantenido relación laboral durante su incapacidad.
- Los trabajadores que se dediquen al cuidado de bienes que generen rentas o al cobro de créditos sí son candidatos para recibir PTU.
- Se considerará también a las madres que se encuentren en períodos previos y posteriores a la maternidad.
Para su cálculo, deben ser considerados como días laborados los periodos de:
- Enfermedad general.
- Maternidad.
- Por riesgos de trabajo.
¿Quiénes NO tienen derecho a recibir PTU?
Si bien, la PTU es un derecho generalizado, existen algunas excepciones. No tienen derecho a PTU:
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- Directores, administradores y gerentes generales.
- Socios y accionistas.
- Los trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año.
- Profesionistas contratados por honorarios, sin una relación de trabajo subordinado.
- Trabajadores domésticos.
Cálculo del Reparto de Utilidades (PTU)
El reparto de utilidades se calcula tomando como base el 10 % de la utilidad fiscal neta declarada por la empresa ante el SAT. Las empresas que reporten utilidades deberán repartir el 10% de las mismas entre sus trabajadores. La utilidad repartible se debe dividir en dos partes iguales. La primera parte se repartirá con base en los días laborados por cada trabajador y la segunda de acuerdo al salario de cada empleado.
De conformidad con el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo (LFT): «La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año».
Para efectos de este cálculo, se considera únicamente el salario por cuota diaria, sin incluir otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro ingreso derivado de su trabajo. En los supuestos de salario variable, se tomará como cuota diaria el promedio correspondiente al total percibido durante el año. Se considera el salario ordinario percibido durante el ejercicio (Art. 124 LFT). Para trabajadores de salario variable (comisiones, destajo) se toma el promedio de los salarios percibidos en el año.
Es importante destacar que el PTU se calcula sobre la renta gravable del ejercicio, no sobre la utilidad contable. El 10% de esa renta gravable es el fondo total a repartir entre todos los trabajadores que cumplen con los requisitos, como haber laborado más de 60 días en el ejercicio. La utilidad contable es la que aparece en los estados financieros de la empresa. La utilidad fiscal (renta gravable) se determina conforme al Art. 9 de la LISR y puede ser distinta porque incluye ajustes como la deducción de inversiones, pérdidas fiscales de ejercicios anteriores y otros conceptos.
Desde la reforma laboral de 2021, el PTU de los trabajadores de confianza tiene un tope: reciben el equivalente a tres meses de salario o el promedio de los últimos tres años de PTU recibido, el que resulte más favorable para el trabajador (Art. 127 fracción VIII LFT).
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Determinación Individual del Pago del PTU
Para la determinación del pago del PTU individual, se deberán considerar los siguientes puntos:
- El 10% de utilidades totales de la empresa se dividirá en 2 partes iguales.
- La primera mitad del 10% se deberá repartir entre todos los trabajadores, de acuerdo a los días devengados en el año.
- La mitad restante de ese 10% será distribuida proporcionalmente a los sueldos anuales pagados a cada trabajador.
Para conocer el monto que corresponde a cada trabajador, se realizan los siguientes pasos:
- Para la parte correspondiente a los días trabajados: Se divide el monto total destinado a esta parte entre el total de días laborados por todos los trabajadores de la empresa en el año. El resultado es un factor por día. Este factor se multiplica por los días efectivamente laborados por cada trabajador.
- Para la parte correspondiente a los salarios: Se divide el monto total destinado a esta parte entre la suma de los salarios anuales de todos los trabajadores de la empresa. El resultado es un factor por salario. Este factor se multiplica por el salario anual percibido por cada trabajador.
- La suma de estos dos montos (PTU por días trabajados y PTU por salario) es el monto total que corresponde a cada empleado.
Ejemplo de Cálculo de PTU
Consideremos el ejemplo de la empresa Software SA de CV, que tuvo una utilidad neta de $200,000 pesos. De esta utilidad, el 10% representará la PTU, es decir, $20,000 pesos. Estos $20,000 se dividen en dos partes iguales:
- $10,000 pesos, que serán repartidos entre todos los trabajadores, de manera proporcional con respecto a los días laborados.
- $10,000 pesos, que serán repartidos entre todos los trabajadores, de manera proporcional con respecto a los sueldos devengados.
Para este ejemplo, asumamos que el total de días acumulados por todos los trabajadores es de 930 días y el total de sueldos acumulados es de $425,833.
| Concepto | Cálculo | Factor/Monto |
|---|---|---|
| PTU Total | Utilidad neta x 10% | $20,000 |
| Monto a Repartir por Días | PTU Total / 2 | $10,000 |
| Monto a Repartir por Sueldos | PTU Total / 2 | $10,000 |
| Factor Días PTU | $10,000 / Total días laborados (ej. 930) | $10.7526 |
| Factor Sueldos PTU | $10,000 / Total sueldos anuales (ej. $425,833) | $0.0234 |
Una vez que se tienen estos factores, se multiplica el factor días PTU por los días laborados de cada colaborador para obtener el pago de PTU por días. De igual manera, se multiplica el factor sueldos PTU por el total de sueldo anual de cada colaborador para obtener el pago de PTU por sueldos. Finalmente, la suma de ambos montos da el total de PTU individual.
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Plazos y Fechas Límite para el Pago de PTU
El reparto de utilidades o PTU en México debe pagarse cada año dentro de los plazos establecidos por la Ley Federal del Trabajo. La fecha límite de reparto de utilidades cambia dependiendo de si el patrón es una persona moral o una persona física.
