Descubre Todos los Bienes Exentos en el Estatuto Tributario Colombiano ¡No Pagues de Más!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El presente artículo tiene como objetivo analizar los bienes exentos dentro del estatuto tributario colombiano. El artículo consta de seis secciones, comenzando con una introducción en la sección I.

I. Introducción

Uno de los capítulos del articulado de la reforma tributaria en Colombia está enfocado en el IVA, con el que el Gobierno buscaría lograr un recaudo de $10.5 billones (2,871 millones de dólares). Una de las grandes preocupaciones frente a este tema ha sido que, en medio de la crisis desatada por la pandemia, es importante que no se afecte la capacidad adquisitiva de los hogares colombianos. Sin embargo, tal como lo había anunciado el presidente Iván Duque, con esta reforma no se gravarán alimentos básicos de la canasta familiar.

De ser aprobado el articulado, los bienes que hoy están en la categoría de exentos pasarán a ser excluidos, lo que significa que no estarán gravados con IVA. Algunos de ellos son la leche, los huevos de gallina, el queso, la carne de res y de cerdo, el pescado y la nata.

Otros bienes que hacen parte del listado de excluidos dentro del estatuto tributario son: tomate, zanahoria, papa, cebolla, arroz, caña de azúcar.

Mientras que algunos servicios excluidos del impuesto son: servicios médicos, odontológicos, hospitalarios, clínicos y de laboratorio; planes obligatorios de salud del Sistema de Seguridad Social en Salud; planes de medicina prepagada y complementarios; servicios de educación preescolar, primaria, media e intermedia, superior y especial o no formal; el transporte público, entre otros.

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Cabe mencionar que en el articulado los servicios públicos de energía, gas y acueducto y alcantarillado para los usuarios de estratos 1, 2 y 3 también quedarían excluidos de este impuesto.

II. Historia del IVA en Colombia

Lo largo de los pasados 15 años rige en la actualidad, mantener la tarifa general de 16%. Países como Bélgica donde fluctúa entre 21 y 27% o Islandia donde es de 24.5%.

En las reformas de 2000, 2002 y 2003 se pueden evidenciar bienes declarados exentos o excluidos. Información de estas reformas se encuentra en la Gaceta del Congreso núm. 663 de 2003 y Gaceta del Congreso núm. 663.

III. Análisis de Precios y Variaciones del IVA

El análisis se basa en series de precios del Banco de la República, desde diciembre de 1998. Se consideran las variaciones en la tarifa del IVA. El IPC (Índice de Precios al Consumidor) incluye en su cálculo la canasta metropolitana de 13 ciudades y sus zonas de influencia, incluyendo ciudades como Cartagena, Montería, Neiva y Villavicencio. La estructura del IPC se subdivide en subgrupos, 79 clases de gasto y 176 gastos básicos. Por ejemplo, alimentos con 31, esparcimiento con 28, transporte con 34 y otros gastos con 38.

El IPP (Índice de Precios al Productor) mide la variación de precios de los insumos a nivel nacional, sin incluir impuestos y manteniendo la tecnología constante. Es problemático analizar grupos similares que no contienen exactamente los mismos productos. Esto se debe a que no se dispone de información de cantidades y precios, aunque es posible inferirla.

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IV. Construcción de la Variable IVA

La construcción de la variable IVA merece mención especial, el primer paso consiste en determinar el IVA pagado por cada gasto básico. Luego, para determinar el IVA que efectivamente le corresponde al componente móvil del IPC, hay que ponderar este último por la ponderación asignada por el DANE (Departamento Administrativo Nacional de Estadística) al gasto básico, respectivamente, y su participación en el IPC total.

V. Modelos de Estimación

El modelo asume que las empresas fijan los precios de las ventas finales añadiendo un margen al costo marginal más el impuesto. Se incluyen efectos fijos y variables indicadoras por ciudades para controlar por factores no observables. Se estima el precio del productor por ciudad y periodo. La estimación busca determinar cómo un cambio en el IVA tendrá un efecto de α por ciento en el índice de precios. Si el parámetro (pass-through) es mayor a 1 los precios aumentan más que proporcionalmente que el impuesto, si es igual a 1 el aumento en los precios será proporcional al aumento en el impuesto y si es menor a 1, el aumento es menor que proporcional.

