Desde su puesta en marcha en julio de 2014, el SAT ha intercambiado 670,000 mensajes con 420,000 contribuyentes, 240,000 personas morales y el resto personas físicas. El objetivo del SAT para este año es que el Buzón Tributario tenga contacto con todas las personas morales y físicas que deban presentar su declaración anual, señaló Núñez.
A partir de junio, el Buzón Tributario hará requerimientos de información contable a los contribuyentes y en diciembre comenzará a hacer auditorías electrónicas, anunció el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Auditorías Electrónicas y Requerimientos de Información
En las auditorías o revisiones electrónicas las autoridades requerirán a las personas físicas y morales comprobantes de ingresos y egresos que expliquen alguna operación, depósito, compra o venta del contribuyente. El administrador General de Recaudación del SAT, Lizandro Núñez, explicó: “El proceso será igual que en una revisión física, pero le ahorraremos tiempo al contribuyente y también reduciremos nuestros recursos”. Los requerimientos de información vendrán después de que las personas físicas y morales con ingresos superiores a 4 millones de pesos en 2013 presenten en abril su contabilidad electrónica.
Núñez dijo: “Durante la primera etapa del Buzón Tributario, el fisco sólo ha enviado avisos generales y de interés para presentar declaraciones o solicitar devoluciones (…) Avanzaremos por etapas”. El directivo del SAT aseguró que estos procedimientos serán válidos porque se harán a través de funcionarios que se identificarán y firmarán de manera electrónica los requerimientos.
Argumentos de Inconstitucionalidad
Para el abogado fiscalista miembro del Instituto Mexicano de Contadores Públicos de Baja California, Clemente Ranero, las solicitudes de información y revisiones “podrían vulnerar las garantías de los contribuyentes contenidas en el artículo 16 de la Constitución”. Ranero dijo que el texto de la ley señala que toda orden de cateo deberá ser a través de un acta circunstancial, en presencia de dos testigos. Pero este requerimiento no podría cumplirse si la revisión es electrónica.
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Bajo el argumento de que el envío de la contabilidad electrónica a través del Buzón Tributario es inconstitucional, una ola de amparos se desató a finales del año pasado y principio de éste. Clemente Ranero dijo: “Todavía las empresas y personas físicas tendrán 15 días después de haber enviado su contabilidad electrónica para meter su solicitud de amparo contra el uso de la contabilidad y el buzón”.
Recomendaciones y Limitaciones
Recomendó revisarlo diario, ya que si llega un requerimiento, el fisco dará por hecho que el contribuyente vio el correo a los tres días de haber enviado la información. Las multas por no presentar las declaraciones por los medios electrónicos especificados por el SAT o no atender los requerimientos del fisco van desde 1,100 hasta 13,720 pesos según el artículo 81 del Código Fiscal de la Federación.
El limitado uso de internet y computadora por parte de los contribuyentes podría ser también una limitante para utilizar el Buzón Tributario, dice Ranero. Por ello, el SAT ofrece en sus oficinas el servicio de internet y computadoras gratuitos (sujeto a disponibilidad) para que los contribuyentes revisen su buzón y envíen cualquier información que éste les requiera.
“Hasta el momento el Buzón no sirve para enviar dudas o quejas del contribuyente. Para aclararlas tendrá que utilizar los teléfonos de atención y chat en línea”, agregó el gerente de Producto de Contpaqi, Salvador Flores.
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