Descubre el Aspecto Contable Clave del Arrendamiento Financiero ¡No Cometas Errores!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

El arrendamiento financiero, también conocido como leasing financiero, es una fórmula habitual para adquirir bienes de inmovilizado sin necesidad de realizar un desembolso inicial elevado. Muchas empresas lo utilizan para financiar maquinaria, vehículos o instalaciones, pero su tratamiento contable puede generar dudas. Este tipo de operaciones se deben conocer a fondo para contabilizar el leasing correctamente.

¿Qué es un Arrendamiento Financiero (Leasing)?

Un arrendamiento financiero es un contrato mediante el cual una empresa (arrendataria) adquiere el derecho a usar un bien a cambio de pagos periódicos, con la opción de compra al final del contrato. Por ejemplo, una empresa puede adquirir una maquinaria mediante leasing financiero durante cinco años, con opción de compra al terminar. El leasing es una figura muy utilizada por las empresas. Por ejemplo, una empresa del sector logístico puede firmar un arrendamiento financiero para obtener un vehículo que utilizará para la distribución.

El leasing es un contrato firmado por dos partes, el arrendador y el arrendatario, en el que el arrendador, que es propietario de un bien, le cede a una tercera persona (arrendatario) la posibilidad de utilizar ese bien durante un tiempo determinado a cambio de un precio. Al final del contrato el arrendatario tendrá la posibilidad de adquirir un bien por un valor residual ejercitando la opción de compra.

Características del Leasing Financiero

  • La propiedad del bien la tiene el arrendador hasta que se ejecuta la opción de compra.
  • Debe existir una opción de compra a favor del arrendatario.
  • Se paga un importe mensual por el arrendamiento (cuota).
  • En el contrato se deben establecer:
    • El importe y el número de cuotas a pagar.
    • Los intereses de la financiación.
    • El IVA de la operación.
    • La opción de compra.
    • Los bienes sobre los que recae el leasing.
    • Los datos identificativos de arrendador y arrendatario.

Marco Normativo y Tratamiento Contable del Arrendamiento Financiero

Los contratos de arrendamiento afectan a los estados financieros de diversas maneras, dependiendo de cómo estén estructurados. El reconocimiento de los arrendamientos para el arrendatario cambia de manera importante con la implementación de nuevas normativas. La forma en que se contabilizan estos arrendamientos depende de normas financieras como ASC 842, IFRS 16 y US GAAP, que dictan cómo deben clasificarse e informarse los arrendamientos. Las empresas que siguen la ASC 842, la NIIF 16 y los PCGA de EE.UU. deben determinar cómo clasificar y registrar los arrendamientos para garantizar su cumplimiento.

Este proceso implica el seguimiento de las obligaciones, la evaluación del impacto financiero y la aplicación del tratamiento contable correcto en función de si el arrendamiento se clasifica como financiero u operativo. La clasificación de un arrendamiento -financiero u operativo- determina su impacto en la información financiera, el flujo de caja y las obligaciones fiscales de una empresa. Las normas de contabilidad de arrendamientos garantizan la coherencia y la transparencia, ayudando a las empresas a gestionar sus pasivos sin dejar de cumplir las normas.

Lea también: Implicaciones Fiscales en Fusiones

NIIF 16 e IFRS 16

Desde 2019, NIIF o IFRS (por su nombre en inglés) 16 sustituyó a la antigua IAS 17 con el fin de transparentar la “deuda oculta” de los arrendamientos. Su principio rector es que si una entidad controla el uso de un activo identificado, debe reconocer un activo por derecho de uso (ROU) y un pasivo por arrendamiento, salvo exenciones limitadas. En el ámbito de la NIIF 16, un arrendamiento es, en esencia, un contrato que concede al arrendatario el derecho de usar un activo identificado durante un plazo determinado a cambio de pagos periódicos.

Al momento de reconocimiento, dicho contrato origina en los estados financieros del arrendatario un activo por derecho de uso (ROU), que refleja su capacidad de explotar económicamente el bien arrendado. En contrapartida, surge el pasivo por arrendamiento, calculado como el valor presente de los pagos futuros que el arrendatario está obligado a desembolsar. Su medición se realiza descontando las cuotas pactadas, utilizando la tasa implícita del arrendamiento o, en su defecto, la tasa incremental de financiación de la entidad. Finalmente, la NIIF 16 distingue entre arrendamientos operativos y financieros según la transferencia sustancial de riesgos y beneficios del activo subyacente.

