Casos Impactantes de Acusación de Violación que Sacudieron España y México: Análisis Judicial Esencialpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

A lo largo de diferentes regiones, el sistema judicial enfrenta diversos casos de acusación de violación y agresión sexual, evidenciando tanto desafíos como avances en la procuración de justicia. En Huesca, un caso reciente ha captado la atención.

Caso de agresión sexual a menor en Huesca: Un giro en la investigación

La Policía Nacional ha detenido a un menor de 17 años como presunto autor de una agresión sexual sufrida el pasado mes de noviembre por una niña de nueve en una zona de juegos infantiles de un local de comida rápida en Huesca, según ha podido confirmar RTVE tras la información avanzada por el 'Diario del Alto Aragón'. Este suceso ha marcado un precedente en la investigación de estos delitos.

Descartado el primer sospechoso y nuevas imputaciones

En el inicio de la investigación, se produjo una detención que posteriormente fue descartada. Las investigaciones han permitido descartar la imputación un joven de 18 años que fue detenido inicialmente como responsable de los hechos y que pasó diez días en la prisión de Zuera (Zaragoza) tras prestar declaración en el juzgado de guardia.

Los investigadores consideran la niña pudo verse influida por el miedo a la hora de reconocer al primer detenido en las grabaciones del establecimiento recogidas por la policía a raíz de la denuncia interpuesta por sus padres. Entonces, el juez ordenó el ingreso en prisión de dicho sospechoso como presunto autor de la agresión sexual en el local del centro urbano de Huesca.

Sin embargo, la evidencia posterior condujo a una nueva dirección en el caso. Tras los nuevos datos aportados por la investigación, dicha agresión ha sido imputada a otro menor de 17 años que se encontraba en el lugar de los hechos y que pudo influir en el primer reconocimiento dado por la niña a los agentes. Finalmente, fuentes judiciales han confirmado a EFE que el instructor del caso ha acordado el sobreseimiento provisional del procedimiento abierto contra el primer detenido y el caso ha pasado a disposición de la fiscalía de menores.

Lea también: qué sucede si un funcionario comete fraude fiscal

Sentencias ejemplares en casos de violación agravada: El caso de Rodrigo “N” en Sonora

En otro frente de la justicia, se han logrado sentencias contundentes contra agresores sexuales. Puerto Peñasco.- Una pena histórica de 203 años de prisión logró personal de la FGJE de Sonora contra un individuo, sentenciado por los delitos de violación agravada y abusos deshonestos.

Rodrigo “N”, de 32 años, recibió la sentencia por el Juez Penal gracias a los medios de pruebas presentados por la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora (FGJE). El sujeto se aprovechó de la confianza depositada por los padres de la víctima, de 10 años al momento de los hechos, derivado de los lazos familiares que los unían.

Además de los 203 años 3 meses de cárcel por violación equiparada agravada acumulada en número de 21 y abusos deshonestos agravados reiterados, también deberá pagar 122 mil 854.23 pesos de multa. En 2016, establece la causa penal 28/2018, Rodrigo “N” inició con tocamientos a la niña, quien se quedaba en la casa del individuo, ya que sus padres salían a trabajar.

Declaraciones de la persona menor de edad indican que el sujeto aprovechaba cualquier oportunidad para tocarla, incluso estando otros niños, sus familiares, pero siempre ocultándose. En múltiples ocasiones, refirió la víctima, le pedía lo acompañara a ir por su esposa e hijos en el vehículo, la sentaba de copiloto incurriendo en abusos deshonestos. Los tocamientos fueron subieron de intensidad.

Entre marzo y abril de 2016, estando en el domicilio de Rodrigo, el sentenciado impuso la copula a la niña, después de esta fecha continuaron los tocamientos. La perjudicada nunca dijo nada, ni sus padres notaron nada extraño hasta ese momento. En diciembre de 2016 se mudó de domicilio junto con sus padres a Baja California.

Lea también: ¿Quién es Jack Teixeira y por qué fue arrestado?

En las vacaciones de 2017, los padres la mandaron a Puerto Peñasco, Sonora, a la casa de sus familiares, todo ese tiempo fue agredida sexualmente por Rodrigo “N”, quien aprovechaba las mañanas cuando su esposa se iba al gimnasio. Al regresar a su casa, los padres notaron cambios en la conducta. Estaba de mal humor, por todo se irritaba, distanciada, bajaron sus calificaciones y no quería salir.

