La integridad en el servicio público es un pilar fundamental para el desarrollo de una sociedad justa y transparente. Cuando la conducta de un servidor público se desvía de los principios éticos y legales, es imperativo que existan mecanismos claros para que los ciudadanos y contribuyentes puedan denunciar y que se investiguen tales irregularidades, incluyendo aquellas que constituyen una amenaza o abuso de poder.
Mecanismos de Denuncia Ciudadana
Si eres víctima o conoces de alguna conducta irregular cometida por servidoras o servidores públicos de la Fiscalía General de la República (FGR), es fundamental conocer las instancias a las que puedes acudir.
El Centro de Contacto Ciudadano es la plataforma designada para la denuncia ciudadana ante la Fiscalía Especializada de Asuntos Internos de la Fiscalía General de la República. A través de este centro, la ciudadanía recibe atención inmediata y personalizada, abarcando los siguientes aspectos:
- Orientación e información.
- Atención a quejas por posibles irregularidades administrativas en la prestación del servicio o el desarrollo de funciones de servidores públicos de la FGR, muchas de las cuales pueden encontrar una solución inmediata durante la llamada.
- Recepción de denuncias formales contra servidores públicos de la FGR por la posible comisión de delitos.
Esta instancia tiene la responsabilidad de recibir e investigar las quejas y denuncias que se formulen en contra de Agentes del Ministerio Público de la Federación, agentes de la Policía Federal Ministerial, Oficiales Ministeriales y Peritos, por posibles conductas que constituyan causa de responsabilidad administrativa y/o penal.
Compromiso Institucional y Combate a la Corrupción
La Fiscalía General de la República ha implementado diversas estrategias para fortalecer la integridad y la confianza ciudadana en sus servidores. La Estrategia de Combate a la Corrupción fue diseñada e implementada por la Visitaduría General con el fin de consolidar una institución íntegra.
Lea también: pasos para implementar un servidor de respaldo en CONTPAQi
En este marco, la ISO 37001:2016 se presenta como una norma internacional clave, que establece un marco para la implementación de un Sistema de Gestión Antisoborno. Su objetivo principal es ayudar a las organizaciones a prevenir, detectar y abordar el soborno y la corrupción en todas sus formas. La Fiscalía Especializada de Asuntos Internos (FEAI), bajo la denominación de Visitaduría General, ha demostrado un firme compromiso en esta área. Desde el 14 de noviembre de 2018, la FEAI logró obtener su certificado antisoborno por una vigencia inicial de tres años (2018-2021), marcando un hito al convertirse en la primera Unidad de la Administración Pública Federal en México en contar con esta certificación en todos sus procesos. Posteriormente, para el periodo 2021-2024, la FEAI refrendó su compromiso a través de un proceso de recertificación y, para el año 2024, se ha planteado continuar con un tercer ciclo que tenga una vigencia de otros tres años adicionales (periodo 2024-2027). Esta iniciativa busca dar cumplimiento a lo establecido en la fracción XI del artículo 127 del Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la República.
La obtención y renovación de esta certificación ha permitido garantizar a la ciudadanía que el trabajo desempeñado por las personas servidoras públicas de la Fiscalía Especializada de Asuntos Internos está siendo monitoreado por un sistema de gestión antisoborno o anticohecho (conforme a la legislación mexicana) que es eficaz y opera bajo los más altos estándares en la materia.
Delitos Cometidos por Funcionarios Públicos en Ejercicio de su Cargo
El Código Penal contempla una amplia gama de delitos que pueden ser perpetrados por funcionarios públicos, muchos de los cuales tienen el potencial de afectar directamente a los ciudadanos y contribuyentes, ya sea a través de amenazas, abusos o actos de corrupción.
Delitos de Falsedades
Dentro de esta categoría, los funcionarios públicos pueden incurrir en:
- Falsedad documental (artículos 390, 391 y 394 del Código Penal): Consiste en la falsificación de documentos, incluyendo despachos telegráficos, por parte de ciertos funcionarios.
- Falsificación de certificados (artículo 398): Relacionado con la expedición de certificaciones falsas que tienen escasa trascendencia en el tráfico jurídico.
Delitos contra la Administración Pública
Esta sección agrupa diversas conductas delictivas que los funcionarios pueden cometer:
Lea también: Solución a errores frecuentes en Admin CFDI Control 2000
- Prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos (artículos 404 y 405): Se configura cuando un funcionario dicta una resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia, o nombra a alguien para un cargo público sin que reúna los requisitos necesarios.
