¡Descubre Cómo los Incrementos Salariales y la Reducción de Impuestos Transforman la Zona Fronteriza de México!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El salario mínimo (SM), definido como el límite inferior legal de la distribución salarial, busca satisfacer las necesidades básicas de los trabajadores y sus familias, pero también impulsar la equidad social y económica. Aumentar el salario mínimo es un mecanismo clave para preservar el poder adquisitivo de las personas con menores ingresos.

En 2014 se convocó a un grupo de expertos para diseñar una política de recuperación salarial para México, ya que el estancamiento de los salarios se prolongaba por más de tres décadas debido a la política de mantener el salario fijo en términos reales. Dicha política consistía en remediar la pérdida de poder de compra ocasionada por la inflación. El cambio de política salarial, reflejado en aumentos anuales con magnitudes variables, ofrece un contexto único para explorar cómo estos ajustes afectan al ingreso laboral en México.

Evolución del Salario Mínimo en México y la Zona Libre de la Frontera Norte

El acuerdo alcanzado a través de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami), el órgano integrado por representantes de trabajadores, patrones y Gobierno encargado de fijar el monto año con año, mantiene la política de alzas aceleradas que inició en diciembre de 2018 durante el sexenio de López Obrador.

Entre 2018 y 2023 el salario mínimo en México registró incrementos anuales diferenciados en términos reales, con variaciones que fluctuaron entre el 5.15% y el 16.24%. El nuevo incremento se suma a una serie de alzas de doble dígito desde 2018: 16.2% en 2019; 20% en 2020; 15% en 2021; 20% en 2022; 20% en 2023; 20% para 2024; 12% en 2025 y el más reciente, 13% para 2026.

A partir del 1 de enero de 2026, el salario mínimo en México tendrá un nuevo ajuste al alza. El salario mínimo general se fija en 315.04 pesos diarios, equivalentes a 9,582.47 pesos mensuales. Considerando una jornada laboral de 8 horas, el salario mínimo general por hora en 2026 será de aproximadamente 39.38 pesos.

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En México, el salario mínimo varía según la región, y una de las principales diferencias se encuentra en la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN). El área de la ZLFN contiene a 43 municipios fronterizos de Baja California, Sonora, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas.

A partir de enero de 2026, en la Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN) el salario mínimo diario alcanzará los 440.87 pesos, es decir, 13,409.80 pesos al mes. Esto significa que el salario mínimo en la ZLFN será de 55.11 pesos por hora. En 2019, en los municipios de la ZLFN se incrementó el SM en 100%, se disminuyó a la mitad el impuesto al valor agregado y para algunos trabajadores se estableció en 20% el impuesto sobre la renta.

Impacto en el Ingreso Laboral y la Reducción de la Pobreza

Los aumentos sostenidos del salario mínimo en los últimos ocho años han impactado positivamente en los indicadores de pobreza en México. Los resultados indican que los incrementos en el salario mínimo generaron un mayor impacto en los grupos de menores ingresos, con efectos más pronunciados en el ingreso por hora que en el ingreso mensual. Los aumentos del SM beneficiaron principalmente a los trabajadores con menores ingresos. También hay evidencia de efecto faro que se diluye para aquellos con ingresos más altos.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), el ingreso laboral per cápita en el país aumentó 30% de 2018 a 2024. En el mismo periodo, el porcentaje de personas con ingresos debajo de la línea de pobreza se redujo de 49,9% a 38,9%; es decir, 11,1 millones de personas aumentaron sus ingresos por encima de esta línea. El aumento acordado para 2026 también implica una recuperación del poder adquisitivo de 154% respecto a 2018.

Según la Conasami, “de las 13.4 millones de personas que salieron de la pobreza en el periodo, 6.6 millones se pueden atribuir exclusivamente a los incrementos del salario mínimo”. Gómez y Munguía (2023) estiman que el incremento real del 65% en el SM entre 2018 y 2022 redujo la pobreza multidimensional en 23.7%.

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Es importante notar que entre 2005 y 2023 el ingreso laboral per cápita aumentó en 17% y el SM en 110%. Esto sugiere que los incrementos en el SM pueden no estar beneficiando a toda la población, ya que no se observa un crecimiento proporcional en el ingreso laboral respecto al SM.

Salario Mínimo e Inflación: Desmitificando la Relación

Si bien el aumento generalizado de los precios suele utilizarse como un argumento en contra de las subidas anuales del sueldo básico de los trabajadores, se pensaba en la literatura neoclásica tradicional que, si se incrementaba el SM, aumentaría la inflación o el desempleo. El argumento para no elevar los sueldos asegura que implica un aumento directo en el costo laboral y por lo tanto, afecta a las empresas que debían absorber tal gasto.

Sin embargo, el acuerdo que establece el nuevo aumento del salario mínimo para 2026 coincide con una inflación por debajo del 5% anual, de acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Los incrementos recientes demuestran que no existe una relación directamente proporcional entre inflación y aumento del salario mínimo. “Esto era un mito y ha quedado demostrado en los últimos seis años que ha habido estos incrementos (en el sueldo básico) sin que haya creado una espiral inflacionaria”, explicó la investigadora y analista Viri Ríos.

Metodología y Evidencia Empírica de los Efectos

Esta investigación tiene como objetivo identificar los efectos de los aumentos en el salario mínimo sobre el ingreso laboral de los trabajadores mexicanos de 18 a 65 años, empleando datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE). Para ello, se utilizan modelos de diferencias en diferencias con datos de panel y efectos fijos. La ENOE es la principal fuente de información laboral en México; se realiza trimestralmente mediante una estructura de panel rotativo, esto significa que cada vivienda se encuesta durante cinco trimestres consecutivos y al término de su ciclo se sustituye con una nueva vivienda.

