Al contratar un seguro, se está en presencia de una prestación de servicio, sujeta a la tasa del 16 % de Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Emisión de CFDI por Indemnización
La autoridad fiscal ha detectado que las aseguradoras solicitan la emisión de ambos comprobantes fiscales y considera que es una práctica indebida condicionar la solicitud de la factura por la indemnización. Así lo establece al emitir el criterio no vinculativo 5/IVA/NV publicado en el Anexo 3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 (RMISC 2025), que a la letra dice:
No obstante, la emisión de ambos comprobantes es incorrecta, toda vez que la cantidad pagada por concepto de indemnización se entrega como resultado de la cobertura de la póliza contratada, en consecuencia el único CFDI que debe emitirse es para transmitir la propiedad del bien a la aseguradora.
Prácticas Indebidas Detectadas
Sin embargo, también se ha detectado que las aseguradoras emiten el comprobante fiscal por medio de la auto facturación o bien, solicitan su expedición al asegurado, piden el desglose del IVA, lo cual es incorrecto toda vez que la indemnización no es una actividad gravada en la LIVA.
Este lo confirma la autoridad fiscal al contemplar en la fracción segunda del criterio no vinculativo 5/IVA/NV publicado en el Anexo 3 de la RMISC 2025: Su emisión está condicionada a la realización del pago correspondiente.
Lea también: Guía para Aceptar y Cancelar CFDI
En conclusión, las aseguradoras no pueden condicionar el pago de la indemnización a la emisión del CFDI por el asegurado ni aplicar la auto facturación por el importe de dicho concepto.
Tratamiento Fiscal de los Seguros Especiales
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Operaciones Sujetas a IVA
El artículo 1o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) establece qué operaciones están sujetas al impuesto, en las que se mencionan la enajenación de bienes, prestación de servicios independientes, otorgamiento del uso y goce temporal de bienes y la importación de bienes o servicios.
La Indemnización y el IVA
Por otra parte, y como ya se mencionó, el pago de la indemnización recibida es consecuencia de la contratación del seguro; por ende, este último acto no encuadra en los supuestos establecidos en el artículo 1o. de la LIVA.
Acreditamiento del IVA
De conformidad con la LIVA, y como ya se mencionó, el pago de la indemnización no se define en los supuestos de ley para realizar el traslado del mismo, a pesar de que en el comprobante se desglose el IVA este no podrá ser acreditado por las entidades de seguros.
Este hecho se sigue considerando una práctica indebida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), contemplada en la fracción III del criterio 5/IVA/NV del Anexo 3 de la RMISC 2025.
Lea también: SAT y CFDI: Entendiendo la relación
Impuesto sobre la Renta (ISR)
Ingresos Exentos
No todos los ingresos de las personas físicas se encuentran sujetos al pago del Impuesto sobre la Renta (ISR); la ley de la materia contempla algunos por los que no se paga el impuesto considerándolos exentos, los cuales se encuentran contemplados en el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
La fracción XXI ese dispositivo ordena que serán ingresos exentos, los que obtengan los contribuyentes por instituciones de seguros a los asegurados o beneficiarios cuando ocurra el riesgo que ampara una póliza contratada, siempre que no se trate de bienes de activo fijo.
Obligación Informativa
Finalmente, si los ingresos totales del sujeto pasivo son mayores a $ 500,000.00 tiene que presentar la declaración anual e informar el origen del ingreso, esto solo será como dato informativo de conformidad con el artículo 150, tercer párrafo de la LISR.
CFDI en Pagos de Pólizas y Gastos Médicos
Uso de CFDI para Gastos Médicos
Para deducir tus impuestos por gastos médicos, es necesario que tengas tus facturas y archivos XML por dichos servicios con el uso de CFDI correcto.
| Clave CFDI | Descripción | Uso |
|---|---|---|
| D07 | Primas de seguros | Úsala exclusivamente cuando pagues renovación o mensualidad de tu póliza de gastos médicos mayores a la aseguradora. |
| D01 | Honorarios y hospitales | Úsalo cuando pagues directamente al doctor, farmacia hospitalaria o caja de hospital. |
Requisitos para la Deducción
CERO efectivo: El pago debe ser forzosamente por medios electrónicos (tarjeta de crédito, débito, transferencia o cheque nominativo).
Lea también: Aprende a descargar CFDI en lote desde el SAT
Régimen fiscal: Tu régimen fiscal en la factura debe coincidir con tu Constancia de Situación Fiscal actualizada.
El SAT no te deja deducir ilimitadamente.
Tope máximo (5 UMAs): Aprox. $213,973.20 MXN. (Nota: El valor de la UMA se actualiza cada febrero.
Se pueden deducir los pagos por concepto de hospitalización tanto para ti, tu cónyuge, concubina(o), nietos, hijos, padres, abuelos o cualquier parentesco de línea directa.
Dentro de las deducciones también existen limitaciones y restricciones, ya que no todos los gastos derivados de una emergencia médica se pueden deducir.
Corrección de CFDI Incorrectos
En caso de colocar un CFDI incorrecto en tu factura, lo que deberás hacer es cancelar la misma; para ello, los emisores deberán enviar un requerimiento de dicha cancelación al portal del SAT. Una vez autorizada, podrás entregarte tú la factura electrónica correcta.
Complemento de Recepción de Pagos (CRP)
Al momento de contratar tu seguro, la institución está obligada a expedir un complemento de Recepción de Pagos.
La nueva disposición, establece que además de tener la obligación de emitir un CFDI al momento de contratar la póliza de seguros, será obligatorio expedir un nuevo CFDI para cada uno de los pagos recibidos (Complemento de Recepción de Pagos).
