La actividad empresarial es un proceso cuyos objetivos son comerciales o industriales para el beneficio de cualquier empresa. Por consiguiente, la definición de actividad empresarial se entiende como el desarrollo de cualquier compañía con el fin de conseguir incrementar sus ganancias y su potencial en un mercado competitivo.
La actividad empresarial es toda aquella acción que una empresa lleva a cabo con la finalidad de producir y comercializar sus bienes o servicios. A través de estos, crea ingresos para la empresa y, por lo tanto, genera un volumen monetario para agrandar sus ganancias. Para lograr este objetivo, todas las funciones que se desempeñen dentro de toda empresa necesitan ser supervisadas por una idónea gestión interna de la empresa y de capital.
La base de la economía moderna está sustentada en una figura llamada empresa: una institución que organiza y gestiona recursos escasos (desde humanos, materiales, hasta los tecnológicos). “Una empresa es el vehículo que permite a una persona o a un grupo transformar ideas en realidades tangibles y útiles para otros”, explica Esmeralda Gómez López, coordinadora académica del Grado en Finanzas y Contabilidad de la Universidad Internacional de La Rioja (UNIR). “Nace del deseo de aportar, de generar impacto, de resolver problemas reales.” Según Ignacio Danvila, profesor titular de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad Complutense de Madrid, una empresa es una unidad económica de producción que combina recursos humanos, materiales, técnicos e intangibles (como el conocimiento o la marca).
Tipos de Actividades Empresariales
Las actividades empresariales se ocupan del desarrollo del negocio y en la organización de la empresa, y son los derivados, entre otros, de las actividades extractivas, mineras, de fabricación, confección, construcción, comercio al por mayor y al por menor, servicios de alimentación, transporte, hostelería, telecomunicaciones, etc.
Actividades de Producción y Comercialización
Las actividades de producción incluyen todas las actividades necesarias para la fabricación de un producto o prestar un servicio. Las actividades de marketing establecen el rendimiento de los productos y servicios de una empresa. Sin clientes para sus productos o servicios, una empresa no puede mantenerse a flote. Por lo tanto, la comercialización es otra actividad empresarial crucial para el desarrollo empresarial.
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Actividades de Marketing
El cliente y el propósito de las actividades empresariales consiste en utilizar los recursos disponibles para conseguir la máxima efectividad y economía de los bienes y servicios que la gente necesita y desea (García, s. f.).
Actividades Financieras
El dinero hace posible el negocio. Las actividades financieras son necesarias para levantar un cimiento para la seguridad de una empresa. Esto se traduce en la garantía de sus operaciones futuras. Las finanzas miden las operaciones para crear pronósticos que predicen la capacidad de una empresa para cumplir con los retos del futuro.
La creación de presupuestos, la asignación de fondos en toda la empresa, la determinación de las inversiones, la protección de los activos, la gestión del crédito y la preparación de informes financieros son actividades financieras.
Distinción entre Actividad Profesional y Empresarial
Hay diversas actividades que pueden ser profesionales o empresariales. A modo de ejemplo, servicios profesionales: si los presta una sola persona aplicando sus conocimientos será profesional. Pero si tiene trabajadores, unos horarios o una estructura en la que llevar a cabo la actividad, estos servicios serán una actividad empresarial. Aunque es complicado diferenciar entre actividad profesional y empresarial, es necesario hacerlo de forma adecuada para así poder ofrecer los impuestos correctamente.
Clasificación de Empresas por su Forma Jurídica y Origen del Capital
A la hora de crear una empresa, es fundamental conocer todas las posibilidades que existen para iniciar por buen camino, de acuerdo a tus necesidades y planes a futuro. Existen muchos tipos de empresas, pero usualmente se utilizan diversos criterios principales para clasificarlas, entre ellos, su forma jurídica y el origen de su capital.
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Formas Jurídicas
El objetivo de dividir a los diferentes tipos de empresas por su forma jurídica es diferenciar la identidad que esta tiene en el ámbito legal, la cual determina cuántos y qué tipos de socios posee, cuál es su capital y qué tipo de realidad tiene cada uno dentro de la empresa.
