La necesidad del hombre de organizarse y vivir en sociedad se encuentra en la génesis de los impuestos. En cualquier caso, los impuestos siempre han sido objeto de debate y de polémica. Algunos han provocado más que protestas, pues han traído consigo levantamientos y guerras. Tomemos como ejemplo el aumento de impuestos por parte del gobierno británico a las Trece Colonias en el siglo XVIII.
Ya en la península Helénica surgen las primeras ciudades estado y con ella una de las primeras civilizaciones en cobrar impuestos a sus ciudadanos. Tampoco hay que olvidar que los griegos fueron una de las civilizaciones más destacadas en el comercio. Si bien es cierto que la mayor parte de los ingresos públicos procedían de las aportaciones del patrimonio real, esto no era suficiente para cubrir todos los gastos públicos.
Se demandaban obras públicas, había que sufragar los eventos religiosos, costear la celebración de las fiestas y mantener limpias las calles. Igualmente, en Grecia también surge algo muy similar a lo que hoy en día podría ser Hacienda. Es el caso del Tesoro de Delos, que terminó trasladándose a Atenas. Inicialmente, este Tesoro se ocupaba de conseguir ingresos para financiar un ejército y una armada.
El Estado no solo recaudaba unos ingresos públicos, sino que también ejercía una función de distribución de la riqueza. En este sentido, los ciudadanos más acaudalados, al acudir a ciertos eventos festivos, debían hacer una contribución. La naturaleza de los impuestos se basa en las contrapartidas, es decir, se paga una cantidad determinada al Estado a cambio de recibir una serie de prestaciones públicas.
Sin duda, la administración romana destaca por el importante papel de su Hacienda Pública. Entre los impuestos más destacados de la civilización romana se encuentran los impuestos territoriales, que dependían de la valoración de los bienes inmuebles. También merecen mención los portazgos, que eran tributos que permitían el acceso a determinadas ciudades o los pontazgos, que al abonarlos otorgaban el derecho a pasar por un puente.
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Si hay un fenómeno que caracteriza a la Edad Media, ese es el feudalismo. Fue aquí donde surgieron las Cortes, en las que estaban representadas las distintas ciudades. A través de las Cortes, el pueblo podía oponerse al establecimiento de impuestos. De hecho, los monarcas y las Cortes mantuvieron fuertes disputas y se hizo necesario alcanzar acuerdos. Para hacer posible un consenso, estos acuerdos se plasmaron en documentos escritos que vienen a ser un origen de lo que actualmente conocemos como presupuesto público.
Sin embargo, los impuestos directos parecían limitarse principalmente a impuestos sobre las tierras. Esto hacía de los impuestos directos una fuente de ingresos insuficiente. Para ello se establecieron nuevos impuestos indirectos y se creó el papel timbrado, que se abonaba por los documentos oficiales.
No pagar impuestos en el Antiguo Egipto era algo que podía suponer enfrentarse a torturas o incluso la muerte. Para ello, los egipcios disponían de un nutrido cuerpo de escribas que se encargaba del control del pago de impuestos. Resulta especialmente llamativo que estuviese prohibido reciclar el aceite en el Antiguo Egipto. Y es que el faraón tenía el monopolio del comercio del aceite, por lo que todos los súbditos tenían el deber de adquirir el aceite del monarca. Como anteriormente señalábamos, los impuestos estaban muy presentes en la sociedad romana.
Es curioso que la orina, empleada en actividades de lavandería para blanqueamientos y también para curtir pieles, fuese objeto de tributación. Algo tan banal como llevar barba pasó a ser fuente de ingresos públicos para monarcas como Enrique VIII de Inglaterra y Pedro I de Rusia. La historia no deja de sorprendernos y allá por el año 1696, en Gran Bretaña se implementó un impuesto por superar un determinado número de ventanas. Por tanto, a mayor número de ventanas, mayor era la cantidad de impuestos a pagar.
