El Código Fiscal de la Federación (CFF) es la columna vertebral del sistema tributario en México. Establece las normas, procedimientos y obligaciones que rigen la relación entre el Estado y los contribuyentes. A continuación, se presenta un resumen de los artículos más relevantes y las reformas que han impactado el CFF a lo largo del tiempo.
Obligaciones y Contribuciones
El Artículo 1 del CFF establece la obligación fundamental de contribuir para los gastos públicos. El Artículo 2 define los tipos de contribuciones existentes, mientras que el Artículo 3 y Artículo 4 clarifican los conceptos de aprovechamientos y créditos fiscales, respectivamente.
Es importante destacar el Artículo 4-A, que aborda la aplicabilidad del CFF sobre contribuciones exigibles en el extranjero, especialmente en el marco de tratados internacionales en los que México participa. El Artículo 5 exige una aplicación estricta de las normas tributarias, complementado por el Artículo 5-A, que regula los efectos fiscales de los actos jurídicos que carecen de una razón de negocios y generan un beneficio fiscal directo o indirecto.
El Artículo 6 se refiere a la causación de las contribuciones, y el Artículo 7 establece cómo entran en vigor las leyes fiscales. Los Artículos 8 y 9 definen los conceptos de México como país y territorio nacional, así como la residencia en territorio nacional.
Domicilio Fiscal y Ejercicio Fiscal
El Artículo 10, que ha sido reformado, define el domicilio para efectos fiscales. El Artículo 11 establece las reglas para los ejercicios fiscales, y el Artículo 12 detalla el cómputo de los plazos.
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Enajenación de Bienes y Arrendamiento Financiero
El Artículo 14 define el concepto de enajenación de bienes, con precisiones en los Artículos 14-A (no enajenación en operaciones de préstamos de títulos) y 14-B (casos que no se consideran enajenación). El Artículo 15 aborda el arrendamiento financiero.
Definiciones Adicionales
El Artículo 15-A define la escisión de sociedades, mientras que el Artículo 15-B especifica los pagos que se consideran regalías. El Artículo 15-C identifica las instituciones y sociedades consideradas como entidades financieras, y el Artículo 15-D regula los efectos fiscales de la deducción o acreditamiento por concepto de subcontratación de personal.
El Artículo 16 ofrece una definición de actividades empresariales, complementado por los Artículos 16-A (operaciones financieras derivadas), 16-B (el ajuste a través de UDIS se considera interés) y 16-C (mercados reconocidos).
Ingresos y Actualización de Contribuciones
El Artículo 17 se refiere a los ingresos en bienes o servicios. Los Artículos 17-A y 17-B abordan la actualización de contribuciones, aprovechamientos o devoluciones, y el concepto de Asociación en participación, respectivamente.
Medios Electrónicos y Firma Electrónica Avanzada
El Artículo 17-C establece la aplicación de disposiciones en materia de medios electrónicos. El Artículo 17-D detalla la obligación de presentar documentos en forma digital con firma electrónica avanzada. Los Artículos 17-E, 17-F y 17-G regulan el acuse de recibo, los servicios de certificación y los requisitos para la validez de los certificados emitidos por el SAT.
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Los Artículos 17-H y 17-H BIS especifican los supuestos en los que los certificados emitidos por el SAT quedan sin efectos o se restringen temporalmente. Los Artículos 17-I y 17-J se refieren a la verificación de la integridad y autoría de documentos digitales, y las obligaciones del titular de un certificado emitido por el SAT.
Buzón Tributario
El Artículo 17-K introduce el Buzón Tributario, y el Artículo 17-L regula su autorización de uso.
Formalidades y Representación
El Artículo 18 establece las formalidades para las promociones, con detalles adicionales en el Artículo 18-A. El Artículo 18-B se refiere a la protección y defensa de los derechos de los contribuyentes por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. El Artículo 19 aborda la representación de particulares, y el Artículo 19-A regula la presentación de documentos digitales por personas morales.
Pago de Contribuciones y Actualización
El Artículo 20 establece el pago de contribuciones con moneda nacional. Los Artículos 20-BIS y 20-TER detallan las reglas para determinar el Indice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) y el valor de la unidad de inversión (UDI).
El Artículo 21 regula la actualización de contribuciones no cubiertas y la causación de recargos.
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Devoluciones y Compensaciones
El Artículo 22 se refiere a la devolución por la autoridad fiscal, con precisiones en los Artículos 22-A, 22-B, 22-C y 22-D. El Artículo 23 aborda la compensación de cantidades a favor, y el Artículo 24 regula las compensaciones entre la federación y otros.
Estímulos Fiscales y Responsables Solidarios
El Artículo 25 establece el acreditamiento de estímulos fiscales, con detalles en el Artículo 25-A. El Artículo 26 enumera los responsables solidarios, y el Artículo 26-A se refiere a la responsabilidad de las personas físicas con régimen general a las actividades empresariales.
Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
El Artículo 27 se centra en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Contabilidad y Comprobantes
El Artículo 28 establece las reglas sobre libros y registros contables, y el Artículo 29 se refiere a los comprobantes fiscales, con precisiones en los Artículos 29-BIS, 29-A, 29-B y 29-C.
