Actualización de Trabajadores en el Buzón Tributario: ¡Descubre Por Qué es Esencial y Cómo Hacerlo Fácilmente!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Al ser trabajador en México, las personas y empresas están obligadas a declarar impuestos y percepciones monetarias a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

La Importancia del Buzón Tributario para Trabajadores y Empleadores

Como sabes, con la nueva modalidad de facturación electrónica ahora es necesario conocer los datos fiscales de tus empleados.

¿Por qué debes contar con la información fiscal de tus empleados?

Precisamente este cambio proviene de una intención para tener mejor definidas las fuentes de ingresos de las personas físicas y morales registradas en la base de datos de la autoridad tributaria. Dicho documento serviría para que los receptores de facturas pudiesen brindar sus datos completos y actualizados a quienes les emitirían un Comprobante Fiscal.

Lo que sí representa una obligación fiscal para los patrones es la emisión de los Comprobantes de Nómina.

¿Qué es y cómo funciona el Buzón Tributario?

Entre las herramientas más relevantes para estas tareas, y específicamente para personas trabajadoras o físicas, se encuentra disponible el buzón tributario, parte de la dependencia recaudadora de impuestos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Como tal, el Buzón Tributario es el sistema a través del cual el SAT y los contribuyentes establecen comunicación, esto a fin de que el trabajador pueda recibir notificaciones relevantes.

Lea también: Procedimiento para actualizar pérdidas fiscales

El Buzón Tributario funciona como un mecanismo de comunicación entre el contribuyente y el SAT. Cada vez que el SAT requiera hacer una notificación, enviar información útil para el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, solicitar información o requerir respuesta a un trámite, la depositará en tu buzón. El buzón tributario es un “canal de comunicación del SAT con las y los contribuyentes. Su propósito es simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés, de manera ágil y segura.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) solicitó a los contribuyentes actualizar sus datos de contacto en el Buzón Tributario, que es el mecanismo de contacto oficial con el fisco. El Buzón Tributario sirve para que de manera directa y sin intermediarios los contribuyentes reciban avisos de forma segura y certera. Gracias a ello, tanto la información del SAT como la de los contribuyentes está protegida.

Obligación Legal y Consecuencias de No Actualizar

El plazo para activar el buzón tributario del Servicio de Administración Tributaria (SAT) está por vencer. Desde 2020, algunos contribuyentes tienen la obligación de activarlo o, de lo contrario, podrían recibir multas económicas. Si un contribuyente emitió Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por ingresos o recibió CFDI de nómina en el último año, es obligatorio que habilite el buzón tributario. Y no es suficiente con habilitarlo.

Fundamento Legal: Artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación

Esto dice el Código Fiscal sobre el Buzón Tributario:

Artículo 17-K. Las personas físicas y morales inscritas en el registro federal de contribuyentes tendrán asignado un buzón tributario, consistente en un sistema de comunicación electrónico ubicado en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria, a través del cual:

Lea también: Proceso de actualización fiscal

  1. La autoridad fiscal realizará la notificación de cualquier acto o resolución administrativa que emita, en documentos digitales, incluyendo cualquiera que pueda ser recurrido y podrá enviar mensajes de interés.
  2. Los contribuyentes presentarán promociones, solicitudes, avisos, o darán cumplimiento a requerimientos de la autoridad, a través de documentos digitales, y podrán realizar consultas sobre su situación fiscal.

Las personas físicas y morales que tengan asignado un buzón tributario deberán consultarlo dentro de los tres días siguientes a aquél en que reciban un aviso electrónico enviado por el Servicio de Administración Tributaria a cualquiera de los mecanismos de comunicación que el contribuyente registre de los que se den a conocer mediante reglas de carácter general.

La autoridad enviará por única ocasión, mediante los mecanismos elegidos, un aviso de confirmación que servirá para corroborar la autenticidad y correcto funcionamiento de éste.

Para efectos de lo previsto en el párrafo anterior, los contribuyentes deberán habilitar el buzón tributario, registrar y mantener actualizados los medios de contacto, de acuerdo con el procedimiento que al efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.

Cuando el contribuyente no habilite el buzón tributario o señale medios de contacto erróneos o inexistentes, o bien, no los mantenga actualizados, se entenderá que se opone a la notificación y la autoridad podrá notificarle conforme a lo señalado en el artículo 134, fracción III de este Código.

Requisito para Empleadores

Tener los datos actualizados es requisito para empleadores.

Lea también: Tutorial paso a paso para actualizar tu régimen fiscal en el SAT en línea.

