El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un tributo federal directo que grava los ingresos netos de personas físicas y morales en México. Como buenos ciudadanos, todos debemos enfrentarnos al pago de impuestos, y las personas físicas y morales que están obligadas a su cumplimiento deben saber a cuánto asciende.
¿Qué es el ISR? Definición y Base Legal
El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un tributo federal directo que grava los ingresos netos de personas físicas y morales en México.
¿Cómo Funciona el ISR?
Para las personas físicas, se establece sobre los ingresos provenientes de salarios o de la prestación de algún servicio personal subordinado. Para las personas morales, el ISR contempla las actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas o de pesca.
La diferencia entre los impuestos directos y los indirectos es que los primeros carecen de intermediarios y recaen de manera franca sobre los contribuyentes, en tanto que los indirectos requieren una tercera persona antes de pasar a manos del SAT. En contraste, los impuestos directos como el ISR y similares aplican según las ganancias individuales. Podrías interpretarlo como un “impuesto justo”, porque es un buen caso en donde el que gana más, paga más.
¿Quiénes Están Obligados a Pagar el ISR?
Por ser federal, se entiende que lo pagan todos los mexicanos, aunque no solamente ellos. Este pago tributario no tiene una cuota estándar, sino que es variante.
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Ingresos por los Que se Paga ISR
Las personas físicas pueden tener diferentes fuentes de ingreso como salarios, intereses y dividendos. Los dividendos son las utilidades que se reparten a los accionistas como proporción del capital social que éstos tienen en la empresa. Al ser un ingreso que proviene de las utilidades de una empresa, los dividendos pueden ser gravados tanto en la persona moral como en la persona física.
ISR sobre Dividendos: Un Caso Práctico
Como se mencionó anteriormente, los dividendos, al provenir de las utilidades de las empresas, son gravados tanto en la persona moral como en la persona física. De igual manera, se establece que para que la persona física pueda acreditar el impuesto pagado por la persona moral, tiene que considerar como parte de sus ingresos acumulables el impuesto pagado por la misma.
Para esto, los dividendos deben ser piramidados al multiplicarlos por un factor de 1.4286, tal como lo estipula el artículo 10 de la LISR. El factor proviene de dividir la tasa de ISR corporativa (30%) entre 1 menos la tasa corporativa (70%). Al resultado de esta operación, se le aplica la tasa de ISR corporativo para obtener el impuesto a pagar por la persona moral. Adicionalmente, a partir de 2014, en el artículo 164 de la LISR se cobra un 10% adicional a los ingresos por dividendo.
En este caso, y recordando que existe el supuesto que la persona física tiene ingresos adicionales al dividendo por encima de tres millones de pesos anuales, del millón de pesos repartidos en dividendo el accionista se quedaría, después de impuestos, con 828 mil 577 pesos.
La tasa efectiva a la persona física es el impuesto pagado por la persona física entre el dividendo, mientras que la tasa efectiva total es la suma del impuesto pagado por la persona física más el impuesto pagado por la persona moral entre el dividendo piramidado. Los resultados muestran que la tasa efectiva máxima que puede pagar una persona física por ingresos por dividendo es de 17.1%, mientras que la tasa efectiva total máxima, es decir, sumando el impuesto pagado por la persona moral y el impuesto pagado por la persona física, es de 42%.
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Ejemplo de Cálculo del ISR sobre Dividendos
Consideremos el siguiente ejemplo para ilustrar el cálculo del ISR sobre dividendos:
Datos Iniciales:
- Dividendo distribuido: $1,000,000.00
Cálculo del ISR Pagado por la Persona Moral:
- Base: $1,000,000.00 * 1.4286 = $1,428,600.00
- ISR Pagado por la Persona Moral: $1,428,600.00 * 0.30 = $428,600.00
Cálculo del ISR para la Persona Física:
- Ingreso Acumulable: $1,000,000.00 (Dividendo) + $428,600.00 (ISR Pagado por la Persona Moral) = $1,428,600.00
Retención para la Persona Física:
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- Dividendo Percibido: $200,000.00
- Tasa de Retención del Art. 164 LISR: 10%
- Retención: $200,000.00 * 0.10 = $20,000.00
A continuación, se muestra un ejemplo detallado del cálculo conforme a la ley del ISR:
PARA DETERMINAR EL ISR
Base 142,860.00
Menos Límite inferior $ 123,580.21
Igual Excedente sobre límite inferior 19,279.79
Por % excedente sobre límite inferior 0.2136
Igual Impuesto marginal 4,118.16
Más Cuota fija $ 13,087.37
Igual Impuesto 17,205.43
Es importante recordar que el comprobante que se debe emitir es un CFDI de Retenciones e Información de Pagos, también conocido como CRIP, al cual se debe incorporar el complemento de Dividendos.
Consideraciones Adicionales
Cuando inviertes en acciones, una de las formas en que generarás ingresos durante el año puede ser a través de dividendos. Afortunadamente México tiene tratados fiscales con muchos países que aseguran que podamos avisarle a Hacienda de esos países que no residimos en su país, y que por favor no nos retenga tantos impuestos.
