Impactante Investigación por Soborno Revela Nuevos Escándalos del Expresidente Enrique Peña Nietopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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La Fiscalía General de la República (FGR) abrió una carpeta de investigación al expresidente Enrique Peña Nieto, por presuntamente haber recibido un soborno por 25 millones de dólares a cambio de otorgar “lucrativos contratos” a los empresarios israelíes Avishai Neriah y Uri Ansbacher entre 2012 y 2018 para comercializar el software espía Pegasus, informó el fiscal Alejandro Gertz.

El diario israelí The Marker reveló que, de acuerdo con un arbitraje secreto, los empresarios Avishai Neriah y Uri Ansbacher “invirtieron” de manera conjunta 25 millones de dólares en el expresidente Peña Nieto.

“Nosotros ya abrimos una carpeta, por supuesto, y vamos a reclamar a las autoridades de Israel que esta información que dieron de carácter mediático la podamos incorporar a una carpeta para poder seguir adelante”, dio a conocer Gertz Manero.

Proceso Legal y Cooperación Internacional

Gertz Manero, en la conferencia matutina de Palacio Nacional, dio a conocer que de inmediato la FGR solicitará formalmente al gobierno de Israel, a través del Sistema de Asistencia Jurídica Internacional, la información y las pruebas, con el objetivo de darle la juridicidad necesaria al caso.

El fiscal explicó que la asistencia jurídica internacional permite que la FGR haga esa solicitud y que esa solicitud queda ya a la responsabilidad de ese gobierno para permitir que, en un procedimiento que ellos tienen que aceptar por su soberanía, se ratifiquen esas denuncias y se establezcan con toda precisión, tiempo, lugar, circunstancia y características.

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“Para que esto no quede nada más en como ocurrió en la vez anterior en que no se consolidaron con las pruebas recientes. En este caso no lo vamos a permitir”, dijo Gertz.

De acuerdo con el fiscal, la relación con las autoridades de Israel “no ha sido fácil”, ya que se han “tenido muchos problemas que vienen prácticamente de lo que ocurrió en Ayotzinapa”, por lo que hay casos que llevan varios años detenidos. “Espero que en este caso tengamos una respuesta más rápida”, expresó.

Refirió que, a principios de la administración del gobierno del expresidente Andrés Manuel López Obrador, se presentaron varias denuncias contra Peña Nieto, las cuales no se consolidaron porque no se presentaron las pruebas suficientes. “Esta se aumenta con este nuevo caso en el que sí se dan ya informes específicos claros muy precisos de una relación con empresas que vendieron Pegasus”, añadió.

Otras Acusaciones de Corrupción

La investigación por el caso Pegasus se suma a otras graves acusaciones de corrupción que pesan sobre el expresidente Enrique Peña Nieto.

  • Caso Odebrecht: Emilio Lozoya, exjefe de la empresa estatal energética Pemex, acusó a Peña Nieto de recibir millones de dólares en sobornos. Mr Lozoya fue extraditado de España tras acordar cooperar con los fiscales. Mr Lozoya dijo que Peña Nieto y el exsecretario de Hacienda Luis Videgaray le habían ordenado desviar más de 4 millones de dólares en sobornos de Odebrecht a la campaña presidencial de 2012. En una segunda acusación, Lozoya dijo que, una vez en el poder, Peña Nieto y Videgaray utilizaron una cantidad similar para sobornar a legisladores y asegurar la aprobación de un proyecto de ley crucial de reforma energética en el parlamento. Emilio Lozoya afirmó que podía presentar cuatro testigos, así como videos y otros documentos para respaldar sus acusaciones. El Fiscal General de México, Alejandro Gertz, consideró el testimonio lo suficientemente importante como para iniciar una investigación al respecto.
  • Soborno de "El Chapo" Guzmán: El año pasado, un testigo que testificó en un juicio en Estados Unidos del capo de la droga mexicano Joaquín "El Chapo" Guzmán dijo que Peña Nieto había aceptado un soborno de 100 millones de dólares del mafioso.

El expresidente Peña Nieto, quien estuvo en el cargo de 2012 a 2018, no ha hecho comentarios sobre estas acusaciones específicas, aunque previamente ha rechazado las alegaciones de corrupción en su contra.

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Tabla de Acusaciones

Acusación Principal Monto del Soborno Implicados Origen
Software Pegasus $25 millones Enrique Peña Nieto, Avishai Neriah, Uri Ansbacher Diario The Marker, FGR
Caso Odebrecht $4 millones (mínimo) Enrique Peña Nieto, Luis Videgaray, Emilio Lozoya Testimonio de Emilio Lozoya
"El Chapo" Guzmán $100 millones Enrique Peña Nieto Testimonio en juicio en EE. UU.

El Cohecho como Delito y sus Consecuencias

El cohecho tiende a ser considerado como una de las conductas paradigmáticas de corrupción y constituye un delito de acuerdo con la legislación de cualquier país moderno. En su aspecto central, abarca dos clases de comportamientos:

  • Por un lado, la conducta del funcionario público que recibe algo de valor, o acepta una promesa de recibirlo en el futuro, a cambio de realizar un acto relativo a su función -cohecho pasivo-.
  • Por otro lado, la acción del ciudadano que entrega algo de valor a un funcionario público, o realiza una promesa de entregarlo en el futuro, a cambio de que este lleve a cabo un acto relativo a su función -cohecho activo-.

