Descubre Cómo el Régimen Tributario Afecta las Concesiones en el Transporte Terrestre Urbano en Méxicopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En un mundo cada vez más conectado y globalizado, las comunicaciones y los medios de transporte se han vuelto indispensables. En este contexto, los transportistas desempeñan un papel fundamental, ya que su labor consiste en trasladar y entregar productos o mercancías a un punto específico. Además, también se encargan de cargar, asegurar y descargar la mercancía, preparar toda la documentación requerida por las autoridades -incluido el complemento Carta Porte- tanto en el origen como en el destino, gestionar contratos y albaranes, planificar rutas eficientes y realizar las labores propias de conducción y mantenimiento básico de sus vehículos.

Obligaciones Fiscales del Transportista

Sí. Todo transportista debe pagar impuestos debido a que genera ingresos por los servicios que presta. Esta obligación deriva directamente del mandato constitucional previsto en el artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que todas las personas deben contribuir al gasto público conforme a los principios de legalidad y proporcionalidad. El cumplimiento del régimen fiscal para transportistas forma parte de esta obligación.

Cada persona, ya sea física o moral, debe tributar en el régimen que corresponda según la naturaleza de sus actividades.

Regímenes Fiscales Específicos para Transportistas

En el caso de los transportistas, estos pueden formar parte de una persona moral o de un coordinado -es decir, personas morales que administran y operan activos relacionados con actividades de transporte-. Cuando esto sucede, el transportista no está obligado a cumplir individualmente con las obligaciones fiscales, ya que es la propia persona moral o el coordinado quien se encarga de cumplir por cuenta de sus integrantes.

No obstante, los transportistas también tienen la opción de cumplir de manera individual con las obligaciones previstas en la Ley del Impuesto sobre la Renta. Para ejercer esta opción deben dar aviso a las autoridades fiscales y, además, notificar por escrito a la persona moral o al coordinado que asumirán sus obligaciones fiscales de forma personal.

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Las personas físicas dedicadas al autotransporte terrestre de carga o de pasajeros que operan de manera individual -y que no forman parte de personas morales- deben tributar en el ISR conforme al régimen fiscal que corresponda a sus características y nivel de ingresos.

  • Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): El primer esquema es el RESICO, dirigido a personas físicas cuyos ingresos anuales facturados no excedan de 3.5 millones de pesos y que realicen actividades empresariales, profesionales o presten el uso o goce temporal de bienes.
  • Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales: Cuando el transportista no cumple los requisitos para tributar en RESICO, debe ubicarse en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales. En este esquema tiene la obligación de emitir y solicitar facturas, presentar declaraciones mensuales y anuales y puede deducir todos los gastos relacionados con su actividad de autotransporte.

Es importante recordar que el régimen fiscal para un transportista puede variar según su situación particular y las características específicas de su operación.

Documentación Fiscal Clave: El Complemento Carta Porte

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aplicará nuevas sanciones a partir de este año, entre las que se encuentran por emitir facturas sin los complementos de pago correspondientes. El complemento Carta Porte es un elemento que incluye información importante para el emisor y para la autoridad, es fundamental para que tenga validación un CFDI en determinados sectores o actividades comerciales.

Concesiones en el Transporte Terrestre Urbano

La Movilidad Urbana Sustentable es el servicio que presta el Gobierno del Estado, por sí o mediante concesión a una o más personas morales, con el objeto de cubrir las necesidades de traslado y comunicación de la sociedad bajo los principios de racionalidad, modernización, uso adecuado y mejor aprovechamiento de las vías públicas.

La Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Ordenamiento Territorial y la Secretaría General, auxiliadas por la Secretaría de Seguridad, tendrán la responsabilidad conjunta y la atribución de elaborar, ejecutar y evaluar los Planes Integrales de Movilidad Urbana Sustentable de las diferentes zonas urbanas o conurbadas del Estado.

