La relación entre la compra de moneda extranjera y el acceso a los subsidios de servicios públicos ha sido un tema de constante evolución en Argentina, generando dudas y cambios en la normativa. Recientemente, el Gobierno ha anunciado diversas medidas que impactan directamente a los ciudadanos, tanto en la posibilidad de adquirir dólares como en la elegibilidad para recibir asistencia estatal.
Restricciones iniciales y el "Dólar Ahorro"
Inicialmente, el Gobierno anunció que impedirá la compra del dólar ahorro a quienes mantengan o hayan solicitado los subsidios de las tarifas de luz y gas. Ante esta novedad, muchos decidieron renunciar voluntariamente para poder acceder al cupo mensual de u$s200. El Banco Central de la República Argentina (BCRA) estableció que las personas que reciban subsidios energéticos -incluyendo también el servicio de agua potable además del de electricidad y de gas natural- quedaron inhabilitadas para la compra del cupo de hasta US$ 200 por mes. Esta medida había sido adelantada por uno de los directores del BCRA.
El Banco Central endureció el cepo cambiario un mes después de establecido y excluyó de la posibilidad de acceder al mercado oficial a todos los beneficiarios de una ayuda social estatal (Comunicación “A” 7105/2020), a lo que se sumó la implementación del pago del 35% a cuenta del impuesto a las Ganancias (en julio de 2022 se subió al 40% para gastos en dólares).
El Dólar MEP: Una alternativa en el mercado de capitales
Existe otra manera de hacerse de moneda estadounidense de manera legal y sin límites, sin tener que renunciar a la ayuda estatal. Se trata de la adquisición del dólar MEP, también conocido como dólar Bolsa, a través del mercado de capitales, con una operación rápida y sencilla, y a un valor por debajo del dólar paralelo o blue.
¿Qué es el dólar MEP y cuáles son sus ventajas?
Se denomina dólar MEP (Mercado Electrónico de Pagos), o también llamado dólar bolsa, a la adquisición de esta divisa mediante la compra de un bono en pesos y su posterior venta en dólares. Dólar MEP es una de las operatorias más realizadas por los argentinos en el Mercado de Capitales, ya que es 100% legal y, al ser una operatoria online, se evita el riesgo de circular por la calle con el dinero físico.
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También cabe destacar que no cuenta con límite de compra mensual ni impuestos y recientemente el parking (mínimo de tiempo que se debe tener el título en cartera antes de venderlo) pasó a sólo 1 día hábil, por lo que la convierte en una de las opciones más atractivas para los ahorristas. Esto se puede hacer ya que hay títulos que cotizan en el mercado tanto en pesos como en dólares. Los más elegidos para hacerlo son el AL30 y el GD30, por su liquidez. A su vez, los intermediarios financieros mediante los cuales se compra el dólar MEP cobran una pequeña comisión de entre el uno y el dos por ciento total entre la compra y la venta de los activos.
Según explicaron desde la plataforma Invertironline, si bien suena complejo para alguien que nunca invirtió, se puede operar con dólar MEP en solo un click. De esta forma, solamente es necesario ingresar el monto en pesos que se desea invertir, y al siguiente día hábil se completa la operatoria automáticamente. Además, al momento de invertir se puede conocer la cotización estimada del dólar MEP que se quiere comprar.
Requisitos y restricciones para comprar dólares MEP (histórico)
Para poder comprar dólares MEP hubo que tener en cuenta, en distintos momentos, los siguientes ítems:
- En el caso de haber accedido al cupo mensual de u$s 200 en el home banking, ya sea en entidades bancarias o casas de cambio, se debían esperar al menos 90 días para acceder al Dólar Bolsa.
- No podían acceder al Dólar MEP aquellos que cuenten con créditos a tasa 0% o tasas subsidiadas por el Gobierno, vigentes o pendientes de cancelación, incluyendo préstamos.
- Lo mismo corría para aquellos con deudas pendientes en la tarjeta de crédito, o aquellos beneficiarios de ayudas estatales como el IFE (Ingreso Familiar de Emergencia) o la AUH (Asignación Universal por Hijo), entre otros.