En vista de aquella situación, fueron muchos los que optaron por tapar ventanas. La pobre ventilación de muchas viviendas británicas fue desastrosa, facilitando la expansión del tifus y el cólera. Ahora bien, la peculiaridad de ciertos impuestos no se limita a un pasado lejano. Para ello basta con echar un vistazo tan solo unos años atrás, cuando ciertos países de la Unión Europea implementaron un impuesto a las flatulencias emitidas por las vacas. Según estudios, el metano que desprenden los gases de las vacas ejerce un efecto muy perjudicial sobre el calentamiento global.
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¿Qué son los impuestos?
Imagina que estás en medio de una fiesta. Hay música, comida y gente de todos los rincones disfrutando. De repente, el organizador del evento se acerca y te pide una pequeña contribución para cubrir los costos. Aunque no lo habías previsto, entiendes que si todos aportaron, el evento puede seguir siendo increíble para todos. De manera similar, los impuestos funcionan como la contribución que todos hacen para que la sociedad funcione de manera eficiente y justa. La historia de los impuestos se remonta a tiempos antiguos. En el Egipto de los faraones, ya se cobraban impuestos sobre las cosechas. Los romanos tenían un sistema impositivo complejo que financiaba el vasto imperio.
Son contribuciones obligatorias que las personas y las empresas deben pagar al gobierno. Estos pagos financian una variedad de servicios públicos y funciones gubernamentales, desde la construcción de infraestructura hasta la educación y la salud. En México, el sistema impositivo está regulado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Los impuestos son la base sobre la que se construye la sociedad moderna.
El contribuir al gasto público es un tema que se remonta desde las antiguas civilizaciones y no solo en México también en el mundo, con la idea principal de que la autoridad recaude mediante tributos el recurso suficiente para poder satisfacer las necesidades colectivas. Cabe mencionar, que las necesidades no siempre han sido las mismas a través de los años, por lo tanto, el impuesto ha tenido que cambiar y evolucionar de forma paralela con la finalidad de satisfacer las mismas buscando el crecimiento y desarrollo económico del país.
Importancia de los Impuestos
- Financiamiento de servicios públicos: los impuestos permiten al gobierno ofrecer servicios como educación, salud, y seguridad.
- Redistribución de recursos: a través de los impuestos, se busca reducir las desigualdades económicas.
- Estabilidad económica: Los impuestos pueden ayudar a controlar la inflación y el crecimiento económico.
Tipos de Impuestos en México
- Impuesto Sobre la Renta (ISR): se basa en los ingresos obtenidos por una persona o empresa.
- Impuesto al Valor Agregado (IVA): se calcula como un porcentaje del precio de venta de bienes y servicios.
- Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS): su cálculo varía según el producto.
Consecuencias de No Pagar Impuestos
Imagina que decides no contribuir a la fiesta. Puede que te pierdas de la diversión, pero si todos hicieran lo mismo, el evento no sería posible. En México, no cumplir con las obligaciones fiscales puede llevar a sanciones y multas.
Al pagar impuestos, no solo estamos contribuyendo al funcionamiento del gobierno, sino también participando en la construcción de una comunidad más equitativa y organizada. Los impuestos son una parte sustancial o más bien la más importante de los ingresos públicos, tal como lo es el Impuesto sobre la renta; por lo cual nos debe de quedar clara y precisa la definición de que son los impuestos, hay que aclarar la diferencia entre los conceptos de ingreso público, contribución e impuesto. Las contribuciones son una parte integrante de los ingresos públicos e incluye aportaciones de particulares, ejemplo de ello, pagos por servicios públicos, de donaciones, multas, etc.
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Los impuestos son recursos que los sujetos pasivos otorgan al Estado para financiar el gasto público; sin embargo, dentro de esta transferencia no se especifica que los recursos regresarán al sujeto en la forma de servicios públicos u otra forma. El maestro Luis Felipe Dorantes, define que son los impuestos, así como también cuáles son sus principales características. “Los impuestos son aquellas prestaciones económicas que el gobernado paga al Estado, sin recibir de forma directa nada a cambio, están destinadas a ocuparse en brindar servicios públicos de forma general a la población. Ejemplos de estos tributos son: Impuesto Sobre la Renta, Impuesto Predial, Impuesto al Valor Agregado, entre otros.
Las características esenciales de los impuestos son:
- Una prestación porque el gobernado da el dinero o bien al Estado sin recibir a cambio ningún bien o servicio público de forma directa.
