¿Te han dicho alguna vez “te vamos a pagar por asimilados”? Suena técnico, pero en realidad es más simple de lo que parece. No estás en nómina, pero tampoco facturas como freelance. Estás en medio. Los asimilados a salarios son personas que trabajan de forma independiente, ya sea para una empresa o para otra persona física, pero sin ser empleados formales.
Este régimen está diseñado para quienes dan un servicio ocasional sin firmar contrato fijo. Es decir, no hay relación laboral directa como tal. Este tipo de pago se usa sobre todo cuando el trabajo será temporal, por proyecto o tendrá una duración corta, nada de relaciones laborales de largo plazo.
Características principales del esquema
Este esquema tiene varias características que lo hacen diferente al trabajo tradicional:
- Son personas que trabajan de forma independiente, sin estar en nómina.
- No emiten factura ni pagan IVA, a diferencia de los que están por honorarios.
- La empresa les retiene el ISR, así que no tienen que hacer declaración mensual.
- No hay relación laboral como tal, o sea, no hay subordinación.
- El pago se hace como si fuera nómina, pero sin prestaciones.
- El trabajador debe estar registrado en el SAT y tener su RFC.
Beneficios y ventajas
Para la empresa, este esquema significa simplificar la contratación de personal temporal sin generar compromisos laborales a largo plazo, lo que le permite prescindir del pago de seguridad social y/o cuotas al IMSS; eso reduce costos operativos. Es 100% deducible de impuestos.
Para quien da el servicio, también hay cosas buenas: pueden organizar su tiempo como quieran, trabajar con varias empresas a la vez y tener más control de su trabajo. No necesitan emitir facturas ni realizar declaraciones mensuales de impuestos; además, solo tienen la obligación de presentar su declaración anual si superan la cantidad anual de ingresos que estipula el SAT.
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Tabla: Ejemplo de cálculo para un honorario asimilado de $15,000 MXN
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Honorario asimilado | $15,000.00 |
| (-) Límite inferior | $14,644.65 |
| (=) Excedente | $355.35 |
| (x) % sobre excedente | 17.92% |
| (=) ISR marginal | $63.66 |
| (+) Cuota fija | $1,339.14 |
| (=) ISR Neto | $1,402.80 |
| Neto a recibir | $13,597.20 |
Requerimientos y cumplimiento legal
Si no hay evidencia clara, el SAT o el IMSS pueden decir que sí hay relación laboral y ahí es donde vienen las multas, recargos y cuotas que nadie quiere pagar. Para evitarlo, asegúrate de cumplir con estos puntos:
- El ingreso pagado no debe ser más del 51% del total de ingresos de la persona.
- Nada de subordinación. El profesionista debe trabajar por su cuenta, sin horarios, sin jefes.
- Tener un contrato de prestación de servicios que diga claramente las condiciones del trabajo y el pago.
- Pedir una carta donde el prestador diga que acepta el pago por asimilados.
¿Cuándo no aplicar este esquema?
Aunque los asimilados a salarios pueden ofrecer cierta flexibilidad, hay situaciones donde su uso se vuelve riesgoso e incluso improcedente. Estas son señales claras de que no se debe aplicar esta figura:
- Existe supervisión directa y continua por parte de un jefe inmediato o del equipo de gestión.
- La persona cumple un horario fijo, definido por la empresa, no por acuerdo entre partes.
- Realiza funciones permanentes, no tareas puntuales ni proyectos con fecha de cierre.
- Tiene dependencia económica total de la empresa, sin otros ingresos ni autonomía profesional.
Cuando se presentan estas condiciones, el vínculo laboral es evidente. Aplicar esquemas no adecuados en estos casos puede derivar en fiscalizaciones, sanciones o reclamaciones por parte del trabajador. Es importante para las empresas, dentro de sus buenas prácticas, el tener un control adecuado de los recibos emitidos, retenciones de ISR y documentación contractual, ya que esto ayuda a evitar inconsistencias ante una revisión del SAT.
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