Descubre Cómo Obtener el Subsidio al Empleo y Registrar Fácilmente en el Anexo 20 de la Nómina Digitalpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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¿Alguna vez has mirado tu recibo de nómina y te has preguntado cómo se equilibra realmente lo que ganas frente a lo que pagas de impuestos? El subsidio al empleo es un apoyo fiscal dirigido a trabajadores asalariados pero que tienen ingresos bajos.

Lo anterior, con fundamento en el artículo segundo y otras disposiciones fiscales, donde se define cómo se otorga el subsidio a trabajadores con menores ingresos mensuales, sin que este pueda exceder el monto mensual máximo permitido. Aunque muchas veces pasa desapercibido en el recibo de nómina, el subsidio al empleo puede marcar una diferencia real en lo que recibes cada quincena o mes. Este esquema sigue manteniendo la lógica aplicada en años recientes, pero con ajustes ligados al valor actualizado de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Cálculo del Subsidio al Empleo

Algo que seguramente debes preguntarte es ¿cómo se hace este cálculo del subsidio al empleo 2026? Pues bien, depende del tipo de periodo de pago y de los ingresos percibidos por el trabajador.

Veamos, cuando los pagos por salarios sean por periodos menores a un mes, el monto se obtiene al dividir el subsidio mensual entre 30.4 y posteriormente se multiplicará por el número de días al que corresponda el periodo. Hoy en día, este esquema ha sido simplificado. El subsidio al empleo está directamente vinculado a los incrementos del salario mínimo. Los ajustes que siguen impactando el subsidio al empleo en 2026 vienen desde reformas recientes y son cambios consecuentes de nuevas reglas de aplicación, vigencia y cálculo del subsidio.

Registro del Subsidio para el Empleo en el CFDI de Nómina (Anexo 20)

En los recibos de nómina se debe plasmar, cuando así corresponda, el subsidio para el empleo causado conforme a la tabla del subsidio para el empleo publicada en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

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Es necesario recordar que el antecedente de este procedimiento surge desde agosto de 2018 cuando se incluyó en la Guía de llenado del CFDI de Nómina el Apéndice 5 “Procedimiento para el registro de Subsidio para el empleo causado, cuando no se entregó en efectivo” que buscaba subsanar la problemática que se presentaba en los casos cuando el SE era menor al ISR causado ya que aún cuando se disminuye de dicho impuesto, el importe correspondiente no se incluía en el CFDI, lo que ocasionaba diferencias en el cálculo anual del trabajador. En la guía de llenado se contempla un “Apéndice 5” denominado: Procedimiento para el registro de Subsidio para el empleo causado, cuando no se entregó en efectivo.

Fechas Clave para la Aplicación del Apéndice 5

  • Quienes opten por poner en práctica las indicaciones contenidas en el Apéndice 5, antes del 1 de enero de 2019, deberán aplicar dicho criterio en la emisión de comprobantes por cada trabajador, durante todo el ejercicio 2018.
  • El Apéndice 5 de esta guía, será de aplicación obligatoria a partir del 1 de enero de 2019. No obstante, lo señalado, a partir de la fecha de publicación en el Portal de Internet del SAT de esta guía su utilización es optativa, en tanto no inicie su uso obligatorio.

Vale la pena señalar que en relación con lo anterior, en diciembre de 2019 la autoridad fiscal llevó a cabo una actualización al estándar del Complemento de nómina “Recibo de nómina versión 1.2 revisión B”. Es importante destacar que, Patrón: A partir del 1 de abril de 2017, la única versión válida para emitir recibos de nómina a tus trabajadores, es la 1.2. del complemento de nómina.

Especificaciones para el Llenado del CFDI de Nómina

Es importante resaltar que para el cálculo anual del trabajador se requiere contar con el total del subsidio para el empleo que le correspondió en el ejercicio conforme a la tabla correspondiente, por ello cuando no se entregó subsidio en efectivo al trabajador es necesario realizar lo siguiente:

  1. Campo TipoOtroPago: se ingresará la clave “002” (Subsidio para el empleo efectivamente entregado al trabajador).
  2. Campo Concepto: se ingresará la siguiente descripción: Subsidio para el empleo (efectivamente entregado al trabajador).
  3. Campo Importe: se capturará lo siguiente: 0.01, el ingreso de este valor servirá para habilitar la sección de SubsidioAlEmpleo.

Validaciones y Requisitos del Sistema

No se permitirá incluir el subsidio para el empleo en recibos de nómina cuyos conceptos sean diferentes a sueldos y salarios y asimilados a salarios señalados en la fracción I del artículo 94 de LISR (Régimen de contratación “02”). Asimismo, se validará que el monto de subsidio para el empleo reportado en el recibo de nómina no sea mayor a los montos establecidos en las disposiciones fiscales.

Cuando eso pasa, el cálculo deberá identificar correctamente el empleo correspondiente a dicho pago y el periodo al que corresponda, evitando errores en el cumplimiento de la obligación que se tenga con el SAT por parte de los patrones. Un error en el sistema de nómina, en las retenciones o en el cálculo del ISR puede generar diferencias importantes. Solución para la emisión y timbrado de recibos de nómina de los colaboradores de su empresa. Aspel NOI 9.0 se encuentren listo con los cambios, adecuaciones y validaciones correspondientes para iniciar este 1º.

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