Además, descubrieron en su celular mensajes en el que usaba lenguaje sexual no apropiado para una niña, fue entonces que al confrontarla confesó los abusos que sufrió por parte de Rodrigo. La menor fue capaz de identificar un aproximado de 21 violaciones sexuales, muchas de ellas sin exactitud de tiempo y modo como ocurrieron, por la inercia de su mente de querer borrar los recuerdos, por ello se acusó al imputado de los hechos que la menor fue capaz de identificar.

La Fiscalía ofreció al sentenciado el procedimiento abreviado por 65 años de prisión, pero asesorado por su abogado defensor lo rechazó. El 27 de junio fue llevado a juicio oral y se presentaron las pruebas incriminatorias en su contra. Entre ellas el médico que realizó el dictamen ginecológico, la psicóloga que evaluó a la víctima, los padres de la menor y el contundente testimonio de la menor. El juez de juicio dictó fallo condenatorio el 28 de junio pasado. Elementos de la Agencia Ministerial de Investigación Criminal (AMIC) ejecutaron la orden de aprehensión el 10 de septiembre de 2018, se vinculó a proceso y se decretó la prisión preventiva como medida cautelar. El 3 de abril de 2019 se formalizó la acusación. Este caso refrenda el compromiso de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Sonora (FGJES) con la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, así como su firme determinación de combatir la impunidad en casos de violencia sexual.

Proceso revictimizante en denuncias de violación: El caso del magistrado Pedro Rodríguez Chandoquí en CDMX

La lucha por la justicia en casos de violación a menudo se ve obstaculizada por procesos complejos y revictimizantes para las víctimas. La Fiscalía General de Justicia de la CDMX buscará imputar el 29 de mayo al magistrado Pedro Rodríguez Chandoquí por violación. La denunciante, quien teme represalias, relata un proceso revictimizante con cambios de ministerio público y un archivo temporal revertido por amparo.

CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- Cuatro años después de ser denunciado por violación, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) buscará procesar a Pedro Rodríguez Chandoquí, magistrado del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA); la institución ya lo suspendió temporalmente de su cargo. El 29 de mayo próximo la FGJCDMX intentará imputar al magistrado durante una audiencia que se realizará en la Unidad de Gestión número 6 del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX), con sede en el Reclusorio Oriente. Pese a que Rodríguez Chandoquí ya tenía conocimiento de la denuncia e investigación iniciadas en su contra, y que la audiencia estaba originalmente programada desde marzo, de último minuto designó nuevos abogados, lo que le sirvió para conseguir más tiempo argumentando que su defensa no conocía la carpeta y necesitaba estudiarla.

Lea también: La histórica sentencia de la CIDH sobre el caso Paola Guzmán

En entrevista con Proceso Patricia “N”, cuyo nombre fue modificado por motivos de seguridad, afirmó que saber que su agresor será imputado luego de cuatro años de los hechos le genera sentimientos encontrados, teme revivir lo que le ocurrió o de sufrir represalias por denunciar. “Cuando vi que se iba a dar la audiencia de vinculación, yo no me la creía, creo que me dio mucha felicidad, pero al mismo tiempo es volver a confrontar todo esto; a lo mejor ya lo tengo un poco más superado, pero es nuevamente revivir esos fantasmas, tener miedo, cuidarme de alguna manera en mi identidad, en las personas que son cercanas a mí; al final (es) vivir la incertidumbre y la expectativa de que yo no sé qué vaya a pasar y que, ojalá, rogando a Dios que este señor no me vaya a hacer nada o no le vaya a hacer nada a mi familia”, expresa. “Es duro (mi caso) porque la justicia siento que llega más tarde. Me siento como si ya lo hubiera ido trabajando y, de repente, otra vez se abre”.

Patricia fue agredida sexualmente en 2022 y desde entonces ha tenido que enfrentarse a un sistema de procuración de justicia que, por una u otra razón, ha retrasado el inicio del proceso revictimizándola cada vez que tiene que contar nuevamente lo que le ocurrió. En febrero de 2022 Patricia denunció a Pedro Rodríguez Chandoquí, entonces secretario de acuerdos de la Presidencia del TFJA, encabezada por Rafael Anzures. Ella y el ahora magistrado se conocieron en 2019 durante un foro académico organizado por la Facultad de Derecho de la UNAM al que ella acudió como alumna de dicha escuela para obtener información útil para su tesis. En aquel momento Rodríguez Chandoquí era maestro de la Universidad Iberoamericana y participó en el foro de la UNAM como ponente, con el tema del Estado y la corrupción.

