Al ingresar a México a través de la aduana de Nogales, es fundamental conocer los requisitos y regulaciones establecidos por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Estos requisitos varían dependiendo del tipo de mercancía que se importe, el valor de la misma y el medio de transporte utilizado.
Franquicia Aduanal
Una de las facilidades que ofrece la aduana es la franquicia, que permite a los pasajeros ingresar mercancía adicional a su equipaje sin pagar impuestos, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos:
- El valor de la mercancía se acredite con factura o nota de venta.
- El valor no exceda de 500 dólares estadounidenses o su equivalente en moneda nacional o extranjera, si el ingreso es por vía marítima o aérea.
- El valor no exceda de 300 dólares estadounidenses si el ingreso es por vía terrestre.
Durante los periodos vacacionales de Semana Santa, verano y las fiestas de fin de año, los pasajeros de nacionalidad mexicana que ingresen al país por vía terrestre podrán importar mercancía hasta por 500 dólares estadounidenses o su equivalente en moneda nacional o extranjera, siempre y cuando no sean residentes en la franja o región fronteriza.
Documentación para Acreditar la Propiedad del Vehículo
Para acreditar la propiedad de un vehículo, se debe presentar el original y una copia simple de cualquiera de los siguientes documentos:
- Título de propiedad.
- Factura.
Adicionalmente, para acreditar que el vehículo se encuentra importado en forma definitiva a la franja o región fronteriza, se requiere:
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- Original del pedimento de importación definitiva a nombre del interesado o copia certificada expedida por la autoridad aduanera.
- Original del Certificado del Registro Federal de Vehículos, si el vehículo fue importado antes de la abrogación de la Ley del Registro Federal de Vehículos.
En caso de financiamiento, se deberá exhibir el pedimento a nombre del importador original y la carta de crédito o carta factura otorgada por la empresa o institución que esté financiando la compra.
Omisión de Pago de Impuestos
Es importante tener en cuenta que omitir el pago total o parcial de los impuestos al comercio exterior puede acarrear sanciones. Cuando la irregularidad consista únicamente en una omisión de contribuciones y la mercancía no exceda de 3,000 dólares estadounidenses o su equivalente en moneda nacional o extranjera, se aplicará una multa de hasta el 116% del valor comercial de la mercancía.
Documentos Adicionales para Acreditación
Para trámites aduanales, es posible que se requieran documentos que acrediten domicilio, tales como:
- Recibos del impuesto predial, teléfono, luz o agua (con una antigüedad no mayor a tres meses).
- Estado de cuenta de alguna institución del sistema financiero (con una antigüedad no mayor a tres meses).
- Contrato de arrendamiento o subarrendamiento vigente con el último recibo de pago.
- Recibo de pago al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) de las cuotas obrero patronales del mes inmediato anterior.
Impuestos y Aprovechamientos
Al realizar operaciones de comercio exterior, es necesario considerar los diversos impuestos y aprovechamientos que pueden aplicar. Algunos de estos son:
- (IVA) Importación de bienes.
- (IEPS) Alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables; Bebidas alcohólicas; Cerveza; Tabacos labrados; Bebidas refrescantes; Bebidas saborizadas; Alimentos no básicos con alta densidad calórica; Plaguicidas; Combustibles Fósiles; Gasolina; Diésel.
- (ISAN) Impuestos sobre automóviles región y franja fronteriza; Impuesto sobre automóviles por importación.
- (IGI) Impuesto General de Importación.
- (DTA) Derecho de trámite aduanero.
- Cuotas compensatorias.
- Aprovechamiento en el manejo, almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior en recintos fiscalizados.
- Al SAT para mejorar la infraestructura aduanera del país (servicio de prevalidación electrónica de datos).
- Regularización de vehículos usados de procedencia extranjera.
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