En España, la Sociedad Limitada (S.L.) es la forma más común por su flexibilidad y protección patrimonial. En países de América Latina, como Colombia o México, ha tomado fuerza la SAS (Sociedad por Acciones Simplificada), que ofrece ventajas en agilidad, simplicidad y rapidez de constitución.
Persona Física
Cuando hablamos del concepto de persona física (también llamada persona natural), se refiere a una sola persona que tiene una existencia real comprobada y que, por tanto, se le otorgan derechos y deberes dentro de la sociedad donde se desenvuelve. En México, los trabajadores autónomos son personas físicas con actividad empresarial o profesional. En España, la figura es el autónomo, al igual que en Argentina. En Perú se habla de trabajadores independientes.
Persona Moral (Sociedades)
El concepto de persona moral hace referencia a la unión de dos o más personas para llevar a cabo una actividad con fines de lucro, pero en este caso tanto las responsabilidades como riesgos deben ser divididos entre los integrantes.
Una persona moral es una entidad jurídica creada por dos o más personas físicas (o incluso otras morales), que adquiere personalidad propia y separada de sus socios. Ejemplos comunes: Sociedad Anónima (S.A.) o Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.).
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A continuación, se presenta un resumen de las formas jurídicas más comunes:
| Forma Jurídica | Descripción Principal | Capital y Responsabilidad |
|---|---|---|
| Persona Física (Autónomo) | Un individuo realiza la actividad empresarial por cuenta propia. | Sin distinción entre patrimonio personal y empresarial. Responsabilidad ilimitada. |
| Sociedad Limitada (S.L.) | Sociedad mercantil donde la responsabilidad de los socios se limita al capital aportado. | Capital social suele ser bajo. Responsabilidad limitada al capital aportado. |
| Sociedad Anónima (S.A.) | Sociedad cuyo capital está dividido en acciones. Se utiliza para empresas de mayor tamaño. | Capital mínimo variable según el país. Responsabilidad limitada de los accionistas al capital aportado. |
| Sociedad Colectiva | Todos los socios tienen participación equitativa en derechos y obligaciones. | Los socios responden con su propio patrimonio ante las obligaciones de la sociedad. Responsabilidad ilimitada. |
| Sociedad Comanditaria | Combina socios colectivos (responsabilidad ilimitada) y socios comanditarios (responsabilidad limitada al capital). | Doble régimen de responsabilidad. |
| Sociedad Cooperativa | Asociación de personas para satisfacer necesidades socioeconómicas comunes. | Capital variable. Las responsabilidades se dividen de forma igualitaria. |
| Sociedad o Asociación Civil | Unión de varias personas físicas para un fin específico, con o sin ánimo de lucro. | Los miembros comparten responsabilidades. |
Origen del Capital
Según la procedencia del capital, las empresas se clasifican en tres tipos: privadas, públicas y mixtas.
- Empresa privada: Estas empresas funcionan con el dinero aportado por accionistas, fundadores o dueños que no forman parte del gobierno del país donde se desenvuelven económicamente.
- Empresa pública: Son aquellas que llevan a cabo sus operaciones comerciales con dinero del gobierno del país donde tienen su centro de operaciones, por lo cual también son conocidas como empresas públicas, ya que son propiedad del Estado.
- Empresa mixta: En caso de que una institución lleve a cabo sus actividades con dinero que proviene tanto del sector público como privado, se considera como una empresa mixta. Generalmente, las empresas que pertenecen a esta categoría están en sectores estratégicos como la energía, la sanidad o construcción.
Los Accionistas en la Actividad Empresarial
Los accionistas son los dueños de las empresas que tienen la forma de sociedad anónima (SA). Son, en esencia, los propietarios de la empresa. Su primera función es aportar el capital para que la sociedad pueda empezar a tener actividad, de ahí que también se les denomine socios capitalistas.
Es importante destacar la diferencia entre "socio" y "accionista". Socios y accionistas son dos términos para referirse a los propietarios de una parte alícuota del capital de una sociedad. Sin embargo, es común utilizar el término socio para referirse a los titulares de participaciones en una sociedad limitada, mientras que el término accionista se reserva a los titulares de acciones en una sociedad anónima.
