Descubre Cómo Calcular Multas y Recargos del SAT en México ¡Evita Sanciones Ahora!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El fisco mexicano, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), aplica actualizaciones y recargos a las obligaciones fiscales que no se pagan a tiempo. Es común que los contribuyentes se atrasen en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Sin embargo, antes de que la autoridad tome medidas drásticas, como embargar o incluso encarcelar al contribuyente, le brinda la oportunidad de regularizar su situación fiscal.

Actualizaciones

La actualización se aplica para ajustar el monto original de la obligación fiscal a la inflación acumulada desde la fecha en que se generó la deuda hasta la fecha de pago. El SAT utiliza un factor de actualización que se basa en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). La fórmula general para calcular la actualización es la siguiente:

Monto original x Factor de actualización = Monto actualizado

El factor de actualización se obtiene dividiendo el INPC del mes anterior a la fecha de pago entre el INPC correspondiente al mes anterior a la fecha en que se debió haber hecho el pago. Por ejemplo, si un contribuyente pagó su adeudo en diciembre de 2018 y la fecha en que debió hacer el pago originalmente corresponde a julio del mismo año, se tendría que dividir el INPC de noviembre (102.303) entre el de junio (99.909), lo que da un total de 1.0239, que sería el factor de actualización. Suponiendo que el monto del adeudo es de 10 mil pesos, la cantidad adeudada se tendría que multiplicar por el factor de actualización que resultó de la división (1.0239), lo que da 10 mil 239 pesos como contribución actualizada. Es decir, por la inflación habría que pagar 239 pesos más.

Recargos

Los recargos son una indemnización al fisco por la falta de pago oportuno. Esto lo establece el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación (CFF). Es decir, además de pagar el adeudo actualizado, hay que pagarle al fisco por concepto de los perjuicios que pudieran habérsele causado. Esta indemnización se calcula con base en una tasa de interés que es determinada por el SAT y que puede variar trimestralmente. Los recargos se aplican sobre el monto actualizado de la deuda.

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La fórmula para calcular los recargos es la siguiente:

Monto actualizado x Tasa de interés x Número de meses de retraso = Recargos

La Regla 2.1.21 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2023 establece que la tasa de recargos es de 1.47% mensual. Así, hay que multiplicar 1.47 por la cantidad de meses pasados desde el mes en que debió pagarse.

Siguiendo con el ejemplo anterior, si el contribuyente piensa pagar en diciembre un adeudo que debió pagar en julio, han pasado cinco meses, por lo que se tendría que multiplicar 1.47 por cinco, obteniendo una tasa de recargos del 7.35%. Ahora, se debe calcular el 7.35% de la contribución actualizada (10 mil 239 pesos). Para esto, se tendría que multiplicar la contribución actualizada por la tasa de recargos, tras haber recorrido el punto decimal a la izquierda dos posiciones. Es decir, por 0.0735. El resultado de esta operación es 752.5, lo que corresponde a lo que hay que pagar por concepto de recargos.

Cálculo Total

Finalmente, hay que hacer la suma de lo siguiente:

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  • Lo que se dejó de pagar al fisco, que en nuestro ejemplo corresponde a 10 mil pesos.
  • La actualización por inflación, de 239 pesos.
  • Los recargos por los meses de mora, por un total de 752.5 pesos.

El resultado es 10 mil 991.5 pesos. En este ejemplo, se debe pagar al SAT casi un 10% más de lo que se habría pagado originalmente.

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