Descubre la Tabla de ISR para Comisionistas en México y Maximiza tus Ingresospost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Seguramente en algún momento te has preguntado… ¿Cómo calcular el ISR? El ISR es el Impuesto sobre la Renta, un impuesto que se aplica a los ingresos obtenidos por una persona física o moral.

El ISR es un impuesto federal que se aplica a todas las personas físicas y jurídicas que obtengan ingresos en territorio mexicano, incluyendo a los trabajadores asalariados, empresarios, profesionales independientes, artistas, entre otros.

Este 2025 las tablas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) no tendrán cambios con respecto al año anterior, pero seguirán siendo cruciales para calcular los impuestos de manera correcta. Aquí, te mostraremos cómo entender estas tablas y aplicarlas de forma eficaz, lo que facilitará el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.

¿Qué son las tablas del ISR?

Antes de entender las tablas del Impuesto Sobre la Renta (ISR), es importante saber que el ISR en México es un impuesto que se aplica a los ingresos obtenidos por personas físicas o morales, ya sea por actividades laborales, comerciales o de inversión. Esto incluye también toda actividad empresarial.

Por ende, las tablas del ISR son un conjunto de tarifas que sirven para calcular el monto exacto de impuestos que deben pagar sobre sus ingresos, tanto las personas físicas como las personas morales. Estas tablas dividen los ingresos en rangos y tienen una tarifa aplicable específica en cada caso.

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En algunos casos, además de la tasa impositiva, se añade una cuota fija, y también pueden considerarse subsidios para el empleo, diseñados con el objetivo de aliviar la carga tributaria de los colaboradores con ingresos más bajos.

Las tarifas de ISR varían según el rango de ingresos. En el ámbito laboral, las tablas del ISR permiten lo siguiente:

  • Calcular con precisión la retención de impuestos: las tablas del ISR ayudan a determinar con exactitud el monto a retener de los ingresos.
  • Determinar el salario neto: facilitan el cálculo del salario que el colaborador recibe después de las deducciones fiscales.
  • Garantizar el cumplimiento fiscal: contribuyen al cumplimiento de las obligaciones fiscales, evitando problemas con las autoridades tributarias.
  • Equilibrar la carga tributaria: garantizan que los impuestos a pagar sean proporcionales a los ingresos, conforme a la ley del ISR.

Las tablas se usan según la periodicidad de la nómina, como diaria, semanal, quincenal, o mensual. La ley del impuesto rige que el subsidio al empleo no puede exceder el monto correspondiente al mes, basado en el total recibido en ese periodo.

Además, las personas físicas que se encuentran en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) deben considerar que las tablas del ISR aplicables varían según su régimen fiscal específico.

Tablas de ISR para personas físicas

En México, las tablas del ISR se dividen dependiendo el periodo de pago y la naturaleza de los ingresos. Esto permite realizar los cálculos adecuados para cada situación:

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  • Tabla diaria: se usa para realizar el cálculo de ISR sobre los ingresos diarios, lo que permite la obtención del monto exacto correspondiente a las retenciones diarias.
  • Tabla semanal: es esencial para calcular el ISR sobre los ingresos semanales, por ende, facilita la obtención del monto exacto que corresponde a estas retenciones.
  • Tabla decenal: ayuda a obtener el monto correspondiente a las retenciones decenales.
  • Tabla quincenal: se utiliza para calcular el ISR sobre los ingresos por pagos quincenales. Es decir, se usa para obtener el monto de las retenciones quincenales.
  • Tabla mensual: sirve para calcular el ISR sobre los ingresos mensuales, lo que ayuda a obtener el monto de las retenciones mensuales.

Tablas de ISR para personas morales

  • Tabla anual: se emplea para calcular el ISR sobre los ingresos anuales.
  • Tabla de ISR sobre dividendos: sirve para calcular el ISR sobre los dividendos distribuidos a los accionistas.
  • Tabla de ISR sobre arrendamiento: se usa para realizar el cálculo del ISR sobre ingresos por arrendamiento.

¿Cómo usar las tablas del ISR?

Las tablas del ISR son fundamentales para realizar el cálculo preciso de la retención de impuestos sobre los ingresos. Conoce a continuación una guía paso a paso para usarlas de manera correcta este 2025:

  1. Determina la base gravable

    La base gravable es el ingreso total del colaborador menos las deducciones permitidas por la ley, tales como aportaciones a la seguridad social o deducciones personales. Este monto es el que se utilizará para calcular el impuesto. Por ejemplo, si un trabajador tiene un ingreso mensual de $ 15,000 MXN sin deducciones adicionales, esta será su base gravable.