- El tributo que debe ser la principal fuente de ingresos del Estado, es decir, que debe bastarle con las aportaciones que realizan los gobernados a modo de impuestos para poder hacer frente a las actividades que le son propias y a los servicios públicos que requieren los gobernados.
- Su finalidad es brindar servicios públicos de forma general a los ciudadanos.
- Todos los gobernados debemos pagar impuestos de una forma o de otra, dependiendo de nuestra actividad.
Se debe tener presente que la obligación de contribuir al gasto público es mandato constitucional de todas las personas que se encuentren en territorio nacional, señalado en el Artículo 31 Fracción IV, de la suprema ley. El mandamiento señalado traduce substancialmente en el deber de contribuir, esto es en prestaciones en dinero o especie que fija la ley con carácter general y obligatorio, orientado en la mayoría de los casos al pago de impuestos, sin embargo la obligación de contribuir, entraña no solo el pago de impuestos, sino el de derechos fiscales, recargos y multas, en cuya virtud las modalidades constitucionales de toda contribución a cargo de los mexicanos comprenden a todos estos tipos de prestaciones económicas a favor del Estado.
Del mismo modo, en el Artículo 2 del Código fiscal de la federación menciona, que las contribuciones se clasifican en impuestos, aportaciones de seguridad social, contribuciones de mejoras y derechos. Como ya se mencionó, los impuestos son una fuente vital de recursos económicos para la mayoría de los gobiernos a fin de financiar la infraestructura y servicios esenciales para sus ciudadanos, la política tributaria, desempeñar un papel importante en la redistribución de la riqueza dentro de una economía.
“Los impuestos son prestaciones en dinero, al Estado y demás entidades de Derecho Público, que las mismas reclaman en virtud de su poder coactivo, en forma y cuantía determinadas unilateralmente y sin contraprestación especial con el fin de satisfacer las necesidades colectivas” (Flores, 1946) El sistema tributario de cada país deberá ser una de las fuentes más importantes que los gobiernos tienen para hacerse llegar de recursos, toda vez, que lo que se busca todo el tiempo es que los encargados de gobernar, tengan los capitales suficientes para lograr el desarrollo nacional, siendo esta la razón de ser de los impuestos. Hoy en día existe consenso sobre la debilidad del sistema tributario mexicano, propiciado por la baja recaudación impositiva y la dependencia de los ingresos, principalmente provenientes del petróleo.
Evolución del Impuesto Sobre la Renta
A continuación, se presenta una tabla con las reformas y publicaciones más relevantes de la Ley del Impuesto Sobre la Renta a lo largo de la historia:
| Fecha | Reforma o publicación de la ley del impuesto sobre la renta |
|---|---|
| 1798 | El impuesto sobre la renta se establece en Inglaterra por motivo de los gastos provocados por las guerras napoleónicas. William Pitt, propuso la llamada Aid and Contribution Act, que dio lugar al impuesto conocido con el nombre de la Triple Contribución, impuesto sobre una relación entre consumo y la renta. |
| 1891 | En Alemania, se organizó el impuesto sobre la renta para el estado de Prusia |
| 1913 | En Estados Unidos, fue establecido y se reconoce como antecedentes de la Ley de 1894, que fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia. |
| 1914 | En Francia se sanciona el 26 de diciembre de 1914, una Ley para la Recaudación. |
| 1921 | 20 de Julio, se establece el llamado Impuesto del Centenario. El Ejecutivo de la nación autorizó una disposición mediante la cual estableció una contribución ‘extraordinaria’, pagadera en una sola exhibición y por única vez al erario público. El decreto en cuestión contaba con tres títulos, seis capítulos y 27 artículos, en donde se explicaban las formas en que la contribución extraordinaria debería ser enterada Estaba dirigida a todos los mexicanos -obreros, profesionistas, artistas, empresarios, comerciantes e inversionistas- que percibieran ingresos y ganancias equivalentes, o superiores, a cien pesos mensuales, esto es, se trataba de un impuesto general, de carácter federal y directo sobre los ingresos, un cambio sustantivo a comparación del predominio de los impuestos indirectos que habían funcionado desde los primeros años de vida del México independiente. |
