Para 2025, la aplicación de la disminución de la PTU en los pagos provisionales de ISR sigue siendo una estrategia clave para optimizar el flujo de efectivo de las empresas.
Marco Legal y Obligaciones
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), las personas morales deben realizar el reparto de utilidades correspondientes al ejercicio 2024, entre el 1 de abril y el 30 de mayo. Por otro lado, las personas físicas con actividad empresarial deben pagar la participación entre el 1 de mayo y el 29 de junio.
En caso de que se presente una declaración complementaria del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y aumente la utilidad gravable considerada para la PTU del ejercicio, la diferencia deberá pagarse dentro de los 60 días siguientes a la fecha de presentación.
Dicha erogación es una partida no deducible, en términos del artículo 28, fracción XXVI, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).
Beneficios de la Disminución de la PTU
La disminución de la PTU se realizará hasta por el monto de la utilidad fiscal determinada para el pago provisional que corresponda.
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La disminución se traduce en un beneficio financiero para los contribuyentes, permitiéndoles reducir mensualmente y en proporción, la PTU generada en 2024, pagada en 2025, anticipando su disminución en la Declaración Anual. Lo que puede llevar a los contribuyentes a reducir la utilidad fiscal base para el pago del ISR, generar una pérdida fiscal o incrementar la misma.
Es importante tener en cuenta que la disminución de la PTU solo puede aplicarse a los pagos provisionales de ISR y no afecta otras obligaciones fiscales.
Solicitud de Reducción de Pagos Provisionales ante el SAT
Con la finalidad de que los contribuyentes no efectúen pagos del ISR superiores a los que les corresponderá en el ejercicio (derivado de posibles variaciones en las operaciones del ejercicio anterior), pueden solicitar una autorización al SAT para disminuir sus pagos a partir de julio y hasta diciembre (art. 14, séptimo párrafo, inciso b), LISR).
De esta forma, en términos del numeral 14 del RLISR la solicitud de reducción se presentará un mes antes de la fecha en la que se deba efectuar el entero del pago provisional que se solicite disminuir. Cuando sean varios los pagos provisionales, cuya disminución se solicite, dicha petición se debe presentar un mes antes de la fecha en la que se deba enterar el primero de ellos.
Fechas Límite para la Presentación de la Solicitud (Ejemplo 2023)
A continuación, se muestra un ejemplo de las fechas límite para presentar la solicitud de disminución de pagos provisionales en 2023:
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| Pago de 2023 por el que se solicita la disminución | Fecha límite de pago 2023 | Fecha límite 2023 para presentar la solicitud (incluyendo en su caso los siguientes) |
|---|---|---|
| Julio | 17 de agosto | 17 de julio |
| Agosto | 18 de septiembre | 17 de agosto |
| Septiembre | 17 de octubre | 17 de septiembre |
| Octubre | 17 de noviembre | 17 de octubre |
| Noviembre | 18 de diciembre | 17 de noviembre |
| Diciembre | 17 de enero de 2024 | 17 de diciembre |
Documentación Necesaria
Para realizar la solicitud de disminución de pagos provisionales, se requiere la siguiente documentación:
- Escrito libre firmado, en dos tantos, que contenga:
- Nombre, denominación o razón social de la empresa
- Domicilio fiscal manifestado en el RFC
- RFC
- Domicilio para oír y recibir notificaciones
- Autoridad a la que va dirigido
- Propósito de la promoción, los hechos o circunstancias sobre los que versa la promoción
- Correo electrónico
- Acreditamiento de la representación de la persona moral
- Identificación oficial vigente
- Formato 34 “Solicitud de Autorización para aplicar un coeficiente de utilidad menor para determinar tus pagos provisionales del ISR”
- Papel de trabajo donde se refleje:
- Procedimiento de cálculo que incluya los conceptos que se consideraron para determinar los pagos provisionales del ISR ya efectuados de enero a junio, en su caso, o hasta el mes inmediato anterior a aquel por el que se solicite la aplicación de un coeficiente de utilidad menor
- Aplicación de acreditamiento, reducción, exención o estímulo fiscal en los pagos provisionales
- Monto de la PTU pagada en el ejercicio en el cual se aplicación de un coeficiente de utilidad menor, correspondiente a las utilidades generadas
- Tratándose de pérdidas fiscales pendientes de aplicar se debe manifestar su procedencia y aplicación
- Indicar el ejercicio del cual proviene el coeficiente de utilidad utilizado para la determinación de los pagos provisionales efectuados
- Si se solicita la aplicación de un coeficiente de utilidad menor en algún mes posterior a julio del ejercicio de que se trate, la información de los datos solicitados en el apartado 6 del Formato 34, deben corresponder a los importes acumulados al mes inmediato anterior al que se solicita la aplicación de un coeficiente de utilidad menor
- Poder notarial (copia certificada y copia simple para cotejo) del representante legal
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