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Los Planes Integrales de Movilidad Urbana Sustentable se deberán articular con el Plan Estatal de Desarrollo, el Programa Estatal del Desarrollo Urbano, el Programa de Desarrollo Urbano de la Zona Conurbada Zacatecas-Guadalupe o Zona Metropolitana, así como con los programas de desarrollo urbano de los municipios.

Otorgamiento y Condiciones de las Concesiones

Las concesiones y permisos experimentales solamente se otorgarán a personas de nacionalidad mexicana, físicas o morales, según la modalidad del servicio público de transporte de que se trate. Las concesiones y permisos experimentales para taxis sólo se otorgarán, con las limitaciones que esta Ley establece, a personas físicas.

El otorgamiento de concesiones a que se refiere esta Ley se efectuará tomando en cuenta los estudios técnicos y socioeconómicos, operativos y urbanos que acrediten la necesidad colectiva.

El proceso para el otorgamiento de concesiones incluye:

  1. Se publicará una convocatoria en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado y en otro de mayor circulación en la Entidad.
  2. Las garantías que deben otorgar quienes participen en el concurso, las cuales se consignarán en el billete de depósito otorgado a favor de la Secretaría de Finanzas.
  3. Día, hora y lugar en que se abrirán las propuestas, las cuales deberán haberse presentado en sobre cerrado.
  4. Dentro de los cinco días hábiles siguientes a la celebración del concurso, el Gobernador emitirá el fallo que determine, en su caso, cuál o cuáles de los solicitantes merecen el otorgamiento de la concesión o concesiones.

Por tal revisión deberá entenderse el documento que expida la Secretaría General, en el cual consten las pautas conforme a las cuales deberá prestarse el servicio público de transporte, en el supuesto de que le fuera otorgada la correspondiente revisión. Se favorecerá a los que, según el estudio socioeconómico que al efecto se realice, justifiquen la solvencia para el desempeño del servicio.

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Cesión de Derechos y Patrimonio Familiar

La Cesión de derechos deberá ser autorizada por el titular del Ejecutivo del Estado o por el titular de la dependencia en que delegue esa facultad. La cesión de derechos deberá realizarse ante Notario Público, con la declaratoria bajo protesta de decir verdad del cesionario de que no es titular de los derechos de más de cinco concesiones, incluyendo la que se adquiere e inmediatamente presentarse ante la Secretaría General para el efecto de que, previo pago de los derechos correspondientes, se haga la sustitución de la concesión, cancelando la anterior.

Dentro del término de cinco días hábiles al en que reciban la notificación de las concesiones adscritas al patrimonio de familia, sus titulares dirigirán escrito al Gobernador en el que designen como beneficiarios, por su orden, a su esposa e hijos menores de edad, hijos mayores de edad, concubina o persona que dependa económicamente de dichos titulares. Los derechos de las concesiones que formen parte del patrimonio familiar serán inalienables, inembargables y no gravables en forma alguna.

Responsabilidades y Revocación de Concesiones

Los concesionarios del transporte público de pasajeros deberán responder de los daños que se ocasionen durante el viaje a los pasajeros, de la pérdida y daño de su equipaje.

En caso de un procedimiento de revocación, se otorgan diez días para que el interesado contradiga por escrito la causa que se le imputa y ofrezca las pruebas documentales de que disponga, adjuntándolas a su escrito o señalando la oficina pública en que se encuentren, a fin de que la autoridad que conozca del procedimiento solicite la incorporación respectiva, siempre que el oferente demuestre haberlas solicitado oportunamente y que le fueron negadas.

Para los integrantes de determinadas fracciones, los concesionarios nombrarán a sus representantes ante la Secretaría General por cada municipio, quienes se integrarán al Consejo Estatal cuando se traten asuntos de su competencia territorial. Los miembros titulares del Consejo Estatal durarán en funciones tres años con posibilidad de ser reelectos en una sola ocasión.

