Descubre el Asiento Contable Clave para la Baja de Activo Fijo Robado ¡No Cometas Errores!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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En México, el número de robos a negocios ha aumentado de forma alarmante, provocando pérdidas económicas importantes para las empresas. Además de la pérdida económica, puede generar un elevado pago de impuestos si se desconoce cómo deducir fiscalmente dicho robo.

Deducción de la Pérdida por Robo según la Ley del ISR

La Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) considera como deducción autorizada la pérdida por caso fortuito o fuerza mayor, según el Artículo 25.

Consideraciones Importantes

  • En caso de que la deducción por caso fortuito o fuerza mayor la pretenda realizar un contribuyente sobre un bien que ya dedujo como compra o gasto (solo personas físicas), no procede la doble deducción del mismo (Artículo 27).
  • Si el bien robado es un activo fijo que se está deduciendo vía deducción de inversiones, el procedimiento para su deducción por robo está contenido en el Artículo 37 de la Ley del ISR.

La deducción procederá en el ejercicio en que ocurra el robo y será por el importe pendiente de deducir vía deducción de inversiones a la fecha en que se sufra.

Tratamiento Fiscal del Seguro por Robo

Si el bien robado estaba protegido por alguna aseguradora contra robo y dicha agencia de seguros entrega una cantidad como reembolso por robo, dicha cantidad será un ingreso acumulable.

Reinversión de la Indemnización

Si se invierte la cantidad recuperada en otro bien de activo fijo, solo se podrá deducir como máximo y vía deducción de inversiones la cantidad que estaba pendiente de deducirse del antiguo activo fijo a la fecha de sufrir la pérdida. Si el contribuyente invierte cantidades adicionales a las recuperadas, considerará a éstas como una inversión en activo fijo diferente.

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La reinversión en bienes de activo fijo de naturaleza análoga deberá efectuarse dentro de los doce meses siguientes contados a partir de que se obtenga la recuperación de la agencia de seguros. Solo en el caso de que las cantidades recuperadas no se reinviertan o no se utilicen para redimir pasivos, en dicho plazo, se acumularán a los demás ingresos obtenidos en el ejercicio en el que concluya el plazo.

Existe también la posibilidad de que el contribuyente haga dicha inversión del reembolso en un plazo de hasta veinticuatro meses posteriores al reembolso, siempre que solicite autorización a las autoridades fiscales.

Requisitos para la Deducción

Para poder hacer deducible una pérdida derivada del robo de un activo, el contribuyente debe haber denunciado el delito ante el Ministerio Público (M. P.) y contar con copia certificada del auto de radicación, emitido por el juez competente.

Además, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Que las cantidades perdidas, cuya deducción se pretenda, se hubieren acumulado para los efectos del impuesto sobre la renta.
  2. Que se acredite el cuerpo del delito. Para ello, el contribuyente deberá denunciar el delito y contar con copia certificada del auto de radicación, emitido por el juez competente. Dicha copia certificada deberá exhibirse a requerimiento de la autoridad fiscal.

Las cantidades que se recuperen por seguros, fianzas o responsabilidades a cargo de terceros se acumularán de conformidad con el artículo 20, fracción VII de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

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El contribuyente volverá a acumular las cantidades deducidas en el caso de que la autoridad competente emita conclusiones no acusatorias, confirmadas, en virtud de que las investigaciones efectuadas hubieran indicado que los elementos del tipo no estuvieren acreditados y el juez hubiere sobreseído el juicio correspondiente. En los casos en los que no se acredite la pérdida de dinero en efectivo, robo o fraude, la cantidad manifestada por el contribuyente como pérdida deberá acumularse, previa actualización de conformidad con el artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación, desde el día en que se efectuó la deducción hasta la fecha en que se acumule.

Tratamiento del IVA en Caso de Robo

Es factible lograr la deducción del monto o bienes robados para efectos de la Ley del ISR, pero no así para la Ley del IVA. Por tanto, si el ingreso de nuestras ventas fuera robado, la denuncia no exime de pagar la cantidad correspondiente al IVA cobrado, contenido en dicho robo.

Ejemplo Práctico

La empresa ABC, S.A. de C.V. sufre el robo de un activo fijo. La aseguradora realiza el pago de indemnización a la empresa ABC por un importe de $50,000. En términos del artículo 37 de la LISR, la empresa ABC no deberá considerar como ingreso acumulable los $50,000 que recibió del seguro; ya que reinvirtió ese dinero en un activo de naturaleza análoga al que perdió.

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