Patricia le realizó diversas preguntas sobre el tema como parte de la investigación que realizaba para su tesis, y al finalizar el foro el ponente se le acercó para ofrecerle asesoría académica. “Se acercó en modo amigable y con el paso del tiempo seguimos en contacto, me decía que yo era su amiga, que me admiraba mucho y que inclusive yo me parecía mucho a él cuando sus tiempos de estudiante. Empezamos a salir a comer una o dos veces cada mes o cada tres meses y platicábamos de cómo estábamos, de lo que estábamos haciendo”. Para Patricia todo parecía una relación cordial entre colegas y afirma que en esos años Rodríguez Chandoquí nunca le hizo ningún comentario que le alertara de que tuviera otras intenciones con ella.

En febrero de 2022, cuando él la invitó a comer a su casa, ella aceptó, pues no sospechaba de ningún riesgo e incluso llevó un libro autoría de su agresor para que lo firmara. “En sus mensajes me deseaba que me fuera bien, me decía que pensaba que era una abogada muy preparada y que me iba a apoyar, era más una relación de amistad y en ningún momento me refirió o me hizo algún comentario de tipo sexual ni intentó tener un acercamiento en otro sentido, no conoció a mi familia, aunque sí llegamos a hablar los dos de nuestras familias”, relata.

“Acepté su invitación en el departamento donde él vivía, después de que comimos me ofreció dos caballitos de tequila y en ese momento yo me empecé a sentir como anestesiada y le dije que ya me quería ir a mi casa, fue cuando él trató de besarme a la fuerza y empezamos a forcejear, le dije que yo lo admiraba mucho, pero que yo no podía hacer eso y él me dijo que era un humano y que lo viera como tal, fue cuando me llevó a su cuarto, yo sentí que ya no podía salir de ahí porque tenía miedo y me sentía anestesiada”. Como parte del forcejeo que hubo entre ambos el funcionario federal rompió el cinturón que Patricia llevaba en su vestido, mismo que forma parte de las pruebas que la FGJCDMX tiene en su contra.

Después de agredirla sexualmente Rodríguez Chandoquí ofreció llevarla al Metro más cercano para que pudiera regresar a casa. “Cuando salimos yo le pregunté si ya había hecho algo así con otra persona y me dijo así, como muy natural, que pues él solamente lo hacía con chicas egresadas, no sé si para deslindarse de la responsabilidad por si llegara a pasar algo se aseguraba de que no fueran estudiantes”, comenta Patricia.

Le hablé a una amiga, le conté lo que me había pasado y ella fue por mí al Metro. Al día siguiente me animó a denunciar, llegamos como al mediodía a la Fiscalía y nos hicieron esperar un montón, fácil unas siete horas porque fue hasta las siete de la noche que apenas me estaban tomando la declaración, me llevaron al búnker, me pasaron con la médico legal, ellas me decían que los detalles eran importantes, pero ya era muy tedioso por las horas que llevaba esperando ahí en la fiscalía. Pasadas las 00:00 horas le hicieron una prueba de química sanguínea para ver si había sido drogada. Sin embargo, como pasaron más de 24 horas después de la agresión, sus análisis salieron limpios.

La médico legal que la examinó reportó que no vio rastros de agresión sexual, pese al cinturón roto; dijo que no encontró rastros seminales porque su agresor utilizó condón, pero la perito en psicología determinó que la joven tenía estrés postraumático, por lo que la canalizó al Hospital Psiquiátrico “Fray Bernardino Álvarez” para ser evaluada y recibir terapia. En el hospital Psiquiátrico la primera doctora que atendió a Patricia le prescribió ansiolíticos y otros medicamentos para ayudarla, también ordenó la realización de otras pruebas y la canalizó al Centro de Apoyo a Víctimas. Fiscalía de la CDMX. En sus manos, el caso contra el magistrado Rodríguez Chandoquí.

