Introducción al Municipio y su Hacienda
En México todos vivimos en un municipio y sabemos que la contribución económica de sus pobladores permite tener servicios para beneficio de todos. El municipio tiene su historia. Es interesante comprender cómo a lo largo de los siglos, la Hacienda municipal se formó y creó mecanismos de articulación política de gobierno que va desde la centralización pasando por la descentralización y sus grados de autonomía. Cuando pensamos en economía, una de las primeras cosas que viene a nuestra mente son los impuestos. Estos pagos permiten al Estado financiar los servicios públicos, como la construcción de infraestructura, educación, salud y seguridad. Entender para qué sirven los impuestos es esencial.
Orígenes de la Fiscalidad Municipal en México
La formación de la Hacienda municipal en México ha sido objeto de estudio a lo largo de los siglos. Sobre ello escribe Sergio A. y continúa el escrito “¿Bienes de comunidad o propios municipales? El financiamiento de los ayuntamientos mexicanos durante el primer liberalismo: 1820-1823, de Luis J. También es relevante la obra "La fiscalidad del municipio: instituciones, impuestos y jurisdicciones en México, siglos XVIII-XX", coordinado por Yovana Celaya Nández y Ana María Parrilla Albuerne, coeditado por la Universidad de Ciencias y Artes de Chiapas y la Editorial de la Universidad Veracruzana, 283 páginas, 2021.
En el transcurso del siglo XIX mexicano, un objetivo de distintos proyectos políticos fue cambiar la fiscalidad de herencia hispánica, objetivo que se expresó en distintos programas de gobierno y que participaba en el debate de una fiscalidad que privilegiaba los impuestos directos como fuente de financiamiento de los estados. En este contexto, federalistas, centralistas y monárquicos aspiraron a construir una Hacienda pública que cumpliera con algunos de los principios señalados por Adam Smith y reiterados más tarde por David Ricardo: legitimidad, satisfacer bienes públicos y preservar el principio de justicia en la fiscalización a los ciudadanos.
Sin embargo, la inestabilidad política, los conflictos internacionales y la continuidad de un sistema corporativo generó una Hacienda pública sujeta a las necesidades del gasto militar, a disposición del préstamo, al conflicto entre competencias fiscales de estados y federación y a la mayor o menor disponibilidad de las elites para financiar al Estado. En este contexto, la Constitución de 1857 y el proyecto político, económico y social que se configura después de 1870 historiográficamente se ha identificado como un proceso de cambio en el que la construcción de la Hacienda se buscará sostener en la legitimidad, igualdad en la fiscalización a los causantes, definición de un gasto en función de bienes públicos y, por último, que los impuestos dejaran de ser una penuria sin fin.
Ciudadanía, Vecindad y Obligaciones Fiscales
Desde la dimensión política, la ciudadanía en su definición y sus prácticas políticas ha sido ampliamente abordada por la historiografía. Para entender el horizonte cultural y político de la ciudadanía en el siglo XIX debe reconocerse su matriz liberal y constitucional gaditana que estableció la igualdad de los españoles y la soberanía de la nación compuesta por esos ciudadanos. Sin embargo, en la Constitución de Cádiz hubo una ciudadanía marginada del voto y, por lo tanto, limitada en sus derechos políticos, lo que significó una distinción entre quienes sólo gozaban de los derechos civiles de igualdad ante la ley (mujeres, niños y castas) y aquellos que también los tenían políticos.
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La primera Constitución federal de 1824 aspiró a romper con las limitaciones gaditanas y concedió derechos políticos a todos los habitantes, aunque mantuvo el principio de elección indirecta. Si bien hubo un beneficio en la extensión al voto, la Constitución de 1824 no consagró expresamente los derechos ciudadanos, aunque sí lo hicieron algunas constituciones estatales que garantizaron la igualdad, seguridad, libertad de imprenta y propiedad. Sin embargo, se mantuvieron los privilegios para los estamentos eclesiástico y militar. Desde 1830, en el debate público se buscaron distintos recursos para limitar la participación de una ciudadanía cada vez más numerosa en las elecciones populares, el padrón electoral, y la formación de boletas para presentarse a la elección fueron los primeros esfuerzos para el control de los votantes.
