Descubre todo sobre el Allanamiento en Materia Fiscal: Definición, Derechos y Marco Legal en Méxicopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El derecho fiscal, también conocido como derecho tributario, es una rama del derecho público que regula la relación entre los ciudadanos y el Estado en cuanto a la recaudación de impuestos, así como los derechos y obligaciones fiscales de las personas y las empresas. Esta rama reúne todas las normas encargadas de regular las relaciones jurídicas entre el Estado, en su calidad de autoridad fiscal, y la población contribuyente. Esto significa que se ocupa de la legislación en materia de recaudación, gestión y control de ingresos públicos.

Los gobiernos necesitan ingresos para poder operar y realizar inversiones en aspectos como educación, salud, impartición de justicia, seguridad y vías de comunicación. No obstante, debe de existir algo que regule los mecanismos de esta obtención de fondos destinados a financiar el gasto público. El derecho fiscal, esencialmente, explora las normas que establecen los tributos que deben pagar los gobernados y repasa todos los aspectos materiales, procedimentales, excepciones, sanciones, disposiciones y protocolos específicos en materia de recaudación recogidas en el ordenamiento jurídico.

Marco Legal y Fundamento Constitucional del Derecho Fiscal en México

El desarrollo y crecimiento de una nación depende en gran parte, del pago de contribuciones de sus ciudadanos. El deber de contribuir al gasto público está establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM). Específicamente, el artículo 31 fracción IV refiere como una obligación de los mexicanos el “contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”. Esta disposición fundamenta el derecho fiscal en el país, ya que se dedica a establecer las normas que determinan los tributos.

Las fuentes del derecho fiscal en México son diversas y son fundamentales para la regulación de las obligaciones tributarias. En materia fiscal es aplicable lo que establece la Constitución, los tratados Internacionales que ha firmado el país; el Código Fiscal de la Federación; la Ley de Coordinación Fiscal, la Ley Aduanera, la Ley de Comercio Exterior, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, la Ley del Impuesto Sobre la Renta, los códigos fiscales de los estados y de los municipios, las leyes de hacienda de las entidades federativas y de los municipios y ciertos reglamentos, decretos y circulares vinculados con la materia, por lo que debe tomarse en cuenta toda esta legislación. Entre estas fuentes se encuentran la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece los principios básicos en materia fiscal; las leyes fiscales, como el Código Fiscal de la Federación y las leyes de impuestos específicos; los reglamentos y decretos que desarrollan y precisan las disposiciones legales; los tratados internacionales en materia fiscal; la jurisprudencia emitida por los tribunales fiscales; y las normas administrativas, incluyendo resoluciones y circulares emitidas por las autoridades fiscales para aclarar y aplicar las leyes tributarias.

Características del Derecho Fiscal

Una vez analizado en qué consiste el derecho fiscal, es importante señalar que esta área tiene ciertas características que la definen:

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  • Forma parte del derecho público y, especialmente, del derecho financiero.
  • Determina los ingresos para cubrir el Presupuesto de Egresos de la Federación, de los Estados y de los Municipios.
  • Cuenta con normas imperativas que no pueden ser pactadas o negociadas.
  • Está basado en una obligación, no hay posibilidad de no acatar las normas.
  • Vigila el cumplimiento de las obligaciones fiscales a cargo de los contribuyentes.
  • En México debe cumplir con los principios básicos de equidad, proporcionalidad y legalidad tributaria.
  • Si los contribuyentes no cumplen con sus obligaciones tributarias, establece sanciones y multas.

Ramas del Derecho Fiscal

El derecho fiscal está conformado por diferentes ramas que, aunque a veces difíciles de separar por formar parte del mismo marco jurídico, tienen enfoques específicos:

  • Derecho fiscal material: Se dedica a revisar, estudiar y aplicar la normativa jurídica en la que está basada la disciplina tributaria. Es la parte que se dedica a definir conceptos como contribución, obligación de pago y excepciones, e investiga cómo nace una obligación tributaria y cómo se extingue, sus fuentes y sus causas.
  • Derecho fiscal formal: Es la aplicación de las normas a casos determinados. Se ocupa de los pasos que se deben seguir para que un sujeto realice su contribución, la determinación de los tributos, la fiscalización y las investigaciones necesarias para detectar a evasores de impuestos.
  • Derecho constitucional tributario: Está interesado en las normas que disciplinan la tributación. Asimismo, se ocupa de la coordinación y la delimitación de la tributación entre los tres órdenes del gobierno: federal, estatal y municipal.
  • Derecho procesal fiscal: Recoge la regulación de las controversias que pueden aparecer entre el fisco y los contribuyentes. Es la rama a la que se acude para casos como la determinación de una obligación tributaria y su monto, la aplicación de sanciones y los procedimientos que alguien debe seguir para solicitar al fisco la devolución de cantidades indebidamente pagadas, entre otros.
  • Derecho penal tributario: Regula todo lo que tiene que ver con infracciones tributarias y las sanciones aplicables a cada caso.
  • Derecho fiscal internacional: Analiza la normativa aplicable cuando dos o más soberanías entran en contacto. Su finalidad es evitar problemas de doble imposición y la evasión internacional de impuestos a través de paraísos fiscales y otros métodos.

