Saldo en la Cuenta Contable de Subsidio para el Empleo: Guía Completa de Manejo y Ajustes Efectivospost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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¿Alguna vez has mirado tu recibo de nómina y te has preguntado cómo se equilibra realmente lo que ganas frente a lo que pagas de impuestos? En este artículo, te explicaremos a detalle qué es el subsidio causado, cómo calcularlo y cómo aplicar el ajuste al subsidio causado.

¿Qué es el Subsidio para el Empleo?

El subsidio al empleo es un beneficio fiscal creado para proteger el salario neto de los trabajadores con menores ingresos, ayudando a reducir la carga del Impuesto Sobre la Renta (ISR). En México, este apoyo se aplica directamente en la nómina y es esencial para garantizar que el ingreso de los trabajadores sea más equitativo.

El subsidio al empleo es una ayuda económica otorgada por el gobierno para disminuir el impacto del ISR en los trabajadores que perciben menores salarios. Este es un apoyo fiscal dirigido a trabajadores asalariados pero que tienen ingresos bajos.

Lo anterior, con fundamento en el artículo segundo y otras disposiciones fiscales, donde se define cómo se otorga el subsidio a trabajadores con menores ingresos mensuales, sin que este pueda exceder el monto mensual máximo permitido. La relevancia del subsidio al empleo no solo radica en el beneficio para el trabajador, sino también en la correcta gestión fiscal por parte de la empresa. Aunque muchas veces pasa desapercibido en el recibo de nómina, el subsidio al empleo puede marcar una diferencia real en lo que recibes cada quincena o mes.

Cálculo del Subsidio Causado y Actualizaciones Recientes

El subsidio causado es el monto teórico que le corresponde a un trabajador según su salario mensual y las tablas vigentes establecidas por el SAT. Algo que seguramente debes preguntarte es ¿cómo se hace este cálculo del subsidio al empleo 2026?

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Pues bien, depende del tipo de periodo de pago y de los ingresos percibidos por el trabajador. Cuando los pagos por salarios sean por periodos menores a un mes, el monto se obtiene al dividir el subsidio mensual entre 30.4 y posteriormente se multiplicará por el número de días al que corresponda el periodo. Hoy en día, este esquema ha sido simplificado.

El subsidio al empleo está directamente vinculado a los incrementos del salario mínimo. Sigue manteniendo la lógica aplicada en años recientes, pero con ajustes ligados al valor actualizado de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). En 2025, este subsidio se calcula con base en una cuota fija de $475.00, aplicable a quienes perciban un salario mensual de hasta $10,171.00, conforme al nuevo decreto publicado en diciembre de 2024. Los ajustes que siguen impactando el subsidio al empleo en 2026 vienen desde reformas recientes y son cambios consecuentes de nuevas reglas de aplicación, vigencia y cálculo del subsidio.

La Importancia del Ajuste al Subsidio para el Empleo Causado

La propia Guía explica que cuando el ISR sea menor que el subsidio para el empleo mensual, el empleador deberá entregar al trabajador la diferencia que se obtenga; sin embargo, puede darse el caso que aún y cuando el trabajador no tenía derecho al subsidio para el empleo, el empleador le entregó una cantidad por dicho concepto.

El ajuste al subsidio causado es un procedimiento obligatorio que consiste en comparar el subsidio causado con el subsidio entregado durante un periodo (mensual o anual) y corregir cualquier diferencia. Por lo anterior, en el Apéndice 7, se especifica la forma en que se debe registrar en el CFDI la información del “Ajuste al subsidio para el empleo causado”, ilustrando para ello el caso en donde se haya entregado en efectivo subsidio para el empleo al trabajador y cuando se detecta al fin de mes, que a dicho corte el subsidio para el empleo causado es de cero.

Ejemplos Prácticos de Ajuste

Consideremos un ejemplo de ajuste: En la primer quincena del mes de junio de 2019, un trabajador percibe un salario de $2500.00 pesos. Conforme a la Tabla del subsidio para el empleo del Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, a dicho trabajador le corresponde un subsidio para el empleo de $160.35 pesos 00/MN. En ese sentido, el trabajador tiene derecho a que el empleador le entregue la diferencia que resulte del ISR a cargo y el subsidio para el empleo aplicado, y que en el caso en concreto dicha diferencia corresponde a $9.75 pesos.

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Partiendo de que al trabajador le corresponde un subsidio para el empleo causado de cero, y en virtud de que en la primera quincena del citado mes se le entregó al trabajador una cantidad por concepto de subsidio para el empleo, se debe realizar un Ajuste del subsidio para el empleo causado a fin de retrotraer los efectos dados al subsidio que se entregó al trabajador en la primera quincena del mes de junio de 2019.

La cantidad de $150.60 pesos corresponde al ISR causado por el trabajador en la primera quincena del mes de junio y que se dejó de retener al trabajador. Los $9.75 pesos que en su momento fueron entregados al trabajador, los recupera el empleador sin que tenga derecho de acreditar dicho pago contra sus impuestos propios ya que en realidad no otorgó un subsidio para el empleo al trabajador.