En 1836 es cuando se establece la ciudadanía restrictiva para aquellos que carecían de una renta menor a 100 pesos, ya sea en capital fijo, mobiliario, industria o trabajo personal. No obstante, la ciudadanía restrictiva no exentaba del pago de las contribuciones; por ejemplo, los trabajadores domésticos y los indígenas pagaban impuestos, pero no podían ejercer el voto. En las elecciones de 1843 se facultó el carácter de votantes a los ciudadanos que estuvieran al corriente de sus obligaciones fiscales, al menos en los dos años inmediatos a la elección. Es significativo, pues, que si bien se podía contar con la categoría de ciudadano; el derecho para votar se obtenía por el cumplimiento en el pago de sus impuestos. Como bien señala Cecilia Noriega (2016), no importaba la propiedad que tuvieran los individuos, sino cuanto aportaban al mantenimiento del Estado.
En su herencia constitucional, los proyectos ejecutados entre 1822 y 1857 se enfrentaron al problema de definir a quién se le otorgaban los derechos políticos y lo convertía en miembro de una comunidad, y un segundo problema fue la ausencia de recursos institucionales, sociales y culturales que hicieran posible la realidad de esa ciudadanía política. Debe reconocerse que estos tipos ideales de ciudadanía establecieron el requisito primordial que para ser ciudadano o elector en cualquier grado se debía ser vecino de su localidad o tener un modo honesto de vivir. Además, la vinculación con la residencia significó una pluralidad de derechos territoriales que confirieron a la vecindad una connotación distinta y particular según cada localidad en el contexto de una sociedad de prácticas corporativas.
Desde la experiencia veracruzana, la Constitución de 1857 definió la ciudadanía acorde a los principios federalistas, por nacimiento y por naturalización. En sus obligaciones estaba contribuir con los gastos públicos, votar en las elecciones, inscribirse en el padrón de su municipalidad, entre otras. Los derechos se suspendían por acusación criminal o por morosidad en el pago a la Hacienda pública o municipal. Las reformas de 1871 incorporaron la distinción de vecindad a la definición de la ciudadanía, pero será el carácter de vecino sobre el que descansaran las obligaciones y derechos. En lo que se refiere a la vecindad se concedía por residencia en el territorio sin distinción de nacionalidad, lo que sin duda proyectaba los nuevos valores que integraban a la ciudadanía.
Después de 1871, la vecindad fue la condición que vinculó a la ciudadanía con una obligación fiscal que se asienta en un territorio. Si un individuo se reconocía como parte de la comunidad entonces tenía la obligación de aportar al sostenimiento de los gastos del Estado en sus tres órdenes de gobierno. La vecindad se obtenía mediante registro en la municipalidad, pero no era el domicilio el que concedía los derechos políticos, estos se obtenían con el cumplimiento de las obligaciones fiscales. La importancia de la vecindad en el ejercicio de los derechos políticos se amplió en las reformas constitucionales de 1873. Se reiteraba que la vecindad se obtenía por la residencia habitual en el territorio y para ello debían registrarse en el padrón municipal que los acreditaba como vecinos; el artículo 16 abundaba en las obligaciones de los vecinos con el pago de las contribuciones a la federación, al estado y al municipio.
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La ciudadanía se obtenía por nacimiento o naturalización y sus cualidades eran la vecindad, alcanzar la edad de 18 años si era casado o 21 si no lo era y, por supuesto, tener un modo honesto de vivir. En los derechos estaba votar y ser votado, reunirse pacíficamente para tratar asuntos públicos y el ejercicio de cualquier negocio, cualidades todas que se asentaban en el territorio veracruzano. Un proceso que contrasta con los parámetros censitarios y fiscales en otras partes del mundo. La importancia de los matices y diferencias locales debe hacerse a la luz de lo que Marcello Carmagnani (1994) definió como la existencia de procesos de continuidad en la relación entre vecino y ciudadanía como detentadores de una soberanía que, si bien presenta rasgos liberales, también se reconoce con prácticas coloniales.
Esta tensión resultó en la existencia de la dualidad de una ciudadanía (Ayuntamiento) y autoridad (gobierno) como consecuencia de los procesos de institucionalización de la territorialidad política que se experimenta en el siglo XIX donde la vecindad, articulada al Ayuntamiento, se configura como el elemento fundante de la categoría de ciudadano. Para el autor, la vecindad es un concepto amplio capaz de conjugar elementos económicos y sociales y, a partir de ellos, proyectar los valores de la sociedad de antiguo régimen hacia un nuevo horizonte: la ciudadanía como fundamento de la sociedad política.