En un arrendamiento financiero-pensemos en una maquinaria especializada que se arrienda por prácticamente toda su vida útil, con opción de compra por un valor simbólico-el arrendador transfiere de facto la mayor parte de los riesgos y ventajas económicos, por lo que el contrato se asemeja a una compra financiada. En Paraguay, el reconocimiento contable de los arrendamientos sigue siendo incipiente, ya que los marcos normativos locales vigentes no lo exigen como práctica obligatoria.

Plan General de Contabilidad (PGC) y NIF D-5

Según el Plan General de Contabilidad (PGC), el arrendamiento financiero se contabiliza como una adquisición de inmovilizado con deuda asociada. El bien arrendado aparece en el activo no corriente, dentro del inmovilizado material. Por lo anterior, es necesario llevar a cabo el análisis por cada arrendamiento para determinar cuál deberá ser el procedimiento de registro en los gastos, vía depreciación, atendiendo a los requisitos y supuestos establecidos en la NIF D-5.

Bajo esta nueva NIF, el arrendador debe continuar clasificando sus contratos de arrendamiento en operativos o financieros, con base en la transferencia sustancial de los riesgos y los beneficios inherentes a la propiedad de un activo objeto de un contrato de arrendamiento. Bajo esta NIF hay dos tipos de arrendamientos: capitalizable y operativo. En los arrendamientos financieros, el arrendador da de baja el activo subyacente y reconoce una cuenta por cobrar. Se crea un impacto considerable en la situación financiera de la entidad arrendataria, con motivo del reconocimiento de un incremento en los activos en arrendamiento y los pasivos financieros.

Lea también: IVA: Aspecto Contable

Principios Contables de los Arrendamientos Financieros

Los arrendamientos financieros, antes conocidos como arrendamientos de capital, exigen que las empresas reconozcan el valor actual de los pagos de arrendamiento como un pasivo, mientras que el activo arrendado se capitaliza y amortiza a lo largo del tiempo. La contabilidad del arrendamiento implica múltiples factores que determinan cómo se clasifica y registra un arrendamiento en los estados financieros. El proceso de clasificación depende de elementos como el plazo del arrendamiento, la estructura de pagos, las condiciones de transferencia de la propiedad y el impacto financiero sobre el arrendatario y el arrendador.

Los componentes clave, como el activo por derecho de uso (ROU) y el pasivo por arrendamiento, desempeñan un papel crucial a la hora de reflejar con exactitud las obligaciones por arrendamiento. Cada uno de los componentes de la contabilidad de arrendamientos influye en la forma de contabilizar los gastos, los pasivos y los activos. Los arrendamientos financieros requieren amortización y reconocimiento de gastos por intereses, mientras que los arrendamientos operativos se contabilizan como gastos de forma lineal. Sí, los intereses incluidos en las cuotas se contabilizan como gasto financiero (cuenta 662) y, por tanto, suelen ser deducibles fiscalmente.

Factores como los incentivos de arrendamiento, las opciones de compra y las garantías de valor residual influyen en cómo se miden las obligaciones de arrendamiento. La contabilidad de arrendamientos ayuda a las empresas a realizar un seguimiento preciso de las obligaciones financieras, garantizando que las evaluaciones del valor razonable se ajusten a las normas de información. Al registrar correctamente las condiciones de arrendamiento, las empresas pueden gestionar los costes directos iniciales y mantener el cumplimiento de las nuevas normas de contabilidad de arrendamientos, como la ASC 842 y la NIIF 16. Estas normas afectan a la información financiera al exigir el reconocimiento de los activos subyacentes, lo que ofrece una imagen más clara de los gastos y pasivos relacionados con los arrendamientos.

Tener en cuenta elementos como el tipo de interés y el valor razonable de los activos arrendados ayuda a las empresas a minimizar el riesgo y optimizar el flujo de caja. El registro correcto de los costes directos iniciales evita declaraciones erróneas y garantiza que las obligaciones de arrendamiento reflejen el verdadero impacto financiero. La contabilidad de los arrendamientos varía en función de cómo se estructuren y clasifiquen los acuerdos con arreglo a las nuevas normas de contabilidad de arrendamientos, como la ASC 842 y la NIIF 16. Algunos arrendamientos requieren que las empresas reconozcan el valor actual de los pagos por arrendamiento, mientras que otros se contabilizan como gastos a corto plazo. El tratamiento del valor justo de mercado, la vida económica del activo y el gasto de amortización desempeñan un papel crucial a la hora de determinar si un arrendamiento debe clasificarse como operativo o financiero.