| 1924 | 21 de febrero, se publica la Ley para la Recaudación de los Impuestos establecidos en la Ley de ingresos vigentes sobre sueldos, Salarios, Emolumentos, Honorarios y Utilidades de las Sociedades y Empresas, con su Reglamento. el cual tendría el carácter de contribución federal y de largo plazo, tan largo que a la fecha es el pilar de los impuestos directos del sistema tributario mexicano. |
| 1925 | 18 de marzo, se publica la Ley del impuesto sobre la renta Esta Ley gravaba a los mexicanos domiciliados en la República o fuera de ella. 28 de abril, se publica el Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. |
| 1935 | 18 de febrero, se publica el Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. |
| 1941 | 31 de diciembre, se publica la Ley del Impuesto Sobre la Renta y su reglamento el 29 de diciembre de 194. Gravaba las utilidades, ganancias, rentas, productos, provechos, participaciones y en general todas las percepciones en efectivo. |
| 1953 | 31 de diciembre, se publica la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Gravaba los ingresos provenientes del capital, trabajo o de la combinación de ambos. 30 de enero Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. |
| 1958 | Se agrega una fracción en la Ley del Impuesto sobre la Renta, mencionando a las sociedades extranjeras que se establecieran en México sea cual fuera el país de procedencia los ingresos gravables: las sociedades que tuvieran en la República una agencia, sucursal. La tarifa era progresiva y en enero se subió la cuota del 45% al 50% para sueldos mensuales de $ 70,000.00 o más. |
| 1964 | 30 de diciembre es publicada la Ley del Impuesto Sobre la Renta, sin reglamento, la cual contaba con 89 artículos la nueva Ley vigente. |
| 1974 | 15 de noviembre publicada en el Diario Oficial de la Federación, corrige diversas desviaciones que se han observado en sus deducciones y establece los procedimientos adecuados. |
| 1977 | 30 de septiembre. Se expidió el nuevo Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicado en el “Diario Oficial” de la Federación. Se reforman los artículos 11, 24, 56, 59, 62, 63, 80, 83, 86, 88, 101 y 126, del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta |
| 1980 | 30 de diciembre. Se adiciona un nuevo régimen para las sociedades mercantiles por sus actividades empresariales o de otro tipo Por sus actividades empresariales Por sus actividades de otro tipo En cuanto a personas físicas esta nueva Ley estableció 10 capítulos, añadiendo el de premios. |
| 1986 | 31 de diciembre. La Ley del Impuesto Sobre la Renta, sufre una reforma de mucha trascendencia al incorporar para la determinación de la utilidad gravable los efectos de la inflación. La deducción de compras en lugar del costo de ventas La deducción de la depreciación actualizada en vez de la depreciación histórica El cálculo del componente inflacionarios Esta reforma se programó para un periodo de transición de 5 años que finalmente quedó en dos. |
| 1988 | 31 de diciembre. Se publica en el Diario Oficial de la Federación, la Ley del Impuesto al Activo, como complemento de la Ley del impuesto sobre la Renta. El pago de este impuesto era acreditable contra el ISR del mismo contribuyente. Su base se determina sumando el promedio de los activos y se permitía restar el promedio de ciertos pasivos. La legalidad constitucional de esta Ley y del contenido de sus disposiciones fue impugnada en los tribunales, obteniendo los particulares resoluciones favorables, lo que obligó al fisco federal a devolver las cantidades pagadas por los mismos. Finalmente fue derogada a partir del año 2008. |
| 2001 | 31 de diciembre, se publica la Ley del Impuesto, se incorporan disposiciones de reglas misceláneas, jurisprudencias y reglamentarias. Se incluye un título específico de empresas multinacionales En personas físicas se juntan en uno solo, los capítulos de honorarios y actividades empresariales. Se elimina el régimen simplificado consistente en entradas y salidas de efectivo. |
| 2004 | Se elimina la deducción de compras para las personas morales y se sustituye por la deducción del costo de ventas. |
| 2010 | Se plantea ajustar durante los ejercicios fiscales del 2010 a 2012 las tasas marginales de los últimos 5 años de la tarifa del ISR para personas físicas con el objeto de ubicar la tasa marginal máxima en 30%. Regresando en 2013 a 29% y en 2014 a 28%. |
