Descubre Cómo Calcular Actualización y Recargos de Impuestos en México con Ejemplos Prácticospost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Los contribuyentes pueden atrasarse en el pago de sus obligaciones tributarias, y eso es más común de lo que crees. Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aplica actualizaciones y recargos a las obligaciones fiscales pendientes de pago. Atrasarse en el pago de las obligaciones tributarias es más común de lo que crees.

Antes de que la autoridad tome medidas drásticas, como embargar a un contribuyente o hasta meterlo a la cárcel, le brinda la posibilidad de que se ponga al corriente con los impuestos que adeuda. ¡No te equivoques! Tienes que saber que antes de que la autoridad tome medidas más drásticas como embargarte o hasta meterte a la cárcel, tienes la posibilidad de ponerte al corriente con tus obligaciones, incluso después de la fecha límite.

Actualizaciones

La actualización se aplica para ajustar el monto original de la obligación fiscal a la inflación acumulada desde la fecha en que se generó la deuda hasta la fecha de pago.

La inflación es un fenómeno por el que los precios de los productos y servicios suben de precio con el tiempo. Así, con 100 pesos el día de hoy puedes comprar menos cosas que con esa misma cantidad hace un año. Por lo mismo, si le pagas al fisco con posterioridad, el dinero que le pagues con seguridad valdrá menos.

El SAT utiliza un factor de actualización que se basa en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC), publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

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La fórmula general para calcular la actualización es la siguiente:

Monto original x Factor de actualización = Monto actualizado

El factor de actualización se obtiene dividiendo el INPC del mes anterior a la fecha de pago entre el INPC correspondiente al mes anterior a la fecha en que se debió haber hecho el pago.

Ejemplo de cálculo de actualización:

Pongamos por ejemplo a un contribuyente que pagó su adeudo en diciembre de 2018 y que la fecha en que debió hacer el pago originalmente corresponde a julio del mismo año. En este caso, se tendría que dividir el INPC de noviembre (102.303) entre el de junio (99.909), lo que da un total de 1.0239, que sería el factor de actualización.

Supongamos además que el monto del adeudo es de 10 mil pesos. La cantidad adeudada se debe multiplicar por el factor de actualización que resultó de nuestra división (1.0239) lo que nos da 10 mil 239 pesos como contribución actualizada. Es decir, por la inflación habría que pagar 239 pesos más.

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Para ello hay que multiplicar la cantidad adeudada por el factor de actualización correspondiente al periodo de mora.

Recargos

Los recargos son una indemnización al fisco por la falta de pago oportuno. Esto lo establece el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación (CFF). Es decir, además de pagar el adeudo actualizado hay que pagarle al fisco por concepto de los perjuicios que pudieran habérsele causado.

Esta indemnización se calculan con base en una tasa de interés que es determinada por el SAT y que puede variar trimestralmente. Los recargos se aplican sobre el monto actualizado de la deuda.

La fórmula para calcular los recargos es la siguiente:

Monto actualizado x Tasa de interés x Número de meses de retraso = Recargos

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La Regla 2.1.21. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2023 establece que la tasa de recargos es de 1.47% mensual. La tasa de recargos, según se establece en la regla 2.1.23. de la Resolución Miscelánea Fiscal, es de 1.47% mensual. Así, hay que multiplicar 1.47 por la cantidad de meses pasados desde el mes en que debió pagarse.

Para calcular los recargos hay que aplicar la tasa de recargos por mora acumulados en el periodo sobre el adeudo actualizado. Para calcular el monto de los recargos, usamos las Tasa de Recargos se debe multiplicar la cantidad actualizada por el porcentaje de recargos por mora acumulados en el periodo.

Ejemplo de cálculo de recargos:

En el ejemplo mencionado, el contribuyente piensa pagar en diciembre un adeudo que debió pagar en julio, tenemos que pasaron cinco meses, por lo que se tendría que multiplicar 1.47 por cinco, por lo que obtenemos que la tasa de recargos que hay que pagar es del 7.35%.

Ahora tenemos que calcular el 7.35% de la contribución actualizada (10 mil 239 pesos). Para esto puedes multiplicar la contribución actualizada por la tasa de recargos, tras haber recorrido el punto decimal a la izquierda dos posiciones, es decir, por 0.0735.

El resultado de esta operación es 752.5, lo que corresponde a lo hay que pagar por concepto de recargos.

Cálculo del Importe Total a Pagar

Finalmente hay que hacer la suma de lo siguiente:

  • Lo que se dejó de pagar al fisco, que en nuestro ejemplo corresponde a 10 mil pesos.
  • La actualización por inflación, de 239 pesos.
  • Los recargos por los meses de mora, por un total de 752.5 pesos.

El resultado es 10 mil 991.5 pesos. Hay que pagarle al SAT casi un 10% más de lo que habría que pagarle originalmente.

Consideraciones Adicionales

  • Las Contribuciones deben pagarse en enteros: Para nuestro ejemplo basta con redondear.
  • Importante: Si se realizara el pago después del día de vencimiento (17 para el ejemplo) también debe sumar la tasa de recargos del mes en el que pague.

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