Aunque el bien se haya registrado como inmovilizado desde el inicio, si no se ejerce la opción de compra, se debe dar de baja el activo y ajustar la contabilidad.

Lea también: Guía sobre la Sociedad de Responsabilidad Limitada

Ejemplo Práctico y Asientos Contables del Arrendamiento Financiero

Supongamos que una empresa de logística en España firma un contrato de leasing para 1 vehículo con un valor total de 30.000 € con una duración de 2 años (24 meses), con un tipo de interés del 6,5% y un valor residual equivalente a 1 mensualidad. La operación se registra como un arrendamiento financiero dado que el valor actual de los pagos mínimos coincide con el valor razonable del bien de la operación. En los pagos mínimos se ha incluido la opción de compra dado que, por su importe, no existe duda razonable de que será ejercitado.

Tabla de Pagos del Leasing

Concepto Capital Intereses Cuota sin IVA IVA Cuota con IVA
Año 1 13.895,01 1.457,73 15.352,74 3.224,08 18.576,82
Año 2 14.825,59 527,15 15.352,74 3.224,08 18.576,82
Opción de compra 1.279,40 0,00 1.279,40 268,67 1.548,07
Total 30.000,00

Asientos Contables

  1. A la firma del contrato:

    Debe Haber

    30.000,00 281 Vehículo

    16.104,99 174 Deuda Leasing Largo Plazo

    13.895,01 524 Deuda Leasing Corto Plazo

  2. Por el pago de las cuotas del primer año:

    Debe Haber

    13.895,01 524 Deuda Leasing Corto Plazo

    1.457,73 662 Intereses Leasing

    3.224,08 472 IVA Soportado

    18.576,82 572 Bancos

  3. Por la dotación de la amortización del primer año:

    Debe Haber

    15.000,00 681 Gasto por Amortización

    15.000,00 281 Amortización Acumulada

  4. Por la reclasificación de la deuda de largo plazo a corto plazo:

    Debe Haber

    14.825,59 174 Deuda Leasing Largo Plazo

    14.825,59 524 Deuda Leasing Corto Plazo

  5. Asientos del segundo año:

    Por el pago de las cuotas del segundo año:

    Debe Haber

    14.825,59 524 Deuda Leasing Corto Plazo

    527,15 662 Intereses Leasing

    3.224,08 472 IVA Soportado

    18.576,82 572 Bancos

    Por la dotación de la amortización del segundo año:

    Debe Haber

    15.000,00 681 Gasto por Amortización

    15.000,00 281 Amortización Acumulada

    Por la reclasificación de la deuda a corto plazo para la opción de compra:

    Debe Haber

    1.279,40 174 Deuda Leasing Largo Plazo

    1.279,40 524 Deuda Leasing Corto Plazo

  6. Al ejercitar la opción de compra:

    Debe Haber

    1.279,40 524 Deuda Leasing Corto Plazo

    268,67 472 IVA Soportado

    1.548,07 572 Bancos

Deducción Fiscal del Arrendamiento Financiero

La Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades establece en el artículo 106 una serie de requisitos para que la operación se considere arrendamiento financiero y obtenga beneficios fiscales. Los requisitos son los siguientes:

  • El arrendador debe ser una entidad de crédito o un establecimiento financiero de crédito.
  • La duración mínima del contrato es de 2 años cuando se trata de bienes muebles y 10 cuando sean bienes inmuebles o establecimientos industriales.
  • En el contrato deberá establecerse las cuotas diferenciando la parte que corresponde a la recuperación del coste del bien y la carga financiera, además del gravamen indirecto que corresponda.
  • El importe anual de las cuotas permanecerá igual o podrá ser creciente a lo largo del contrato.

Ventajas Fiscales

Las ventajas fiscales de la operación consisten: por un lado, en la posibilidad de deducir la carga financiera en todo caso. Por otro lado, el leasing permite duplicar la amortización fiscal del bien adquirido mediante esta fórmula y que figura como inmovilizado en el activo del arrendatario, e incluso triplicarla en el caso de empresas de reducida dimensión. Con ello, se puede anticipar el reconocimiento del gasto a efectos fiscales, mediante la realización de ajustes negativos al resultado contable hasta completar la amortización fiscal del activo y, con posterioridad, ajustes positivos que deberán realizarse cuando el activo ha sido amortizado a efectos fiscales, pero no a efectos contables, consiguiendo un diferimiento de la carga tributaria.

tags: #aspecto #contable #de #arrendamiento #financiero