En México, las deducciones autorizadas son aquellos gastos que la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) permite restar de los ingresos acumulables para determinar la base gravable sobre la cual se calculará el ISR. En México, las deducciones autorizadas varían dependiendo de la situación fiscal del contribuyente. Para que una deducción sea reconocida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), no basta con realizar un gasto relacionado con la actividad económica; es fundamental cumplir con ciertos requisitos de las deducciones.
Marco Legal: El Artículo 147 de la LISR
El Artículo 147 de la LISR establece los requisitos esenciales que deben cumplir las deducciones para ser consideradas válidas. Las deducciones autorizadas en los capítulos III a IX del Título IV de esta Ley deberán reunir los siguientes requisitos:
- Que sean estrictamente indispensables para la actividad del contribuyente.
- Que estén amparadas con un CFDI (factura electrónica). Para hacer efectivo este beneficio, requieres contar con el comprobante de pago correspondiente.
- Que estén debidamente registradas en contabilidad y restadas una sola vez.
- Que se cumplan las obligaciones establecidas en esta Ley en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros o que, en su caso, se recabe de éstos copia de los documentos en que conste el pago de dichos impuestos.
- Que los pagos cuyo monto exceda de $2,000 se realicen mediante transferencia electrónica de fondos, cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. Muchos de los gastos deducibles deben ser pagados a través de medios electrónicos, como transferencia bancaria, tarjeta de crédito, débito, o cheque nominativo. Los pagos en efectivo superiores a $2,000 no serán deducibles, excepto en las zonas rurales sin acceso a servicios financieros.
- Que hayan sido efectivamente erogadas en el ejercicio de que se trate. Se consideran efectivamente erogadas cuando el pago haya sido realizado en efectivo, mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa, en servicios o en otros bienes que no sean títulos de crédito. Tratándose de pagos con cheque, se considerará efectivamente erogado en la fecha en la que el mismo haya sido cobrado o cuando los contribuyentes transmitan los cheques a un tercero, excepto cuando dicha transmisión sea en procuración. Igualmente se consideran efectivamente erogadas cuando el contribuyente entregue títulos de crédito suscritos por una persona distinta. Se presume que la suscripción de títulos de crédito por el contribuyente, diversos al cheque, constituye garantía del pago del precio o contraprestación pactada por la actividad empresarial o por el servicio profesional.
- Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio, se reúnan los requisitos que para cada deducción en lo particular establece esta Ley. Las deducciones deben corresponder al mismo ejercicio fiscal en el que estás haciendo tu declaración. Es decir, no se pueden deducir gastos de 2021 cuando estás haciendo la declaración de 2023 y mucho menos de compras que planeas hacer a futuro. Tratándose únicamente del comprobante fiscal a que se refiere el primer párrafo de la fracción IV de este artículo, éste se obtenga a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar su declaración del ejercicio y la fecha de expedición del comprobante fiscal deberá corresponder al ejercicio en el que se efectúa la deducción.
- Que cuando esta Ley permita la deducción de inversiones se proceda en los términos del artículo 149 de la misma.
- Que el costo de adquisición declarado o los intereses que se deriven de créditos recibidos por el contribuyente, correspondan a los de mercado.
- El IVA trasladado al contribuyente que sea acreditable no forma parte de la deducción.
Consideraciones Específicas sobre Intereses
Adicionalmente, se sumarán los intereses pagados de cada mes del ejercicio correspondientes a cada uno de los ejercicios improductivos restándoles en su caso el ajuste anual por inflación deducible a que se refiere el artículo 44 de esta Ley. Los intereses actualizados para cada uno de los ejercicios, calculados conforme al párrafo anterior, se sumarán y el resultado así obtenido se dividirá entre el número de años improductivos. En los años siguientes al primer año productivo, el cociente obtenido conforme al párrafo anterior se actualizará desde el último mes de la primera mitad del ejercicio en que se empezó a tener ingresos y hasta el último mes de la primera mitad del ejercicio en el que se deducen.
Tipos Comunes de Deducciones Autorizadas
Aparte de los requisitos generales, es importante conocer los tipos de gastos que pueden ser deducibles, los cuales varían según la situación fiscal del contribuyente. Algunas de las deducciones más comunes son:
- Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.
- Gastos hospitalarios y medicinas incluidas en facturas de hospitales. El Criterio 46/ISR/N se aplica para el deducible del seguro de gastos médicos.
- Colegiaturas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios.
- Donativos otorgados a instituciones autorizadas para recibir donativos. No serán onerosos ni remunerativos (que no se otorguen como pago o a cambio de servicios recibidos).
- El pago por impuestos locales por salarios, cuya tasa no exceda 5%.
Deducción de Vales para Personas Físicas con Actividad Empresarial
Para personas físicas con actividad empresarial, también pueden hacer deducibles los vales, bajo los mismos principios, siempre y cuando estén registrados contablemente y se entreguen como una prestación laboral. Además, si los vales se otorgan a través de una empresa autorizada por el SAT, como Pluxee, no solo cumples con la normativa, sino que también puedes aprovechar beneficios fiscales adicionales.
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