Si has presentado tu solicitud de devolución de saldo a favor y han pasado los 40 días y el SAT no te lo ha depositado, es importante saber qué acciones puedes tomar.
¿Por qué el SAT no me ha devuelto?
El tiempo que tarda el SAT en hacer el depósito de tu saldo a favor puede variar, pero de acuerdo al Artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF) tiene un plazo de hasta 40 días hábiles para realizar la devolución de tu saldo a favor, contados a partir de la fecha en que presentaste tu solicitud. Sin embargo, si detectan alguna irregularidad en tu declaración, pueden hacer una revisión más profunda y extender ese tiempo.
Algunos de los factores que pueden retrasar la devolución incluyen errores en tu declaración, inconsistencias en tus datos fiscales (como un RFC mal registrado), o que el SAT simplemente quiera revisar tu información más a fondo.
Si no recibiste tu saldo a favor, puede ser porque haya algunas inconsistencias. Para resolverlo, entra al Portal del SAT con tu RFC y Contraseña.
Pasos a seguir si el SAT no te ha devuelto en 40 días
- Revisa el estatus de tu solicitud: Si ha pasado el plazo establecido y aún no has recibido tu devolución, lo primero que debes hacer es revisar el estatus de tu solicitud en el portal del SAT.
- Asegúrate de que tus datos sean correctos: Revisa bien tu RFC, asegúrate de que las cuentas bancarias estén a tu nombre, y no te olvides de adjuntar los comprobantes necesarios.
- Corregir datos y solicitar manualmente: Cuando hayan transcurrido 10 días, deberás realizar una solicitud normal de devolución, luego de la cual el SAT tendrá un plazo de 40 días hábiles para actuar.
¿Qué hacer si el SAT rechazó la devolución?
Si el SAT considera que existen inconsistencias para realizar la devolución, primero es necesario consultar el motivo tras la negativa. El documento que la autoridad fiscal envía al contribuyente a su Buzón Tributario detalla las razones del dictamen. En diversos casos, los motivos incluyen la omisión de ingresos, las deducciones mal aplicadas y los errores en la CLABE interbancaria del contribuyente.
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La corrección de estos datos se lleva a cabo mediante una declaración complementaria. No obstante, en caso de recibir un rechazo definitivo o si solo se recibió una parte del saldo a favor, es necesario presentar una solicitud de manera manual.
Para realizar este trámite se requiere la e.firma y tener registrados los medios de contacto en el Buzón Tributario. Además, el contribuyente deberá presentar los siguientes documentos digitalizados en el portal del SAT:
- Copia completa de la declaración anual presentada, comprimida en ZIP
- Contrato de apertura o estado de cuenta bancario no mayor a dos meses con CLABE interbancaria y RFC, en formato PDF y comprimido en ZIP
- Deducciones personales descargadas del portal del SAT, con cada PDF presentado de manera individual y comprimidos en ZIP
- Comprobantes de ingresos (CFDI) descargados en formato .XML y comprimidos en ZIP sin que este exceda los 4 MB por cada carpeta
En caso de dificultades para cargar la información en línea, es posible acudir a alguna de las salas de cómputo en las oficinas del SAT con los documentos en una memoria USB. Se recomienda guardar la e.firma, el certificado (.cer), clave privada (.key) en el mismo dispositivo.
El estatus de la devolución
Los contribuyentes que han presentado su declaración de impuestos de manera puntual deben hacer un seguimiento de sus saldos a través del portal del SAT.
Primero, se debe ingresar en sat.gob.mx y seguir la ruta:Trámites y serviciosMás trámites y serviciosConstancias, devoluciones y notificacionesDevoluciones y CompensacionesEstado de tu devolución
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Una vez ahí, es necesario entrar en el Buzón Tributario con el número del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la contraseña o e.firma vigente. El sistema solicitará información como el “Tipo de Solicitud” y el “Ejercicio” -en este caso, 2024-. Al hacer clic en “Buscar”, la plataforma desplegará el estado actual de la solicitud.
El estatus puede ser:
- En proceso de validación
- En proceso de pago
- Pagada
- Rechazada
- Requerida: Se han identificado errores que es necesario corregir
- Aprobada parcial: Se ha aprobado solo una parte de la solicitud. Con este estatus, es posible reclamar el resto del pago mediante una devolución manual (FED).
¿El SAT puede devolver solo una parte del saldo a favor?
Sí. De acuerdo con el portal de la autoridad tributaria, el saldo autorizado vía devolución automática podrá ser parcial cuando se detectan inconsistencias información correspondiente a retenedores, gastos deducibles o estímulos.
De haber inconsistencias en la declaración, se pide corregirlas y cumplir con los pasos del siguiente apartado.
Recomendaciones adicionales
- Confirma que tu CLABE esté bien escrita.
- Consulta el Buzón Tributario. Es obligatorio tener el buzón activo.
- Verifica tu cuenta CLABE: Asegúrate de que esté correctamente registrada, esté activa y sea tuya.
El mensaje "Devolución sigue en proceso de validación"
El mensaje "Devolución sigue en proceso de validación" no debe causar alarma inmediata.
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¿Qué hacer si se supera el plazo de 40 días?
Cuando este tiempo se supera sin resolución, puede tratarse de un caso que requiera validaciones adicionales.
Errores comunes que retrasan la devolución
- Errores en la CLABE interbancaria o cuentas a nombre de terceros.
- Deducciones incorrectas.
¿Cuándo el SAT debe pagarte intereses?
En caso de que hayas presentado tu solicitud de devolución de saldo a favor y pasaron los 40 días y el SAT no te lo depositó, la institución deberá pagarte intereses.