| 2014 | 11 de diciembre, se publica en el Diario Oficial de la Federación una de las reformas más trascendentales a la Ley del Impuesto sobre la Renta, con cambios complemente radicales, dentro de los cuales destacan los siguientes puntos: Aumento de Tarifa del ISR de personas físicas Limitar el monto máximo de las deducciones personales Límite a deducción por Inversión en automóviles Límite a deducción por arrendamiento de automóviles y consumo en restaurantes. Eliminación del régimen de consolidación fiscal Introducción del impuesto sobre distribución de dividendos Límite a la exención a la enajenación de casa habitación Régimen de Incorporación Fiscal Gravar las ganancias de capital de personas físicas Regulación de enajenación de Parcelas y Ejidos Deducción de 100% para maquinaria y equipo usado en la generación de energía de fuentes renovables Deducción a las aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones Amplía el estímulo fiscal a la producción cinematográfica nacional 25% de estímulo fiscal al patrón que contrate a una persona mayor de 65 años, aplicable al salario efectivo pagado. Fija en 4% el límite a deducir en donaciones a favor de la Federación, las entidades federativas, los municipios o sus organismos descentralizados. Deducción de los vales de despensa sólo cuando se otorguen a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT Establece 47% a las remuneraciones exentas otorgadas al trabajador. Deducibilidad en la renta de automóviles será de 200 pesos por unidad. Sólo si se paga con tarjeta bancaria o monederos electrónicos, 8.5% deducibilidad de gastos en restaurantes. Colegios privados deducirán ISR sólo si el SAT las autoriza a recibir donaciones deducibles. Cambia el Régimen de Consolidación Fiscal por uno de Integración. Obliga a los bancos a informar anualmente de los depósitos realizados por sus clientes cuando sean superiores a 15,000 pesos mensuales. Tasa de 31% a quien gane 500,000 pesos anuales, de 32% a quien gane al menos 750,000 pesos y de 34% a quien gane al menos 1 millón de pesos al año. Tasa de 10% a las ganancias en la Bolsa Mexicana de Valores. |
| 2015 | 18 de noviembre, se publica en el Diario Oficial de la Federación, reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta. La reforma fiscal para 2016 se puede resumir, en la deducción inmediata, los beneficios en las limitaciones en las deducciones personales en la declaración anual de las personas físicas, el acceso al crédito y el programa de repatriación de capitales. En cuanto a obligaciones están las nuevas declaraciones informativas que deben presentar quienes realicen operaciones entre partes relacionadas. La deducción inmediata tiene sus limitaciones, pues no aplica a los automóviles ni al mobiliario y equipo de oficina, el acceso al crédito puede ser tardío para las Pymes, ya que sus necesidades son inmediatas. La reforma sí logra obtener un beneficio mayor de deducción personal para las personas físicas. |
| 2016 | 30 de noviembre, se publica en el Diario oficial de la Federación, diversas reformas a la LISR, en la que destacan los siguientes puntos. No Acumulación de Apoyos Económicos. - Se adicionan, párrafos terceros del artículo 16 y quinto y sexto del 90, estableciéndose que no se considerarán ingresos acumulables para las personas morales y régimen general y personas físicas Contraprestación de Contratistas en Materia de Hidrocarburos. - Se adiciona párrafo cuarto del artículo 16. Requisito de las Deducciones Autorizadas. - Se modifica fracción VIII primer párrafo del artículo 27, incluyéndose como requisito de las deducciones que los pagos realizados a personas morales que opten por el estímulo fiscal (artículo 196 adicionado) de acumular sus ingresos cobrados, estos se deduzcan cuando hayan sido pagados en efectivo. Requisito de las Deducciones Autorizadas. - Se modifica fracción VIII primer párrafo del artículo 27, incluyéndose como requisito de las deducciones que los pagos realizados a personas morales que opten por el estímulo fiscal (artículo 196 adicionado) de acumular sus ingresos cobrados, éstos se deduzcan cuando hayan sido pagados en efectivo. Requisitos a Deducciones Respecto de Subcontratación L... |
