Descubre los Requisitos Esenciales para la Aprobación de Folios del SAT ¡No Cometas Errores!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Los contribuyentes en México deben cumplir con una serie de requisitos al solicitar la aprobación de folios ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Estos requisitos garantizan la validez y autenticidad de los comprobantes fiscales emitidos.

Requisitos Obligatorios para la Aprobación de Folios

Para la aprobación de folios, los contribuyentes deben asegurarse de que sus comprobantes fiscales incluyan la siguiente información:

  1. R.F.C. del emisor: Identificación del contribuyente que emite el comprobante.
  2. Régimen Fiscal: Régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR.
  3. Domicilio del Establecimiento: Contribuyentes que tengan más de un local o establecimiento, deberán señalar en los mismos el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes.
  4. Número de Folio y Sello Digital del S.A.T.: Referidos en la fracción IV, incisos b) y c) del art. 29 de C.F.F.
  5. Lugar y Fecha de Expedición: Ubicación y momento en que se emite el comprobante.
  6. R.F.C. del Receptor: R.F.C. de la persona a favor de quien se expida.
  7. Descripción de Bienes o Servicios: Cantidad, unidad de medida y clase de mercancía o descripción del servicio que amparen.
  8. Valor Unitario: El valor unitario consignado en número.
  9. Impuestos Trasladados: Monto de los impuestos que en los términos de las disposiciones fiscales deban trasladarse en su caso.
  10. Forma de Pago: Señalar la forma de pago, en caso de tarjeta mencionar últimos cuatro dígitos.
  11. Documento Aduanero: Número y fecha del documento aduanero, tratándose de ventas de primera mano de mercancías de importación.

Requisitos Adicionales para Facturas Impresas (Hasta 2010)

En caso de la opción de facturas impresas por impresor autorizado hasta 2010, deberá contener los requisitos anteriores además de fecha en que se incluyó la autorización por el SAT, número de aprobación por SICOFI y la leyenda de “la reproducción no autorizada de este comprobante constituye un delito en los términos de las disposiciones fiscales”, en caso de personas físicas que tributan conforme al Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales y Régimen Intermedio incluir leyenda de “efectos fiscales al pago”. En caso de la opción anterior la emisión de facturas por personas morales del Régimen Simplificado, los comprobantes deberán llevar la leyenda de “Contribuyente del Régimen de Transparencia”.

Requisitos Adicionales para Facturas Electrónicas

Además de los requisitos básicos, las facturas electrónicas deben incluir datos específicos detallados en el anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal:

  • Versión del esquema de la factura electrónica.
  • Número de serie del certificado digital con el que se generó el sello de la factura electrónica, expresado a 20 posiciones.
  • Opcionalmente, expresar el certificado de sello digital que ampara a la factura electrónica como texto, en formato base 64.
  • Número y año de la aprobación de los folios.
  • Hora de expedición.
  • Las reglas para la generación del sello digital de las facturas electrónicas.

Otros requisitos son: la cadena original con la que se generó el sello digital.

Lea también: ¿Qué es el Auxiliar de Folios?

Autenticidad de los Comprobantes

Los contribuyentes deben de comprobar autenticidad de los comprobantes consultando en la página de internet del SAT, si el número de folio que ampara el comprobante fiscal digital fue autorizado al emisor y si al momento de la emisión del comprobante fiscal digital el certificado que ampara el sello digital se encontraba vigente y registrado.

Fundamento Legal

Artículo 29, fracción V del Código Fiscal de la Federación. Art. 83 Frac. VII, 84 Frac. IV del Código Fiscal de la Federación.

Lea también: SAT: Folios y Comprobantes Fiscales

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