El Derecho Humano a la Movilidad y el Transporte Público en México

En diciembre de 2020, al reformar el artículo 4° constitucional para incluir el Derecho Humano a la Movilidad, cualquier persona en México “tiene derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad”.

De acuerdo al documento “Política Nacional de Transporte Público Colectivo Urbano” de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), la movilidad de las personas se origina como respuesta a la necesidad de desplazarse por el territorio para llevar a cabo actividades cotidianas en ámbitos educativos, laborales, de cuidados, comerciales, recreativos y de servicios, entre otros.

La importancia del transporte público en México se refleja en los siguientes datos:

  • En México se realizan diariamente unos 130 millones de viajes, de los cuales, cerca del 80 % se efectúa en transporte público.
  • Las familias mexicanas gastan en promedio $1,011 pesos trimestrales en transporte público.
  • El transporte público en su conjunto permite el traslado de más de 21 millones 264 mil personas diariamente.
  • Según la Asociación Internacional de Transporte Público (UITP), el 96% de las personas viajan de una entidad a otra en autobús.
  • El 43% de los trabajadores llegan a su lugar de trabajo en transporte urbano.
  • El 27% de los estudiantes se mueven en transporte público.

Infraestructura, Financiamiento y Sostenibilidad en el Transporte

En materia de infraestructura, México cuenta con una estrategia definida que ofrece al inversionista una visibilidad de mediano y largo plazo respecto al desarrollo de proyectos, a través de una serie de planes y programas de alcance nacional y sectorial.

Banobras ofrece a personas interesadas, información sobre el sector en México con datos provenientes de diversas fuentes con el objeto de brindar conocimiento y elementos útiles para la toma de decisiones en la materia.

La Unidad de Financiamiento a Proyectos de Banobras estructura financiamientos apoyados en el otorgamiento de créditos y garantías para apoyar proyectos de infraestructura y servicios públicos. Estos proyectos se desarrollan como inversiones mixtas y disponen de una fuente de pago propia, proveniente de la explotación de la concesión o contrato público o del cobro del servicio de que se trate.

Banobras pone a disposición de las personas interesadas, fichas de análisis de detección de prácticas de sostenibilidad en proyectos de infraestructura, de acuerdo con el marco metodológico “Atributos y Marco para la Infraestructura Sostenible” del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Además, Banobras ofrece una herramienta de análisis que presenta la relación potencial de los diferentes proyectos de infraestructura de la plataforma Proyectos México con los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 y sus metas. La comparación solo se realiza entre proyectos del mismo subsector.

A través de su aplicativo Redes de alianzas, Banobras proporciona información sobre empresas participantes en procesos competitivos de contratación pública para proyectos de infraestructura en México, basada en fuentes oficiales como ComprasMX. La SICT también tiene un Programa de Trabajo para 2026.

Deducciones y Pagos de Impuestos

Los contribuyentes que opten por determinadas deducciones deben hacer pagos provisionales a cuenta del impuesto anual. Estos pagos se calcularán sobre la deducción realizada en el periodo de pago acumulado del año de que se trate aplicando la tasa de 16%, pudiendo restar los pagos provisionales del mismo año realizados con anterioridad por el mismo concepto. Pague el ISR anual sobre el monto que haya sido deducido por este concepto a la tasa de 16%.

El impuesto anual pagado se considerará como definitivo y no será acreditable ni deducible. Los coordinados o personas morales que tributen por cuenta de sus integrantes, efectuarán por cuenta de éstos el entero de dicho impuesto.

Para la validez de los gastos deducibles, es importante considerar elementos como:

  • Que hayas registrado en tu contabilidad por concepto y en forma acumulativa durante el ejercicio fiscal.
  • El gasto lo hayas efectivamente realizado en el año de que se trate.
  • Lugar y fecha de expedición.
  • Cantidad y clase de mercancías o descripción del servicio.

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