- No haber cobrado un sueldo de una empresa que se benefició del programa ATP.
- Solo podía comprar dólar MEP una persona con cuenta bancaria en dólares.
- Quienes se beneficiaron del congelamiento de las cuotas hipotecarias UVA hasta julio de 2022 tampoco podían comprar dólar MEP.
- Como en todo el sistema bursátil, había que contar con ingresos declarados para poder operar dólar financiero.
- Hasta hace poco, no podían acceder a este mercado las personas que contaban con subsidios a los servicios públicos, trabajaban en el Estado, cobraban beneficios sociales o habían recibido algún beneficio durante la pandemia (como el programa ATP).
Paso a paso: Cómo comprar Dólar MEP
El dólar Bolsa o dólar MEP es una opción que permite acceder a la compra de dólares a un tipo de cambio muy similar al del home banking aunque sin límite alguno. Para realizar estas operaciones el usuario deberá contar previamente con una cuenta en dólares.
- Abrir una cuenta comitente: Son las que se utilizan para operar con bonos o acciones en el Mercado de Capitales y en la Bolsa. La cuenta se puede abrir en el banco o en una Sociedad de Bolsa o ALYC, algo que se tramita con tan solo unos clicks y una copia del DNI.
- Depositar o transferir los pesos en la cuenta comitente: Tras realizar la acreditación debida ya quedan habilitadas las operaciones.
- Comprar bonos en pesos: Actualmente los más recomendados para esta operatoria son los bonos AL30 y GD30, emitidos por el gobierno nacional y amortizables en dólares estadounidenses. Es importante tener en cuenta que el precio al que se verá cotizando el título es por 100 valores nominales (medida estándar para los bonos), pero se podrá comprar la cantidad que deseen. Un punto a tener en cuenta es que para esta operación se debe mantener el bono en pesos un día hábil en la cartera para poder realizar la operación (término conocido como “parking” o “estacionamiento” por su traducción).
- Vender los bonos en dólares (AL30D o GD30D): De esta manera se reciben los dólares en la cuenta comitente.
- Transferir los dólares: Una vez finalizada la operación, los dólares se transfieren a la cuenta bancaria del inversor.
Flexibilización reciente: Los beneficiarios de subsidios ahora pueden comprar Dólar MEP y CCL
El Banco Central (BCRA) flexibilizó los criterios para acceder a los dólares financieros, lo que significa que los beneficiarios de subsidios en el presente o durante la pandemia de Covid-19 podrán comprar dólar MEP y dólar CCL. Esto ocurre en el marco del lanzamiento de la “segunda fase de Gobierno”, presentada por el presidente, que agrupa un paquete de medidas comunicadas por la entidad que preside Santiago Bausili.
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Allí dan cuenta que como parte de un proceso para “remover y flexibilizar las regulaciones de acceso al mercado de cambios”, se determinaron tres medidas que tienen “tienen como objetivo final la eliminación total de las restricciones”, según detallaron en el comunicado oficial. El Banco Central (BCRA) determinó que a partir de este miércoles 24 de julio, se remueven “las restricciones para acceder a las operaciones de dólar MEP y de contado con liquidación que tenían las personas humanas que habían recibido alguna ayuda del Estado durante la pandemia o que tienen un subsidio al consumo en los servicios públicos”. De esta manera, las personas que habían recibido subsidios y ayuda del Estado, desde ahora podrán operar con dólar MEP y CCL. La medida representa un “nuevo paso en el proceso de remover y flexibilizar las regulaciones de acceso al mercado de cambios, que tiene como objetivo final la eliminación total de las restricciones”, señala el comunicado oficial de la entidad. Con esta normativa, “quedarán habilitados para suscribir créditos hipotecarios en pesos y acceder al dólar MEP para concretar sus operaciones inmobiliarias todas aquellas personas que estaban incluidas en esa categoría”, subraya el mensaje del BCRA.