Sin embargo, cada vez que tiene que acudir al Centro de Apoyo o a sus citas en el Psiquiátrico debe contar nuevamente todo lo que le ocurrió, pues cambian constantemente los médicos que la atienden. “Ha sido revictimizante estar contando la misma historia cada vez que vas al centro porque te vuelven a preguntar qué pasó”, reconoció. Desde su agresión Patricia cortó toda comunicación con Rodríguez Chandoquí, lo eliminó de redes sociales y lo bloqueó, pero él siguió buscándola actuando como si nada hubiera ocurrido. El día de los hechos le envió mensajes preguntándole cómo había llegado a casa y si se encontraba bien, pero ella no le respondió y lo bloqueó. Ahora esos mensajes forman parte de la carpeta de investigación iniciada contra el magistrado.

“La psiquiátra a veces me decía que la actitud de mi agresor era normal de que él pensaba que no había pasado nada porque yo le comenté que él estaba tratando de buscarme pues me mandaba solicitudes de amistad o intentaba mandarme mensajes, pero yo los bloqueaba y ella me decía que era una reacción normal en los depredadores pensar que no hicieron nada”, explica. Además, a veces era extraño ir a mis citas porque la doctora me decía que tenía no sé cuántos trastornos y que me iban a hacer exámenes.

Precedente histórico: La imprescriptibilidad del abuso sexual infantil en México con el caso Sasha Sokol

Un avance significativo en la protección de las víctimas de abuso sexual se ha logrado en la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió, el pasado 25 de junio, negarle un amparo al productor musical Luis de Llano, que había apelado la decisión de un juez de Ciudad de México que lo condenó por daño moral a la actriz y cantante Sasha Sokol. Tras analizar un proyecto de sentencia redactado por el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, la Corte votó por unanimidad negarle el recurso a De Llano, y con esto sentó un precedente jurídico importante para la legislación nacional: los delitos de abuso sexual infantil no prescriben, las víctimas pueden denunciar por la vía civil a sus agresores.

Sokol, de 55 años, demandó a De Llano por la vía civil, por daño moral, por violencia sexual y violación a su vida privada. La razón por la que no denunció penalmente fue justamente por la prescripción del delito, debido al tiempo que había pasado desde lo sucedido. En aquel 2022, la cantante denunció, además, que había sido víctima de abuso sexual infantil ocurrido cuando ella tenía 14 años y su agresor 39 -en 1985, hace ya 40 años-. La cantante asegura que esa relación duró unos cuatro años y fue la que ocasionó, cuando sus padres se enteraron, que ella fuera sacada del grupo Timbiriche, del que De Llano fue productor, y enviada a Estados Unidos. Sin que esto impidiera que ambos mantuvieran el contacto.

En su demanda civil, Sokol solicitó que los tribunales declarasen que existieron conductas ilícitas por parte de De Llano “que causaron daño moral en diversos aspectos” a la víctima. Después, en mayo de 2023, un juez de Ciudad de México condenó al productor por daño moral, fallo que fue apelado por De Llano, y en octubre de 2024, debido a la relevancia del caso, la Corte atrajo el proceso y, tras analizar el proyecto redactado por el ministro Pardo Rebolledo, ratificó la sentencia anterior y negó el recurso, condenando al productor a pagar una reparación del daño y a disculparse públicamente en los mismos medios donde hizo declaraciones revictimizantes. Le prohíben, además, hablar públicamente de Sokol y tomar un curso obligatorio sobre prevención de abuso sexual con énfasis en relaciones de poder con menores.

Un nuevo panorama para las víctimas

La decisión de la Corte, cuyo criterio no es todavía obligatorio, es orientador para que todos los juzgados del país lo tomen en cuenta y su importancia radica en que reconoce características propias de las víctimas de abuso sexual infantil, que denuncian o hacen públicos sus casos muchos años después del delito, como ocurrió con Sokol. “(...) Las víctimas no solo deben comprender que son víctimas, sino que deben tomar conciencia del daño sufrido, sobreponerse y tener la fortaleza psicoemocional para revelar dicho abuso, lo cual se conoce como el derecho al tiempo con el que deben contar para comprender, asimilar y verbalizar su experiencia, compartirla y eventualmente, cuando estén en condiciones de hacerlo, poder denunciar a quienes les violentaron. De manera que, incluso el plazo genérico de diez años puede traducirse en una barrera en el acceso a la justicia y, por ende, a recibir una justa indemnización, toda vez que resulta incompatible con la naturaleza de los daños que genera la violencia sexual cometida en contra de personas menores de edad”, concluye la Corte.

