Complemento de Pago SAT: Guía Definitiva y Tutorial Paso a Paso para Evitar Errorespost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
771 715 4434

El Complemento de pago SAT, también conocido como Recibo Electrónico de Pago (REP SAT), es un documento esencial en la facturación electrónica en México. En este artículo te explicamos qué es un complemento de pago, cómo se realiza, y lo que debes considerar para cumplir con tus obligaciones fiscales.

¿Qué es un Complemento de Pago?

El Complemento de pago es un documento que se emite cada vez que se recibe un pago parcial o diferido (PPD) y debe estar relacionado con una factura. Este documento facilita la conciliación de las facturas contra los pagos y evita la cancelación de facturas ya pagadas. Además, qué es el complemento de pago se explica como una herramienta fundamental para el control fiscal de tu empresa.

¿Qué es un REP?

El Recibo Electrónico de Pago (REP SAT) es otra forma de llamar al Complemento de pago. Este documento es obligatorio en ciertos casos para asegurar que el pago ha sido realizado correctamente y se ha registrado en el Sistema de facturación electrónica del SAT.

¿Cuándo se emite un Complemento de Pago?

El Complemento de pago se debe incorporar a la factura:

  • Cuando tu cliente pague el bien o servicio en partes. (Pago en parcialidades)
  • Cuando se realice el pago del bien o servicio en una sola exhibición, pero el monto no es cubierto al momento de que la factura fue emitida. (Pago diferido)

¿Cómo hacer un Complemento de Pago?

El procedimiento para realizar un Complemento de pago en el SAT es el siguiente:

Lea también: Aprende a cancelar facturas en el SAT

Pago en parcialidades:

  • Emitir un CFDI de ingreso por el valor total de la operación en el momento en que se realice.
  • Posteriormente, emitir un CFDI por cada uno de los pagos recibidos.

Pago diferido:

  • Emitir el CFDI para reflejar el pago que liquide el importe de la operación.

¿Cuándo se está obligado a emitir un complemento de pago?

Se está obligado a emitir un complemento de pago cuando el pago de una factura se realiza de manera diferida o en parcialidades. Es decir, si en el CFDI original se indicó "Pago en Parcialidades o Diferido" (PPD) en lugar de "Pago en una sola exhibición" (PUE).

¿Cuáles son los principales cambios en el complemento de pago 2.0?

Los cambios más relevantes incluyen:

  • La identificación de si los pagos amparados por el comprobante son objeto de impuestos.
  • La inclusión de un resumen de los importes totales de los pagos en moneda nacional y los impuestos trasladados.
  • La introducción de la opción para identificar pagos a cuenta de terceros.

Complemento de Pago 2.0

En 2022 existió un periodo de convivencia entre la versión 1.0 y 2.0 del complemento de pago ya que la versión de CFDI 3.3 y CFDI 4.0 también se encontraban en dicha convivencia. La versión 2.0 es obligatoria a partir del 1 de enero del 2023 y la 1.0 dejará de tener validez.

Fundamento Legal del Complemento de Pago

El fundamento legal del complemento de pago en México se encuentra en el artículo 29 A del Código Fiscal de la Federación y en diversas disposiciones fiscales que regulan la emisión de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI).

¿Cuándo no aplica el Complemento de Pago?

La factura original se emite con Método de Pago “PUE” (Pago en una sola exhibición) y el pago se recibe en ese mismo instante. Se trata de la facturación de anticipos. Los anticipos tienen un procedimiento de facturación específico (un CFDI de ingreso por el anticipo, luego un CFDI de ingreso por el total de la operación relacionando el anticipo, y un CFDI de egreso para aplicar el anticipo).

Lea también: Requisitos cancelación cita SAT

¿Cómo cancelar un Complemento de Pago?

Es posible cancelar complemento de pago siempre que se sustituya por otro con los datos correctos. Con el nuevo complemento corregido y timbrado, debes a solicitar la cancelación del Complemento para Recepción de Pagos que tenía el error. Al solicitar la cancelación, el sistema te pedirá un motivo de cancelación. Además, el sistema te solicitará que ingreses el folio fiscal (UUID) del CFDI que sustituye al cancelado. Es importante que monitorees el estado de tu solicitud.

