Descubre Todo sobre el Impuesto sobre Valor Catastral y Cómo Afecta a Tus Propiedadespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El valor catastral es el valor fiscal que la Administración asigna a cada inmueble, y se utiliza como base para calcular diversos impuestos. Se trata de una valoración de un inmueble que realiza la Dirección General del Catastro, siendo un valor monetario que la Administración asigna a cada bien inmueble. Saber qué es el valor catastral y cómo se determina es clave para cualquier propietario, comprador o heredero, ya que su finalidad principal es servir como base imponible para distintos impuestos.

Diferencias entre valores inmobiliarios

Es fundamental distinguir entre los distintos conceptos que determinan la carga fiscal de una propiedad:

  • Valor catastral: Lo asignan las autoridades municipales o estatales. Suele ser inferior al valor de mercado.
  • Valor comercial: Es el precio que pactan libremente comprador y vendedor.
  • Valor de avalúo: Lo determina un perito valuador autorizado por las autoridades fiscales.

El impacto del valor de avalúo en el ISR

Cuando un cliente compra un inmueble por un precio sustancialmente menor al avalúo, la autoridad fiscal presume que recibió un ingreso en especie. Si el avalúo excede a la contraprestación pactada en más del 10%, se dispara el ISR por adquisición para el comprador. En este caso, el notario debe retener y enterar un pago provisional de ISR equivalente al 20% sobre la diferencia, conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).

Mecánica de cálculo del ISR por adquisición

Para determinar si aplica este impuesto, el notario calcula la diferencia entre el avalúo y el precio pactado, midiendo esa diferencia como porcentaje del precio pactado. La fórmula aplicada es:

(Avalúo − Precio pactado) / Precio pactado × 100

Lea también: Aplicación de la retención del 6%

Si el resultado supera el 10%, el pago provisional es el 20% sobre la diferencia, sin deducción alguna. El notario, corredor o fedatario público retiene el impuesto al adquirente y lo entera al SAT dentro de los 15 días siguientes a la firma de la escritura.

Ejemplo práctico de aplicación

Consideremos el siguiente escenario donde un cliente adquiere un inmueble:

Concepto Importe
Valor de avalúo $2,200,000.00
Contraprestación pactada $1,800,000.00
Diferencia $400,000.00
% diferencia sobre el precio pactado 22.22% (excede el 10%)

En este caso, el notario entera el porcentaje correspondiente al SAT en los 15 días siguientes a la firma de la escritura. Es importante destacar que el ISR pagado al adquirir no es un costo perdido, ya que forma parte del costo comprobado de adquisición y se actualiza por inflación.

Consideraciones sobre el ISAI

El Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) se calcula sobre el valor más alto entre precio pactado, avalúo y valor catastral. A diferencia del predial, que es un impuesto recurrente por la simple propiedad del inmueble, el ISAI solo se paga una vez cuando ocurre la adquisición del bien. Las leyes estatales establecen que la base se calcula sobre el valor más alto y cada entidad federativa define su propia tasa, esquema de cálculo y posibles beneficios fiscales.

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