En un debate historiográfico de diálogo entre fiscalidad y ciudadanía se inscribe el objetivo de analizar los mecanismos políticos, institucionales y sociales puestos en operación por el estado veracruzano para lograr que sus ciudadanos contribuyeran con el sostenimiento del gasto público. Si bien el conocimiento de la Hacienda pública desde el planteamiento de la reforma, los funcionarios, o la relación entre federación y estados ha permitido ampliar la comprensión de la reforma liberal y de los alcances del nuevo proyecto fiscal que se consolida entre 1880 y 1890, es aún limitada la explicación desde los sujetos a dicha fiscalidad. Interesa explicar qué papel desempeñó la definición de los causantes en el proyecto liberal veracruzano que inició en la gubernatura de Francisco Landero y Cos (1872-1875), se fortalece bajo el gobierno de Luis Mier (1877-1880) y Apolinar Castillo (1880-1883), y se consolida en la gubernatura de Juan de la Luz Enríquez (1884-1892).
El texto parte del supuesto que más allá del discurso de la paz porfiriana y la estabilidad política, el fortalecimiento de la Hacienda pública veracruzana dependió de la construcción de una nueva relación entre un gobierno y sus ciudadanos en torno a un conjunto de gravámenes que alcanzaron legitimidad política y social. Se reconoce que para estudiar la Hacienda pública se debe atender al menos dos niveles en la relación entre fisco y causantes. El primer nivel es cómo y por qué los ciudadanos pagaron los impuestos definidos en la reforma fiscal que inició en 1870 y se consolida en 1886; el segundo nivel es qué significó para los causantes, cómo asumieron el pago de sus obligaciones y qué tipo de relación establecieron con las instituciones que demandaron el impuesto. De este impuesto interesa su vinculación con las obligaciones de los vecinos definidas en la Constitución local de 1873 y que precisamente en ellas descansó buena parte de su éxito y expansión a todos los habitantes masculinos. La propuesta, entonces, es un análisis de la fiscalidad liberal desde los derechos y obligaciones de la ciudadanía que ofrece elementos para repensar los significados y las prácticas ejercidas por los causantes. Para el caso veracruzano, se reconoce la existencia de una comunidad a la que el pago de un impuesto como el personal le otorgó derechos políticos y capacidad de agencia para identificarse y ejercer la ciudadanía. Se hace necesario plantear un diálogo entre ciudadanía y el pago de impuestos que puede ofrecer otras rutas para entender no sólo la práctica de la ciudadanía, sino cómo y por qué los individuos reconocieron sus obligaciones con el fisco.
Definición y Propósito de los Impuestos
¿Qué son los impuestos? Pues en palabras simples, son contribuciones obligatorias que las personas y empresas deben pagar al gobierno mexicano. Los impuestos son tributos obligatorios establecidos por el Estado para personas y empresas, con el propósito de generar ingresos destinados a financiar servicios y fomentar el bienestar social. Estas contribuciones permiten, por ejemplo, mantener y mejorar la educación y la salud pública, así como garantizar la seguridad, el mantenimiento de carreteras y la operatividad de los medios de transporte público. Además de ser una responsabilidad ciudadana, el pago de impuestos está regulado por leyes específicas que determinan los plazos y las cantidades correspondientes. La recaudación de impuestos se destina a satisfacer necesidades colectivas como: educación pública, justicia, seguridad, salud, deportes, infraestructura vial y servicios, así como programas y proyectos para el desarrollo social y económico.
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Clasificación de los Impuestos en México
En México, la clasificación de los impuestos se hace según el ámbito de gobierno que los administra: federales, estatales y municipales. Esta división garantiza que cada nivel de gobierno cuente con recursos para cumplir con las necesidades de la población. La entidad encargada de su regulación es el Servicio de Administración Tributaria (SAT), que se encarga de aplicar la legislación fiscal y asegurar que tanto personas físicas como morales cumplan con sus obligaciones tributarias. Esta clasificación de impuestos se rige por derecho público, siendo obligatorio para todos los mexicanos.
Impuestos Locales y Municipales
Los impuestos locales son los gravámenes fiscales creados por los Congresos locales de cada estado del país para contribuir a los gastos públicos de los municipios en que residen los contribuyentes. Los impuestos municipales son los tributos impuestos por los gobiernos locales a los que se sujetan sus habitantes. Estos ingresos que percibe el Gobierno local mediante la Tesorería o Hacienda Pública Municipal, de forma acorde a la Ley de Ingresos Municipales, se destinan al crecimiento y desarrollo económico del municipio.