Como ya sabemos con la implementación de la nueva versión de CFDI 4.0 se generaron algunos cambios, y en las cancelaciones no fue la excepción. En este caso lo primero que tendrás que hacer es sustituir la factura, y después solicitar la cancelación. Entonces.. El cliente cuenta con un lapso de 72 horas para aceptar o negar la cancelación de la factura. Así que es INDISPENSABLE disponer del Buzón Tributario, sin embargo si cuentas con el servicio de un PAC, pregúntale si cuentan con un software interno para descargar de forma automática las solicitudes de cancelación.

Datos Importantes en el CFDI para el Complemento de Pago

Este proceso se divide en dos partes: el CFDI “cascarón” de tipo Pago y el Complemento en sí, anidado dentro. Este es el CFDI principal que contendrá el Complemento de Pago:

  • Moneda (a nivel comprobante): Se registra la clave XXX (“Los códigos asignados para las transacciones en que intervenga ninguna moneda”).
  • UsoCFDI: Este campo debe ser CP01 (“Pagos”).
  • ObjetoImp: 01 (“No objeto de impuesto”).

Datos dentro del Complemento:

  • FechaPago: La fecha y hora exactas en que recibiste el pago.
  • FormaDePagoP: La clave de la forma en que se recibió el pago, según el catálogo del SAT (ej. 03 para Transferencia Electrónica, 01 para Efectivo).
  • ¡Importante! TipoCambioP: Si la MonedaP es diferente de MXN, aquí va el tipo de cambio de esa moneda a pesos mexicanos a la fecha del pago.
  • Monto: El importe exacto del pago recibido, expresado en la MonedaP.
  • TipoCadPago, CertPago, CadPago, SelloPago: Estos campos son para pagos con SPEI y son opcionales si decides no usar TipoCadPago.
  • IdDocumento: El UUID (folio fiscal de 36 caracteres) de la factura de ingreso original que se está liquidando con este pago.
  • EquivalenciaDR: (Requerido si MonedaDR es diferente de MonedaP) Es el tipo de cambio que convierte la moneda del documento relacionado (MonedaDR) a la moneda del pago (MonedaP). Se calcula como el número de unidades de MonedaDR que equivalen a una unidad de MonedaP. Si ambas monedas son iguales, este valor es 1.
  • NumParcialidad: El número de parcialidad que se está pagando (ej.
  • ImpSaldoAnt: El monto del saldo que tenía la factura antes de aplicar este pago.
  • Nodo ImpuestosDR (Dentro de DoctoRelacionado): Aquí se desglosan los impuestos (IVA, IEPS, tanto trasladados como retenidos si los hubo en la factura original) que corresponden a la porción del ImpPagado de esta factura.
  • Nodo ImpuestosP (Dentro del Pago, después de todos los DoctoRelacionado): Este nodo final resume los impuestos del Pago actual, pero expresados en la MonedaP (la moneda en que se recibió el pago).
  • Moneda del pago recibido (ej. MXN, USD).
  • MontoImporte del pagoTipo Cambio Si el pago es en moneda nacional la correspondiente es 1.