Derechos y Obligaciones de los Accionistas
Ser titular de acciones de una empresa implica una serie de derechos para los accionistas:
- Derecho a recibir dividendos: Participación en los beneficios de la empresa.
- Derecho de suscripción preferente (DSP): Preferencia para adquirir nuevas acciones en futuras ampliaciones de capital.
- Derecho a la cuota de liquidación: Participación en el remanente patrimonial de la sociedad en caso de liquidación.
En cuanto a las obligaciones, los accionistas, como propietarios, deben decidir sobre cuestiones de relevancia para la sociedad, que están vedadas para el consejo de administración.
Tipos de Accionistas
- Accionistas de referencia: Son los que cuentan con un porcentaje de acciones que les permiten influir en la gestión de la empresa. Controlan, de manera directa o indirecta, la mayoría del capital social y tienen capacidad para designar a los miembros del consejo de administración.
- Accionistas minoritarios: Son aquellos que poseen un porcentaje pequeño de las acciones, por lo que tienen poca capacidad para intervenir en la gestión de la sociedad, salvo que se agrupen entre ellos.
- Accionistas de acción preferente: Son accionistas que únicamente poseen un derecho preferente en el reparto periódico de beneficios.
Regímenes Fiscales para Personas Físicas con Actividad Empresarial (Contexto Mexicano)
Al asesorar a un cliente que busca iniciar un negocio en México, una de las primeras decisiones clave es elegir la figura legal bajo la cual operará: persona física con actividad empresarial o persona moral. El Sistema de Administración Tributaria (SAT) distingue, a grandes rasgos, entre estos dos tipos de contribuyentes. Sin embargo, existe un término que puede generar confusión: el de las personas físicas con actividades empresariales.
Todas las personas que obtienen ingresos por las actividades que realizan tienen la obligación de pagar impuestos. Sus obligaciones fiscales varían de acuerdo con el régimen en el que se encuentren inscritos. Por ello, es importante saber el régimen fiscal que corresponde según las actividades o ingresos.
Persona Física vs. Persona Moral
Conforme a lo estipulado en el Código Fiscal de la Federación (CFF), en el Artículo 1, tanto las personas físicas como las morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos. La ley hace una clara división entre estos dos tipos de régimen.
Todas las personas somos, en esencia, personas físicas en términos fiscales, es decir, aquellas personas que tienen derechos y, por lo tanto, obligaciones. La diferencia está cuando dos o más personas físicas se unen para constituir una organización, ya sea una empresa, una sociedad con fines de lucro, una asociación civil o una fundación. En ese caso, constituyen una persona moral.
Para efectos prácticos, las personas físicas son aquellas que cuentan con un nombre propio. Mientras tanto, a las personas morales se les identifica con una razón social. Una fórmula sencilla para distinguir entre ambos términos es la siguiente:
- Una persona física es un individuo.
- La persona moral es la que se conforma a través de la asociación de varias personas físicas; es decir, de individuos organizados en una agrupación.
Concentrémonos ahora en el caso de las personas físicas. Las personas físicas pueden registrarse en uno de los siguientes regímenes fiscales de acuerdo con las actividades que realicen: Asalariados, Honorarios, Arrendamiento, Actividades Empresariales y Régimen de Incorporación Fiscal. El régimen de persona física con actividad empresarial se considera el Régimen General cuando no se cumplen los requisitos de otro.
¿Qué es una Persona Física con Actividad Empresarial?
Cuando hablamos de persona física con actividad empresarial nos referimos a un régimen fiscal, específicamente a las personas que perciben ingresos al dedicarse al comercio o participar en alguna industria por cuenta propia, sin asociarse con otras personas físicas. Abarca también a contribuyentes que generan ingresos por autotransporte, agricultura, ganadería o pesca.
