Descubre tus Derechos Laborales y Cómo Garantizar el Pago del Sueldo Durante el Embarazopost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

El embarazo es un momento muy especial en tu vida y necesitas sentirte segura y confiada en todos los ámbitos de tu vida, incluido el trabajo. Por suerte, existen unas leyes especiales para proteger a la embarazada en el trabajo. En el mundo actual, la participación de las mujeres en el ámbito laboral es cada vez más notable. Sin embargo, este avance no está exento de desafíos, especialmente cuando se trata de la maternidad. La protección laboral de las mujeres embarazadas es un tema de gran importancia, tanto desde una perspectiva ética como legal.

¿Quién paga el sueldo durante la licencia de maternidad?

Si eres una mujer que trabaja y estás embarazada, esta información te ayudará a conocer uno de tus derechos laborales más importantes: la incapacidad por maternidad. El pago de la licencia de maternidad es responsabilidad del IMSS. Durante el período de disfrute de la licencia de maternidad, el IMSS se encarga de pagar un subsidio equivalente al 100% del salario base de cotización de la trabajadora. Este subsidio cubre tanto las 6 semanas previas al parto como las 6 semanas posteriores. Si es por parte del ISSSTE, la incapacidad por maternidad se otorga con goce de sueldo; es decir, tendrás derecho a obtener el pago de los 3 meses correspondientes a tu licencia a través de esta institución.

Derechos fundamentales durante la gestación

  • Comunicación del embarazo: La ley no dice nada sobre cuándo hay que comunicar el embarazo. Es voluntario y la trabajadora embarazada lo puede comunicar cuando lo desee.
  • Adaptación del puesto: Si tu puesto de trabajo puede suponer un riesgo para tu embarazo (trabajas con sustancias químicas o en trabajos que supongan mucho esfuerzo) puedes solicitar una adaptación de tu puesto de trabajo o que te reubiquen en otro.
  • Protección contra el despido: El despido en el embarazo se considera nulo. Solo podría ser un despido procedente si la empresa puede demostrar causas justificadas y sin relación con el embarazo.
  • Periodo de descanso: Se tiene derecho a un descanso de seis semanas antes y seis semanas posteriores al parto, lo que da un total de 12 semanas o 3 meses.

Procedimiento para acceder a las prestaciones

Para tener derecho a esta licencia, la trabajadora tendrá que realizar el trámite de Solicitud de Incapacidad por Maternidad. La trabajadora deberá acudir a su Unidad de Medicina Familiar del IMSS para ser valorada y que se certifique su embarazo. Ahí se te asignará un médico, el cual te extenderá un certificado único de incapacidad en donde se especifica que estás embarazada, cuántas semanas tienes de embarazo e indicará una fecha estimada probable de parto.

Tabla de beneficios y prestaciones por maternidad

Prestación Detalle
Descanso obligatorio 12 semanas (6 preparto y 6 posparto)
Subsidio económico 100% del salario base de cotización
Permiso de lactancia Una hora diaria (dividida en dos sesiones)
Transferencia de semanas Posibilidad de mover semanas preparto al posparto

Lactancia y cuidados posteriores

Al reincorporarte en tus labores, contarás con un permiso de lactancia de una hora (que puedes dividir en dos sesiones de media hora) para favorecer la lactancia, ya sea que amamantes a tu pequeño al momento o que utilices ese lapso para la extracción manual de leche. Las trabajadoras a tiempo parcial tendrán acceso a los mismos períodos de lactancia que una trabajadora a tiempo completo. Asimismo, las colaboradoras no deben permanecer mucho tiempo en pie, para reducir las posibilidades de que tengan algún tipo de problema psíquico o nervioso.

Lea también: Guía Trámites RFC

Lea también: ¿Quién debe declarar ante el SAT?

Lea también: ¿Cómo realizar una aclaración ante el SAT?

tags: #quien #paga #el #sueldo #de #una