Descubre el Impacto Oculto y la Controversia Explosiva del Impuesto al Patrimonio en Universidades Privadaspost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Continúa la polémica por el decreto 0173, con el que el Gobierno impuso el impuesto al patrimonio en el marco de la emergencia económica, el cual impacta, entre otros sectores, a las universidades privadas, entidades sin ánimo de lucro que ahora deberán tributar multimillonarios montos. El padre Harold Castilla, rector general de Uniminuto y vicepresidente de la Asociación Colombiana de Universidades (Ascun), calificó el impuesto como “injusto” y “una conceptualización jurídica absurda”, defendiendo la función social de las instituciones de educación superior privadas.

La naturaleza jurídica y el riesgo social

La mayoría de las universidades privadas en Colombia están organizadas como entidades sin ánimo de lucro cuya finalidad no es la generación ni la distribución de utilidades, sino la prestación del servicio público de educación. Los cálculos de Ascun son que el impacto fiscal para el sector sería de al menos unos 135.000 millones de pesos. El padre Harold Castilla advirtió: “El impacto del impuesto al patrimonio, sumando todo lo que las instituciones privadas tenemos que pagar, pone en riesgo el acceso a la educación superior de los más de 1,2 millones de estudiantes que están matriculados en universidades privadas”.

Ejemplos del impacto financiero por institución (cifras en miles de millones de pesos)

  • Externado de Colombia: $23.466
  • Javeriana: $9.115
  • Bolivariana de Medellín: $8.202
  • Los Andes: $8.133
  • Universidad de Medellín: $5.532
  • Universidad Santiago de Cali: $4.725
  • Santo Tomás: $4.615
  • Universidad Libre: $3.740
  • Católica de Colombia: $3.269
  • EAFIT: $3.234

Contradicciones del Decreto 173

El decreto va totalmente en contra del principio de equidad con el que se quiere medir el gobierno, pensando en los más necesitados. El decreto es curioso pues grava unas sociedades con el 1,6% y otras con el 0,5%. Al tiempo que establece que no serán sujetos del impuesto al patrimonio las empresas del sector salud, ni las empresas que se encuentren intervenidas por el Estado. La representante argumentó que el cobro resulta contradictorio con la Ley 30 de 1992, que prohíbe a las instituciones privadas obtener dinero: “Si no tienen lucro, ¿por qué pagar impuestos al patrimonio?”.

Acciones legales y futuro del sector

La Asociación Colombiana de Instituciones de Educación Superior (ACIET) manifiesta que considera fundamental que las medidas tributarias preserven el equilibrio del sistema mixto de educación superior. Por su parte, Ascun ha optado por una intervención ciudadana ante la Corte Constitucional para poder parar esto. El rector Harold Castilla enfatizó: “Yo esperaría que el marco legal y normativo que nos ampara, al ser instituciones pertenecientes al régimen tributario de las entidades sin ánimo de lucro, podamos hacer lo posible para que este cobro no suceda”.

El debate sobre la tributación de las entidades sin ánimo de lucro es legítimo y necesario. La cuestión no es si las universidades deben contribuir, sino bajo qué criterios y con qué instrumentos. Incluir a las IES como entidades que deben sufragar el nuevo impuesto no estará exento de una controversia legal, y de una controversia efectiva de la incidencia social de este tributo.

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