La Primera Sala determinó que, en casos de violencia sexual infantil, puede reclamarse reparación del daño civil sin importar el tiempo transcurrido, y que revelar aspectos íntimos sin consentimiento también causa daño moral. En este aspecto, la abogada Marcela Torres, y el juez Carlos Alvarado, analizaron el caso y coincidieron en que esto plantea un mejor panorama para quienes deciden denunciar. “El primer escalón ya lo pueden pasar, porque era el lidiar contra la prescripción”, explica Torres. “El criterio penal relevante fue emitido en 2023 y estableció que en delitos sexuales cometidos contra menores de edad, la prescripción no comienza a correr hasta que la víctima cumple la mayoría de edad y toma conciencia del daño. Esto ha permitido reabrir investigaciones en casos donde parecía que el tiempo ya había vencido. El criterio civil del caso Sokol refuerza la idea de que el daño emocional es persistente y puede ser reparado aún después de muchos años” explica Torres.

La psicóloga Paula Aguilar, especialista en el tratamiento del abuso sexual infantil explica la forma en la que situaciones de violencia sexual se enquistan en el cuerpo y en el cerebro de los niños y la confusión a la que se enfrentan cuando no tienen un sistema de conocimientos y herramientas para tomar mejores decisiones: “No se puede pensar en aquello que se desconoce. Un menor no puede nombrar y mucho menos pensar algo que no conoce”, explica. “El 90% de los abusos son perpetrados por alguien cercano, conocido y de confianza y eso para un menor significa que alguien que tiene una cierta autoridad, una cierta verdad, que tiene una cierta bondad, les está involucrando en algo que no es explícitamente violento y los menores no saben de qué se trata ni tienen capacidad mental ni emocional para comprender la sexualidad adulta. Por supuesto que se vuelve una confusión terrible”, dice Aguilar.

Y ante estas consideraciones, la SCJN también asegura que es revictimizante señalar a las víctimas cuestionándoles el porqué han tomado tanto tiempo para denunciar o hablar sobre sus casos: “Se trata de víctimas de violencia sexual, de hechos que acontecieron cuando eran menores de edad y que causaron secuelas gravísimas en sus mentes que no terminan de desarrollarse o entenderse hasta que pasa el tiempo y cuentan con madurez, redes de apoyo o cualquier situación que les permita comprender lo que sucedió”, dicen.

Los abogados Torres y Arévalo, han explicado que, a diferencia de muchas víctimas, Sokol tiene una prueba que pudo usar a su favor, y es aquel video en el que De Llano confirma haber sostenido una relación cuando él tenía 39 y ella 14. En la mayoría de los casos, cuando las víctimas deciden denunciar, ya no cuentan con pruebas fehacientes que respalden sus testimonios, como dictámenes médicos que comprueben secuelas físicas, o tocamientos. Pero estas nuevas medidas dan la oportunidad de que busquen caminos de reparación del daño, que es, aseguran, lo que muchas piden. Alvarado, añade: “La justicia no solamente se traduce en la prisión, en materia penal se le llaman salidas alternas, por ejemplo un acuerdo reparatorio o una suspensión condicional del proceso, y si de plano no proceden estas soluciones sí tenemos que irnos a juicio, porque lo que muchas veces quieren las víctimas es ese derecho a la verdad”.

Cuando un menor decide denunciar un abuso sexual en un momento en el que este sigue siendo menor de edad, debe de acudir a un ministerio público acompañado siempre de una persona de 18 años o más. Las autoridades están obligadas a proveerles todo el personal y los recursos para facilitar su declaración y están obligados a que un psicólogo o psicóloga le acompañe en todo el proceso. De acuerdo con Torres, para denunciar o demandar, las pruebas pueden incluir cartas, diarios, mensajes, testimonios de testigos cercanos de conductas fuera de lo normal, ya que estos delitos suelen ocurrir en la clandestinidad; fragmentos de entrevistas o publicaciones del agresor (si es una figura pública), testimonios de personas que sabían del hecho, entre otras. “La víctima no está obligada a recordar todo ni a tener pruebas contundentes desde el inicio.

tags: #caso #acusación #violación #Bojorquez #Huesca #información