Los impuestos municipales suelen estar vinculados a servicios básicos proporcionados por los municipios. Por ejemplo: la recolección de basura, el alumbrado público y el mantenimiento de parques. Sin embargo, pueden existir coincidencias y algunos impuestos ser frecuentemente aplicados, particularmente el impuesto predial. Estas contribuciones son establecidas por los gobiernos locales y aplicables a los habitantes de su jurisdicción, son herramientas legales que facultan a los municipios para recaudar ingresos de aquellos que poseen derechos dentro de su territorio.
Ejemplos de impuestos municipales:
- Impuestos sobre espectáculos públicos
- Impuesto predial
- Impuestos Sobre los Ingresos
- Impuesto Sobre el Patrimonio
- Impuestos Sobre la Producción, el Consumo y las Transacciones
- Impuesto de Adquisición de Inmuebles
El impuesto predial, que grava la propiedad inmobiliaria, es el más relevante en todos los municipios.
Elementos de los Impuestos
Los gravámenes mexicanos se estructuran en base a ciertos elementos que definen cómo se generan los impuestos:
- Sujeto activo: es el ente encargado de recaudar el impuesto, que puede ser el gobierno federal, estatal o municipal.
- Sujeto pasivo: es la persona física o moral (empresa) obligada a pagar el impuesto.
- Objeto: se refiere al hecho o actividad que genera la obligación de pagar el impuesto.
- Base: valor sobre el cual se calcula el impuesto.
- Tasa: porcentaje que se aplica a la base para determinar el monto a pagar. En México, esta varía según el tipo de impuesto. Por ejemplo, el IVA tiene una tasa general del 16%.
- Época de pago: indica cuándo debe cumplirse con la obligación fiscal. En México, los impuestos pueden ser anuales, mensuales o incluso por evento.
Tipos de Impuestos por Naturaleza (Directos e Indirectos)
Además de la clasificación por ámbito de gobierno, los impuestos también se clasifican por su naturaleza: directos e indirectos.
Impuestos Directos
Los impuestos directos se caracterizan por gravar de manera específica la renta, el patrimonio o los ingresos de las personas y empresas. Afectan directamente a los ingresos o el patrimonio de las personas o empresas. Es decir, el contribuyente es quien paga el impuesto de manera directa al gobierno. Se aplican directamente sobre los contribuyentes y reflejan su capacidad económica. Son proporcionales a la capacidad económica, entre más alta sea la renta o el patrimonio, mayor será el gravamen a pagar.
Un ejemplo relevante es el Impuesto Predial, que pertenece a los impuestos municipales y grava la propiedad inmobiliaria, considerando factores como el valor catastral del inmueble. Su recaudación permite financiar servicios locales como alumbrado público, seguridad y mantenimiento de infraestructura.
Impuestos Indirectos
Los impuestos indirectos no se aplican directamente sobre los ingresos o el patrimonio, sino sobre el consumo de bienes y servicios. Este tipo de impuestos son regresivos, puesto que todos los consumidores los pagan por igual, independientemente de su nivel de ingresos. Los impuestos indirectos, en lugar de ser pagados al gobierno, son cobrados por los proveedores de bienes y servicios, quienes luego lo trasladan al consumidor final.
Importancia del Pago de Impuestos
La importancia de los impuestos radica en promover el desarrollo económico y garantizar el funcionamiento adecuado del Estado. Sin ellos, sería imposible sostener los servicios públicos que mejoran la calidad de vida. Al cumplir con esta obligación contribuyes al bienestar colectivo, y evitas problemas fiscales, sanciones, multas o incluso procesos legales. En el sistema económico de cualquier país, los impuestos desempeñan un papel fundamental para garantizar el funcionamiento adecuado del estado. México no es la excepción, y su estructura fiscal se organiza en función de diversos tipos y funciones impositivas que permiten financiar servicios públicos, reducir desigualdades y promover el desarrollo. Los impuestos son las contribuciones obligatorias, ya sea en dinero o especie, que se realizan para apoyar el fortalecimiento de la economía nacional. Estos pagos tienen como finalidad proporcionar al gobierno los recursos necesarios para cumplir con los objetivos establecidos en su planificación. Gracias a las aportaciones de los impuestos, es posible financiar servicios esenciales que benefician a toda la sociedad.
