¡Evita Sanciones! Procedimiento Paso a Paso para Declarar Contingencia en el Pedimento Aduanero y la VUCEMpost-template-default single single-post postid-46 single-format-standard et_pb_button_helper_class et_fixed_nav et_show_nav et_secondary_nav_enabled et_primary_nav_dropdown_animation_fade et_secondary_nav_dropdown_animation_fade et_header_style_left et_pb_footer_columns4 et_cover_background et_pb_gutter et_pb_gutters3 et_right_sidebar et_divi_theme et-db
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Un pedimento aduanal es un documento oficial que se utiliza en el comercio internacional para declarar formalmente la entrada o salida de mercancías en un país. Este documento es clave para las operaciones de importación y exportación y se presenta ante las autoridades aduaneras con el objetivo de llevar un control del flujo de mercancías y asegurar que se cumplan todas las normativas y regulaciones vigentes.

El pedimento es un documento fundamental para efectuar importaciones o exportaciones de mercancías en México y demostrar a las autoridades que se ha cumplido con los requisitos necesarios, tanto en impuestos, como en procesos de comercio exterior. El pedimento aduanal cumple diversas funciones esenciales en el proceso de comercio internacional. Su objetivo principal es asegurar que las mercancías cumplen con las regulaciones aduaneras y fiscales del país de importación o exportación. La presentación del pedimento aduanal permite a las autoridades aduaneras llevar un control sobre las mercancías que entran y salen del país, en un proceso de control y fiscalización. El pedimento incluye información detallada sobre el valor de las mercancías, lo cual es necesario para calcular los impuestos y derechos de aduana correspondientes para la determinación de impuestos.

La Necesidad de un Procedimiento de Contingencia Aduanera

Si bien es cierto que con las modificaciones a la Ley donde se incluyeron los conceptos que abarcan la transmisión de información por parte del contribuyente a la autoridad aduanera y la utilización práctica de la VUCEM, la operación aduanera también corre el riesgo de fallar, como en todo lo que tiene que ver con la utilización de la tecnología. Ante esta posibilidad, la legislación aduanera ha previsto mecanismos de acción.

La Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) ha emitido el "Procedimiento Operativo en las Aduanas por Contingencia de la VUCEM" con el objetivo de garantizar la continuidad de las operaciones de comercio exterior en caso de fallas tecnológicas, mantenimientos programados u otros eventos imprevistos que afecten la plataforma de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM). Este procedimiento establece las directrices que deben seguir las aduanas y los usuarios del comercio exterior ante una contingencia en la VUCEM, asegurando la continuidad operativa y el cumplimiento normativo. Su observancia es obligatoria para todos los actores involucrados en el comercio exterior.

Aspectos Clave del Programa de Contingencia

El programa de contingencia se dio a conocer en la Hoja Informativa 51 con fecha del 03 julio del 2013. En este supuesto se refiere a que previamente a la contingencia ya se contaba con pedimento validado y pagado y posterior se declara la contingencia. Para finalizar, no omito comentar que en contingencia básicamente la presentación de la información para su despacho aduanero se realiza imprimiendo los documentos utilizados en el despacho.

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En el proceso de contingencia, la Aduana que presenta la contingencia, y el A.A. o Ap. Ad., importador, exportador, la AGCTI y la ACOA son actores clave en estas operaciones, conforme a las RCGMCE. Se espera que el programa de contingencia siempre arrojará desaduanamiento libre. Es importante que las operaciones estén configuradas para la operación en caso de contingencia. A nivel central se proporcionen las claves de acceso necesarias para la adecuada gestión.

Principales Directrices del Procedimiento Operativo por Contingencia de la VUCEM

I. Transmisión de Información y Documentos Digitales

En caso de contingencia, los usuarios podrán omitir el número de acuse de valor y/o e-documents en el pedimento y, en su lugar, declarar los datos del proveedor/comprador. Se deberán transmitir digitalmente documentos alternativos mediante la plataforma REPADI y utilizar identificadores especiales como "OC". Además, en lugar de los e-documents, se deberá enviar de manera digital la documentación que, conforme a las disposiciones jurídicas vigentes, deba acompañar al pedimento.

II. Despacho Aduanero en Diferentes Escenarios

Se establecen procedimientos específicos para operaciones de importación temporal, retorno de contenedores, tránsito vía ferrocarril, despacho extraordinario y Cuadernos ATA. En casos donde el personal aduanero no pueda visualizar la información en la VUCEM, los usuarios deberán retransmitir digitalmente la documentación requerida. Es fundamental que la Aduana tome las medidas necesarias para estas operaciones.

III. Modulación y Reconocimiento Aduanero

Una vez que el pedimento haya sido validado y pagado, las mercancías deberán presentarse ante el Mecanismo de Selección Automatizado cuando aplique, utilizando el dispositivo tecnológico o el DODA. El dictamen del reconocimiento se realizará de manera Manual, levantándose un acta circunstanciada una vez concluido el mismo. En exportaciones vía ferrocarril, las empresas deberán enviar digitalmente la lista de intercambio y aviso de arribo con antelación.

IV. Restablecimiento de la VUCEM

Una vez superada la contingencia, los usuarios tendrán un plazo de 24 horas para transmitir la información pendiente. Los pedimentos validados o pagados durante la fase de contingencia podrán presentarse ante el Mecanismo de Selección Automatizado (MSA) incluso después del cierre de la misma. En cuanto a las remesas consolidadas, estas podrán ser presentadas ante el MSA mediante la rectificación del pedimento correspondiente.

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La conclusión de la contingencia implica el reestablecimiento del sistema. Al reestablecerse el sistema se cancele la fase de contingencia, realizando las adecuaciones correspondientes al SAAI. Se debe recibir el aviso de la AGCTI para la modulación de los pedimentos al reestablecerse el SAAI. Con el reestablecimiento del SAAI, quedará concluido el despacho de las mercancías.

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