La estructura de mercado influye en la incidencia del impuesto. Cuando el mercado es perfectamente competitivo (demanda es perfectamente elástica), la incidencia será completa, es decir igual a uno. Cuando el mercado es un oligopolio, la predicción teórica es aún menos clara. Debido a la dificultad teórica para determinar con exactitud la estructura de mercado, el análisis es eminentemente empírico.

La metodología de estimación considera cada ciudad como un mercado diferente y controla por el costo de los insumos de los bienes finales. Se realizan dos tipos de estimaciones: unas del efecto promedio del impuesto, y por otro, estimaciones de la incidencia por cada tipo de bien. Es pertinente y posible incluir variables indicadoras por ciudades en las estimaciones. Se estima según la ecuación (5), asumiendo que cada gasto básico es un producto independiente.

VI. Resultados de las Estimaciones

Los resultados de las estimaciones muestran que, en general, cuando el impuesto aumenta, los precios también lo hacen, como se espera a priori. A nivel nacional, por cada aumento de un punto del IVA, el índice de precios al consumidor se incrementa en 0.98. Se presentan coeficientes estimados para el IPP para cada ciudad en la muestra. El coeficiente estimado del IVA es estadísticamente significativo.

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Las estimaciones con mayor desagregación muestran variedad entre mercados en la incidencia del IVA en el consumidor. Estos resultados sugieren que la estructura de mercado y otros factores no observables pueden tener efectos más allá de la simple presencia de poder de mercado, hasta el punto de bajar los precios.

Tabla de Incidencia del IVA por Ciudad

CiudadCoeficiente Estimado
Bogotá1.4
Medellín-
Pasto3.5

La transferencia es, a nivel nacional, estadísticamente igual a 1. La incidencia del IVA en Colombia es parecida a resultados de ejercicios similares para otros países. Un segundo camino por explorar es el efecto de largo plazo de los impuestos, así como las respuestas en las políticas tributarias en los precios de bienes intermedios.

Sociedades de Comercialización Internacional

Las sociedades de comercialización internacional son especialistas en exportación e importación, operando en tres áreas de gestión: gestión de comercio exterior, gestión de mercado internacional y gestión de financiación internacional. Su importancia radica en facilitar el acceso a mercados externos para productos de diversos sectores industriales. Además, brindan asistencia a empresas nacionales y extranjeras para establecer alianzas estratégicas y expandir sus negocios.

En Colombia, la Ley 67 de 1979 instauró el régimen de las sociedades de comercialización internacional para fomentar las exportaciones. Estas sociedades pueden importar bienes del exterior para abastecer el mercado interno o para elaborar bienes que serán exportados posteriormente. El objetivo es permitir que medianos y pequeños productores exporten sin incurrir en costos elevados, entregando sus productos a una entidad especializada.

El artículo 65 del Estatuto Tributario define las sociedades de comercialización internacional como aquellas personas jurídicas que tienen por objeto social principal la comercialización y venta de productos colombianos al exterior. Estas sociedades podrán contemplar entre sus actividades la importación de bienes o insumos para abastecer el mercado interno o para la fabricación de productos exportables y deberán utilizar en su razón social la expresión "Sociedad de Comercialización Internacional" o la sigla "C.I."

En este contexto, se analiza la exención del impuesto sobre las ventas por la compra o adquisición de bienes corporales muebles, o la prestación de servicios intermedios de la producción en el mercado nacional a las sociedades de comercialización internacional por sus proveedores, dispuesta en los artículos 479 y 481 del Estatuto Tributario.

IVA: Hecho Generador y Sujetos Pasivos

El hecho generador del IVA incluye la venta e importación de bienes corporales, la prestación de servicios en Colombia o desde el exterior y la operación de juegos de suerte y azar. Las sociedades de comercialización internacional son consideradas sujetos pasivos principales del impuesto sobre las ventas, ya que son personas jurídicas que realizan actividades gravadas con el impuesto.

Es importante destacar que las sociedades de comercialización internacional son consideradas como "responsables" del régimen común, lo que implica que deben registrarse en el RUT como tales y que podrán solicitar devoluciones o compensaciones de los saldos a favor que se originan en la adquisición de bienes y servicios incorporados o utilizados en el desarrollo de la actividad exportadora.

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