Guía Definitiva para Calcular el Impuesto en el Régimen General ¡Fácil y Rápido!post-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un tributo federal directo que grava los ingresos netos de personas físicas y morales en México. En términos prácticos, el ISR se calcula sobre la diferencia entre lo que ganas y lo que puedes restar como deducciones autorizadas. Es importante entender el cálculo del ISR aun cuando no seamos contadores, ya que como profesionistas o empresarios tenemos que entender la lógica para evitar problemas con el SAT.

Cálculo del ISR para personas morales en el Régimen General

El artículo 9 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) nos dice cómo las empresas (personas morales) deben calcular el Impuesto sobre la Renta (ISR) en el Régimen General de Ley. El ISR para personas morales se calcula aplicando una tasa del 30% sobre el resultado fiscal del año.

Pasos para determinar el resultado fiscal:

  • Calcula la Utilidad Fiscal: Resta de los ingresos acumulables las deducciones autorizadas (los gastos que puedes restar) y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas (PTU) pagada en el año.
  • Aplica las Pérdidas Fiscales Pendientes: Si tu empresa tiene pérdidas fiscales de años anteriores que no ha utilizado, réstalas a la utilidad fiscal.
  • Calcula el Impuesto: Aplica la tasa del 30% sobre el resultado fiscal para saber cuánto ISR debes pagar.

Durante el año, tu empresa tiene que hacer pagos provisionales de ISR cada mes. Estos son anticipos del impuesto anual y se calculan con base en los ingresos y deducciones de cada periodo. En el Régimen General se realizan pagos mensuales del impuesto a la renta, estos se consideran a cuenta del impuesto anual que te corresponde pagar.

Determinación de pagos provisionales mensuales

Para determinar los pagos a cuenta mensuales debes seguir los siguientes pasos:

  1. Determinar el coeficiente: El coeficiente es la cifra que se multiplica a los ingresos netos del mes y para obtenerlo se debe dividir: Impuesto calculado del año anterior / Ingresos netos del año anterior. El coeficiente resultante se redondea considerando 4 decimales.
  2. Aplicación del coeficiente: Una vez determinado el coeficiente, este se aplica a los ingresos netos del mes (Ingresos Netos x Coeficiente calculado = Cuota A).
  3. Comparación de cuotas: La Cuota A determinada se compara con la cuota resultante de multiplicar los ingresos del mes por 1.5%. De la comparación de ambas se elige la mayor, dicho monto es el pago a cuenta mensual determinado.

De no existir impuesto calculado el año anterior, ni del precedente al anterior, para determinar el monto de pago mensual se debe aplicar el 1.5% a los ingresos netos obtenidos en el mes.

Lea también: ISR Personas Morales en México: Guía Detallada

Ejemplo comparativo de pagos provisionales

Concepto Cálculo Resultado
Ingresos Netos (Enero) S/ 50,000 x 0.0121 S/ 605
Comparativa (1.5%) S/ 50,000 x 1.5% S/ 750 (Mayor)

Obligaciones de las personas físicas

Las personas físicas tienen la obligación de realizar pagos mensuales del ISR en forma de pago provisional y cuota fija. De esta forma, el SAT asegura el pago o recaudación del ISR de forma anticipada y el contribuyente pagará solo la diferencia u obtendrá un saldo a favor después de presentar la declaración anual de ISR. Las personas físicas deberán presentar su declaración anual de ISR en abril, siendo el último día del mes la fecha límite para ello.

Si el resultado del cálculo del ISR es negativo, eso significa que tienes un saldo a favor. Para pagar menos impuestos en tus declaraciones de ISR tendrás que asesorarte sobre las deducciones autorizadas. Sí, puedes deducir gastos médicos, honorarios de colegios privados, donaciones a instituciones autorizadas, intereses hipotecarios y aportaciones a fondos de retiro (AFORE).

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