El IVA, un impuesto al consumo, es una herramienta clave de recaudación en Colombia. Este impuesto se aplica a la generalidad de las actividades económicas gravadas.
Naturaleza del IVA en Colombia
El IVA es un impuesto para todos los consumidores del que parece no haber escapatoria, ¿verdad? Pues la buena noticia es que tiene exenciones. Como sabes, este impuesto al consumo es una de las herramientas de recaudación más importantes del país. El mejor ejemplo de un impuesto indirecto es el IVA.
Estructura Jurídica del IVA
La estructura jurídica del IVA abarca diversos aspectos, incluyendo:
- Bienes y servicios gravados
- Aspecto material
- Aspecto espacial
- Aspecto temporal
- Aspecto cuantitativo
- Aspecto subjetivo
Hecho Imponible: Aspecto Material y Venta de Bienes
El hecho imponible se relaciona con la venta de bienes, considerando:
- Concepto de bien desde perspectivas civil, comercial y tributaria
- Actos jurídicos de venta gravados con IVA
- Clasificación de bienes para efectos del IVA
La transferencia de dominio de bienes corporales muebles, la incorporación de un bien corporal mueble a un inmueble o a servicios no gravados, la transformación de bienes gravados en bienes no gravados cuando hayan sido construidos, fabricados, elaborados y/o procesados por quien efectúa la incorporación o transformación.
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El retiro del inventario del bien corporal mueble e inmueble efectuado por el responsable para su uso o para formar parte del activo fijo.
Aspecto Espacial y Temporal del IVA en la Venta de Bienes
Se consideran aspectos como:
- El estatuto real y el estatuto personal
- La aplicación de la territorialidad en la venta de bienes
- Venta de bienes en el territorio nacional, incluyendo casos especiales como San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y Amazonas
- Venta de bienes en el exterior y operaciones desde y hacia zonas francas
Aspecto Cuantitativo: Base Imponible y Tarifa
La base imponible y la tarifa son elementos clave en la determinación del aspecto cuantitativo del IVA en la venta de bienes.
IVA en la Importación de Bienes
El IVA en la importación de bienes involucra:
- El hecho generador y la base gravable
- La obligación aduanera
- El concepto de importación
- El aspecto temporal
- Tratamiento en regímenes suspensivos, de transformación y ensamble, y Plan Vallejo
- Clasificación de bienes: gravados y excluidos
- Importaciones no gravadas y con franquicia
- Deducción especial por importación de bienes de capital
- Importación en zonas de régimen aduanero especial
- Tarifas en la importación
Prestación de Servicios como Hecho Imponible
La regla general es que la prestación de servicios está gravada con IVA. Es importante considerar:
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- La definición de servicio en el ámbito del IVA
- Supuestos de no sujeción o casos que no constituyen prestación de servicios
Servicios No Gravados
Existen servicios excluidos (exentos sin derecho al descuento o devolución del IVA soportado) como:
- Servicios médicos, odontológicos, hospitalarios, clínicos y de laboratorio para la salud humana (Artículo 476.1 del ETN)
- Servicios de transporte: el transporte público de personas, el transporte público y privado de carga y el transporte de gas e hidrocarburos (Artículo 476.2 del ETN)
- Servicios financieros (Artículos 476.3, 476.7, 476.13, 476.17 Y 476.22 del ETN)
- Servicios de administración de fondos del Estado (Artículo 476.3 del ETN)
- Servicios vinculados con la seguridad social (Artículos 476.3, 476.8 Y 476.16 del ETN)
- Servicios públicos (Artículos 476.4 y 476.15 del ETN)
- El arrendamiento de inmuebles (Artículo 476.5 del ETN)
- Servicios de educación (Artículos 476.6 y 476.23 del ETN)
- Boletas de entrada a eventos deportivos y culturales (Artículo 476.II del ETN)
- Servicios destinados a la adecuación de tierras y a la producción y comercialización agropecuaria y pesquera (Artículos 476.9 y 476.12 del ETN)
- Servicios funerarios (Artículo 476.14 del ETN)
- Servicios de alimentación prestados al sistema penitenciario, al sistema de asistencia social y a las escuelas de educación pública (Artículo 476.19 del ETN)
- Servicios de publicidad (Artículo 476.21 del ETN)
- Servicios informáticos relativos a internet o brindados a través de la red (Artículo 476.24 del ETN)
- El licenciamiento de software para el desarrollo de contenidos digitales (Artículo 476.25 del ETN)
- Servicios de reparación y mantenimiento de naves (Artículo 476.26 del ETN)
- El servicio de restaurante y similares (Artículo 426 del ETN)
- Servicios prestados a la ONU y a las entidades multilaterales de crédito (Artículo 1.3.1. 13. 10 del DUR)
- Servicios contratados con fondos donados por entidades o gobiernos extranjeros (Artículo 96 de la Ley 788 de 2002)
Servicios Exentos
Los servicios exentos (exentos con derecho al descuento o devolución del IVA soportado) incluyen:
- Exportación de servicios
- Servicios turísticos prestados en Colombia a personas no residentes
- Servicios de conexión y acceso a internet residencial de los estratos 1 y 2
Aspectos Internacionales del IVA
Los aspectos internacionales del IVA consideran:
- La integración económica y la OMC
- El derecho comunitario
- Ámbito espacial de aplicación y principio del destino
- Territorialidad en bienes, derechos sobre activos intangibles y servicios
- Tratamiento tributario en la exportación de servicios
IVA en Juegos de Suerte y Azar
El IVA en juegos de suerte y azar involucra:
- Aspecto material: Definición y actividades gravadas
- Exclusiones y juegos no comprendidos
- Aspecto espacial, temporal y cuantitativo
- Sujeto activo y pasivo
Determinación del Impuesto sobre las Ventas
La determinación del impuesto sobre las ventas se basa en:
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- El hecho generador: venta, prestación de servicios gravados, importación y juegos de suerte y azar
- Impuestos descontables: clases, requisitos y ajustes
- IVA no descontable: adquisición de activos fijos, créditos incobrables, etc.