¿Qué Medios de Contacto Debes Registrar y Mantener Actualizados?

Recuerda que en tu Buzón Tributario debes tener registrados y actualizados dos mecanismos de comunicación: correo electrónico (pueden ser hasta cinco) y un número de teléfono celular. En caso de que te falte registrar alguno de los dos mecanismos, hazlo a la brevedad.

Proceso Detallado para Habilitar o Actualizar tu Buzón Tributario

Hay dos opciones para actualizar el buzón:

  • La primera es ingresar a sat.gob.mx, dar clic en el botón Buzón Tributario y acceder con su contraseña o e.firma (firma electrónica), llenar el formulario y actualizar sus medios de contacto; se les enviará un código vía telefónica y al correo electrónico para confirmar el contacto que van a dar de alta o actualizar.
  • O bien, el SAT ha desarrollado el minisitio de Buzón Tributario en el que además de habilitar o actualizar sus medios de contacto, encontrarán materiales adicionales como videotutoriales e infografías, así como acceso a preguntas frecuentes.

Pasos para Habilitar o Actualizar

  1. Para comenzar, ve al minisitio del SAT sobre el buzón tributario. Enseguida se te desplegará una pestaña para iniciar sesión en tu cuenta del SAT. O Inicia sesión con Contraseña o e.firma dando clic en el botón Buzón Tributario ubicado en la esquina superior derecha del portal. Las personas físicas pueden ingresar con contraseña y/o e.firma.
  2. Cuando inicies sesión, verás una página donde podrás agregar al menos un correo electrónico y un número de teléfono. Posteriormente aparecerá, de forma automática, el formulario de medios de contacto en el cual deberás capturar la(s) dirección(es) de correo electrónico y el número de teléfono celular que desees registrar. Si, por ejemplo, solo tienes registrado un correo, agrega un teléfono celular. Una vez que escribas un correo electrónico y un número de teléfono celular, presiona el botón “Continuar”.
  3. El sistema preguntará “¿Deseas continuar con el registro de medios de contacto?”, oprime "Aceptar". El sistema te indicará que tu(s) correo(s) electrónico(s) y el número de teléfono celular han sido registrados.
  4. Para confirmar el(los) correo(s) electrónico(s): recibirás un aviso electrónico a cada una de las direcciones de correo registradas. El sistema te indicará que el correo electrónico ha quedado establecido como medio de contacto para tu Buzón Tributario.
  5. Para confirmar el número de teléfono celular: recibirás un mensaje SMS con un código de activación, ingresa al Buzón Tributario apartado "configuración". Ubica el campo de captura a la izquierda del icono de la llave, introduce el código de activación recibido en el SMS. Oprime el icono de la llave para confirmar el número de teléfono que registraste. El sistema preguntará “¿Deseas proseguir con el registro de medios de contacto?”, oprime en Aceptar. El sistema te indicará que tu número de teléfono celular ha quedado establecido como medio de contacto para tu Buzón Tributario.

Recuerda que tienes 72 horas para confirmar tanto tu correo electrónico como tu teléfono celular. Nota: Si capturas tres veces el código de activación de manera incorrecta, este se bloqueará por 30 minutos y no podrás confirmar el medio de contacto, mientras tanto, el icono de la llave dejará de estar visible durante ese lapso de tiempo.

Los medios de contacto se pueden modificar a fin de actualizarlos o eliminarlos en el momento que lo requieras.

Plazos Anteriores y la Continua Necesidad de Cumplimiento

Los contribuyentes que comiencen a tributar o migren al Régimen Simplificado de Confianza a partir del 1 de enero de 2022 tuvieron hasta el 30 de junio de 2022 para habilitar su Buzón Tributario. Los contribuyentes personas físicas que hasta el 31 de diciembre de 2021 tributaron en un régimen distinto, y a partir del 1 de enero de 2022 migren al Régimen Simplificado de Confianza y que no hayan registrado y confirmado medios de contacto para habilitar su Buzón Tributario, o bien solamente hubieran señalado un solo medio de contacto ya sea un número de teléfono celular o correo electrónico como mecanismo de comunicación, debieron registrar o actualizar sus medios de contacto adicionando, en su caso, el que les haga falta, de acuerdo a la regla 2.2.7., de la Resolución Miscelánea Fiscal 2022 tuvieron hasta el 30 de junio de 2022.

Si aún no has habilitado tu Buzón Tributario, actívalo a la brevedad. Es tu obligación.

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