Descubre las Mejores Facilidades Administrativas para Personas Morales y Sectores Específicos ¡Optimiza tu Gestión Hoy!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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¿Qué pasaría si pudieras simplificar la comprobación de tus gastos y la emisión de facturas sin perder el control fiscal? Este 2026, es vital mantenerse actualizado. ¿Conoces las reglas vigentes que facilitarán tu manejo del ISR y el IVA este año? El objetivo principal de estas disposiciones es reducir cargas administrativas relacionadas con comprobación de gastos, retenciones, deducción de pagos y emisión de CFDI. Las facilidades administrativas simplifican procesos de cumplimiento fiscal, mientras que los estímulos fiscales representan beneficios económicos directos, como acreditamientos, reducción de impuestos o deducciones especiales.

Facilidades para el sector primario

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha emitido algunas facilidades administrativas para el sector primario de la economía dedicado a actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o pesqueras. En este ámbito, existen condiciones específicas para las personas morales de derecho agrario:

  • Exención de declaraciones: Aquellos cuyos ingresos no rebasen el monto de 900 mil pesos en el ejercicio de que se trate, podrán optar por no presentar declaraciones mensuales ni la anual correspondiente.
  • Límites de ingresos: No están obligados a presentar las declaraciones provisionales y anual de ISR, así como las correspondientes del IVA, tratándose de personas morales de derecho agrario cuando sus ingresos no excedan anualmente de 702 mil 021 pesos por cada uno de sus integrantes. No deben exceder en su conjunto 7 millones 020 mil 216 pesos anuales para este año.
  • Cumplimiento de obligaciones: Continúa la facilidad de que las personas morales dedicadas exclusivamente a actividades primarias, puedan cumplir con las obligaciones fiscales en materia de IVA por cuenta de sus integrantes.

Beneficios para el autotransporte

Uno de los sectores más beneficiados por la resolución es el autotransporte terrestre, sobre todo en lo que se refiere a actividades de carga federal y transporte foráneo de pasaje. El consumo de diésel es uno de los principales gastos del sector transporte y por esa razón la resolución contempla beneficios relacionados con acreditamiento y estímulos fiscales aplicables a combustibles.

Reglas generales de deducción

Algunos contribuyentes pueden aplicar deducción de ciertos gastos relacionados con la operación, aun cuando no cuenten con toda la documentación fiscal tradicional, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas por la autoridad. El monto de la deducción que se determine conforme a la presente regla, se deberá disminuir del monto que se obtenga de restar al total de los ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio, las deducciones autorizadas por las que no se aplican las facilidades a que se refiere la presente resolución y hasta por el monto de dicha diferencia.

Concepto de facilidad Condición de pago
Deducción por facilidades Efectuar pago anual de ISR sobre el monto deducido al 16%.
Estímulo de cuotas carreteras Acreditamiento del 50% contra pagos provisionales del ISR.

Recomendaciones para el cumplimiento fiscal

La Resolución de Facilidades Administrativas puede modificarse cada año. Recomendamos que conserves todos los comprobantes de pago efectuados para cualquier duda o aclaración del SAT y que también presentes todas tus declaraciones en tiempo. Facturama, el servicio de facturación que empodera tu operación, emite los tipos de facturas que necesites fácilmente.

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Para aquellos contribuyentes que inicien actividades, podrán aplicar lo previsto en las reglas de estímulos cuando estimen que sus ingresos totales anuales del ejercicio no excederán de los montos específicos señalados en la resolución (como 60 millones de pesos para actividades primarias o 300 millones para autotransporte). Cuando en el ejercicio inicial realicen operaciones por un período menor a doce meses, para determinar el monto citado, dividirán los ingresos obtenidos entre el número de días que comprenda el período y el resultado se multiplicará por 365 días.

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