- Abandono de destino y omisión del deber de perseguir delitos (artículos 407 a 409): Comete este delito el funcionario público que abandona su destino para no impedir o no perseguir ciertos delitos.
- Desobediencia y denegación de auxilio (artículos 410 a 412): Incluye la negación abierta a cumplir resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior, o no prestar el debido auxilio para la Administración de Justicia u otro servicio público.
- Infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos (artículos 413 a 415 y artículo 417): Puede consistir en sustraer, inutilizar u ocultar, total o parcialmente, documentos bajo la custodia del funcionario por razón de su cargo.
- Cohecho (artículos 419 a 422): El delito de soborno, donde un funcionario recibe algún tipo de compensación por actuar o dejar de actuar de una determinada manera.
- Tráfico de influencias (artículos 428 y 430).
- Fraudes y exacciones ilegales (artículos 436 a 438 bis): Este delito lo comete el funcionario que, interviniendo por su cargo en algún acto de contratación pública o en liquidaciones de efectos o haberes públicos, se concierta con los interesados o utiliza cualquier otro artificio para defraudar a un ente público.
- Negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y abusos en el ejercicio de su función (artículo 439 y artículos 441 a 443): Consiste, por ejemplo, en que un funcionario, estando obligado a intervenir en algún contrato o asunto, se aprovecha de ello para obtener algún tipo de participación, directa o indirecta, en esos negocios.
Delitos contra la Administración de Justicia
Estos delitos son específicos para aquellos funcionarios que forman parte de la Administración de Justicia:
- Prevaricación (artículo 446): La comete el Juez o Magistrado que dicta una resolución injusta, a sabiendas de que lo es.
- Obstrucción a la justicia (artículo 463, apartados 2 y 3): Se configura si un juez, representante del Ministerio Fiscal o letrado de la Administración de Justicia no comparece sin justa causa ante un tribunal en un proceso criminal, causando la suspensión del juicio.
- Deslealtad profesional (artículo 466.2): Lo comete el juez, el Ministerio Fiscal, el letrado o cualquier funcionario al servicio de la Administración de Justicia que revele actuaciones procesales declaradas secretas.
Delitos contra las Instituciones del Estado y la División de Poderes
- Usurpación de atribuciones (artículos 506 a 509): Un funcionario público comete este delito, entre otros casos, al dictar una disposición general o suspender su ejecución sin tener las atribuciones para ello.
Delitos contra la Constitución y las Garantías Individuales
Estos delitos involucran directamente la violación de los derechos fundamentales de los ciudadanos por parte de funcionarios públicos:
- Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra la libertad individual (artículos 529 a 533): Por ejemplo, un juez o magistrado que entrega una causa criminal a otra autoridad o funcionario que la reclama de forma ilegal.
- Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra la inviolabilidad domiciliaria y demás garantías de la intimidad (artículos 534 a 536): Una conducta típica es que un funcionario público, mediando causa por delito, entre en un domicilio sin permiso del morador y sin respetar las garantías constitucionales o legales.
- Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra otros derechos individuales (artículos 537 a 542).
Ejemplo de Amenazas a Contribuyentes: El Caso del SAT
La incidencia de funcionarios públicos amenazando a contribuyentes se ha manifestado en situaciones como la ampliamente difundida en 2020 a través de distintos medios de comunicación y redes sociales. En estos casos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) acordó con diversas empresas, tanto nacionales como internacionales, que estas pagaran los créditos fiscales determinados a su cargo.
El argumento medular utilizado fue que, ante la falta de pago, existiría el riesgo de que enfrentarían acciones penales por parte de la Procuraduría Fiscal de la Federación (PFF) por la posible comisión de delitos de defraudación fiscal. Es preciso mencionar que en las reuniones en las que se alcanzaron dichos acuerdos, los apoderados legales de dichas empresas y/o de sus órganos de dirección estuvieron presentes.
Sin embargo, es importante recordar que, conforme a lo dispuesto en el artículo 144 del Código Fiscal de la Federación (CFF), las autoridades fiscales no podrán exigir el pago de crédito fiscal alguno o llevar a cabo el procedimiento administrativo de ejecución, sin seguir los cauces legales establecidos.
Lea también: Implementación de CFDI como parámetro en una API
tags: #servidor #publico #amenaza #contribuyente