Conservación de la Contabilidad
El Artículo 30 indica el lugar para conservar la contabilidad, con detalles sobre registros electrónicos en el Artículo 30-A.
Solicitudes, Declaraciones y Avisos
El Artículo 31 regula las solicitudes, declaraciones y avisos, con plazos específicos en el Artículo 31-A. El Artículo 32 se refiere a las declaraciones complementarias.
Dictámenes y Obligaciones de Terceros
El Artículo 32-A enumera los contribuyentes obligados a ser dictaminados. Los Artículos 32-B, 32-B Bis, 32-B Quater, 32-B Quinq y 32-B Ter detallan las obligaciones de instituciones de crédito y otros sujetos. Los Artículos 32-C, 32-D, 32-E, 32-F, 32-G y 32-H abordan obligaciones específicas de empresas de factoraje, casas de bolsa y otros.
Facultades del Fisco y Resoluciones
El Artículo 33 establece las normas para el cumplimiento de las facultades del Fisco, con detalles sobre aclaraciones y sorteos en los Artículos 33-A y 33-B. Los Artículos 34, 35 y 36 se refieren a consultas, expedición de criterios y modificación de resoluciones, respectivamente.
Actos Administrativos y Facultades del Ejecutivo
El Artículo 38 enumera los requisitos de los actos administrativos que se deben notificar. El Artículo 39 establece las facultades del ejecutivo federal.
Medios de Apremio y Aseguramiento Precautorio
El Artículo 40 permite el empleo de medios de apremio. El Artículo 40-A regula el aseguramiento precautorio.
Omisión de Documentos y Facultades de Comprobación
El Artículo 41 aborda la omisión de presentación de documentos, y los Artículos 41-A y 41-B detallan las facultades de comprobación en declaraciones y la verificación de datos del RFC.
Visitas Domiciliarias y Revisiones de Gabinete
El Artículo 42 enumera las facultades de comprobación de las autoridades fiscales, con precisiones en los Artículos 42-A y 42-B. Los Artículos 43, 44, 45, 46, 46-A y 47 regulan las visitas domiciliarias. Los Artículos 48 y 48-A se refieren a las revisiones de gabinete.
Verificación de Comprobantes y Determinación de Contribuciones
El Artículo 49 aborda las visitas para verificar la expedición de comprobantes fiscales. Los Artículos 50 y 51 regulan la determinación de contribuciones omitidas.
Dictámenes de Contadores Públicos
El Artículo 52 se centra en los dictámenes de Contadores Públicos, con requisitos específicos en los Artículos 52-A, 53 y 53-A. Los Artículos 53-B y 53-C se refieren a revisiones electrónicas y facultades de comprobación.
Presunciones y Determinación Presuntiva
Los Artículos 55, 56, 57, 58, 58-A, 59, 60, 61, 62 y 63 abordan presunciones y métodos de determinación presuntiva de utilidades, ingresos y retenciones.
Pago y Prórrogas
El Artículo 65 establece el plazo para el pago o garantía de contribuciones omitidas. El Artículo 66 regula las prórrogas y pagos parciales, con detalles en el Artículo 66-A.
Extinción de Facultades y Reserva de Datos
El Artículo 67 se refiere a la extinción de las facultades del Fisco. Los Artículos 69, 69-B, 69-B BIS, 69-B Ter, 69-C, 69-D, 69-E, 69-F, 69-G y 69-H abordan la reserva de datos, acuerdos conclusivos y otros procedimientos.
Multas e Infracciones
El Artículo 70 se refiere a la aplicación de multas, con requisitos específicos en el Artículo 70-A. Los Artículos 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79, 80, 81, 82, 82-A, 82-B, 82-C, 82-D, 82-E, 82-F, 82-G, 82-H, 83, 84, 84-A, 84-B, 84-C, 84-D, 84-E, 84-F, 84-G, 84-H, 84-I, 84-J, 84-K, 84-L, 84-M, 84-N, 85, 86, 86-A, 86-B, 86-C, 86-D, 86-E, 86-F, 86-G, 86-H, 86-I, 86-J, 87, 88, 89, 90, 90-A, 91, 91-A y 91-B enumeran diversas infracciones y las multas correspondientes.
Delitos Fiscales
Los Artículos 92, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100 y 101 abordan los procedimientos penales y los delitos fiscales. Los Artículos 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 109, 110, 111 y 111-Bis describen los delitos de contrabando, defraudación fiscal y otros delitos relacionados con el RFC y la contabilidad.
Tabla Resumen de Artículos Clave
| Artículo | Descripción |
|---|---|
| 1 | Obligación de contribuir para gastos públicos |
| 2 | Tipos de contribuciones |
| 4 | Concepto de créditos fiscales |
| 5 | Aplicación estricta de las normas tributarias |
| 6 | Causación de las contribuciones |
| 27 | Registro Federal de Contribuyentes |
| 29 | Comprobantes fiscales |
| 42 | Facultades de comprobación de las autoridades fiscales |
| 102 | Delitos de contrabando |
| 108 | Delito de defraudación fiscal |
