El servicio al contribuyente del estado se refiere a la interacción entre el contribuyente y las autoridades fiscales en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. El Estado, a través de sus organismos fiscales (ya sean federales, estatales o municipales), tiene la facultad de recaudar y, en su caso, exigir el cumplimiento de las obligaciones fiscales al sujeto pasivo.
En México, el fundamento de la obligación tributaria se encuentra en el artículo 31 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Código Fiscal de la Federación define los impuestos como las contribuciones establecidas por la ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentran en la situación jurídica o de hecho prevista por la ley, excluyendo aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos.
A continuación, se detallan los conceptos clave relacionados con el servicio al contribuyente:
- Contribuyente: Es quien realiza el hecho imponible, es decir, quien realiza o se coloca en la hipótesis prevista por la ley.
- Obligaciones de dar: El contribuyente paga al Estado el impuesto.
- Obligaciones de hacer: El contribuyente presenta al Estado sus declaraciones de impuestos.
- Obligaciones de no hacer: El contribuyente tiene prohibido por la ley determinadas conductas.
- Obligaciones de tolerar: El contribuyente permite que el Estado compruebe que se encuentra dando debido cumplimiento a sus obligaciones fiscales.
Sujetos en la Relación Tributaria
Además del contribuyente, existen otros sujetos que, sin realizar directamente el hecho imponible, tienen obligaciones derivadas de la realización de ese hecho por el contribuyente con quien se encuentran relacionados. Un ejemplo es el enterar el Impuesto al Estado.
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El Estado como Autoridad Fiscal
El Estado actúa frente al gobernado o contribuyente a través de las autoridades fiscales.
Tipos de Contribuciones
El Código Fiscal de la Federación define diferentes tipos de contribuciones:
- Aportaciones de seguridad social: Contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad social o que se benefician por servicios de seguridad social proporcionados por el Estado.
- Contribuciones de mejoras: Establecidas en la ley a cargo de las personas físicas y morales que se beneficien directamente por obras públicas.
- Derechos: Contribuciones establecidas en la ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir los servicios públicos que presta el Estado en sus funciones de derecho público y las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.
Derechos del Contribuyente
Entre los derechos del contribuyente se encuentra el derecho a formular alegatos y presentar y ofrecer como pruebas documentos conforme a las disposiciones fiscales.
Identificación del Contribuyente: RFC y e.firma
La clave del RFC es única para cada contribuyente y se obtiene al inscribirse en el registro federal de contribuyentes. Está integrada por 12 o 13 caracteres alfanuméricos.
El certificado e.firma, conocido como Firma Electrónica Avanzada o FIEL, es un archivo digital cifrado que permite a personas físicas y morales inscritas en el registro federal de contribuyentes cumplir con sus obligaciones fiscales, realizar trámites o presentar documentos digitales ante las autoridades. Es importante mencionar que otros trámites que se realizan ante dependencias de gobierno pueden ser realizados vía electrónica usando e.firma.
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Obligaciones del Contribuyente
Entre las obligaciones del contribuyente se encuentra la documentación e información de los registros de todas las operaciones, actos o actividades.
Las declaraciones deberán presentarse en documentos digitales con firma electrónica avanzada, a través de los medios, formatos electrónicos, con la información y requisitos que señale el Servicio de Administración Tributaria a través de reglas de carácter general, y con la periodicidad y en las fechas que dispongan las leyes fiscales respectivas.
Agencia de Administración Fiscal de Yucatán
La Agencia de Administración Fiscal de Yucatán es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Administración y Finanzas del Poder Ejecutivo del Estado, con carácter de autoridad fiscal, autonomía técnica de gestión en el desarrollo, ejecución de atribuciones y autonomía presupuestal para la consecución de objetivos.
La Ley que crea la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán fue aprobada por el H. Congreso del Estado, promulgada en diciembre de 2012 y entró en vigor el 1 de enero de 2013.
La Agencia tiene por objeto la recaudación, control, fiscalización y la cobranza coactiva de los ingresos por impuestos, derechos, contribuciones de mejoras, productos, aprovechamientos y demás contribuciones, tanto estatales y municipales, como federales coordinados, los servicios de asistencia al contribuyente, de difusión fiscal, así como la defensa jurídica de los intereses de la hacienda pública estatal.
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| Tipo de Obligación | Descripción | Ejemplo |
|---|---|---|
| Dar | Pago de impuestos al Estado. | Pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR). |
| Hacer | Presentación de declaraciones de impuestos. | Presentación de la declaración anual. |
| No Hacer | Abstenerse de conductas prohibidas por la ley. | No evadir impuestos. |
| Tolerar | Permitir la comprobación del cumplimiento de obligaciones fiscales. | Permitir auditorías fiscales. |
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