De esta forma, el cohecho puede representarse como un acuerdo con prestaciones recíprocas. La aceptación y el ofrecimiento de sobornos, cuando tienen lugar en el ámbito de la Administración pública, ocasionan distintos perjuicios a los miembros de la sociedad. Tales consecuencias no se limitan a una eventual afectación del patrimonio estatal ni al posible impacto en el desarrollo de la economía.

El cohecho, principalmente, tiene la capacidad de interferir con el normal ejercicio de las diferentes funciones del Estado, lo que, en ocasiones, puede dar lugar a implicancias severas en el bienestar de los ciudadanos. Así, por ejemplo, los sobornos en el sector policial favorecen el surgimiento y la consolidación de ciertas formas de criminalidad organizada, con el consecuente impacto en la seguridad de las personas. En el ámbito de la contratación pública, el cohecho puede derivar en la construcción de obras de infraestructura de baja calidad.

Desafíos en la Persecución del Cohecho y Propuestas de Solución

El problema que plantea la persecución penal del cohecho se relaciona con la dificultad para alcanzar niveles adecuados de disuasión. La detección y castigo de cualquier delito requiere reunir la evidencia necesaria para alcanzar el estándar de prueba que el sistema jurídico exige para condenar. En este aspecto, el cohecho es un delito especialmente problemático, pues resulta muy difícil de probar.

Esto se debe a que, normalmente, el acuerdo corrupto es conocido únicamente por las partes -es decir, el funcionario sobornado y el sobornador- y, por tanto, la posibilidad de obtener evidencia depende de que alguno de ellos denuncie la operación; sin embargo, por varias razones, es poco probable que ello ocurra.

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  1. En primer lugar, porque como la mayoría de las legislaciones penalizan tanto el ofrecimiento como la aceptación del soborno, si alguna de las partes informa el hecho a las autoridades, enfrenta un potencial castigo.
  2. En segundo lugar, porque ambos sujetos obtienen algo de la transacción.

Para resolver este problema, y alcanzar mayores niveles de disuasión del cohecho, distintos autores defienden la propuesta de que sería conveniente modificar el régimen de responsabilidad penal, con el propósito de incentivar a alguna de las partes a denunciar la operación. De este modo, se pretende en definitiva debilitar la comunidad de intereses que tiene lugar entre el funcionario sobornado y el ciudadano que paga el soborno.

La propuesta más extendida, surgida principalmente a partir de un trabajo de Kaushik Basu, sostiene que los incentivos deben orientarse hacia el lado del sobornador. Si se despenaliza el cohecho activo, entonces, sería en interés del ciudadano que ha pagado el soborno denunciar al funcionario, pues así podría recuperar el dinero entregado. Como este régimen legal asimétrico, que solo penaliza al receptor del soborno, incrementaría sustancialmente la probabilidad de detección y castigo del cohecho pasivo, los funcionarios, conscientes del mayor riesgo que involucra aceptar sobornos, al final sería menos proclives a acceder a esta clase de ofrecimientos.

La aplicación del modelo de Basu, tal como lo concibe este autor, se circunscribe a los sobornos que los ciudadanos deben pagar a los funcionarios para acceder a una prestación a la que tienen derecho; esto es, los casos en los que los agentes del Estado reclaman sobornos para cumplir con su deber -harassment bribes-. Sin embargo, otros autores extienden esta propuesta, aunque con ciertas modificaciones, también a los sobornos que las personas ofrecen a los funcionarios para obtener un beneficio que legalmente no deberían recibir -collusive bribes-.

Si bien no existen reformas legislativas que hayan implementado tal propuesta, diferentes ordenamientos jurídicos prevén la aplicación de una atenuante, e incluso la eximición total de la pena, para los imputados por el delito de cohecho que proporcionan a las autoridades judiciales información que permite el esclarecimiento de los hechos investigados y la determinación de la responsabilidad de los intervinientes. Indudablemente, el instituto del delator premiado se fundamenta en razones de eficiencia probatoria.

Este dispositivo procesal ha sido implementado originariamente en el contexto de la persecución penal del crimen organizado, como delitos de terrorismo o narcotráfico. En las últimas dos décadas, la utilización de la delación premiada como estrategia probatoria se ha extendido también al ámbito de los delitos de corrupción, y del cohecho en particular.

Cabe mencionar la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, la cual, en su artículo 37, insta a los Estados Partes a considerar la posibilidad de establecer una mitigación de la pena o inmunidad judicial para los acusados que presten una cooperación sustancial en la investigación de delitos de corrupción. De acuerdo con el informe de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODOC) sobre el estado de aplicación de la Convención, la mayoría de los Estados Partes han implementado medidas que permiten una atenuación de la pena para los imputados colaboradores, aunque el número de Estados que prevén la posibilidad de conceder inmunidad total resulta significativamente menor.

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