La devolución de impuestos es un derecho que tienes como contribuyente, y solicitarla no tiene por qué ser complicado. La devolución de impuestos es el reembolso que te hace el SAT (Servicio de Administración Tributaria) cuando has pagado más impuestos de los que te tocaba.
La devolución de impuestos es un reembolso que te puede llegar si pagaste más impuestos de lo que realmente debías. Esto puede pasar si tus gastos deducibles (como médicos, educativos o de vivienda) son mayores a tus ingresos, o si te retuvieron más de la cuenta. Al momento de presentar tu declaración, el sistema del SAT te indicará si tienes saldo a favor. Puedes saber si tienes una devolución de impuestos al revisar tu declaración anual.
¿Quiénes pueden solicitar la devolución de impuestos?
No todas las personas pueden pedir la devolución de impuestos. Está disponible principalmente para aquellos que presentan su declaración anual y tienen saldo a favor.
¿Es gratuito el proceso de devolución?
Sí, el proceso para solicitar la devolución de impuestos es completamente gratuito.
¿Cómo saber si tienes saldo a favor?
Puedes saber si tienes una devolución de impuestos al revisar tu declaración anual. Recuperar tu devolución de impuestos es un proceso sencillo si sigues los pasos correctos.
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Declaraciones de la presidenta de México
Claudia Sheinbaum Pardo, presidenta de México, dejó en claro que no hay problema en la devolución de impuestos que realizaron contribuyentes tras su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). En la conferencia matutina de Palacio Nacional, Sheinbaum Pardo detalló que se están cumpliendo con los plazos de ley. “Son los tiempos de ley, no hay ningún problema en la devolución de aquellos a los que les corresponde la devolución de impuestos”, sostuvo. No hay ningún problema (en la devolución de impuestos), se cumplen los plazos de ley siempre”, puntualizó.
Retrasos y rechazos en la devolución de impuestos
Usuarios en redes sociales se han quejado por la tardanza del SAT en la devolución automática de saldo a favor, luego de realizar este mes su Declaración Anual de Impuestos 2024. Incluso, algunos contribuyentes han denunciado que el SAT les ha rechazado su saldo a favor pese a realizar de forma correcta su trámite y pagado a tiempo sus impuestos, lo que ha desatado molestia y generado incertidumbre.
En el reciente comunicado del SAT, detalló que ya revisó 2.8 millones de peticiones y ha realizado devoluciones por 15,106 millones de pesos. No obstante, no detalló cuantas solicitudes fueron rechazadas. El Código Fiscal menciona que en caso que la autoridad tributaria no cumpla con este plazo, el SAT tendría que pagar intereses a partir del día siguiente del día de vencimiento.
Cambios importantes en el proceso de solicitud
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que si el contribuyente no impugna el rechazo de devolución de impuestos, ya no podrá presentar una nueva solicitud. Es decir que ahora está poniendo un candado, explicó a EL UNIVERSAL el fiscalista Jesús Rodríguez Ambriz, quien es integrante de la Comisión de Evaluación de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos.
Se trata de una jurisprudencia emitida por la SCJN que todo contribuyente debe conocer al igual que los asesores fiscales, afirmó el experto. Explicó que si el Servicio de Administración Tributaria (SAT) rechazó una solicitud de devolución de impuestos de un contribuyente con saldo a favor en su declaración anual, por diversos motivos, como errores formales, datos equivocados o falta de firma, ya no podrán intentar otra vez pedir el reembolso.
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Es un cambio que no se tenía contemplado, señaló, ya que ahora pese a que el contribuyente haga las correcciones debidas, será improcedente volver a meter la solicitud de devolución. A menos que impugne, lo que significa que tendrá como única alternativa presentar un medio de defensa. “Se acabaron los intentos múltiples, si no impugnas, perdiste esa oportunidad”, advirtió. Por ello recomendó revisar bien la petición de reintegro antes de enviarla al SAT, pero si ya fue rechazada, lo importante es actuar rápido en la preparación de la defensa legal.
La Segunda Sala de la SCJN determinó que no es viable presentar una nueva solicitud de devolución de saldo a favor, cuando la autoridad fiscal negó total o parcialmente la primera por cuestiones formales, y esa determinación no fue impugnada. Se justifica que en el Artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF) se establece el procedimiento para que la autoridad se pronuncie sobre las solicitudes de devolución de saldo a favor, una vez requeridos la información y los documentos necesarios.
Si la autoridad niega la solicitud por cuestiones formales, el contribuyente puede controvertir esa decisión, refirió. De no hacerlo, no puede solicitar nuevamente la devolución subsanando las deficiencias en información y documentos o agregando nuevos, expuso.
En la justificación se establece que si bien existe el deber de la autoridad de devolver las cantidades pagadas indebidamente, que a su vez conlleva el derecho a solicitar la devolución a través del mecanismo correspondiente, si no la autoriza por existir vicios formales, el contribuyente debe agotar los recursos administrativos, o bien, acudir al juicio contencioso administrativo.