  2. Consulta la tabla del ISR y ubica el límite inferior

    Elige la tabla del ISR correspondiente, dependiendo de la periodicidad del pago (diaria, semanal, quincenal, mensual) Luego, localiza el rango en la tabla que incluye la base gravable del colaborador. Por ejemplo, con un ingreso mensual de $ 15,000 MXN, el rango podría ser de $ 12,935.83 MXN, a $ 14,933.33 MXN. En este caso, el límite inferior del rango es de $ 12,935.83 MXN y el límite superior es de $ 14,933.33 MXN.

  3. Calcula el excedente del límite inferior

    Resta el límite inferior del rango al ingreso gravable. Este excedente es el monto sobre el cual se aplicará la tasa impositiva. Cálculo: $ 15,000 MXN - $ 12,935.83 MXN = $ 2,064.17Resultado: el excedente es $ 2,064.17

  4. Determina el impuesto marginal

    Multiplica el excedente por el porcentaje correspondiente al rango identificado en la tabla. En este caso, la tasa aplicable para nuestro rango es del 17.92 %, ya que corresponde al tramo de ingresos que calculamos previamente. Cálculo: $ 2,064.17 x 0.1792 = $ 369.89Resultado: el impuesto marginal es $ 369.89

    Lea también: Pagos Provisionales ISR Artículo 96

  5. Agrega la cuota fija y obtén el ISR a retener

    Se trata de un monto que se suma al impuesto marginal para obtener el total del ISR que se debe retener. A continuación, dejamos un ejemplo teniendo en cuenta que la cuota fija podría ser de $ 1,182.82Cálculo del ISR total: $ 1,182.82 + $ 369.89 = $ 1,552.71Resultado: el ISR a retener es $ 1,552.71

  6. Algunas consideraciones adicionales

    En caso de que el ingreso del trabajador sea bajo, se podría aplicar un subsidio para el empleo, lo que reduce el ISR a retener. Asimismo, asegúrate de usar la versión más reciente de las tablas, ya que se actualizan según cambios en la política fiscal o la inflación. Es crucial tener en cuenta los pagos provisionales realizados durante el año, puesto que también afectan el cálculo final. No olvides incluir el monto del ISR calculado en el comprobante de nómina de cada colaborador. Repite este proceso para cada periodo de pago, para garantizar el cumplimiento de las leyes fiscales y evitar irregularidades en tus cálculos. Además, asegúrate de reportar el total del ISR en la declaración anual.

¿Por qué se suelen actualizar las tablas del ISR?

Las tablas del ISR se actualizan anualmente para mantener la equidad y la efectividad del sistema fiscal. Estos ajustes aseguran que la carga tributaria siga siendo adecuada a las condiciones económicas del país, lo que evita que el impuesto se convierta en una carga desproporcionada para los contribuyentes.

Al final del año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publica la Resolución Miscelánea Fiscal mediante el Diario Oficial de la Federación (DOF) detallando los indicadores porcentuales que las empresas mexicanas deben usar para calcular la retención del ISR en los sueldos y salarios.

Las razones principales para las actualizaciones son las siguientes:

  • Inflación: las tablas se ajustan para reflejar el impacto de la inflación. Estas actualizaciones ayudan a que los contribuyentes no paguen más impuestos debido a que el poder adquisitivo de su dinero ha disminuido. Esto facilita la mantención del impuesto de forma proporcional a los ingresos reales.
  • Cambios en el salario mínimo: las actualizaciones del salario mínimo, aseguran que los colaboradores con ingresos bajos no enfrenten una carga fiscal desproporcionada. Los ajustes de las tablas del ISR protegen a estos contribuyentes, lo que garantiza que su carga tributaria se mantenga acorde a sus ingresos.
  • Reformas fiscales: las reformas fiscales pueden introducir nuevas tasas impositivas o deducciones. Las tablas se ajustan con el objetivo de reflejar estos cambios, garantizando que el sistema fiscal esté alineado con las nuevas políticas económicas y que además los contribuyentes y empleadores cumplan con estas normativas.
  • Evaluación económica: la economía se encuentra en constante cambio y las tablas ISR se actualizan para adaptarse a las nuevas realidades económicas. Estos ajustes ayudan a mantener una distribución de la carga tributaria justa y a reflejar la capacidad económica actual de los contribuyentes.
  • Correcciones técnicas: las actualizaciones también buscan mejorar la exactitud de los cálculos y simplificar el proceso de cumplimiento fiscal. Ajustar las tablas facilita enormemente la administración tributaria tanto para contribuyentes como para empleadores, reduciendo errores y asegurando un sistema fiscal más eficiente.

Las actualizaciones periódicas de las tablas del ISR son esenciales para mantener un sistema fiscal justo, adaptado a las condiciones económicas y capaz de proteger correctamente a los contribuyentes. De esta forma, se asegura que el impuesto siga siendo progresivo y equitativo para ellos.

Comisionistas: Régimen Fiscal y Obligaciones

¿Quiénes son comisionistas? ¿En qué régimen fiscal tributan? ¿Cuándo y cómo pagan sus impuestos? ¿Cuáles son sus obligaciones fiscales?