Nuevo esquema de subsidios y criterios de exclusión
El Gobierno avanza en un nuevo esquema de asignación de subsidios para la luz y el gas que espera aplicar a partir de mayo, pero que será más restrictivo que el actual, en medio del ajuste con el que busca alcanzar el superávit fiscal. La Secretaría de Energía presentará este jueves el nuevo esquema de subsidios en Audiencia Pública. En tanto, Energía publicó una lista de los criterios que podrían tomarse en consideración para el rechazo o exclusión de la asistencia, por lo que se considera que ese segmento de la población tiene capacidad plena de pago.
Para ello se tomarán distintas bases de datos a las que tiene acceso el Gobierno y la información que quedó del anterior Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE). Para la asignación también se analizarán los consumos en billeteras virtuales equivalentes a cinco salarios mínimos, más de $1 millón desde marzo, algo similar al tope para gastos con tarjeta de crédito. La información se desprende de un documento publicado por la Secretaría de Energía, conducida por Eduardo Rodríguez Chirillo, en el que dieron los detalles de cómo será el nuevo esquema de subsidios que reemplazará a la segmentación actual.
En declaraciones recientes, Chirillo había anticipado que la asistencia será recibida para las familias que destinen más del 10% de su ingreso al pago de los servicios de energía. En concreto, las subvenciones se centrarán en el diferencial sobre ese porcentaje. “El grupo de convivientes solicitante que cumpla con los criterios de inclusión (bajos ingresos medidos en relación con la CBE) recibiría -mediante transferencia directa o mediante bonificación en factura- un monto mensual que permita cubrir la CBE que le corresponde según su ubicación geográfica”, explicó la Secretaría.
El norte del ministro de Economía, Luis Caputo, continúa centrado en la necesidad de recortar el gasto en subsidios. Para el año 2023, el volumen de estas erogaciones alcanzó el 2,1% del Producto Interno Bruto (PIB), contribuyendo el sector energético con 1,6 puntos porcentuales, lo que representa aproximadamente 9.683 millones de dólares, de acuerdo a estimaciones realizadas por el Fondo Monetario Internacional (FMI) y la consultora Economía & Energía.
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Criterios de exclusión del nuevo esquema de subsidios:
- Titularidad de una aeronave.
- Titularidad de embarcación de lujo o con fines recreativos.
- Titularidad total de dos o más inmuebles.
- Titularidad de al menos un automóvil con una antigüedad inferior a 5 años o dos automóviles con una antigüedad menor a 10 años.
- Titularidad de al menos un automóvil de lujo o colección independientemente de la antigüedad que registra.
- Titularidad de medicina prepaga no vinculada a empleo en relación de dependencia (total o por derivación).
- Más de una salida a países no limítrofes en los últimos 5 años.
- Pertenencia al directorio o ser propietario de una empresa privada (IGJ).
- Consumos en tarjeta de crédito superiores a cinco Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM), lo que equivale a $1 millón.
- Compra de moneda extranjera en al menos uno de los últimos tres meses.
- Consumos en billeteras virtuales superiores a cinco Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM), lo que equivale a $1 millón.
- Consumos en telefonía móvil superiores al 25% del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), lo que equivale a $50,700 desde marzo.
El valor del Salario Mínimo Vital y Móvil para marzo será de 202.000 pesos.
Segmentación de subsidios anterior (desde 2022)
El esquema de segmentación de subsidios que aplicó el Gobierno anterior desde finales de 2022 contemplaba tres niveles:
- N1 altos ingresos: Los usuarios cuyos ingresos superaran 3,5 veces la Canasta Básica Total del Indec ($2.088.880,5 en enero), que mide la línea de pobreza para una familia tipo de cuatro integrantes, eran catalogados como N1 y no recibían subvención.
- N2 bajos ingresos.
- N3 ingresos medios.
También estaban excluidos los hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, que superen los $2.548.434,89 mensuales en ingresos. A eso se suman quienes posean tres o más vehículos con una antigüedad menor a cinco años, tres o más inmuebles, una embarcación, una aeronave de lujo o sean titulares de activos societarios que demuestren una capacidad económica plena. Tampoco tienen la posibilidad de acceder al Mercado Único Libre de Cambios para comprar dólares.