- Obligaciones específicas para la determinación del impuesto
- Facturación y sus implicaciones
Sujetos Pasivos u Obligados Principales en el IVA
Los obligados del IVA son:
- Contribuyentes con y sin personalidad jurídica
- Contribuyentes y sustitutos del IVA
- Exenciones y supuestos de no sujeción de carácter subjetivo
Deberes y Obligaciones de Sujetos Pasivos y Agentes de Retención
Los deberes y obligaciones incluyen:
- Inscripción en el RUT
- Expedición de factura o documento equivalente
- Cumplimiento de obligaciones del agente retenedor
- Presentación de declaración del IVA
- Recaudación y pago del impuesto
- Obligaciones contables y conservación de información
- Agentes de retención: deberes, obligaciones y derechos
Impuesto Nacional al Consumo (INC)
El INC se caracteriza como:
- Impuesto selectivo al consumo
- Estructura del hecho generador: elemento subjetivo y objetivo
- Aspectos materiales específicos: telefonía móvil, bienes corporales muebles, restaurantes, etc.
- Régimen sancionatorio y simplificado
Devoluciones y Compensaciones en el IVA
Las devoluciones y compensaciones abarcan:
- Imputación, compensación y devolución de saldos a favor
- Requisitos y procedimiento para solicitar devoluciones
- Casos especiales: exportadores de oro, turistas extranjeros, diplomáticos, etc.
Otros Impuestos al Consumo
Se incluyen impuestos con fines medioambientales como:
- Impuesto al carbono
- Impuesto a las bolsas plásticas
- Tributos que gravan combustibles: impuesto nacional a la gasolina y ACPM
IVA en las Zonas Francas
Las operaciones en zonas francas consideran:
- Características de las zonas francas
- Ventas hacia y desde zonas francas
- Operaciones entre usuarios de zonas francas
- Tratamiento de importaciones desde zonas francas
Exenciones de IVA: Realidades y Mitos
Las exenciones de IVA pueden representar ventajas y desventajas para los contribuyentes. Esto impacta directamente en la estructura de costos de los contribuyentes.
En tanto, hay una consideración más, la cual no debe confundirse con las operaciones exentas de IVA. Se trata de aquellos productos y servicios que no se contemplan en la LIVA y son todos los actos que, de acuerdo a las definiciones contenidas en ella, no sean enajenación, prestación de servicios, uso o goce temporal ni importación.
Exención de IVA: La actividad no está sujeta al pago del impuesto, lo que significa que el contribuyente no lo traslada ni lo declara.
Tasa del 0%: La operación está gravada, pero con un impuesto del 0%. Un ejemplo claro es el de los alimentos básicos. La venta de pan está gravada a tasa 0%, por lo que el panadero puede acreditar el IVA que paga en la compra de harina o equipo.
El acreditamiento es el IVA Trasladado al contribuyente por la venta de bienes y servicios que realiza, así como el impuesto que pagó por sus compras y gastos de operación.
Los “excentos de IVA” son un privilegio otorgado por la Ley y su aplicación es perfectamente legal.
Ejemplos de exenciones:
- Construcciones adheridas al suelo, destinadas a casa-habitación.
- Exención de en exportaciones.
- Servicios prestados en forma gratuita.
- Servicios médicos.
Existen muchas ideas erróneas sobre las exenciones de IVA, lo que puede llevar a confusiones y problemas fiscales.
- Realidad: Si bien no trasladar el IVA a los clientes puede hacer que los productos o servicios sean más accesibles, también implica que el contribuyente no puede acreditar ni solicitar devoluciones del IVA pagado en sus compras o gastos.
- Realidad: No es lo mismo. La tasa del 0% sí permite acreditar el IVA pagado en insumos y gastos, lo que puede generar devoluciones fiscales.
- Realidad: Las exenciones de IVA están definidas por la ley y aplican solo a ciertas actividades específicas, como educación, servicios médicos y arrendamiento de vivienda.
- Realidad: Todos los contribuyentes deben expedir CFDI si sus clientes lo requieren, independientemente de si sus actividades están exentas de IVA.
Reforma Tributaria y el IVA
Uno de los capítulos del articulado de la reforma tributaria en Colombia está enfocado en el IVA, con el que el Gobierno buscaría lograr un recaudo de $10.5 billones (2,871 millones de dólares). Una de las grandes preocupaciones frente a este tema ha sido que, en medio de la crisis desatada por la pandemia, es importante que no se afecte la capacidad adquisitiva de los hogares colombianos.
De ser aprobado el articulado, los bienes que hoy están en la categoría de exentos pasarán a ser excluidos, lo que significa que no estarán gravados con IVA. Algunos de ellos son la leche, los huevos de gallina, el queso, la carne de res y de cerdo, el pescado y la nata.
Otros bienes que hacen parte del listado de excluidos dentro del estatuto tributario son: tomate, zanahoria, papa, cebolla, arroz, caña de azúcar.
Mientras que algunos servicios excluidos del impuesto son: servicios médicos, odontológicos, hospitalarios, clínicos y de laboratorio; planes obligatorios de salud del Sistema de Seguridad Social en Salud; planes de medicina prepagada y complementarios; servicios de educación preescolar, primaria, media e intermedia, superior y especial o no formal; el transporte público, entre otros.
Cabe mencionar que en el articulado los servicios públicos de energía, gas y acueducto y alcantarillado para los usuarios de estratos 1, 2 y 3 también quedarían excluidos de este impuesto.