Estas son algunas de las preguntas que con frecuencia se hacen tanto las personas físicas que pretenden ser comisionistas como aquellas que se ven beneficiadas con el desempeño de la comisión mercantil.

Conforme al artículo 273 del Código de Comercio, el mandato aplicado a actos concretos de comercio se reputa comisión mercantil. El comitente es el que confiere la comisión mercantil; y comisionista, el que la desempeña.

Para efectos fiscales, el artículo 16 del Código Fiscal señala que se consideran actividades empresariales, entre otras, las comerciales, que son las que, de conformidad con las leyes federales, tienen ese carácter.

Con base en lo anterior y de acuerdo con el artículo 75, fracciones XI y XII, del Código de Comercio, se consideran actos de comercio, y por tanto comerciales, las operaciones de comisión mercantil, así como las empresas de comisiones.

De lo anterior se puede establecer que los comisionistas realizan actividades empresariales, por lo cual pueden tributar para efectos de la LISR en los regímenes aplicables a las actividades empresariales siguientes:

  1. Régimen de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales.
  2. Régimen de incorporación fiscal (sólo cuando las personas físicas obtengan ingresos por concepto de comisión y estos no excedan del 30% de sus ingresos totales).

Asimismo, se pueden contratar comisionistas sujetos a una relación laboral; o bien, existe la opción en la cual el comisionista independiente puede optar por que el comitente le retenga el ISR, asimilando el ingreso a sueldos y salarios.

Por ello, es muy importante que las empresas analicen detalladamente si la relación que tienen con sus comisionistas es laboral o mercantil, ya que si fuera laboral se deberán prever los aspectos siguientes: las obligaciones que surgen de una relación laboral, su inscripción en el IMSS e Infonavit, así como el pago de las cuotas y aportaciones sociales respectivas.

Tipos de Comisiones y su Tratamiento Fiscal

Existen dos tipos de comisiones, la laboral y la mercantil. La primera está regulada por la legislación laboral, porque obedece a la retribución de un trabajo personal subordinado, y por ende, el ingreso que obtiene el trabajador (comisión) forma parte de su salario (arts. 82 y 83, LFT).

La segunda, tiene la naturaleza de un acto de comercio; de hecho, el Código de Comercio (CCom), define a la comisión mercantil como el mandato aplicado a actos concretos de comercio (art. 273, CCom). Conocer estas diferencias es básico porque, debe atenderse a la naturaleza jurídica del tipo de comisión que se paga para determinar el régimen fiscal del Título IV de la LISR que le es aplicable.

Estas comisiones se deben manejar bajo el amparo del Capítulo I, Título IV de la LISR (ingresos por sueldos y salarios); entonces, el empleador efectuará las retenciones del impuesto con base en la tarifa del artículo 96 de dicha ley. Este tipo de comisiones no causan IVA, al ser ingresos por salarios (art.14, penúltimo párrafo, LIVA).

El comisionista mercantil debe cumplir con sus obligaciones dentro del Título IV, Capítulo I, Sección I de la LISR y en algunos supuestos la Sección II de la LISR (RIF), toda vez que al realizar un acto de comercio se reputa como una actividad empresarial (art. 16, CFF). En este supuesto, las comisiones están gravadas por el IVA.

No obstante, el comisionista mercantil tiene la opción de cumplir con sus obligaciones de ISR, bajo la figura de ingresos asimilados a salarios, cuando así lo comunique por escrito al comitente; lo cual podrá hacer mediante una cláusula específica en el contrato de la comisión o mediante un escrito independiente (art. 94, fracc.VI, LISR).

Así, se le dará el mismo tratamiento que un asalariado, además de que las comisiones no causarán IVA; para ISR dejarán de tener que cumplir con las obligaciones previstas para las personas físicas con actividades empresariales y profesionales y solo tendrán la de presentar declaración del ejercicio si:

  • obtienen ingresos acumulables por otro Capítulo
  • sus ingresos por asimilados a salarios superan $400,000.00 en el ejercicio
  • comunican por escrito al empleador que presentarán su declaración anual, o
  • se ubica en alguno de los supuestos previstos en el artículo 98 de la LISROtro punto para evaluar en cual régimen es más conveniente cumplir con sus obligaciones fiscales por las comisiones mercantiles, es la carga tributaria que se genera en cada uno, pues si bien se trata del mismo ingreso, las deducciones aplicables en cada Capítulo son distintas.

Si las comisiones se asimilan a salarios no se tendrá derecho a aplicar ninguna deducción estrictamente indispensable para la obtención del ingreso (deducciones autorizadas), mismas que si son deducibles en el caso de tributar en el régimen de actividades empresariales y profesionales. En ambos casos, se pueden tomar las deducciones personales para el cálculo del ISR del ejercicio (art. 151, LISR).

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