Caso de Ajuste por Subsidio Entregado Indebidamente

La siguiente tabla resume el escenario y las cantidades para el ajuste:

Concepto Importe Descripción
Salario Quincenal $2,500.00 Percepción bruta del trabajador.
Subsidio para el Empleo (derecho) $160.35 Monto que correspondía según tabla.
Diferencia ISR a cargo y Subsidio aplicado $9.75 Cantidad entregada al trabajador inicialmente.
ISR causado (dejado de retener) $150.60 Impuesto que debió retenerse al trabajador.
Ajuste al subsidio efectivamente entregado $9.75 Monto del subsidio que no correspondía y fue entregado.

Otro escenario posible es cuando el trabajador tenía derecho a un subsidio de $180, pero solo se entregaron $80 debido a que el ISR fue de $100. La diferencia de $100 debe ajustarse al final del periodo.

Registro Contable y CFDI del Ajuste

Para el registro en el CFDI, los $9.75 pesos se reflejan con la clave “071” (Ajuste en Subsidio para el empleo efectivamente entregado al trabajador) en el apartado de deducciones. A su vez, se registra en el nodo Otros Pagos con la clave “008” (Subsidio efectivamente entregado que no correspondía) (Aplica solo cuando haya ajuste al cierre de mes en relación con el Apéndice 7 de la guía de llenado de nómina), a efecto de reflejar el ajuste al subsidio efectivamente entregado.

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La cantidad de $150.60 pesos que corresponde al ISR causado por el trabajador en la primera quincena del mes de junio y que se dejó de retener al trabajador, se debe registrar como una deducción con la clave “002” (ISR) y como un pago en el nodo “Otros Pagos” con la clave “007” (ISR ajustado por subsidio).

En el campo Importe del Nodo:Deduccion, se debe registrar el monto del Subsidio para el empleo Causado, el cual no le correspondía al trabajador. Este mismo se registró en el campo SubsidioCausado del CFDI de la primera quincena del mes de junio de 2019 y que se emitió al trabajador dentro del mismo mes al que corresponde este CFDI. En el campo TipoDeduccion del Nodo:Deduccion, se debe registrar la clave “002” (ISR) del catálogo c_TipoDeduccion, publicado en el Portal del SAT.

Asimismo, en el campo TipoOtroPago del Nodo: OtroPago, se debe registrar la clave “007” (ISR ajustado por subsidio) del catálogo c_TipoOtroPago, publicado en el Portal del SAT. En el campo Importe del Nodo: OtroPago se debe registrar el mismo importe de ISR que se debió de retener y que se registró en el apartado I de este inciso. Cuando eso pasa, el cálculo deberá identificar correctamente el empleo correspondiente a dicho pago y el periodo al que corresponda, evitando errores en el cumplimiento de la obligación que se tenga con el SAT por parte de los patrones.

En la contabilidad, si derivado del cálculo se le da un subsidio (pero a nivel cálculo) y le genera un ISR, entonces es un crédito a 'isr retenciones' pero solo lo que le cobras al empleado. El impuesto sobre la renta a cargo conforme a la LISR (sin el neteo del SUBE) se registra como una deducción de remuneraciones. En el pago de impuestos se paga el total del LISR causado.

Manejo de Discrepancias en el Ajuste

Sin embargo, la Guía de llenado no muestra escenarios en los cuales el ajuste al subsidio causado es menor al ajuste en subsidio entregado. Por ejemplo, el subsidio entregado de más en el mes fue por la cantidad de 81.33. Por este motivo, a partir de la versión 12.4.1 de CONTPAQi® Nóminas, se agrega un nuevo parámetro de configuración para decidir si se registra el mismo importe del concepto D071 (clave SAT Deducción 071) en el concepto D075 (clave SAT Otros Pagos 008), cuando el ajuste en el subsidio causado sea menor que el ajuste en el subsidio entregado.

Se puede presentar un subsidio entregado acreditable que no se declaró en el pago provisional, pero que sí se le dio como beneficio al trabajador; por lo cual la recomendación es dejar el parámetro ¿Registrar el mismo importe del concepto D071 en el concepto D075? Como puedes ver, en el concepto D75. Subs entregado que no correspondía se registra el importe de 1.41, que es el máximo que tiene el concepto D107.

Un error en el sistema de nómina, en las retenciones o en el cálculo del ISR puede generar diferencias importantes.

Herramientas Tecnológicas para la Gestión del Subsidio

Realizar el ajuste al subsidio causado puede ser complejo, especialmente para empresas con muchos trabajadores. Aquí es donde un software especializado como CONTPAQi Nóminas® resulta indispensable.

CONTPAQi Nóminas® ayuda a cumplir con el SAT y evita errores en tus nóminas. Automatiza el cálculo del subsidio al empleo, el ajuste al subsidio causado y la emisión de CFDI correctos. Con nuestra solución, tu empresa estará siempre alineada con la normatividad fiscal, sin complicaciones. Conoce más en CONTPAQi Nóminas®.

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