El canal directo de los efectos del salario mínimo corresponde al aumento de los ingresos de quienes ganan menos del nuevo SM; y el indirecto, en el incremento de los que ganan más. De la misma forma que en 2012, los incrementos del SM de 2019 configuraron un experimento natural que Alvarado, Orraca y Cabrera-Hernández (2023) emplean para identificar que el aumento del SM en la ZLFN repercutió de forma positiva, en mayor medida, en las mujeres y los trabajadores de bajos ingresos.

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Campos-Vázquez, Delgado y Rodas (2020) sostienen que el ingreso laboral aumentó en 9% en los municipios de la ZLFN, mientras que en los niveles de empleo no encuentran efectos significativos. Estos estudios identifican que el aumento del SM se relaciona positivamente con las remuneraciones de los trabajadores que reciben los menores ingresos, sin efectos significativos en el empleo en general. En 2019 se observa un efecto faro hasta el percentil 77 de la distribución.

Salarios Mínimos por Profesiones, Oficios y Trabajos Especiales (2026)

Existen 61 ocupaciones técnicas o especializadas que se incluyen en la tabla de salarios mínimos profesionales. El incremento al salario mínimo en México también se aplica a la tabla de salarios mínimos profesionales, que agrupa 61 profesiones, oficios y trabajos especiales con montos diferenciados según la zona geográfica.

  • Oficial de albañilería: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 363.44
  • Dependiente de mostrador en boticas, farmacias y droguería: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 321.26
  • Operador de buldozer o traxcavo: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 380.74
  • Cajero de máquina registradora: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 326.84
  • Cantinero preparador de bebidas: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 333.52
  • Carpintero de obra negra: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 363.44
  • Carpintero en la fabricación y reparación de muebles, oficial: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 357.45
  • Cocinero, mayora en restaurantes, fondas y establecimientos de preparación de alimentos: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 368.05
  • Reparación y fabricación de colchones, oficial: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 336.83
  • Colocador de mosaicos y azulejos: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 356.19
  • Yesero en construcción de edificios y casas habitación: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 339.20
  • Cortador en talleres y fábricas de manufactura de calzado, oficial: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 330.31
  • Costurero en confección de ropa en talleres o fábricas: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 326.38
  • Costurero en confección de ropa en trabajo a domicilio: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 334.94
  • Chofer acomodador de automóviles en estacionamientos: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 341.42
  • Chofer de camión de carga en general: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 370.90
  • Chofer de camioneta de carga en general: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 360.39
  • Chofer operador de vehículos con grúa: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 346.67
  • Operador de draga: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 384.25
  • Ebanista en fabricación y reparación de muebles, oficial: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 362.6
  • Electricista instalador y reparador de instalaciones eléctricas, oficial: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 356.19
  • Electricista en la reparación de automóviles y camiones, oficial: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 359.63
  • Electricista reparador de motores y/o generadores en talleres de servicio, oficial: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 346.67
  • Empleado de góndola, anaquel o sección en tienda de autoservicio: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 320.32
  • Encargado de bodega y/o almacén: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 331.76
  • Dependiente en ferreterías y tlapalerías: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 338.38
  • Fogonero de calderas de vapor: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 349.22
  • Gasolinero, oficial: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 326.38
  • Herrería, oficial de: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 351.59
  • Hojalatero en la reparación de automóviles y camiones, oficial: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 357.45
  • Jornalero agrícola: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 356.16
  • Lubricador de automóviles, camiones y otros vehículos de motor: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 328.83
  • Manejador en granja avícola: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 316.85
  • Operador de maquinaria agrícola: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 365.24
  • Oficial operador de maquinarias para madera en general: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 349.22
  • Mecánico en reparación de automóviles y camiones, oficial: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 375.35
  • Montador en talleres y fábricas de calzado, oficial: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 330.31
  • Peluquero y cultor de belleza: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 341.42
  • Pintor de automóviles y camiones, oficial: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 351.59
  • Pintor de casas, edificios y construcciones en general, oficial: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 349.22
  • Planchador a máquina en tintorerías, lavanderías y establecimientos similares: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 326.84
  • Plomero en instalaciones sanitarias, oficial: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 349.84
  • Radiotécnico reparador de aparatos eléctricos y electrónicos, oficial: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 362.61
  • Recamarero en hoteles, moteles y otros establecimientos de hospedaje: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 320.32
  • Dependiente de mostrador en refaccionaria de automóviles y camiones: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 331.76
  • Reparador de aparatos eléctricos para el hogar, oficial: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 345.36
  • Reportero en prensa diaria impresa: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 705.46
  • Reportero gráfico en prensa diaria impresa: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 705.46
  • Repostero o pastelero: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 363.44
  • Sastrería en trabajo a domicilio, oficial de: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 365.24
  • Secretario auxiliar: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 374.60
  • Soldador con soplete o con arco eléctrico: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 359.63
  • Tablajero y/o carnicero en mostrador: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 341.42
  • Tapicero de vestiduras de automóviles: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 346.67
  • Tapicero en reparación de muebles, oficial: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 346.67
  • Trabajador del hogar: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 342.47
  • Trabajador social, técnico en: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 405.82
  • Vaquero ordeñador a máquina: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 320.32
  • Velador: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 326.38
  • Vendedor de piso de aparatos de uso doméstico: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 334.94
  • Zapatero en talleres de reparación de calzado: Zona Libre de la Frontera Norte 440.87, Resto del país 330.31

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