Por definición, el SAT indica que las personas físicas con actividad empresarial son "aquellas personas físicas que obtienen ingresos por actividades comerciales (restaurantes, cafeterías, escuelas, farmacias, etc.), industriales (minería, textil y calzado, farmacéutica, construcción), enajenación de bienes, de autotransporte, sin importar el monto de los ingresos que perciban. Así como aquellas personas físicas que presten servicios profesionales (médicos, abogados, contadores, dentistas, etc.)". Técnicamente, no importa si quienes tributan en este régimen poseen o no un título profesional.
Ventajas y Desventajas
Las personas que generan ingresos de manera independiente tienen el beneficio de poder administrar sus propios costos de operación y establecer sus propios tiempos para trabajar. Son sus propios jefes y todas las decisiones sobre el negocio dependen de su juicio.
Ventajas
- La toma de decisiones comerciales depende directamente del individuo, al no contar con socios ni otras figuras de autoridad legal.
- Podrá administrar sus propios costos operativos y tiempos de entrega.
- No se debe pagar por la constitución del negocio.
- No se reparten utilidades, todas las ganancias son de una sola persona.
Desventajas
- Debe mantenerse activo de manera constante para generar ingresos, lo que requiere una buena gestión en temporadas bajas.
- Generalmente no cuenta con prestaciones sociales.
- Debe encargarse de sus propios gastos médicos, en vez de hacerlo a través del seguro social mexicano (IMSS).
- No cotiza en el Infonavit.
- Es el único responsable legal ante cualquier problemática que pueda presentarse.
Obligaciones Fiscales
Los contribuyentes dados de alta bajo el régimen fiscal de persona física con actividad empresarial están obligados a cumplir con ciertas disposiciones oficiales:
- Inscribirse en el RFC.
- Mantener actualizada su información ante el RFC.
- Llevar su contabilidad.
- Presentar sus Declaraciones Mensuales, Declaración Anual y Declaraciones Informativas.
- Formular su estado de posición financiera y levantar el inventario de existencias al 31 de diciembre de cada año.
- Realizar la retención del ISR cuando pague sueldos o salarios a sus trabajadores, y en su caso, entregarles en efectivo las cantidades que resulten a su favor por concepto de subsidio para el empleo.
- Calcular en la Declaración Anual del impuesto sobre la renta, la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU).
Pueden realizar deducciones para disminuir el pago de impuestos, solicitando factura de sus gastos deducibles. Además, pueden acceder a estímulos fiscales para reducir el pago de ISR y pueden optar entre facturar de forma gratuita a través de la aplicación “Mis Cuentas” del SAT o hacerlo por medio de un proveedor de facturas o un sistema de contabilidad electrónica.
El Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)
Esta categoría fue creada con la Reforma Fiscal de 2013 con el objetivo de combatir la informalidad, facilitando la incorporación de comerciantes y fomentando la creación de pequeñas y medianas empresas (PyME’s). Se trata de una solución para aquellas personas físicas que desempeñan actividades empresariales y perciben ingresos menores a los 2 millones de pesos anuales, así como aquellos contribuyentes que no usan la herramienta “Mis cuentas” del SAT. Cabe mencionar que el RIF se implementó para sustituir el antiguo Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS), así como al Régimen de Intermedios. Contempla actividades y servicios que se pueden ofrecer sin la necesidad de contar con título profesional.
Ventajas del RIF
- Descuento en el Impuesto sobre la Renta (ISR) del 100 por ciento para el primer año.
- Descuentos de entre 90 y 10 por ciento en el pago de impuestos para años subsecuentes.
- Exención del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA), así como el Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS), si los ingresos no logran alcanzar la cifra de 300 mil pesos anuales.
- Declaraciones bimestrales, a diferencia de las mensuales para otras personas físicas.
- No están obligados a expedir facturas electrónicas por montos menores a los $250 pesos, si sus clientes o contratistas no lo solicitan.
Desde el 1 de junio de 2020, las personas físicas que obtienen ingresos mediante plataformas digitales deben tributar dentro del régimen de actividades empresariales, de acuerdo al artículo 111 fracción VI de la ley del ISR, lo que permite en circunstancias particulares tributar tanto en el régimen de personas físicas con actividades empresariales como en el de incorporación fiscal.
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