Beneficios del Complemento de Pago

  • Para el Emisor (tú): Te permite demostrar que los ingresos que reportaste en la factura PPD están siendo efectivamente cobrados.
  • Para el Receptor (tu cliente): Esta relación es la que le permite a tu cliente comprobar ante el SAT que ha liquidado la factura.
  • Para el SAT: Proporciona a la autoridad fiscal una trazabilidad completa de cada operación, desde la emisión de la factura a crédito hasta su liquidación total o parcial.
  • Vincular el Pago con la Factura Original: A través del UUID (folio fiscal) de la factura de ingreso emitida previamente, el REP establece una conexión directa e inequívoca. Esto indica claramente qué factura o facturas están siendo liquidadas con ese pago, evitando confusiones y duplicidades.
  • Permitir el Correcto Acreditamiento del IVA para tu cliente: Este es un punto crítico para tus clientes. De acuerdo con el Artículo 5, fracción II de la Ley del IVA, para que el Impuesto al Valor Agregado que te trasladaron sea acreditable, el pago correspondiente debe estar efectivamente realizado y debidamente documentado.
  • Respaldar la Deducibilidad del Gasto para el Pagador: Para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR), el Recibo Electrónico de Pago es el comprobante que demuestra que una factura emitida con método PPD ha sido efectivamente liquidada. El fundamento legal para la emisión del Complemento para Recepción de Pagos se encuentra principalmente en las reglas 2.7.1.29. y 2.7.1.32.

Sanciones por no Emitir el Complemento de Pago

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de imponer sanciones a los contribuyentes por cada comprobante fiscal digital por internet (CFDI) que emitan sin incluir los complementos de pago requeridos por la legislación vigente. Multas y Sanciones por parte del SAT: La autoridad fiscal es clara.

  • Discrepancias en tus ingresos y contabilidad: Si no documentas los cobros de tus facturas PPD con un Recibo Electrónico de Pago, tus registros contables de ingresos podrían no cuadrar con tus depósitos bancarios o con lo que el SAT espera ver.
  • Imposibilidad de Deducir el Gasto: Este es un punto crítico para la deducibilidad.
  • Imposibilidad de Acreditar el IVA: De manera similar, para que tu cliente pueda acreditar el IVA que le trasladaron en la factura original, es indispensable que el pago esté efectuado y debidamente documentado con el Complemento de Pago.

Preguntas Frecuentes

¿Puedo hacer un complemento de pago de meses anteriores?

El plazo para emitir un Complemento de recepción de pagos es a más tardar al décimo día natural del mes siguiente al que se recibió el pago.

Lea también: Cómo Cancelar Pagos ISR Persona Física en México

¿Cuándo se debe generar el complemento de pago 2.0?

Debe generarse a más tardar el décimo día natural del mes siguiente al que se recibió el pago correspondiente.

¿Qué pasa si no emito el complemento de pago?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la facultad de imponer sanciones a los contribuyentes por cada comprobante fiscal digital por internet (CFDI) que emitan sin incluir los complementos de pago requeridos por la legislación vigente.

¿Qué sectores deben utilizar el complemento de pago 2.0?

El complemento de pago 2.0 debe ser utilizado por todos los contribuyentes que realicen operaciones bajo la modalidad de pago en parcialidades o diferido. Sectores como comercio, servicios, manufactura e incluso profesionistas independientes que acepten pagos diferidos deben implementarlo.

¿Qué sucede si no se incluye el complemento de pago 2.0?

Si no se emite el complemento de pago 2.0 cuando es obligatorio, el SAT puede considerar que la factura no ha sido pagada y aplicar sanciones fiscales. Además, puede generar problemas de deducibilidad para el receptor del CFDI.

¿Se puede cancelar un complemento de pago de una factura?

Es posible cancelar complemento de pago siempre que se sustituya por otro con los datos correctos.

Recomendación

Si quieres cumplir con tus obligaciones fiscales perdiéndole el miedo al SAT, te recomendamos el ERP Microsip. El software que se adapta al tamaño de tu empresa y de tu operación. Con él podrás vender, administrar, operar y analizar la información de tu empresa. Y por supuesto, recibir y emitir factura electrónica CFDI 4.0 y Complemento de pago.

Fácil y rápido ¿no?, con el sistema de facturación electrónica XPD podrás generar tus CFDI con complementos de pago en cualquier lugar sin complicaciones.

Concepto Descripción
Emisión del REP A más tardar el quinto día natural del mes inmediato siguiente al que recibiste el o los pagos.
Fecha de Pago Debe ser la fecha real en que el dinero ingresó a tu cuenta o lo recibiste.
Clave de Uso CFDI CP01 (Pagos).

tags: #cancelar #complemento #de #pago #sat #tutorial