No agotarlos no implica una nueva oportunidad para solicitar la devolución, pues la autoridad ya emitió una determinación que sólo puede variar a través de una resolución judicial o administrativa, aclaró. Puso de manifiesto que estimar lo contrario atentaría contra el principio de seguridad jurídica, pues permitiría al contribuyente subsanar o, incluso, mejorar la solicitud inicial, sin haber agotado en su totalidad el procedimiento para obtener la devolución de saldo a favor.
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¿Qué hacer si no se autoriza tu saldo a favor o se autoriza parcialmente?
- Cuando hayan transcurrido 10 días, deberás realizar una solicitud normal de devolución, luego de la cual el SAT tendrá un plazo de 40 días hábiles para actuar.
Casos en los que el SAT no otorga el saldo a favor automáticamente
El SAT detalla los casos en los que no se otorgará saldo a favor tras la Declaración Anual de Impuestos 2024. Normalmente, el SAT realiza la devolución de impuestos de manera automática, es decir, que cuando la solicitas el sistema ve cuánto dinero te debe devolver y te lo deposita hasta dos meses después de tu declaración y solicitud de la devolución. Sin embargo, hay casos en las que la devolución no es automática.
El SAT informó recientemente que la devolución de impuestos puede demorar hasta 2 meses; sin embargo, la demora puede ser incluso mayor si no cumples con ciertos requisitos durante tu declaración anual, correspondiente al ejercicio fiscal 2024. Como contribuyente, tienes la obligación de brindarle al SAT algunos datos que sirvan para que te devuelvan tus impuestos, y en caso de no contar con ellos puede tardar más la entrega de tu saldo a favor.
En todo caso, el SAT indica que si no se realiza la devolución de impuestos automática, “debes solventar las inconsistencias” en su propio portal o en oficinas, en caso de que requieras asesoría. Las oficinas del SAT están disponibles hasta el 30 de abril en horarios extendidos para atender dudas sobre la declaración de impuestos.
Requisitos para la devolución automática
De acuerdo con el SAT, una de las primeras disposiciones para hacer efectiva la devolución automática es que deben tener una CLABE bancaria registrada.
Posibles motivos por los que el SAT puede anular tu saldo a favor
- Cuenta bancaria sin RFC: Que tu cuenta bancaria no tenga tu RFC registrado y en su lugar sólo haya un RFC genérico.
- Buzón tributario inactivo: Tener activo el Buzón Tributario es obligatorio y desde hace mucho tiempo los contribuyentes tienen esta obligación.
- Domicilio fiscal no verificado o contribuyente no localizable: Esto significa que en algún momento tus datos de domicilio se desactualizaron o te fueron a buscar y no te encontraron.
- Créditos fiscales: Significa que tienes un adeudo pendiente con el que no has cumplido y deberás cubrirlo para continuar con el trámite de la solicitud, puede ser de un impuesto federal o incluso una multa de tránsito.
- RFC suspendido o sin obligaciones fiscales: Una de las obligaciones de los contribuyentes es mantener su estatus actualizado, es decir, mantener registro de la actividad que realizamos que sea nuestra fuente de ingreso y si te estás dedicando actualmente.
- Eliminar ingresos: Omitiste alguno de tus ingresos para que te saliera saldo a favor.
- Tener otros regímenes como actividad empresarial, arrendamiento o cualquier otro: Estos regímenes regularmente se encuentran con un rechazo, porque como tienen deducciones mensuales, no solamente las anuales que son las deducciones personales requieren una revisión más a detalle.
Plazos importantes
Las personas físicas podrán presentar su declaración anual 2025 hasta el 30 de abril, fecha límite en la que pueden solicitar el saldo a favor. Posteriormente, los contribuyentes deben esperar un plazo de cuarenta días después de solicitar la devolución, de acuerdo con el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación. Por ello, si tú realizas tu declaración el último día, tendrás que esperar un tiempo máximo hasta los primeros días de junio.
Si presentaste tu declaración anual y no te depositan tu saldo a favor, debes saber que existen varios motivos por los que tu devolución automática pudo haber sido rechazada.
Como se mencionó anteriormente, el SAT “cumple con los plazos establecidos en la ley, que señalan 40 días hábiles para la devolución, posteriores a la fecha de la presentación de la solicitud”.
De acuerdo con el sitio Impuestum.com, en caso de que quieras impugnar el rechazo del SAT, deberás hacerlo en un plazo máximo de 30 días a partir de la notificación, pues de lo contrario el caso quedará cerrado.
Si te toca declarar y no la presentas a tiempo, no solo podrías tener problemas con el SAT, sino también recargos y actualizaciones sobre cualquier cantidad pendiente. Pero si no estabas obligado a presentarla (por ejemplo, ganaste menos de 400 mil pesos y solo tuviste un empleador), el SAT no te penaliza, incluso si tenías un saldo a pagar por error de cálculo.
