El SAT permite actualizar y modificar nuestros datos cuando estos hayan cambiado tras el primer registro efectuado en Hacienda. De esta manera, así como podemos efectuar un cambio de domicilio por Internet o personalmente, también podemos modificar nuestro correo electrónico ante al SAT. Es fundamental mantener esta información al día para recibir correctamente las notificaciones del SAT acerca de su situación fiscal y cualquier comunicado que le competa.
Pasos para modificar el correo electrónico
Los pasos son simples, así que si eres uno de los que necesita cambiar el correo electrónico ante el SAT, y dar de alta uno nuevo, sólo tendrás que tener acceso al portal del SAT y elegir la opción correcta. El primer paso es ingresar a la página oficial, donde se tendrán varias opciones sobre consultas y modificaciones de datos personales.
Para realizar el proceso correctamente, siga estas instrucciones:
- Allí nos dirigimos a la opción de “Actualización de Datos”, donde nos desplegará un menú para colocar nuestro RFC y Contraseña.
- También es fundamental tener la Fiel Vigente para hacer el cambio.
- Con hacer esto accederemos a la aplicación que nos permitirá cambiar algunos de nuestros datos de forma simple y rápida.
- Captura el texto de la imagen del código Captcha que aparece en la pantalla y oprime ENVIAR.
Consideraciones legales y normativa
Todo procedimiento administrativo debe apegarse a la Resolución Miscelánea Fiscal, específicamente a la regla 2.2.1. En ciertos trámites relacionados con la actualización de datos y representación, se requiere presentar la documentación oficial vigente del contribuyente y, en su caso, del representante legal, cualquiera de las señaladas en el Apartado I, Definiciones, punto 1.2.
Documentación requerida para casos específicos
En situaciones donde se requiera acreditar la personalidad jurídica, se deberá contar con los siguientes elementos:
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| Documento | Descripción |
|---|---|
| Identificación oficial | Cualquiera de las señaladas en el Apartado I, Definiciones, punto 1.2. |
| Poderes notariales | Cualquiera de los poderes señalados en los numerales 2 y 3 del Apartado I, Definiciones, punto 1.2. |
| Contrato IMMEX | Contrato suscrito con la empresa con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue en lugar del acta o documento constitutivo. |
Es importante recordar que la identidad del representante legal debe validarse mediante la presentación de la identificación oficial vigente, siempre bajo los lineamientos establecidos en el Apartado I, Definiciones, punto 1.2.
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