El Allanamiento en Materia Fiscal: Definición y Alcance

En el contexto tributario, el término allanamiento se refiere a la aceptación y pago voluntario, por parte del sujeto pasivo auditado, de las objeciones efectuadas por la Administración Tributaria en un procedimiento de fiscalización y determinación. Es importante destacar que, en el Código Orgánico Tributario vigente, la palabra "allanamiento" fue sustituida por “aceptación”, aunque la Sala Político Administrativo aún sigue utilizando el término.

El allanamiento también puede entenderse como un modo de terminación anormal de los procedimientos jurisdiccionales contables, que ocurre cuando el presunto responsable o sus herederos, que han sido demandados, aceptan las pretensiones de los demandantes e ingresan el importe total de las responsabilidades contables pedidas. De lograrse una solución satisfactoria o el allanamiento del o de los responsables, la Comisión Nacional lo hará constatar. La confesión de los hechos de la demanda o el allanamiento, deberán ser ratificados ante la presencia judicial.

Es crucial entender que la admisión y el allanamiento no siempre son vinculatorios en todos los casos. Asimismo, hay que considerar que el pago de las contribuciones respectivas y el allanamiento a la irregularidad detectada NO llevan implícito que el contribuyente se conformara con el crédito, y mucho menos que esté impedido a controvertirlo.

Propósito del Derecho Fiscal y la Defensa del Contribuyente

Aunque es esencial que los gobiernos cuenten con mecanismos de recaudación, las contribuciones deben de ser proporcionales y equitativas. La federación y particularmente el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de México, así como los gobiernos estatales y municipales, necesitan acudir al derecho fiscal para verificar cuáles son los límites, procedimientos y sanciones que pueden aplicar al momento de tributar. Por su parte, tanto las personas físicas como las morales necesitan de este derecho para asegurarse de que sus actuaciones cumplen con el Código Fiscal de la Federación y demás normativas vigentes en materia fiscal. Además, se puede dar el caso de que se les impongan cargos o sanciones de forma errónea, por lo que esto puede derivar en procedimientos judiciales.

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Este artículo aborda el tema de la defensa fiscal del contribuyente con el objetivo de describir las herramientas contenidas en leyes ordinarias, cuyo propósito es brindar a los ciudadanos el acceso expedito y total a la solución de controversias originadas en su interacción con las autoridades fiscales. Según Islas, el término “defensa” se refiere a la acción de una persona para protegerse ante las agresiones de otro particular, o bien, de un ente superior. Tratándose de la defensa fiscal, es lógico pensar que está involucrado el Estado en la agresión a un particular, por lo que el estado de derecho de esta persona ha sido vulnerado y le corresponde entonces desvirtuar el acto emitido por la autoridad fiscal.

La falta de conocimiento sobre las opciones de defensa fiscal ante procedimientos erróneos o arbitrarios por parte de la autoridad, trae como consecuencia que el contribuyente no se defienda cuando dichas autoridades fiscales se apartan de las normas jurídicas afectando el patrimonio o, en el peor de los casos, la libertad del contribuyente.

Mecanismos de Defensa Fiscal

Con el fin de coadyuvar en la regulación de la relación entre el fisco y el contribuyente, el 23 de junio de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente (LFDC). Esta ley tiene como propósito primordial reconocer y enunciar de manera clara y precisa los principales derechos a los que un contribuyente tiene acceso, para de esta forma, dar certeza y seguridad jurídica a la relación tributaria. En dicha ley se menciona la necesidad de que el contribuyente conozca la identidad de las autoridades fiscales, el derecho a formular alegatos, defenderse mediante la presentación de pruebas y ser escuchado previo a la emisión de una resolución donde se determine un crédito fiscal. La CPEUM en su artículo 17 establece que nadie puede ejercer justicia por su propia mano, ni ejercer violencia en reclamo de algún derecho, y el artículo 23 de la LFDC dispone el derecho de acceso a la justicia fiscal. Esto significa que los contribuyentes tienen derecho al ejercicio y defensa de sus derechos y obligaciones tributarias, a través de los medios proporcionados por el Estado.

