Para tramitar la solicitud de devolución de saldos a favor o aportes excedentes ante las autoridades fiscales y plataformas autorizadas, es indispensable cumplir con el marco legal aplicable y presentar la documentación requerida por la normativa vigente.
Marco legal aplicable
De conformidad con las leyes vigentes, este trámite se fundamenta en las siguientes disposiciones:
- Código Fiscal de la Federación: artículos 17-D, 22, 22-D, 37 y 134, fracción I.
- Ley del Impuesto al Valor Agregado: artículos 5, fracción VI, y 6.
- Ley de Impuesto Sobre la Renta: artículo 97.
- Resolución Miscelánea Fiscal vigente: reglas 2.2.1., 2.2.2., 2.3.2., 2.3.3., 2.3.4., 2.3.8., 2.3.13., 2.3.14., 2.3.16., 3.13.7., 4.1.5., 4.1.6., 4.1.10. y 9.5.
Requisitos generales para la presentación de la solicitud
Los contribuyentes que inicien el trámite de devolución deben asegurarse de contar con los siguientes elementos de identificación y representación:
- Contar con e.firma: Tratándose de Personas Físicas que soliciten la devolución del saldo a favor del ISR en la declaración del ejercicio de conformidad a la regla 2.3.2. que no cuenten con Certificado de e.firma o con e.firma Portable, deberán ajustarse a las facilidades correspondientes para saldos menores.
- Identificación oficial: Identificación oficial del contribuyente o del representante legal, la cual podrá ser cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. (o pasaporte vigente / constancia de estatus migratorio).
- Representación legal: En caso de representación legal, el poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, Notario o fedatario público.
Deberás presentar tu solicitud a través del FED conforme a lo señalado en la regla 2.3.4. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
Documentación específica de la unidad de producción y estados financieros
Dependiendo del tipo de solicitud y actividad, se deberán anexar de forma digitalizada los siguientes documentos:
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- Para acreditar el Régimen de propiedad de la unidad de producción: anexar copia del título de propiedad, escritura pública o póliza, certificado de derechos agrarios o parcelarios o acta de asamblea.
- Para acreditar el Régimen de posesión legal de la unidad de producción: contratos de arrendamiento, usufructo, aparcería, concesión, entre otros.
- Estado de posición financiera: Estado de posición financiera del año inmediato anterior al que presentas la solicitud de devolución o del periodo mensual más reciente que se tenga en los casos de ser de reciente creación o por inicio de operaciones.
- Proyectos de inversión: Las adquisiciones realizadas deben corresponder a bienes nuevos adquiridos o importados de forma definitiva, a partir de enero de 2016 y se utilicen permanentemente en territorio nacional. Se debe precisar y documentar si la inversión en activo fijo va a ser destinada en su totalidad a actividades por las que se vaya a estar obligado al pago del IVA.
Resumen de condiciones para la aprobación de la devolución
La autoridad fiscal evaluará el historial del contribuyente bajo los siguientes criterios cuantitativos:
- Que las últimas doce solicitudes de devolución no hayan sido negadas total o parcialmente por la autoridad fiscal, en más del 20% del monto solicitado y siempre que éste no exceda de $1’000,000.00 (un millón de pesos 00/100 M.N.).
- Que en los doce meses anteriores al mes en que se presente la solicitud de devolución conforme a la presente regla, el contribuyente no tenga resoluciones por las que se le hayan negado total o parcialmente cantidades solicitadas en devolución por concepto del IVA en más del 20% del monto acumulado de las cantidades solicitadas en devolución y siempre que dicho monto acumulado no exceda de $5´000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.).
Servicios de Yahoo y Aceptación de Condiciones
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