- Para personas morales (empresas): El Servicio de Administración Tributaria (SAT) refiere que dicho reparto de utilidades se realiza dentro de los 60 días después de la fecha de la declaración anual o el pago de impuestos de la empresa, la cual se presenta el 31 de marzo. Por lo tanto, el plazo para el pago de la PTU abarca desde el primer día hábil de abril y hasta el último día hábil de mayo. Las personas morales (empresas) deben pagar la PTU dentro de los 60 días siguientes a la presentación de su declaración anual de ISR, lo que generalmente ocurre antes del 30 de mayo.
- Para personas físicas con actividad empresarial: El Servicio de Administración Tributaria (SAT) refiere que dicho reparto de utilidades se realiza dentro de los 60 días después de la fecha de la declaración anual o el pago de impuestos de la empresa, la cual se presenta el 30 de abril. Por lo tanto, tienen hasta el 29 de junio para realizar el pago.
El pago de las utilidades se realiza en los meses de mayo y junio, 60 días naturales después de la presentación de la declaración anual.
La Polémica: ¿Días Naturales o Días Hábiles para el Plazo del PTU?
El cálculo del plazo para el reparto de utilidades puede generar polémica, porque existen dos interpretaciones. En los últimos días nuestros suscriptores nos han cuestionado sobre la aplicación de lo establecido en el artículo 3o. Ter, fracción V, de la LFT, adicionado en la reforma del 1o. de mayo de 2019, en donde se prevé que para efectos de ese ordenamiento se entiende por “día”, a un día hábil, salvo que expresamente se establezca que trata de días naturales.
Esto ha generado debate debido a que el artículo 122 de la LFT indica solamente que el reparto de utilidades entre los trabajadores debe hacerse dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que deba cubrirse el impuesto anual. De acuerdo con una nota publicada por Fiscalia, el 1 de mayo de 2019 se reformó la LFT incorporando, entre otras cosas, el artículo 3-Ter, el cual contiene una serie de definiciones de conceptos. Sin embargo, la nota señala que no parece ser este el sentido de la reforma.
En nuestra opinión, es muy desafortunado el hecho de que el artículo adicionado se ubique en el título primero de la LFT, denominado Principios Generales, porque se pudiese llegar a interpretar que es parte sustantiva de dicha ley, lo cual no es así. Del análisis dicho artículo se infiere que al hacer referencia a definiciones de carácter procesal se añadió para cubrir omisiones que se encontraban en la Ley en torno a términos procesales; por lo que técnicamente debió incluirse en la parte procesal.
Ahora bien, queda la polémica de que es el Reglamento el que señala que los días son naturales, contrario a lo que ahora señala la LFT. No obstante, siguiendo el principio rector contenido en el artículo 18 de la misma ley, que señala que en caso de duda interpretativa de las normas de trabajo prevalecerá la más favorable al trabajador, si existen dos posturas sobre lo que debe interpretarse a días hábiles o naturales, deberá aplicarse siempre el que favorezca más a los trabajadores; en este caso, días naturales son los que deben computarse para efectuar el reparto de utilidades. En este sentido, Fiscalia también explicó que el artículo 18 de la misma LFT establece que "en la interpretación de las normas de trabajo se tomarán en consideración sus finalidades señaladas en los artículos 2 y 3. En caso de duda, prevalecerá la interpretación más favorable al trabajador".
Empresas Exentas del Pago de PTU
No todas las empresas están obligadas a realizar este pago. El PTU aplica cuando la empresa obtiene utilidades fiscales y cumple con los supuestos previstos en la ley. Existen ciertas situaciones en las que las empresas no están obligadas a realizar este pago, por ejemplo:
- Por defecto, si la compañía reporta un ejercicio de pérdidas, no está obligada a realizar reparto.
- También se da el caso de que una compañía carezca de utilidades fiscales.
- Las empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento. En caso de que hayan elaborado un producto nuevo, quedarán exentas de PTU durante los dos primeros años.
- El Instituto Mexicano del Seguro Social también queda exento.
- Instituciones públicas descentralizadas con fines de beneficencia, asistencia o culturales.
- Empresas mineras que, por igual, sean de nueva creación que se encuentren en su periodo de exploración y que, además, todavía no tengan beneficios.
- Las empresas con ingresos anuales, declarados al ISR, menores a 300 mil pesos.
La PTU aplica a trabajadores que hayan laborado al menos 60 días en empresas con utilidades netas de $300,000 pesos o más, y que tengan más de un año de funcionamiento.
Consecuencias por Incumplimiento
Si una empresa no cumple con esta obligación dentro del plazo establecido, puede recibir una multa económica. De acuerdo con los artículos 992 y 994 de la Ley Federal del Trabajo, la empresa o patrón que incumpla con la repartición de utilidades en tiempo y forma, serán acreedores a una multa de entre 250 y 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA). Las multas pueden aumentar de acuerdo a la gravedad del incumplimiento y el número de trabajadores afectados.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) vigila el cumplimiento del reparto. Si un trabajador con derecho no recibió el pago en tiempo, tiene un año (a partir del día siguiente al plazo) para reclamar.
Otros Aspectos Importantes
Como parte de este proceso, el empleador debe entregar a los representantes de las personas trabajadoras (ya sea al sindicato o a la mayoría de ellas) una copia de la declaración anual, dentro de los diez días siguientes a su presentación. Además del pago a las personas trabajadoras, el reparto de utilidades implica obligaciones fiscales específicas para las empresas. El PTU no reclamado en el ejercicio se suma al monto a repartir del ejercicio siguiente (Art. 122 LFT).
Conforme al Art. 93 fracción XIV de la LISR, la PTU está exenta hasta por 15 días de salario mínimo general vigente. El excedente (PTU gravado) se acumula al ingreso del mes en que se paga y el empleador calcula y retiene el ISR correspondiente.