La defensa fiscal se puede intentar en primera instancia ante la propia autoridad que emitió el acto que se está impugnando. Es decir, los contribuyentes pueden impugnar los actos y resoluciones de las autoridades fiscales que vulneren sus derechos ante la propia autoridad fiscal. Cuando se habla de defensa administrativa de los contribuyentes, se hace referencia a los recursos administrativos contra resoluciones definitivas dictadas por autoridades fiscales federales. Estas resoluciones pueden ser:

  • Aquellas que determinen contribuciones, accesorios y aprovechamientos.
  • Aquellas que nieguen la devolución de cantidades que proceda conforme a la ley.
  • Aquellas dictadas por las autoridades aduaneras.
  • Aquellas que causen agravio al particular en materia fiscal.

Asimismo, se pueden impugnar actos de autoridades fiscales que exijan el pago de créditos fiscales, cuando se alegue que estos se han extinguido o que su monto real es inferior al exigido, o los que se dicten en el procedimiento administrativo de ejecución.

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Recurso de Revocación

El contribuyente tiene un plazo de 30 días hábiles siguientes a aquel en que haya surtido efectos la notificación de la resolución definitiva emitida por la autoridad fiscal para interponer el recurso de revocación. Para Islas, lo interesante de interponer el recurso de revocación antes de acudir a juicio de nulidad es en los casos en que el tiempo para impugnar está a punto de vencer y no es posible hacer un análisis completo del caso, sin embargo, con la formulación de uno o dos agravios el recurso puede ser procedente.

Recurso de Inconformidad

El Recurso de Inconformidad ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) procede contra los créditos fiscales por concepto de cuotas obrero-patronales, capitales constitutivos, actualizaciones, recargos y multas, entre otros. El término para su interposición es de 30 días para trabajadores y beneficiarios y de 15 días para los patrones, que se computan a partir del día siguiente en que surta efectos la notificación del acto respectivo.

Recurso de Revocación en Materia Aduanera

Según lo establecido en el artículo 95 de la Ley de Comercio Exterior (LCE), se trata de un instrumento de defensa que tiene como propósito que la autoridad fiscal aduanera valore sus resoluciones para determinar si fueron emitidas conforme a derecho, pudiendo revocar, modificar o confirmar la resolución donde se determinan cuotas compensatorias a la importación de mercancías. El plazo para interponer el recurso es de 30 días siguientes a aquel en que haya surtido efectos la notificación de la resolución definitiva.

Juicio de Nulidad y Juicio de Amparo

Tratándose de este tipo de defensa, quien interviene ejerciendo una función jurisdiccional es un tercero, que se encarga de dirimir las controversias entre la autoridad fiscal y el contribuyente. Según la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), la función jurisdiccional se entiende como la función del poder público que decide sobre cuestiones jurídicas controvertidas, mediante pronunciamientos (de un tercero) con fuerza de verdad definitiva. El plazo para promover el Juicio de Nulidad en la vía ordinaria es dentro de 30 días siguientes a aquel en que haya surtido efectos la notificación de la resolución impugnada.

El Juicio de Amparo es un medio jurisdiccional de control constitucional por el que una persona acude ante un órgano judicial para reclamar un acto de un órgano del Estado o una ley, cuando siente que vulneran sus derechos fundamentales, en este caso, como contribuyente. Existen dos tipos de Amparo: Directo e Indirecto. El Amparo Directo procede contra sentencias definitivas y resoluciones respecto de las cuales no se permite ningún recurso ordinario. El Amparo Indirecto procede contra leyes federales, tratados internacionales, actos u omisiones de autoridades distintas de los tribunales judiciales, administrativos o del trabajo, entre otros.

Estadísticas de Juicios Fiscales

Según Rodríguez, durante el ejercicio fiscal 2018, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) presentó contra grandes contribuyentes 290 juicios fiscales con sentencia definitiva por 11 mil 457 millones de pesos. Los resultados de estos juicios se desglosan en la siguiente tabla:

Resultado del Juicio Número de Juicios Porcentaje de Juicios Monto (millones de MXN) Porcentaje del Monto
Juicios presentados por SAT 290 100% 11,457 100%
SAT Ganó 190 65.5% 7,301.8 64%
SAT Perdió 100 34.5% 4,155.2 36%

Tomando como base la misma información se observa que, con la revisión de los expedientes físicos de los 100 juicios perdidos, se identificó que entre las causas por las cuales se obtuvo un resultado desfavorable para el SAT en 2018 hubo diversas irregularidades o fallas en el sustento de sus pretensiones.

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